Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Derecho Mercantil -Bolsa de valores_.pptx
1. BOLSA DE VALORES
Es una organización privada que brinda las facilidades necesarias para
que sus miembros, atendiendo los mandatos de sus clientes,
introduzcan órdenes y realicen negociaciones de compra y venta de
valores, tales como acciones de sociedades o compañías anónimas,
bonos públicos y privados, certificados, títulos de participación y una
amplia variedad de instrumentos de inversión.
2. DEFINICION LEGAL
Art. 6 DECRETO NUMERO 34-96, LEY DEL MERCADO DE VALORES Y MERCANCIAS
OBJETIVOS
La Bolsa tiene como objetivos fundamentales ofrecer al público inversionista y a las Casas de
Bolsa los mecanismos e instrumentos técnicos y materiales para la negociación de títulos valores
susceptibles de oferta pública.
PARTICIPANTES
Intermediarios: casas de bolsa, sociedades de corretaje y bolsa, sociedades de valores y agencias de
valores y bolsa.
Inversionistas: o Inversionistas a corto plazo: arriesgan mucho buscando altas rentabilidades. o
Inversionistas a largo plazo: buscan rentabilidad a través de dividendos, ampliaciones de capital... o
Inversionistas adversos al riesgo: invierten preferiblemente en valores de renta fija (Letras del
Tesoro).
Empresas y estados: empresas, organismos públicos o privados y otras entes
3. BOLSA DE VALORES QUE OPERA EN GUATEMALA
REGULACION LEGAL EN GUATEMALA
La Bolsa de Valores Nacional, S.A. fue creada en 1986 y autorizada por el Ministerio de Economía
en 1987, año en el que empieza sus operaciones. Se constituyó en la primera bolsa autorizada y
estableció formalmente el mercado de valores en el país, siendo un paso significativo en la
modernización del sistema financiero. Actualmente se cuenta con 35 casas de bolsa que brindan
asesoría a empresarios e inversionistas que participan en el mercado
Ley de Mercado de Valores y Mercancías – Decreto -34-96.
Reglamento De La Ley del Mercado de Valores y Mercancías - Acuerdo Gubernativo 557-97.
Reglamento de Casas de Bolsa Resolución aprobada por la Junta Monetaria.
Reglamento “para la emisión e inscripción de valores representados por medio de anotaciones
en cuenta”.
4. 1. CONTRATOS DE BOLSA
Definición:
Art. 67 DECRETO NUMERO 34-96, LEY DEL MERCADO DE VALORES Y MERCANCIAS
Finalidad:
Crear, modificar, extinguir o transmitir obligaciones mercantiles que se contraen y se liquidan en el seno
de una bolsa de comercio
Formalidad de los contratos:
El art. 68 DECRETO NUMERO 34-96, LEY DEL MERCADO DE VALORES Y MERCANCIAS, establece:
“Los contratos de bolsa no están sujetos, para su existencia jurídica y validez formal, a requisitos
especiales. Las partes quedarán obligadas de la manera y en los términos en que aparezca que quisieron
obligarse, independientemente de la forma y el idioma en que estos se celebren. Los contratos
celebrados en territorio guatemalteco y que hayan de sufrir efectos en el mismo, se celebrarán en
idioma español.”
5. Solución de conflictos derivados de estos contratos.
El artículo 69 DECRETO NUMERO 34-96. Establece el arbitraje de equidad, como
procedimiento obligado, salvo pacto en contrario.
Características de los Contratos de Bolsa. Art. 70 al 72 DECRETO NUMERO 34-96
Contratos de contado, son aquellos en los que las prestaciones se reputan firmes y
debidas al momento de liquidarse el contrato.
Contratos a plazo, las operaciones son firmes y debidas al cerrarse la operación bursátil,
pero son exigibles al cumplirse el plazo del contrato.
Contratos sujetos a condición o a opción, en estos contratos, una o las dos partes
pueden desvincularse del cumplimiento de su respectiva prestación mediante el pago
de una prima.
6. 2. CONTRATO DE FONDO DE INVERSION
Antecedentes Históricos.
Los fondos de inversión pueden situarse en el viejo continente, y concretamente en Bélgica,
coincidiendo con los inicios del siglo XIX; pero la influencia en la práctica se constituyó en las
las Islas Británicas. Los Fondos de Inversión principian una rápida extensión en Holanda,
Inglaterra y Bélgica y luego por toda Europa. Hacia finales del siglo XIX los fondos arriban a
Estados Unidos, país que a los pocos años se convierte en su principal mercado, no sólo por
la cantidad de Fondos de Inversión existentes sino también por volumen de activos
manejados en la actualidad operan Estados Unidos mas de 5000 Fondos de Inversión.
Definicion
Art. 74 del Decreto 34-96. Ley del Mercado de Valores y Mercancías
7. Elementos:
Personales.
Inversionistas: es la persona que da el dinero al agente de bolsa para invertirlo por su cuenta.
Obligaciones del Inversionista
Agente: son sociedades financieras que reciben dinero de terceras personas con el objeto de
invertirlo por cuenta de estos.
Obligaciones del Agente
Reales:
La cosa: El dinero.
El Precio: Es la suma o comisión en dinero que el Inversionista se obliga a pagar a cambio de los
servicios del Agente.
Formales:
La forma del contrato de Fondo de Inversión no está sujeto a formalidades.
8. Características:
Es un contrato consensual:
Es un contrato oneroso:
Es un contrato bilateral:
Es un contrato típico:
Es un contrato nominado:
Regulación legal:
Art 74 y 75 del Decreto 34-96 Ley del Mercado de Valores y Mercancías.
I. Modelo de contrato de fondos de inversión (BAC CREDOMATIC).pdf
9. 3. CONTRATO DE FIDEICOMISO DE INVERSION
Definición:
Es un contrato mediante una persona (el fideicomitente) trasmite al fiduciario bienes monetarios,
con el fin de que este lo conceda a otras personas en calidad de mutuo o con la otra finalidad que
produzca una ganancia, o los invierta en valores de cualquier índole que tienda a incrementar el
capital.
Definición Doctrinaria:
1. Consiste en que una persona (fideicomitente) entrega a una institución de crédito (fiduciaria),
Una cantidad de dinero para que la administre en beneficio de una tercera persona (fideicomisaria).
2. El contrato de fideicomiso de inversión es un contrato mercantil que es en sí todo negocio con
transmisión de propiedad fiduciaria q tenga por finalidad principal la inversión de recursos
financieros.
10. Utilidad Del Fideicomiso De Inversión: Su utilidad reside en
El fiduciario percibe ingresos del capital por lo general para su inversión y
administración; y el fideicomitente y fideicomisario (generalmente se conjuga en un
mismo sujeto) percibe las ganancias provenientes de la inversión.
Su constitución se da a través de documento privado con lo que se exonera a las partes
del registro y formalidades específicas.
Solamente están sujetos a registro los certificados fiduciarios, cuando el fiduciario lo
solicitase para su cotización en bolsa y para su venta en oferta pública; y ésta última se
regirá por sus propias disposiciones legales (las del banco), y no quedarán sujetas a los
requisitos establecidos en la Ley de Mercado de Valores y Mercancías,
11. Elementos:
a) Personales
FIDEICOMITENTE:
FIDUCIARIO
FIDEICOMISARIO:
LOS TENEDORES:
b) Reales
Los reales son todos aquellos bienes y derechos de los que dispone el fideicomitente se afecten a fines
determinados, transmitiendo su titularidad y disposición al fiduciario y las obligaciones que surjan del
fideicomiso.
c) Formales
El documento constituido de fideicomiso de inversión, así como sus modificaciones podrá constar en
documento privado; y la emisión y negociación de los certificados fiduciarios a que se refiere el
presente artículo estarán sujetas únicamente a los requisitos que esta ley establece para realizar oferta
pública de valores emitidos por sociedades mercantiles.
12. Características del Contrato de Fideicomiso de Inversión:
Nominado, el Código de –comercio lo designa con el termino FIDEICOMISO, palabra que
deriva del latín FIDEICOMMISSUM, compuesta de FIDES FE y COMMISSUM, confiado (17),
comisión, encargo, o sea encomendado a la lealtad o confianza de alguien.
Típico, ya que el Derecho a predispuesto para él un esquema particular, constituido para
nuestro caso por los artículos 766 a 793 del código de Comercio. Y en el artículo 74 de la ley
de Mercado de Valores y Mercancías.
Bilateral, desde luego que produce obligaciones recíprocas entre las partes.
Formal. El fideicomiso regulado en el código de comercio debe de documentarse en
escritura pública, y el contrato de fideicomiso de inversión se le permite constar en
documento privado, eximiéndole de la obligación de documentarlo en escritura pública.
13. Es de ejecución continuada, ya que sus efectos no se agotan en un solo momento,
sino que se establece un vínculo continuo en virtud del cual el fiduciario debe
realizar los actos
Oneroso, ya que el fiduciario se obliga a realizar los actos necesarios para cumplir los
fines del fideicomiso, a cambio de una remuneración por sus servicios.
Patrimonial puesto que tiene por fin constituir un patrimonio afectado a fines
determinados, el cual se rige por una disciplina jurídica específica (artículos 766 y
777 C. de c.).
Traslativo de Dominio, Debe aclararse que al transmitirse al fiduciario ciertos bienes y
derechos, no se transmite el derecho de propiedad lo que sucede es que se
constituye un patrimonio antónimo, separado, que no pasa a agregarse al patrimonio
del fiduciario, sino que este último es investido de determinadas
14. Efectos Legales:
Efectos contra Terceros:
Efectos en Relación al Fideicomitente:
Efectos en Relación al Fiduciario:
Efectos en Relación al Fideicomisario
Bienes Fideicometidos:
Extinción del Fideicomiso:
Regulación legal:
Art. 766 - 793 Código de Comercio Decreto No. 2-70.
Art. 76 Ley del Mercado de Valores y Mercancías
II. Modelo de Contrato de Fidecomiso de Inversion.pdf