2. Cuando se habla de las aplicaciones
informativas, ¿cuáles son?
En el marco del Estado de Derecho la construcción de un régimen de derechos humanos suele
iniciarse mediante el reconocimiento en la Constitución de los bienes jurídicos fundamentales de
las personas.
3. En un sistema federal, como el nuestro, además de una constitución general que reconozca los
derechos humanos establecidos en los tratados internacionales, se requiere que todas las leyes
federales, así como todas las constituciones y leyes de las entidades que integran la federación
sean reformadas y ajustadas conforme a los términos que en la materia disponen los citados
instrumentos internacionales y la ley fundamental del país.
4. ¿Cuáles son?
SISTEMA NACIONAL DE ALERTA DE VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS
A partir del año de 2010 se aprobó y se dio inicio a la realización e integración del Sistema Nacional
de Alerta de Violaciones a los Derechos Humanos.
Con el propósito de monitorear y advertir sobre las situaciones de riesgo de la población civil por
los efectos a las Violaciones de los Derechos Humanos por parte de las Autoridades Federales.
5. DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA
La protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que
ampara el orden jurídico mexicano, son mandatos que la ley otorga a la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos; supervisar el respeto a los derechos humanos dentro del sistema penitenciario
del país, es también una de sus destacadas atribuciones.
6. MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA
Si hay una violación flagrante a los derechos humanos y a la dignidad de la persona humana, es la
tortura, una práctica abominable que ha llegado a grados inimaginables de crueldad y de atrocidad, un
flagelo para la humanidad del que ninguna región del mundo ha podido librarse.
7. ¿Cómo se define a los derechos humanos por esta
institución y cuáles son los principios que reconoce?
Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana,
cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este
conjunto de prerrogativas se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en
nuestra Constitución Política, tratados internacionales y las leyes.
8. La aplicación de los derechos humanos a la que se encuentran obligadas todas las autoridades se
rige por los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
9. Principios:
Principio de Universalidad, señala que los derechos humanos corresponden a todas las personas
por igual.
10. Principio de Interdependencia: consiste en que cada uno de los derechos humanos se
encuentran ligados unos a otros, de tal manera que el reconocimiento de uno de ellos , así como
ejercicio, implica necesariamente que se respeten y protejan múltiples derechos que se
vinculados.
11. Principio de Indivisibilidad: Se habla de indivisibilidad de los derechos humanos en función a que
poseen un carácter indivisible pues todos ellos son inherentes al ser humano y derivan de su
dignidad.
Lo anterior quiere decir que disfrute de los derechos humanos sólo es posible en conjunto y no
manera aislada ya que todos se encuentran estrechamente unidos.
12. Principio de Progresividad: Constituye una obligación del Estado para asegurar el progreso en el
desarrollo constructivo de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para
Estado respecto a cualquier retroceso de los derechos.
13. Describe de manera precisa la forma de poder hacer una queja
ante la autoridad de manera electrónica
Ser presentada por escrito en las instalaciones de la CNDH, o enviarse por correo o por fax. En
casos urgentes, se admitirán las quejas no escritas que se formulen por otro medio de
comunicación como el teléfono; en este caso, únicamente se deberán mencionar los datos
mínimos de identificación. Cuando se trate de menores de edad o de personas que no puedan
escribir, pueden presentar su queja oralmente.
14. Contener los datos mínimos de identificación, como son: nombre, apellidos, domicilio y, de ser
posible, un número telefónico en el que se pueda localizar a la persona a la cual le han sido o le
están violando sus derechos fundamentales o, en su caso, se deberán proporcionar los datos de la
persona que presenta la queja.
15. Contar con una narración de los hechos que se consideran violatorios a los derechos humanos,
estableciendo el nombre de la autoridad presuntamente responsable.
Es importante mencionar, que todos los servicios que la CNDH proporciona son gratuitos.
16. Da cuenta de alguna recomendación de la CNDH que
se relacione con el acceso a la información.
El acceso a la información no es de quien la posee si no de quien la necesita, así que mi
recomendación es simple mente informarte cuando lo necesites o si en algún momento
requieres de ella no dudar y solicitarla ya que es nuestro derecho y mas que eso yo lo veo como
un privilegio para cada uno de nosotros.
17. ¿Cómo puedo crear una petición de acceso a la
información desde la plataforma de la CNDH?
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
informa que derivado de la puesta en marcha de la Plataforma Nacional de Transparencia, el
pasado cinco de mayo, los Sistemas INFOMEX o similares de los Estados y de la Federación
continuarán operando durante el proceso de transición al nuevo esquema informativo nacional;
por lo que mediante estos Sistemas podrán realizarse solicitudes de información y en su caso,
interponer recursos de revisión.
18. Lo anterior, con fundamento en el artículo décimo tercero de los Lineamientos para la
Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, publicados en el Diario
Oficial de la Federación el cuatro de mayo de dos mil dieciséis.
19. Está a tu disposición el Tel Inai 01 800 835 43 24 para asesorarte sobre tu derecho de acceso a la
información.
Direcciones electrónicas de los INFOMEX o similares de los Estados y de la Federación: