2. QUE SON?
Las zonas francas son áreas geográficas delimitadas del territorio
nacional, en donde se desarrollan actividades industriales de
bienes y de servicios o actividades comerciales, bajo una
normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de
comercio exterior.
3. HISTORIA
El régimen de Zonas Francas en Colombia se estableció
en 1958 con la creación de la Zona Franca Industrial y
Comercial de Barranquilla.
En los 70’s entraron en funcionamiento las Zonas
Francas de Buenaventura, Cartagena, Cúcuta, Palmaseca
y Santa Marta.
En 2005 con el objetivo de atraer nueva inversión
extranjera y cumplir con los compromisos adquiridos por
Colombia ante la OMC, se expidió la Ley 1004.
En 2007 se expidieron los Decretos 383 y 4051 que
definen el actual régimen de Zonas Francas en Colombia.
4. CLASES DE ZONAS FRANCAS
PERMANENTES – MULTIUSUARIO Donde se
desarrollan actividades industriales de bienes y de
servicios, o actividades comerciales y se pueden instalar
múltiples usuarios.
PERMANENTES ESPECIALES - UNIEMPRESARIAL
Una sola empresa que se puede ubicar cualquier lugar del
país para desarrollar actividades de bienes, de servicios o
agroindustriales.
TRANSITORIAS Se autorizan por un período corto de
tiempo para la celebración de ferias, exposiciones,
congresos y seminarios que revistan importancia para la
economía y el comercio internacional del país.
5. CLASES DE USUARIOS
Operador: Dirige, administra, supervisa, promociona y
desarrolla la Zona Franca. Un área mínima de 20
hectáreas, acreditar un patrimonio líquido superior a US
$ 5.8 millones. Dentro de los 5 años siguientes a la
declaratoria la ZFP deberá tener instalados al menos 5
usuarios.
Industrial: Producir, transformar o ensamblar bienes
mediante el procesamiento de materias primas o de
productos semielaborados. Deben cumplir los siguientes
requisitos. Activos totales US $1.3 millón – US
$7.5millones, S.M.M.LV 7.500, monto de inversión,
generar empleos directos iguales o superiores a US $ 1
millón 30.
6. CLASES DE USUARIOS
Industrial de Servicios: Telecomunicación procesamiento
de datos, Transporte, distribución, empaque, etiquetado,
mantenimiento y reparación, Limpieza, pruebas de
calidad, asistencia médica, odontológica, investigación
científica y tecnológica.
Comercial:
Zona franca permanente especial de bienes.
Zona franca permanente especial de servicios.
Zona franca de salud.
Zona franca sector lácteo.
7. FINALIDADES
Ser instrumento para la creación de empleo y para la
captación de nuevas inversiones de capital.
Ser un polo de desarrollo que promueva la
competitividad en las regiones donde se establezca.
Desarrollar procesos industriales altamente productivos
y competitivos.
Simplificar los procedimientos del Comercio de Bienes y
Servicios, para facilitar su venta.
8. BENEFICIOS
15% de Impuesto de Renta sobre el 100% de la
operación, no existiendo obligación de Exportaciones y
pudiendo ser 100% la venta en Mercado colombiano.
No pago de IVA en compras Locales.
No aranceles ni IVA, en compras Internacionales.
No IVA en compras de Activos Fijos.
9. REQUISITOS
Constituir una nueva persona jurídica o establecer
una sucursal de sociedad extranjera.
Área continua y que no se estén realizando
actividades que el proyecto planea promover.
Presentar Plan Maestro de Desarrollo General y
estudios de factibilidad técnica, económica,
financiera y de mercado.
Acreditar disponibilidad de terrenos.
Acreditar fuentes de financiación.
10. ANEXOS
Estudio de Títulos de propiedad de los terrenos.
Plano topográfico y fotográfico con la ubicación y
delimitación precisa del área.
Certificación expedida por la autoridad competente, proyecto
está acorde con el plan de desarrollo municipal o distrital.
Certificación expedida por la autoridad competente, proyecto
está acorde con lo exigido por la autoridad ambiental.
Certificación expedida por la autoridad competente, de uso del
suelo.
Certificados de Registro de Libertad y Tradición de los
terrenos que formen parte del área que se solicita declarar
como ZFPE.
11. NORMATIVIDAD
A partir del año 2017, las personas jurídicas interesadas
en conseguir el reconocimiento para funcionar
como “usuarios operadores”, “usuarios industriales” o
“usuarios comerciales” dentro de las zonas francas de
Colombia, tendrán que consultar los 147 artículos
recopilados en el Decreto 2147 de diciembre 22 de 2016,
el cual recopiló y reexpidió la dispersa normatividad que
se había promulgado sobre este tema desde 2007, en
especial, tras la aprobación de la Ley 1004 de diciembre
de 2005 (principal norma superior sobre el tema).
12. NUEVO DECRETO
Posibilidad por parte de los usuarios de las zonas francas de
nacionalizar materias primas en la zona franca o en el resto del
territorio aduanero nacional.
Aumento del 5% al 15% del área que pueden ocupar los Usuarios
Comerciales, lo que facilitará el desarrollo de actividades logísticas.
Oportunidad de que las empresas en zonas franca puedan tener sus
oficinas de gobierno o administración fuera de la zona franca, así
como prestar servicios en cumplimiento de una garantía de
fabricación, por fuera de la zona franca.
Se permitirán las ventas al detal en zonas francas de servicios
turísticos y de salud.
Se podrá adelantar la ejecución de las inversiones y la generación de
empleo desde la radicación de la solicitud para la declaratoria de
zona franca, permitiendo desarrollar bajo riesgo del inversionista las
etapas iniciales del proyecto y no perder el costo de oportunidad.
13. NUEVO DECRETO
Autorización de prorrogas para cumplimiento de compromisos de
inversión y empleo en casos debidamente justificados ante el
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Se establece que el área que se pretende declarar como zona franca
puede considerarse continua cuando los terrenos estén dentro de 1
kilómetro de proximidad, sin necesidad de construir puentes o
túneles.
Se permite la venta y demás negocios de disposición de consultorios
o locales en las Zonas Francas de Salud siempre y cuando el área
destinada para tal fin no supere el veinte (20%) del total de área
declarada.
Facilitación y flexibilización de las operaciones de comercio exterior
para los usuarios de zonas francas que permite realizar negocios con
empresas ubicadas en el exterior, en el resto del territorio aduanero
colombiano o en otras zonas francas.
14. Tienen un potencial para que las regiones se conviertan
en polos de desarrollo.
La economía está cambiando su forma de producir y de
exportar.
Grandes oportunidades en la economía del país y de la
regiones, ya que a partir de la creación de las mismas se
incrementan los flujos de inversión tanto nacionales
como extranjeros.
Traen mayores beneficios para los empresarios.
Generación de más puestos de trabajo.
Mayor actividad económica en pro de mejorar la calidad
de vida de los ciudadanos de la región y zona de
influencia.
IMPACTO ECONÓMICO