2. ¿Cuáles son?
APLICACIONES INFORMATIVAS
Plataforma de seguimiento a la armonización informativa de los
derechos humanos.
Revisa a fondo la legislación federal, así como
las constituciones estatales y de la ciudad, a
fin de que el sistema legal de todas las partes
que componen el pacto federal transiten el
ejercicio y disfrute cotidiano de los derechos
humanos.
3. Sistema nacional de alerta a los derechos humanos
El propósito del sistema es monitorear y advertir sobre
las situaciones de riesgo de la población civil por los
efectos a las violaciones de los derechos humanos por
parte de las autoridades federales.
MISIÓN
Ser un instrumento útil que contribuya a detectar
la repetición de quejas presentadas en contra de
autoridades y su localización, poniendo especial
enfoque en las violaciones a los derechos
humanos de mayor impacto, de tal suerte que
mediante un análisis lógico y objetivo, contar con
los elementos que nos permitan vislumbrar
posibles escenarios de violación a derechos
humanos en todo el territorio nacional.
4. VISIÓN
Ser el Organismo Público en el cual se reconozca su
compromiso de servicio a la población civil brindando
información precisa, oportuna y confiable, respecto a la
violación de los derechos humanos. OBJETIVOS Señalar
sobre la situación de riesgo y promover la prevención
humanitaria integral del Estado frente a los efectos
sociales, con el fin de proteger y garantizar
oportunamente los derechos fundamentales de la
población civil. Advertir a Autoridades sobre las posibles
ocurrencias de Violaciones a los Derechos Humanos, con
el fin de prevenir, disuadir, mitigar o superar el riesgo.
5. Diagnostico nacional de supervisión penitenciaria
Supervisa el respeto a los Derechos Humanos dentro del sistema
penitenciario del país
6. Mecanismo nacional de prevención de la tortura.
La finalidad de este instrumento es reafirmar que el
derecho a no ser sometido a torturas debe estar
protegido en todas las circunstancias y establecer un
nuevo mecanismo, mucho más eficiente e innovador que
los ya existentes para intentar prevenir la práctica de la
tortura, en lugar de reaccionar a ésta después de que
haya ocurrido. Este enfoque preventivo, consiste en
realizar, por parte de un mecanismo internacional y otro
nacional, visitas periódicas a los lugares de detención,
para examinar el trato que se da a las personas privadas
de la libertad y evaluar las condiciones de detención.
7. La estrategia de las visitas se basa en la idea de que cuanto más abiertos y
transparentes sean los lugares de detención, menores serán los abusos que
ahí se cometen.
La Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, aprobó el
Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, mediante resolución 57/199 del
9 de enero de 2003.
8. Derecho humano al agua y al saneamiento.
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de
agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre,
aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley
definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso
equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la
participación de la Federación, las entidades federativas y los
municipios, así como la participación de la ciudadanía para la
consecución de dichos fines." (Art. 4º)
9. ¿Cómo se define a los derechos humanos por
esta institución y cuáles son los principios que
reconoce?
Principios.
Principio de Universalidad: señala que los derechos humanos
corresponden a todas las personas por igual.
10. Principio de Interdependencia: consiste en que cada uno de los derechos
humanos se encuentran ligados unos a otros, de tal manera que el
reconocimiento de uno de ellos , así como su ejercicio, implica necesariamente
que se respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados.
11. • Principio de Indivisibilidad: Se habla de indivisibilidad de los derechos humanos en
función a que poseen un carácter indivisible pues todos ellos son inherentes al ser
humano y derivan de su dignidad. Lo anterior quiere decir que disfrute de los
derechos humanos sólo es posible en conjunto y no de manera aislada ya que
todos se encuentran estrechamente unidos.
12. Principio de Progresividad: Constituye una obligación del Estado para asegurar el
progreso en el desarrollo constructivo de los derechos humanos, al mismo
tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a cualquier retroceso de
los derechos.
13. El Estado debe proveer las condiciones más óptimas de disfrute de los derechos y no
disminuir ese nivel logrado. El poder público debe hacer todo lo necesario para que
sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación. La promoción,
respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos tiene la función de:
•Contribuir al desarrollo integral de la persona.
•Buscar que todas las personas gocen de una esfera de autonomía donde
les sea posible trazar un plan de vida digna que pueda ser desarrollado,
protegidas de los abusos de autoridades, servidores públicos y de los mismos
particulares.
•Representa límites a las actuaciones de todos los servidores públicos, sin
importar su nivel jerárquico o institución gubernamental, sea Federal, Estatal
o Municipal, siempre con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o
simple desconocimiento de la función.
•Crear condiciones suficientes que permitan a todas las personas tomar
parte activa en el manejo de los asuntos públicos y en la adopción de las
decisiones comunitarias (vida democrática).
14. ¿Cuáles son los derechos humanos que se
relacionan de manera directa con lo los objetivos
de esta materia?
Libertad de expresión.
• Derecho a la inviolación de las nuevas
tecnologías de la información.
• Derecho de asociación.
• Derecho de reunión.
• Derecho a la protesta.
• Derecho al acceso de la información.
• Derecho de protección de datos personales.
15. Describe de manera precisa la forma de poder hacer
una queja ante la autoridad de manera electrónica.
• Accede a la pagina www.cndh.org.mx.
• Ve al apartado de atención y quejas.
• Selecciona quejas en línea y contesta lo que se
te pide.
16. Recomendaciones de la CNDH para el acceso a la
información.
AÑO ASUNTO AUTORIDAD
23 2015 Sobre el caso de vulneración al derecho a
una consulta libre, previa e informada, en
perjuicio de diversas comunidades
indígenas.
Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación, Comisión
Intersecretarial de Bioseguridad
de los Organismos
Genéticamente Modificados.
17. Inconstitucionalidad.
La CNDH cuenta con acciones de inconstitucionalidad, que afectan al
derecho al acceso a la información como son los casos del Derecho de
libertad de expresión, derecho a la manifestación de las ideas, derechos de
asociación y reunión, derecho a la vida, derecho a la integridad personal. En
este caso se violan estos derechos
18. TEMA
DATOS DE
IDENTIFICACIÓN
DEL ASUNTO Y
PRECEPTOS
IMPUGNADOS O
IMPUGNABLES.
ESTADO
PROCESAL
SENTIDO DE LA
RESOLUCIÓN
Derecho de acceso
a la información
pública, a la
protección de datos
personales, al
principio de
legalidad, al
principio pro
persona, al principio
de autonomía de
los organismos de
protección de los
derechos humanos,
al sistema de
control
constitucional y
convencional y al
sistema de
responsabilidades
de servidores
públicos.
Demanda de acción
de
inconstitucionalidad
105/2015,
presentada ante la
Suprema Corte de
Justicia de la Nación,
el 5 de octubre del
2015, en contra de los
artículos 5, 28,
fracción X, 30, tercer
párrafo, 33, 35, 48,
121, 122, 123, 124,
125, 126, 127, 128,
129, 130, y 131 de la
Ley de Derechos
Humanos del Estado
de Querétaro,
publicada en el
Periódico Oficial del
Gobierno del Estado
de Querétaro.
En trámite Pendiente de resolver
19. Petición de acceso a la información.
Gracias a nuestro derecho de acceso a la información, podemos hacer una
petición en la plataforma virtual de la CNDH.
1. Accede a la plataforma nacional de transparencia
2. En el menú ingresa en el sistema de solicitud de acceso a la información.