Nuestra membresia es muy importante para nosotros, porque son parte del cuerpo de Cristo, por tal motivo su crecimiento espiritual y el desarrollo de sus talentos son de vital necesidad para el Reino de Dios
2. CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS (FELIGRESIA).
Artículo 5: la iglesia estará conformada por aquellas personas naturales, sean
nacionales o extranjero que en forma libre, voluntaria y que cumplan con los
requisitos de admisión de la iglesia.
Artículo 6: las fases de admisión a la iglesia son las siguientes:
a) Ser mayor de edad, y estar en pleno goce de sus derechos civiles.
b) Afiliación, la cual debe ser individual o voluntaria.
c) Identificación con los Principios y Objetivos de la iglesia.
d) Haber llenado la hoja de inscripción de la iglesia y ser aprobada la membrecía
por la Junta directiva o la Asamblea General.
e) Acatar los presentes estatutos y directrices emanadas por los Órganos de
Gobierno.
Artículo 7: la condición de miembro de la iglesia se termina de la siguiente manera:
a) Por renuncia escrita.
b) Por exclusión, por decisión de la Asamblea General o de la Junta Directiva;
c) Por muerte del miembro, cuando este es persona natural.
d) Por los demás causas que establezcan estos Estatutos y los órganos de
gobierno.
Artículo 8: Los miembros: son todas aquellas personas que constituyan
originalmente la iglesia y participan en sus actividades:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
d) Miembros Asesores.
Artículo 9: Son miembros Fundadores todas aquellas personas que constituyen
originalmente la iglesia y participan en sus actividades.
Artículo 10: Son miembros activos las personas naturales de nacionalidad
panameña o extranjera que cumplan con los requisitos de admisión del presente
estatuto y aprobación de la Junta Directiva o de la Asamblea General.
Artículo 11: Los miembros Honorarios son aquellas personas naturales con
capacidad plena de actuar, que por acuerdo expreso de la Junta Directiva o de la
asamblea general sean merecedoras de tal distinción en reconocimiento por sus
3. servicios meritorios prestados o por su contribución notable relacionada con los
propósitos y objetivos de la iglesia.
Artículo 12: Son miembros asesores aquellas personas naturales de nacionalidad
panameña o extrajera con capacidad plena para actuar, que sin tener ninguna
intervención directa a la iglesia, contribuye, colabora o ayuda a los fines de la
misma.
REGLAMENTO DE LA FELIGRESIA
1. La feligresía: cuando un feligrés se traslada de una iglesia a otra, será deber
del pastor de donde procede el feligrés solicitar de su oficina regional la
información necesaria para orientarle hacia donde la iglesia que más cerca
quede de su nueva residencia. Debe además, informar al pastor de su
concernida iglesia la llegada de ese hermano, y si es posible, su nueva
dirección y teléfono.
2. Recepción de Miembros
En ocasión de la celebración de la Cena del Señor, el Cuerpo de Ancianos hará la
recepción a los nuevos miembros dando la bienvenida a la comunión de la Iglesia.
Este será el momento para registrar a los miembros en el libro de registro de socios.
Los nuevos miembros, por traslado o bautismo, deberán haber leído y dispuestos a
someterse al Pacto de Membrecía y/o declaración de fe, según corresponda.
Serán miembros por:
1. Por bautismo
a) El creyente nuevo pasará por un programa de discipulado y un curso de bautismo,
donde se le enseñará entre otras cosas la responsabilidad de un miembro de
Iglesia.
b) El bautismo es por inmersión y la ceremonia la podrá realizar únicamente un
Pastor ordenado o misionero.
c) Ya que el bautismo es la expresión pública de uno que está unido a Cristo, lo
lógico es invitar al bautizado a incorporarse como miembro de la Iglesia Local. Sin
embargo habrá casos que por motivos particulares no podrán ser miembros de la
Iglesia Local.
4. 2. Por traslado
a) De otra Iglesia de la Paz de Dios. El Cuerpo de Ancianos (Diaconado) deberá
solicitar informe y carta de traslado de la Iglesia de procedencia del hermano o
hermana que se está congregando y que manifiesta interés de incorporarse como
miembro de la Iglesia Local. Ningún Cuerpo de Ancianos debe captar miembros por
medios ilegítimos.
b) De otra Congregación evangélica. Después de un tiempo prudente durante el
cual un hermano de otra congregación evangélica ha mostrado buen testimonio,
está de acuerdo con la doctrina y manifiesta interés de trabajar con la Iglesia; el
Cuerpo de Ancianos debe evaluar la conveniencia del traslado de su membrecía. Si
su congregación de procedencia no tiene la política de dar carta de traslado, de
todas maneras el Cuerpo de Ancianos debe recibir información oral, para entonces
incorporarlo a la membrecía “por testimonio”. En el caso que el hermano no ha sido
bautizado por inmersión, deberá cumplir con éste rito.
c) A otro la Paz de Dios a otra Congregación: El Cuerpo de Ancianos facilitará la
unión de cualquiera de sus miembros a otra congregación, respondiendo las
solicitudes de traslado hechas por el Cuerpo de Ancianos de otra Iglesia o informes
verbales si corresponde; dejando constancia en el libro de registro de socios la fecha
y lugar del traslado.
3. Libro de registro de Miembros
Cada Iglesia tendrá un libro de registro de miembros o feligresía (registro de
membrecía). En la primera página se colocará el Pacto de Membrecía de la IMR-
LAPAZ DE DIOS. En la segunda página irá el siguiente encabezamiento: “Al colocar
mi firma en el presente libro de membrecía de la Iglesia Ministerio de Restauración
La Paz de Dios de________________________________, confirmo estar de
acuerdo con todos los Reglamentos Oficiales, que rigen a la IMR-LAPAZ DE DIOS
y me someto a ellos sin reserva alguna”.
4. Responsabilidades y facultades del Miembro
Será deber básico de un miembro participar de las reuniones (cultos y servicios) y
del servicio de Santa Cena, de las Asambleas ordinarias y extraordinarias, de dar
fielmente sus diezmos y ofrendas y cumplir con las responsabilidades asumidas.
Podrá ejercer su derecho de emitir su opinión con voz y voto en las reuniones de
Asamblea.
5. 5. Asamblea Plenaria de Miembros
Esta Asamblea la compone el Cuerpo de Ancianos y los miembros de la Iglesia.
Sus reuniones tienen el objetivo principal de informar, evaluar y proyectar el trabajo
de la Iglesia; también es la instancia para conocer y proponer soluciones a desafíos
y problemas.
a. Sesiones ordinarias y extraordinarias
Cada Iglesia realizará sesiones periódicas. Se recomienda un mínimo de tres
sesiones en el año. Éstas serán programadas, preparadas, convocadas y dirigidas
por el Cuerpo de Ancianos de la Iglesia. El Cuerpo de Ancianos (Diaconado) tiene
la facultad de convocar sesiones extraordinarias cuando lo estime conveniente o
cuando algunos miembros lo soliciten por escrito.
DEBERES DE LA FELIGRESIA O MIEMBROS
1. Someterse a toda la Autoridad puesta por Dios en la Iglesia Local y Nacional.
2. Ser miembro Bautizado en Agua y debe procurar buscar la llenura del Espíritu
Santo.
3. Participar una o varias veces en ayuno congregacional al mes para su
crecimiento espiritual.
4. Diezmar, ofrendar y participar de todas las actividades financieras de la
congregación.
5. Participar junto con sus Pastores en todas las actividades que se le inviten
en la Iglesia Madre.
6. No podrán moverse para otra congregación eclesiástica, sin permiso de sus
pastores.
7. Solo podrán participar del Bautismo los mayores de 12 años, los solteros
mayores de edad que no vivan en unión libre, y todos los casados civilmente
y por la iglesia.
8. Solo podrán participar de la Santa Cena, los que se encuentren bautizados,
y no vivan en unión libre.
9. No podrán asistir a otra iglesia que no sea del concilio sin la autorización
pastoral.
Pastor José Luis Rodríguez Pastora Yeni de Rodríguez
Presidente-IMR-LAPAZ DE DIOS Secretaria-IMR-LAPAZ DE DIOS