2. OBJETIVOS DE LA PROPUESTA.
• Objetivo Principal es cumplir
con las obligaciones
electrónicas establecidas por
la Ley en el Ayuntamiento de
Serra.
• Objetivos secundarios:
Administración más eficiente,
eficaz, cercana y transparente.
Adaptación jurídica de la AE y
procedimiento administrativos
electrónicos
Incorporación herramientas
actividad administrativa y
participación ciudadana.
Posicionar al ciudadano como
centro de la actividad
administrativa.
3. Descripción del problema principal.
• Incumplimiento de la obligación de la LAE.
- No hay un canal electrónico definido.
- No se dispone de sede electrónica.
- Discriminación tecnológica ciudadana.
4. Cambios que se deben afrontar en el entorno
de la sociedad de la información de la
Corporación Local.
• Marco jurídico, adecuación de la
normativa a las características de
la organización.
• Dotación de Infraestructuras
tecnológicas para hacer posible la
AE.
• Capacitación tecnológica, fomento
de la alfabetización, la
capacitación y la inclusión digital.
• Servicios: Implantación de la Sede
electrónica, cumpliendo con las
directrices de simplificación, de
procedimientos, derechos a la
información, procedimientos por
vía electrónica, sin obviar aquellos
que se pretenda prestar
electrónicamente en el futuro.
5. Elementos técnicos habilitantes AE
Habilita la relación con los ciudadanos
“FRONT-OFFICE”
El certificado electrónico, es un
sistema de firma digital que identifica al
titular.
La firma electrónica, dotada de
validez jurídica, además de métodos
criptográficos.
La Sede electrónica, dirección
electrónica donde se establecen las
relaciones.
Registros electrónicos, cauce para
recibir y enviar escritos.
Comunicaciones y Notificaciones
electrónicas, medio preferente entre
AA.PP. y ciudadanos en su caso.
6. Elementos técnicos habilitantes AE.
Habilita el funcionamiento interno
“BACK-OFFICE”.
El documento electrónico: gozan de
autenticidad, fiabilidad, integridad y
Disponibilidad. Los sistemas de archivo
propician la conservación y mantenimiento de
la citadas características.
El Expediente Electrónico, como gestión
electrónica de los procedimientos, procesos y
servicios.
La interoperabilidad, capacidad para
compartir datos (ENI).
La seguridad, en la utilización de los medios
electrónicos (ENS).
7. Conclusiones.
Se hecha en falta una normativa sancionadora y un
defensor del ciudadano electrónico que vigile el estricto
cumplimiento de los derechos de los ciudadanos y de las
obligaciones por parte de las AAPP.
Las Corporaciones Locales con pocos recursos tienen
posibilidad de reclamar la asistencia y medios
electrónicos a las correspondientes AAPP (Diputaciones
y CCAA).
Las TIC ofrecen hoy en día la plena prestación de los
servicios electrónicos a los ciudadanos en condiciones
de seguridad e interoperabilidad.
La puesta en marcha de la Sede Electrónica no debe ser
el objetivo final, sino un nivel más en el ámbito de la
oferta de servicios electrónicos, apostando por
herramientas informáticas para la democracia
participativa, transparencia y tutela ciudadana.
Visión de una Administración mas eficiente, eficaz,
cercana y transparente, apostando por el desarrollo de
los Servicios TIC y posicionar al ciudadano como centro
de la actividad administrativa.
Promover la formación mediante talleres y cursos para
la promoción de la alfabetización y capitación digital de
los vecinos.