Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Derecho constitucional
1. 1
Nombre de la materia
Derecho Constitucional
Nombre de la Licenciatura
Lic. Derecho Internacional
Nombre del alumno
Diana Edith Gómez Hernández
Matrícula
000014279
Nombre de la Tarea
Avance evaluación parcial 3
Unidad #
5,6 y 7
Nombre del Tutor
Maricela castillo
Fecha
24 de abril del 2015
2. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
2
Derechos del Hombre y garantías individuales
Los derechos del hombre, son todas aquellas libertades inherentes al ser humano,
aquellos derechos fundamentales que indispensablemente el hombre necesita para su
desarrollo y bienestar dentro de una sociedad, a diferencia de las garantas individuales
en este plano hablamos de los medios de protección de los derechos fundamentales,
estos medios jurídicos protegen los derechos frente al poder del estado, y el medio
garante reconocido por la constitución es el amparo.
Derechos Fundamentales.
La libertad seguridad igualdad propiedad
Garantías Individuales
Los Derechos Humanos junto a su garantías comprenden un total de 29 artículos que
garantizan nuestros derechos fundamentales de Libertad, Seguridad, Igualdad y
Propiedad.
Estoy primeros 29 Articulos constitucionales se encuentran establecido en El Titulo 1
de nuestra constitucion.
Artículo 1. en los estados unidos mexicanos todas las personas gozaran de los
derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales
de los que el estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección,
cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las
condiciones que esta constitución establece.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretaran de conformidad con esta
constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo
tiempo a las personas la protección más amplia.
3. Unidad #: 5,6 y 7
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(Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con
los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. en
consecuencia, el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones
a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
(Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Está prohibida la esclavitud en los estados unidos mexicanos. Los esclavos del
extranjero que entren al territorio nacional alcanzaran, por este solo hecho, su libertad y
la protección de las leyes.
(Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 14 de
agosto de 2001)
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género,
la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las
opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la
dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de
las personas.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Naturaleza Jurídica.
Naturaleza jurídica del derecho del hombre significa que los derechos del hombre
nacen en el derecho positivo, no se reconoce su existencia previa al derecho positivo,
ya que solo el derecho Positivo está facultado para crear y hacer valer derechos.
4. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
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Clasificación de los Derechos Humanos.
Protección administrativa de los derechos humanos.
En nuestro sistema de Justicia se encuentran mecanismos administrativos destinados a
la protección de los Derecho Humanos, esto con el fin de que la persona que se sienta
afectada en su Derechos fundamentales sepa a donde pueda acudir, y se sienta
respaldada por una institución que le dará seguimiento a su caso en el contexto de
competencia de la misma institución.
En nuestro sistema Jurídico Mexicano esos mecanismos se encuentran en los
tribunales de lo Contencioso-Administrativo como las Procuradurías y Fiscalías
especializadas.
5. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
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Protección jurisdiccional de los derechos Humanos.
La protección jurisdiccional de los derechos humanos puede hacerse a través de los
Tribunales nacionales en ejercicio del juicio de amparo.
Juicio de Amparo.
El juicio de amparo, es medio constitucionalmente reconocido en el cual los
gobernados pueden demandar la nulidad en una norma jurídica que les afecte o les
prive de algún derecho, demada que procede mediante un juicio constitucional en los
tribunales federales.
.
El marco jurídico que regula el juicio de amparo lo constituyen los artículos 103 y 107
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley de Amparo
reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, y los principios
fundamentales que rigen los juicios de amparos son los siguientes.
Mecanismos de
Protección
Administrativa de los
Derecho Humanos
Local
Procuraduría estatalde Defensa
del Trabajo
Los Institutos Estatales de la
Mujer
La Procuraduría Estatal para la
Protección al Medioambiente
Las Comisiones Estatales de
Acceso a la Información Pública
Federal
Procuraduría Federal del
Consumidor
La Procuraduría Agraria
La Procuraduría Federal de la
Defensa del Trabajo
La Procuraduría Federal para la
Protección al Medioambiente
Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública
6. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
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El juicio de amparo es el unico medio de proteccion jurisdiccional de nuestros
derechos, porque es el unico medio de proteccion que puede ser promovido por los
gobernados hacia los gobernantes, Sin embargo existen otros medios de control
Constitucional que son promovidos exclusivamente por los poderes de la Federacion
Ejecutivo y legislativo y otros que pueden ser demandados por organos institucionales
de cualquier nivel de gobierno.
En el siguiente cuatro señalaremos las diferencias y caracteristicas de todos medios de
control constituciones cuyos asuntos le correponde atender a la SCJN.
7. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
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Medio de
control
Constitucional
Controversias
Constitucionales
Acciones de
inconstitucionalidad
Juicios de Amparo
Promovido
por
gobierno Federal,
Estatal, Municipal o
del Distrito Federal
los legisladores, Senadores y
Diputados –Federales o
Locales; el Procurador
General de la República; los
partidos políticos, partidos
con registro local, cuando se
trate de leyes electorales; la
CNDH, organismos de
protección de tales derechos
de los Estados y del Distrito
Federal.
Todos los ciudadanos en
pleno goce de sus derechos,
menores de edad, personas
morales, extranjeron con
residencia en Mexico
Procede para garantizar el
principio de División
de Poderes, en casos
de violaciónes al
sistema de
distribución de
competencias
establecidas en la
Constitución Federal
excepto en lo relativo
a la materia electoral
Para alegar una contradicción
entre la norma impugnada y la
propia Ley Fundamental,
procede en contra de normas
generales, inclusive las de
carácter electoral.
Contra Actos, Leyes,
tratados
internacionales,
reglamentos, decretos,
o acuerdos de
observancia general,
que afecten o violen
sus garantías
individuales.
Leyes o actos de la
autoridad federal que
afecten la soberanía de
los Estados o del
Distrito Federal
Proceso y sus
implicaciones
implica demanda,
contestación de
demanda, pruebas,
alegatos y sentencia.
procedimiento en el cual no
existen periodos de pruebas y
alegatos.
El proceso se inicia ante los
Tribunales Colegiados de
Circuito (amparo directo)
amparos indirectos a traves
de tribunales unitarios de
circuito, recursos de revision
en amparos directos e
indirectos.
Objetivo Invalidación de las
normas generales
emitidas por órganos
no competentes
La SCJN realiza un análisis
abstracto de la
constitucionalidad de la
norma
impugnar la inconstitucionalidad
de Leyes o actos de las
autoridades federales que
vulneren o restrinjan los
derechos fundamentales de los
ciudadanos.
8. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
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Resoluciones
y sentencias
consisten en
ser impugnados todo
tipo de actos de
autoridad y normas de
carácter general, Y la
disposicion de
impugnaciones solo
puede tener efectos
generales si la
resolución emitida por
el Pleno de la SCJN
es aprobada por el
voto de ocho o más de
sus Ministros.
La sentencia tiene efectos
generales en la declaración de
inconstitucionalidad de una
norma o ley siempre y cuando
haya sido aprobada por lo
menos por ocho Ministros
Formula Otero
La sentencia de amparo solo
evita que la norma
inconstitucional se aplique a
quien promovio el juicio de
amparo, no es general.
Derechos difusos como tendencia constitucional contemporánea
Estos derecho son reconocidos como intereses sociales o colectivos, que como su
nombre lo dice afectan a un numero indeteminado de personas, no es un derecho que
esta dirigido a nadie en particular, y por lo anterior es muy complicado harcerlo valer de
manera eficiente ya que no estan definidos para su correcta aplicación, como el
derecho al medio ambiente.
Este tipo de derechos se han desarrollado por la evolucion y
complejidad de las sociedades actuales, la globalizacion, medios
masivos de comunicación, biotecnologia, la informativa y muchas
grandes avances tecnologicos que representan una evolucion
global de la sociedades, y que ahora estan tomados en cuenta en
los derechos humanos de 3 y 4 generacion, asi que afirmamos que
los Derecho difusos son Derecho humanos. Sin embargo para el
cumplimiento de estos nuevos interes colectivos, es necesario la madurez de los paises
para corregir sus sistemas legislatvos, de prevencion y sobre todo planes aficaces de
accion en favor de garantizar estos nuevos derechos.
Cuando hablamos de complejidad en las sociedades actuales, pensamos en la
evolucion progresista, que procura el bienestar social, sin emabargo no unicamente en
una cuestion a favor, si no que tambien se desarrollar problematicas complejas
relacionadas a seguridad social, he igualdad de oportunidades.
Situacion particular en Mexico.
En mexico El juicio de amparo tienes muchas limitaciones que no le permiten ejercerse
como una verdadera accion popular. La formula otero que estima que unicamente se
invaliden las normas juridicas para los agraviados que promovieron dicho juicio de
amparo.
9. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
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Esto significa que la ley no se abroga ni deroga aun estando viciada por una
inconstitucionalidad declarada, por lo que no existen los medios eficaces como
instituciones u organos con la capacidad de garantizar los intereses colectivos.
tal es la situacion que el unico medio de defensa constitucional que protege frente a
actos, leyes o disposiciones legales inconstitucionales, es un medio que cada
gobernado debe hacer valer por si mismo. Es importante que Mexico comienze a
implementar instituciones garantes de estos nuevos derecho humanos.
Estas instituciones no deben de ser mecanismo de proteccion administrativos como es
La Procuraduría Estatal para la Protección al Medioambiente, o Procuraduría Federal
del Consumidor, si no que deben de posee la capacidad de ejercer acciones
preventivas y conpensatorias.
Principios constitucionales que rigen a las garantías individuales
Fuentes y características de las garantías individuales.
Las principales fuentes de las garantias individuales son la costumbre y la legislacion
escrita que dictan cuales son los derechos fundamentales, cuando mencionamos sobre
la naturaleza juridica analizamos que los derechos del hombre nacen en el derecho
positivo que es el derecho escrito y legitimo sobre poder punitivo, por lo anterior
deduciendo la legislacion escrita como el garante de las garantias individuales.
Sin embargo, las garantias individuales no se restringen a la legislacion federal, ya que
cada entidad federativa tiene su propia legislatura local, y tambien puede contribuir a la
legislacion de nuevos articulos o fracciones siempre y cuando se respete la totalidad de
los presceptos constitucionales.
Articulo 133
•supremacía constitucional
•"la Ley Fundamental, así como las
leyes que emanen de ella y los
tratados internacionales celebrados
por el Estado mexicano constituirán la
“Ley Suprema de la Unión”. Como las
garantías individuales se hallan
plasmadas en el texto constitucional,
son también supremas"
Articulo 135
•Rigidez de la Constitución
mexicana
•sólo puede ser reformada o
adicionada cuando “el Congreso de
la Unión, por el voto de las dos
terceras partes de los individuos
presentes, acuerde las reformas o
adiciones, y que éstas sean
aprobadas por la mayoría de las
legislaturas de los Estados asi como
la rigidez de las garantias
individuales.
10. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
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Caracteristicas de las garantias individuales.
Entre las caracteristicas sobresalientes es que son la Unilaterales, ya que su
observancia yace en el estado, que toma el lugar de sujeto pasivo, ya que el
gobernado es el activo, quien le corresponde hacer respetar estas garantias cuando
alguna autoridad las vulnere. La irrenunciabilidad de las garantias individuales proviene
de su condicion de garante de derechos Humanos, por lo que si los derechos humanos
son inherentes al ser humano corresponde tambien que su medio de proteccion
tambien lo sea.
Clasificacion de las Garantias Individuales
Unilaterales
Irrenunciables
Supremas ( Articulo 133)
inalienables (no se pueden suprimir, vender o tranferir)
Imprescriptibles (prevalecen con el paso del tiempo)
11. Unidad #: 5,6 y 7
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Suspensión de garantías individuales
Suspension
de
Garantias
individuales
Facultad o
competencia
Causa Implicacion Articulo Tiempo
Condiciones Congreso de
la union por
peticion del
presidente de
la republica
Peligro
inminente a
la
seguridad
social o
estabilidad
politica
Romper los
principios de
division de
poderes, ya
que el poder
ejecutivo
puede adquirir
facultader de
legislar de
acuerdo a la
gravedad de
la situacion
presente
29. en caso
de invasion,
o peligro
grave de la
paz publica
Temporal
solo
mientras
peligre la
seguridad
social
Bibliografías
Legislacion Federal Vigente, Instituto de investigaciones jurídicas UNAM, Distrito
Federal, México, 2015. http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/20.htm?s=
Derechos del hombre y garantías individuales, Instituto de investigaciones jurídicas
UNAM, Distrito Federal, México. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2627/4.pdf
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Rosa María de la Torre, los mecanismos de protección no jurisdiccional de los derechos
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Raymundo Gil Rendón, mecanismo de protección jurisdiccional y no jurisdiccional de
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12. Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
1
2
Suprema Corte de Justicia de la Nacion, Medios de control de Constitucionalidad,
Distrito Federal, Mexico.
https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/Que_hace_SCJN.aspx
Lucio Cabrera Acevedo, La tutela de los intereses colectivos o difusos,
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/592/14.pdf
Suprema Corte de Justicia, Las Garantias Individuales, Distrito Federal, Mexico, 2005
http://es.slideshare.net/joses77/garantias-individuales-parte-general-scjn