Acuerdos de la OMC
Acuerdo de Marrakech
Acuerdo de Agricultura
Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y
Comercio (GATT) -48, revisado en 1994
Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
(MSF)
Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC)
Acuerdo sobre aspectos del comercio relacionados con
Derechos de Propiedad Intelectual (TRIPS)
Nuevo Acuerdo Facilitación del Comercio
MSF/OTC
OMC
Promover el uso de normas
internacionales
Permitir autonomía
regulatoria para proteger
intereses legítimos
Evitar la creación de
obstáculos innecesarios
al comercio internacional
Principios del GATT, MSF, OTC
No-discriminación
Nación más favorecida
Armonización
Equivalencia
Reconocimiento mutuo
Transparencia
Proporcionalidad
No se deben establecer medidas que
restrinjan el comercio en forma arbitraria,
injustificada o discriminatoria
Excepciones (derecho a regular)
FAO Legal Office
GATT.
Artículo XX (a) moral pública; (b) salud
humana, animal o vegetal; (g) conservación de
recursos naturales agotables
MSF
Protección del país, el patrimonio natural y las
personas frente a riesgos derivados de la
entrada de patógenos (base del análisis de
riesgos basado en ciencia)
OTC
Objetivos legítimos (inocuidad, sanidad animal
y vegetal, información al consumidor)
Ambito de aplicación MSF
Medidas sanitarias dirigidas a proteger la salud humana y animal, el
patrimonio vegetal y ambiental de los riesgos asociados con la entrada
de patógenos.
Se aplica a toda medida sanitaria que pueda afectar el comercio directa
o indirectamente.
Ejemplos de estas medidas pueden ser:
Restricciones a la importación de especies que no vengan de zonas libres de una
enfermedad o no cumplan con determinados tratamientos;
Medidas cuarentenarias o inspecciones en frontera;
Exigencias documentales como la certificación fitosanitaria;
Normas de etiquetado como la fecha de caducidad;
Límites máximos de plaguicidas.
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Artículo 3 Acuerdo MSF
Uso de Estándares Internacionales, Directrices y
recomendaciones
Las medidas MSF han de estar basadas en ciencia y en una
adecuada evidencia científica.
Los estándares aprobados por tres Organizaciones
Intergubernamentales son referencia de base científica
El Anexo A cita al Codex, CIPF y la OIE como
referentes
La adopción de estándares internacionales de referencia es
voluntaria.
Los países pueden adoptar estándares y medidas sanitarias
más estrictas siempre que demuestren que tienen base
científica para ello .
Es importante que los países, especialmente los países participen en la
adopción de estos estándares
Acuerdo de barreras técnicas al comercio
Se aplica a:
“1.3 Todo producto, incluyendo productos agrícolas
Reglamentos técnicos, estandares y
métodos de verificación de la
conformidad
Responsabilidades nacionales
Elaborar e implementar legislación adecuada para mejorar y
mantener el estatus fito y zoosanitario
Asegurar la inocuidad de los productos importados, especialmente
alimentos, animales, plantas y sus productos derivados
Para ello, regular y controlar el comercio interno e internacional de
productos agrícolas sin crear obstáculos innecesarios al comercio