24. El número de víctimas de trata de personas en México se estima en
500,000 casos, de los cuales alrededor de 70,000 son menores de edad
sujetos a explotación sexual. En nuestro país existen 47 grupos de
delincuencia organizada involucrados en la trata de personas para fines
sexuales y laborales, de acuerdo con una investigación para el Instituto
Belisario Domínguez del Senado de la República
Crecimiento de la Trata de Personas en México
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)
cada año aumenta los niños que son explotados sexualmente entre 16 y 20
niños y niñas en México.
De manera adicional 85 son usados en actos de pornografía, mientras en 21
de las 32 entidades del país existe turismo sexual.
25. • En México, sólo en 2004, trece mil niñas mexicanas fueron explotadas
sexualmente por connacionales. Entre 2000 y 2008 se incrementó en un
300 por ciento la apertura de casas de masaje asiático legales en
México, un negocio que era prácticamente inexistente.
• Tan sólo en Monterrey, Nuevo León, en los pasados tres años (2013-
2015) el negocio del comercio de mujeres y de los table dances,
alimentado con extranjeras traídas a México a través de las redes de
corrupción tejidas entre empresarios, agentes de migración y los
cuerpos policíacos locales, ha arrojado ganancias de más de 200
millones de pesos a muchos. Entre ellos se encuentra el restaurantero
apodado “El Diablo”, sobre quien tanto la Secretaría de Gobernación,
por medio del Instituto Nacional de Migración (INM) tienen
investigaciones abiertas por tráfico de mujeres adolescentes, traídas
desde Venezuela, Cuba, El Salvador y, a últimas fechas, Rusia.
26. • las ciudades del país consideradas como de alta incidencia
de trata de personas son: Tijuana y Mexicali (Baja
California), Nogales (Sonora), Ciudad Juárez (Chihuahua),
Nuevo Laredo y Matamoros (Tamaulipas), Cancún
(Quintana Roo), Tapachula (Chiapas), Acapulco
(Guerrero), Ciudad de México, Tlaxcala, Puerto Vallarta
(Jalisco), Los Cabos (Baja California Sur), Veracruz y
Oaxaca.
• Incluso, revela que en algunos municipios del estado de
Guerrero se identifica la venta de niños, niñas y
adolescentes indígenas para la explotación sexual y el
trabajo doméstico.
27. • Artículo 142-J.- Al que ofrezca, promueva, facilite, entregue o consiga a una
persona menor de dieciocho años de edad o a una persona que no tenga
capacidad para comprender el significado del hecho, para cualquier forma de
explotación, se le impondrán de seis a doce años de prisión y de quinientos a mil
quinientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por la
comisión de otros delitos. Las penas que resulten aplicables por los delitos
previstos en este artículo se incrementarán: I. Hasta una tercera parte, si el delito
es cometido en contra de un menor de catorce años de edad o es cometido por
un servidor público. En este último caso, se impondrá además la destitución del
empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta
por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta; y II. Hasta una mitad, si el
delito es cometido en contra de un menor de doce años de edad o se emplee
violencia física o moral o cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco por
consanguinidad, afinidad o civil o habite en el mismo domicilio con la víctima,
aunque no existiera parentesco alguno, o sea tutor o curador de la víctima.
Trata de personas código penal del estado de Jalisco.