SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
La forma es fondo
1. Cómo se nombra y cómo deciden los ministros de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación
2. Objetivos
Qué dicen los datos respecto a la
confianza en la Suprema Corte
Cómo la forma de elegir ministros afecta
en quiénes llegan a serlo y con qué
objetivos profesionales
Cómo los aspectos formales del
proceso de decisión del Pleno de la
Suprema Corte afectan las sentencias,
tanto formal como sustantivamente y su
legitimidad.
3. Confianza ciudadana en la
Suprema Corte de Justicia
El punto máximo de confianza de la
Corte fue en agosto del 2006.
Las resoluciones de la Corte en los
casos que han tenido más cobertura
mediática no parecen impactar de forma
significativa los niveles de confianza.
La Corte no logra afianzar su legitimidad
en la sociedad.
4. Reglas en la elección de
ministros
Proceso de elección de los ministros
Artículo 96:
a) El presidente de la república propone
una terna al Senado y éste debe elegir
a uno de los candidatos.
b) Si el Senado rechaza la totalidad de la
terna, el ejecutivo enviará una nueva
5. La duración del cargo.
Pensión vitalicia sin restricciones para su
ejercicio profesional.
Elección del presidente de la Suprema Corte
Artículo 97
«Cada cuatro años, el pleno elegirá de entre
sus miembros al presidente de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá
ser reelecto para el periodo inmediato
posterior»
6. Cómo decide la Corte
La forma es fondo.
Asignación de casos con base en la suerte
o el azar.
Amplia publicidad del debate y proceso de
deliberación de los ministros. « Las
sesiones del Pleno y de las Salas será
públicas y por excepción secretas en los
casos en que así lo exijan la moral o el
interés público» artículo 94.
Reuniones en lo oscurito con los quejosos
7. Conclusiones
La Corte puede actuar en dos direcciones:
I. El canal judicial puede dejar de cubrir las
sesiones del Pleno y puede eliminarse el
accedo irrestricto vía internet a las
versiones estenográficas.
II. La Corte también podría restablecer la
práctica de las sesiones privadas, previas
a las públicas, en donde los ministros
realmente debatieran y se pusiera de
acuerdo sobre las cuestiones jurídicas
más importantes
8. Conclusiones
Lo que está en juego es la capacidad de
nuestra Suprema Corte de pacificar
conflictos constitucionales, a la par de
intentar que éstos no se sigan presentando
en el futuro.
Ver cómo las reglas afectan la operación
de otros órganos colegiados será otro
trabajo. Sin embargo, cómo las formas
parecen afectar el fondo en nuestra Corte
Suprema sugiere que puede ser una línea
de investigación fructífera