2. CUANDO SE HABLA DE LAS APLICACIONES
INFORMATIVAS, ¿CUÁLES SON?
• PLATAFORMA DE SEGUIMIENTO A LA ARMONIZACIÓN NORMATIVA DE LOS DERECHOS HUMANOS
• SISTEMA NACIONAL DE ALERTA DE VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS
• DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA
• MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA
• DERECHO HUMANO AL AGUA Y AL SANEAMIENTO
3. ¿CÓMO SE DEFINE A LOS DERECHOS HUMANOS POR ESTA
INSTITUCIÓN Y CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS QUE
RECONOCE?
• Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya
realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de
prerrogativas se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución
Política, tratados internacionales y las leyes.
• El respeto hacia los derechos humanos de cada persona es un deber de todos. Todas las autoridades en
el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos consignados en favor del individuo.
• De igual manera, la aplicación de los derechos humanos a la que se encuentran obligadas todas las
autoridades se rige por los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
4. PRINCIPIOS QUE RECONOCE
• Principio de Universalidad, señala que los derechos humanos corresponden a todas las personas por igual.
• Principio de Interdependencia: consiste en que cada uno de los derechos humanos se encuentran ligados
unos a otros, de tal manera que el reconocimiento de uno de ellos , así como su ejercicio, implica
necesariamente que se respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados.
• Principio de Indivisibilidad: Se habla de indivisibilidad de los derechos humanos en función a que poseen un
carácter indivisible pues todos ellos son inherentes al ser humano y derivan de su dignidad.
• Lo anterior quiere decir que disfrute de los derechos humanos sólo es posible en conjunto y no de manera
aislada ya que todos se encuentran estrechamente unidos.
• Principio de Progresividad: Constituye una obligación del Estado para asegurar el progreso en el desarrollo
constructivo de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a
cualquier retroceso de los derechos.
5. ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS HUMANOS QUE SE
RELACIONAN DE MANERA DIRECTA CON LO LOS OBJETIVOS
DE ESTA MATERIA?
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
• El Estado debe garantizar el derecho de las personas para acceder a la información pública, buscar,
obtener y difundir libremente la información en cualquiera de sus manifestaciones (oral, escrita, medios
electrónicos o informáticos). El acceso a la información constituye una herramienta esencial para hacer
realidad el principio de transparencia en la gestión pública y mejorar la calidad de la democracia.
6. DESCRIBE DE MANERA PRECISA LA FORMA DE PODER HACER
UNA QUEJA ANTE LA AUTORIDAD DE MANERA ELECTRÓNICA
Ser presentada por escrito en las instalaciones de la CNDH, o enviarse por correo o por fax. (En casos
urgentes, se admitirán las quejas no escritas que se formulen por otro medio de comunicación como el
teléfono; en este caso, únicamente se deberán mencionar los datos mínimos de identificación. Cuando
se trate de menores de edad o de personas que no puedan escribir, pueden presentar su queja
oralmente.)
Dirigirse a la CNDH o a su Presidente, Lic. Luis Raúl González Pérez y solicitar expresamente la
intervención de este Organismo Nacional.
Estar firmada o presentar la huella digital del interesado; la CNDH no admite comunicaciones anónimas.
Por ello, si en un primer momento, el quejoso no se identifica o firma su escrito de queja, deberá
ratificarlo dentro de los tres días siguientes a su presentación.
7. Contener los datos mínimos de identificación, como son: nombre, apellidos, domicilio y, de ser
posible, un número telefónico en el que se pueda localizar a la persona a la cual le han sido o le
están violando sus derechos fundamentales o, en su caso, se deberán proporcionar los datos de la
persona que presenta la queja.
Contar con una narración de los hechos que se consideran violatorios a los derechos humanos,
estableciendo el nombre de la autoridad presuntamente responsable.
Entregarse, acompañada de todos los documentos con que la persona cuente para comprobar la
violación a los derechos humanos.
Todos los servicios que la CNDH proporciona son gratuitos; para solicitarlos no es necesaria la
ayuda de un abogado, ya que este Organismo Nacional cuenta con el personal capacitado para
auxiliar, orientar y asesorar jurídicamente a quien lo requiera.
NOTA: La Dirección General de Quejas y Orientación cuenta con personal de guardia, que se
encarga de recibir y atender las reclamaciones o quejas urgentes, así como de proporcionar
cualquier tipo de asesoría o información durante las 24 horas del día los 365 días del año.
8. DA CUENTA DE ALGUNA RECOMENDACIÓN DE LA CNDH QUE
SE RELACIONE CON EL ACCESO A LA INFORMACIÓN.
• IFAI
• PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSFERENCIA
9. COMENTA UNA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD QUE
TENGA QUE VER CON EL ACCESO A LA INFORMACIÓN
• Derecho a la información; no regresividad de los derechos fundamentales; eficacia de los derechos y sus
garantías; limitación de las facultades de la CNDH.
Demanda de la acción de inconstitucionalidad 26/2009, presentada ante la Suprema Corte de Justicia
de la Nación el 6 de febrero de 2009, en la que se reclama la inconstitucionalidad de las reformas al
artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, publicadas el 23 de enero de 2009.
10. ¿CÓMO PUEDO CREAR UNA PETICIÓN DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN DESDE LA PLATAFORMA DE LA CNDH?
• El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
informa que derivado de la puesta en marcha de la Plataforma Nacional de Transparencia, el pasado
cinco de mayo, los Sistemas INFOMEX o similares de los Estados y de la Federación continuarán
operando durante el proceso de transición al nuevo esquema informativo nacional; por lo que
mediante estos Sistemas podrán realizarse solicitudes de información y en su caso, interponer recursos
de revisión.
• Está a tu disposición el Tel Inai 01 800 835 43 24 para asesorarte sobre tu derecho de acceso a la
información.