Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la administración pública federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas como sociedades nacionales de crédito. Tienen como función financiar proyectos prioritarios para el país y estimular el desarrollo económico nacional mediante el otorgamiento de créditos y servicios de asistencia técnica a sectores estratégicos. En México existen 6 bancos de desarrollo principales que operan con diferentes instrumentos financieros de mediano y largo
2. INSTITUCIONE
S DE BANCA
DE
DESARROLLO
La banca de desarrollo cumple una función importante
apoyando, con financiamiento y variados servicios, y
proyectos con alta rentabilidad social.
El objetivo de esta es fondear proyectos cuya rentabilidad
social o justifica, la rentabilidad privada no es
suficientemente elevada, o inmediata, qué los haga
atractivos para los diarios comerciales.
3. Etapas críticas causadas por la pandemia
covid-19
Contracción en la actividad económica Volatilidad en los mercados (incrementan el riesgo de
crédito y de mercado asociado a las operaciones
crediticias, se traduce en mayores prismas de riesgo)
4. La banca de desarrollo en
México está constituida por 6
bancos:
Bancomext Banobras
SHF(Sociedad
Hipotecaria
Federal)
Nafin
Banco de
bienestar
Banjército
6. Etapa de
reforma
estructural
• Después de la crisis de 1994 y hasta principios
de los años 2000. La reforma se basó en el
saneamiento de su balance, lo que permitió
generar tasas de crecimiento de crédito
positivas y a partir del 2004, se han registrado
utilidades todos los años, algunas instituciones
han presentado perdidas en años particulares.
7. Condiciones
finales
• El financiamiento de la banca de
desarrollo tiene potencial para mitigar los
efectos crediticios de las contracciones
económicas, esto siempre y cuando se
utilizan para financiar proyectos sociales
rentables y con condiciones adecuadas de
recuperación; el financiamiento de la
banca de desarrollo no tiene un impacto
negativo sobre algunas de las métricas de
finanzas públicas y puede contribuir al
beneficio de la sociedad en su conjunto.
8. Generalidades de la banca
de desarrollo
8
LA BANCA DE DESARROLLO constituida como sociedades nacionales de
crédito forma parte de la administración pública federal paraestatal y tiene como
función específica captar los recursos del público para canalizarlos por medio
del crédito a las áreas y sectores prioritarios del desarrollo nacional. También
son consideradas empresas de participación estatal mayoritaria en virtud de que
el gobierno federal es tenedor de 64% de los títulos representativos de cada una
de las instituciones de la banca de desarrollo.
Estas instituciones tienen personalidad jurídica y patrimonio
propios, además, se rigen por sus propias leyes orgánicas.
9. CONCEPTO
• Las instituciones de banca de desarrollo son entidades
de la administración pública federal con personalidad
jurídica y patrimonio propios, constituidas con el
carácter de sociedades nacionales de crédito.
• son instituciones mayoritariamente gubernamentales
que ejercen el servicio de banca y crédito de largo
plazo para atender el impulso de sectores, regiones o
actividades prioritarias de acuerdo con sus leyes
orgánicas constitutivas, Las instituciones de banca de
desarrollo tienen por objeto financiar proyectos
prioritarios para el país y estimular con equidad y
eficiencia el desarrollo económico nacional.
10. OBJETO
• Las instituciones de banca de desarrollo tienen como objeto
facilitar el acceso al financiamiento a personas físicas y
jurídico-colectivas, así como proporcionarles asistencia
técnica y capacitación en términos de sus respectivas leyes
orgánicas. En el desarrollo de sus funciones, las
instituciones referidas deberán salvaguardar y conservar su
capital garantizando el mantenimiento de su operación y
funcionamiento, mediante el encauzamiento eficiente,
prudente y transparente de los recursos.
11. MARCO LEGAL
• Las instituciones de banca de desarrollo se rigen por los
ordenamientos jurídicos siguientes: fuente primaria: la ley
orgánica de cada una de las instituciones de banca de
desarrollo y su reglamento interior, la ley de instituciones de
crédito, la ley del banco de México y la reglamentación de
las autoridades. fuente supletoria: la legislación mercantil,
los usos y prácticas bancarios y mercantiles, el código civil
federal, el código fiscal de la federación, para efectos de las
notificaciones, y los recursos a que se refieren los articulo
25 y 110 del mismo.
12. CREACIÓN
• son creadas por decreto del Ejecutivo federal y se
organizan de acuerdo con la ley orgánica que emita el
Congreso de la Unión, que regirá la vida interna de las
instituciones citadas y establecerá las operaciones que
podrán realizar con el público ahorrador e inversionista. Si
bien es cierto que las instituciones de banca de desarrollo,
como parte de la administración pública federal, coadyuvan
con el presidente de la República en la misión
gubernamental y, por tanto, pueden ser creadas por decreto
(acto formal y materialmente administrativo)
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B) FUNCIONES E INSTRUMENTOS QUE , GARANTÍA DE ESTADO EN LAS OPERACIONES.
Funciones e instrumentos que operan las instituciones de banca de desarrollo; en su
carácter de instituciones de crédito tienen que regir sus funciones y emitir los instrumentos
que les son autorizados, es decir :
Tener muy en claro que tanto la banca comercial (también denominada banca múltiple)
como la banca de desarrollo son instituciones de crédito que tienen la función de captar
recursos del público para su colocación en el mercado nacional con el objeto de
contribuir al desarrollo prioritario de México.
En ese tenor de ideas, los bancos de desarrollo imprimirán a su actividad la normativa
aplicable a la banca múltiple versado el (art 46) de la presente ley deberán aplicar los
preceptos de respectiva en tanto su ley orgánica.
Por ejemplo: Bancomext, en su carácter de institución de crédito con fachada de sociedad
nacional de crédito, tiene la obligación de aplicar las funciones y operaciones que realiza
con el público ahorrador e inversionista, pero también tiene el imperativo de acatar lo que
dispone su ley orgánica, en cuanto al sector prioritario de la economía al que le
corresponde apuntalar.
.
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Funciones establecidas por la Ley:
Art 46; las operaciones necesarias para la adecuada atención del correspondiente sector de la
economía nacional cumplirán las funciones y los objetivos que les sean propios, conforme a las
modalidades y excepciones que respecto a las previstas en ley determinen sus leyes orgánicas.
Art 47; establece que las instituciones de banca de desarrollo realizarán las operaciones señaladas.
La recepción de depósitos bancarios, así como la solicitud de préstamos y créditos a otras
instituciones bancarias, las llevarán a cabo las instituciones de banca de desarrollo con vistas a
facilitar a los beneficiarios de sus actividades el acceso al servicio de banca y crédito, así como
propiciar el hábito del ahorro y el uso de los servicios que presta el sistema bancario mexicano, de
manera que no se produzcan desajustes en los sistemas de captación de los recursos del público.
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Instrumentos que operan:
Las instituciones de banca de desarrollo, a diferencia de las instituciones de banca múltiple,
en materia crediticia otorgan créditos de mediano y largo plazo dando preferencia a los
proyectos que benefician a la sociedad.
Las instituciones de banca múltiple tienden a aglutinar sus recursos en operaciones de
corto plazo, con la finalidad de asegurar la pronta restitución de los préstamos otorgados y
protegerse de incrementos en la espiral inflacionaria.
Las sociedades nacionales de crédito generalmente optan por canalizar recursos crediticios
a mediano y largo plazos, con la finalidad de crear infraestructura en el país. Los principales
instrumentos que manejan las instituciones de banca de desarrollo son los siguientes:
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Líneas revolventes (crédito que puede ser dispuesto y
cubierto en múltiples ocasiones).
Créditos en dólares.
Garantía de créditos.
Cofinanciamiento.
Créditos directos.
Líneas de crédito.
Créditos a la exportación.
Redescuento de documentos.
Garantía del Estado en las operaciones.
17. Sociedad Hipotecaria Federal
• Fue fundada en 2001 por Vicente Fox
• Impulsa el desarrollo de los mercados primario y secundario en
materia de vivienda a través de garantías o diversos
instrumentos financieros destinados a la construcción,
adquisición y mejora de la vivienda
• Transita hacia un modelo de desarrollo urbano sustentable e
sustentable e inteligente, reduce de manera responsable el
responsable el rezago habitacional y procura una vivienda
una vivienda digna para los mexicanos.
18. BANCOMEXT
• Tiene por objeto contribuir al desarrollo y generación de empleo
en México, por medio del financiamiento al comercio exterior
mexicano.
• Bancomext se fundó en 1937 por Lázaro Cárdenas y opera
el otorgamiento de créditos y garantías, de forma directa o
la banca comercial y los intermediarios financieros no
de que las empresas mexicanas aumenten su productividad y
competitividad.
19. Nacional Financiera|NAFIN
• Nacional Financiera contribuye al desarrollo
económico de México, facilitando el acceso de
las mipymes, emprendedores y proyectos de
inversión prioritarios al financiamiento y
otros servicios de desarrollo empresarial, así
como contribuir a la formación de mercados
financieros y fungir como fiduciario y agente
financiero del Gobierno Federal, que permita
impulsar la innovación, mejorar la
productividad, la competitividad, la generación
de empleos y el crecimiento regional.
20. BANJERCITO
• Fundado en 1946 por Miguel Alemán Valdés
• El Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. es una
institución de banca de desarrollo con sede en la Ciudad de México,
perteneciente a las Fuerzas Armadas, con la tarea de ofrecerles todo
tipo de productos de banca, así como el pago de salario a todos los
miembros mediante este.
21. Financiera Nacional de Desarrollo
Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
• Financiamiento rural significa acceso a los servicios financieros para
los individuos o grupos desatendidos, como los hogares, agricultores
y pequeñas empresas de las zonas rurales, con especial atención a los
pobres.
• Surgió en 2002 con el objetivo de crear un sistema financiero rural
eficiente que reemplazara al Banco Nacional de Crédito Rural
(Banrural) el cual se encontraba en una situación de insolvencia que
motivó su disolución y liquidación como banco de desarrollo.
22. BANOBRAS
• Tiene como objeto financiar o refinanciar proyectos relacionados
directa o indirectamente con inversión pública o privada en
infraestructura y servicios públicos, así como con las mismas
operaciones coadyuvar al fortalecimiento institucional de los
gobiernos Federal, estatales y municipales
• El Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos es una institución de
banca de desarrollo mexicana cuya labor es financiar obras para la
creación de servicios públicos.
23. BANSEFI
• Banco del Bienestar es una institución bancaria de desarrollo
dependiente del Gobierno de México. En 2018 sustituyó al Banco del
Ahorro Nacional y Servicios Financieros y previo a esta, al Patronato
del Ahorro Nacional, institución pública que promovió el ahorro entre
los mexicanos durante 60 años.
• BANSEFI tiene por objeto promover el ahorro, el financiamiento y la
inversión entre los integrantes del Sector de Ahorro y Crédito Popular,
ofrecer instrumentos y servicios financieros entre los mismos, así
como canalizar apoyos financieros y técnicos necesarios para
fomentar el hábito del ahorro
24. BANSEFI
• Banco del Bienestar es una institución bancaria de desarrollo
dependiente del Gobierno de México. En 2018 sustituyó al Banco del
Ahorro Nacional y Servicios Financieros y previo a esta, al Patronato
del Ahorro Nacional, institución pública que promovió el ahorro entre
los mexicanos durante 60 años.
• BANSEFI tiene por objeto promover el ahorro, el financiamiento y la
inversión entre los integrantes del Sector de Ahorro y Crédito Popular,
ofrecer instrumentos y servicios financieros entre los mismos, así
como canalizar apoyos financieros y técnicos necesarios para
fomentar el hábito del ahorro
26. FIDEICOMISO PUBLICO
Entidad de la Administración Pública Paraestatal creada para
un fin lícito y determinado, a efecto de fomentar el desarrollo
económico y social a través del manejo de ciertos recursos
que son aportados por el Gobierno Federal y administrados
por una institución fiduciaria. La estructura del fideicomiso
público está formada por tres elementos: los fideicomisarios
o beneficiarios; el fideicomitente, atribución que corresponde
únicamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y
la Fiduciaria, que puede ser cualquier institución o sociedad
nacional de crédito.
27. Marco legal
Artículo 381.- En virtud del fideicomiso, el fideicomitente
transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la
titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el
caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados,
encomendando la realización de dichos fines a la propia
institución fiduciaria. Artículo recorrido (antes artículo 346)
DOF 23-05-2000. Reformado DOF 13-06-2003
Artículo 382.- Pueden ser fideicomisarios las personas que
tengan la capacidad necesaria para recibir el provecho
que el fideicomiso implica.
28. Artículo 390.- El fideicomisario tendrá, además de los derechos
que se le concedan por virtud del acto constitutivo del
fideicomiso, el de exigir su cumplimiento a la institución
fiduciaria; el de atacar la validez de los actos que ésta cometa
en su perjuicio, de mala fe o en exceso de las facultades que
por virtud del acto constitutivo o de la ley le corresponda, y
cuando ello sea procedente, el de reivindicar los bienes que a
consecuencia de esos actos hayan salido del patrimonio objeto
del fideicomiso. Cuando no exista fideicomisario determinado o
cuando éste sea incapaz, los derechos a que se refiere el
párrafo anterior, corresponderán al que ejerza la patria
potestad, al tutor o al Ministerio Público, según el caso.
30. • ¿Cuando un fideicomiso es público?
Un fideicomiso es público cuando se establece como una entidad de
los gobiernos o demás entes públicos. De esta forma se obtiene
beneficio económico y social, mediante el manejo adecuado de bienes
de propiedad pública, administrados por un ente fiduciario