En todos los procesos de elección de magistrados de la CSJ llevados a cabo desde de la firma del Acuerdo de Paz de 1992, se ha podido constatar que los entes involucrados -Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES), el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) y la Asamblea Legislativa, se han enfocado esencialmente en revisar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos por la Constitución y la jurisprudencia constitucional, sin considerar si los postulantes cumplen o no con el perfil que se requiere para desempeñar la máxima judicatura del país.
Elección de la Corte Suprema de Justicia 2018: perfil del magistrado
1. Posición
institucional
No. 104, Mayo de 2017
I. Normativaaplicable:
Constitución:
El artículo 176 de la Constitución enumera una serie de
requisitos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia:
“Para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia se requiere:
•• ser salvadoreño por nacimiento,
•• del estado seglar,
•• mayor de cuarenta años,
•• abogado de la República,
•• de moralidad y competencia notorias,
•• haber desempeñado una Magistratura de Segunda
Instancia durante seis años o una Judicatura de Primera
Instancia durante nueve años,
•• haber obtenido la autorización para ejercer la profesión
de abogado por lo menos diez años antes de su elección,
•• estar en el goce de los derechos de ciudadano
y haberlo estado en los seis años anteriores al
desempeño de su cargo”.
El inciso 4° del artículo 186 Cn. agrega la imparcialidad como
requisito y el inciso 2° del artículo 172 Cn. hace referencia a
la independencia.
Jurisprudencia Constitucional:
Las sentencias de inconstitucionalidad 77/97-2013 del 13-10-
2013 y 56-2016 del 25-11-2016, han establecido que, respecto
de los magistrados de la CSJ, también aplica la prohibición de
tener afiliación político partidaria material o formal.
II. Antecedentes:
En todos los procesos de elección de magistrados de la CSJ
llevados a cabo desde de la firma del Acuerdo de Paz de 1992, se
ha podido constatar que los entes involucrados -Federación de
Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES), el Consejo
Nacional de la Judicatura (CNJ) y la Asamblea Legislativa, se
han enfocado esencialmente en revisar el cumplimiento de
los requisitos mínimos establecidos por la Constitución y la
jurisprudencia constitucional, sin considerar si los postulantes
cumplen o no con el perfil que se requiere para desempeñar
la máxima judicatura del país. En las elecciones más recientes,
ello ha podido evidenciarse en los documentos que sustentan
la elección, tanto en el CNJ como en la Asamblea Legislativa,
en los cuales existe poca o ninguna motivación respecto
de las razones por las cuales las personas electas reúnen las
condiciones para ser magistrado de la CSJ, ni por qué se ha
preferido a determinado candidato sobre los demás. La
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Elección de la Corte Suprema
de Justicia 2018: perfil del
magistrado
Estudios
Legales
2. falta de verificación del perfil del candidato de forma técnica
y metódica, favorece una elección basada más en afinidades
político-partidarias que en los méritos de los candidatos.
La continuación de estas prácticas resulta aún más
preocupante ante la particular importancia de la próxima
elección de la CSJ. En julio de 2018, deben renovarse 5 de sus
magistrados, de los cuales 4 en la Sala de lo Constitucional; sin
embargo, el proceso de elección deberá iniciar a finales de este
año, en más o menos 7 meses. Para mantener un efectivo sistema
de frenos y contrapesos, indispensable para la subsistencia de
nuestro régimen“republicano, democrático y representativo”, es
necesario elegir a magistrados independientes, con la capacidad
profesional y la calidad moral necesarias para ocupar la máxima
judicatura del país, por lo que la definición del perfil requerido
se vuelve indispensable.
III. Análisis:
Es posible que en“papel”muchos abogados del país reúnan
los requisitos mínimos exigidos por la Constitución para ser
magistrado; sin embargo, la realidad es que pocos tienen el
perfil que se necesita para desempeñar una magistratura
de la Corte Suprema de Justicia de nuestro país. El perfil del
magistrado es más complejo y más completo que la simple
enumeración de un conjunto de requisitos establecidos en la
Constitución, ya que estos constituyen un punto de partida
o una serie de mínimos que los candidatos deben reunir y
que permiten hacer un primer filtro entre las personas que
potencialmente podrían postularse para el cargo y las que no.
La mayoría de requisitos consisten en condiciones muy básicas
que pueden ser demostrables por una cantidad considerable
de abogados del país; por ejemplo, tener más de 40 años, ser
del estado seglar, haber ejercido durante un cierto tiempo la
profesión. El perfil, por otro lado, constituye un análisis más
completo y más complejo, pues además de los requisitos
generales permite hacer énfasis en la previsión constitucional
de moralidad y competencia notorias.
El perfil debe tener en consideración ciertos valores, cualidades
y competencias destacadas que permitan ejercer el cargo de
forma óptima; por ejemplo, el temperamento, la capacidad
analítica y aptitudes para trabajar en un ente colegiado o, en
el caso del Presidente de la CSJ, también debe considerarse el
liderazgo y habilidades gerenciales o administrativas.
El perfil constituye una descripción más completa del
tipo de persona que puede aspirar al cargo, y por lo
tanto, también constituye un filtro más depurado que los
requisitos básicos establecidos en la Constitución, con el
fin de permitir una mejor selección de las personas que
pueden ser electas en la CSJ. Lo ideal en todo proceso de
elección es que esté definido con anterioridad, que sea claro
y que su análisis sea obligatorio. A continuación se presenta
el perfil general que debe tener todo magistrado de la CSJ, los
elementos adicionales que debe tener el magistrado presidente
y, dado que en 2018 se renovarán 4 magistrados de la Sala de lo
Constitucional, el perfil del magistrado constitucional.
Una herramienta que puede contribuir a evaluar el perfil
y a ponderar el grado de cumplimiento de cada uno de
sus elementos, es la elaboración previa de una tabla o
baremo, en el que se consignen las calificaciones obtenidas
por cada candidato, las razones por las cuales se considera
cumplido cada uno de los elementos evaluados y la medida
o grado de cumplimiento. Esta tabla deberá relacionarse en el
dictamen, agregarse al expediente individual y darse a conocer
al público en general. En países como Perú y Guatemala
se utiliza esta herramienta en los procesos de selección de
magistrados de los tribunales supremos, en Bolivia se ha
propuesto implementar para la próxima elección1
.
1 Consejo Nacional de la Magistratura de Perú, Reglamento de concurso para
el acceso abierto en la selección de jueces y fiscales disponible en https://www.
cnm.gob.pe/webcnm/archivos/pdf/2016/sg/1383_res%20228-2016-cnm%20
reglamento%20de%20seleccion.pdf, Ley de Comisiones de Postulación de Guatemala
(2009) en http://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/
CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20leyes/2009/pdfs/decretos/D019-
2009.pdf y Los Tiempos, Establecen dar puntuación a los candidatos a magistrados,
14.04.2017 disponible en http://www.lostiempos.com/actualidad/nacional/20170414/
establecen-dar-puntuacion-aspirantes-magistrados
2
3. PERFIL DEL MAGISTRADO DE LA CSJ
Independencia e imparcialidad:
Que ejerza el cargo libre de presiones, solo sometido a la Constitución y a la Ley; que demuestre haberse
comportado con imparcialidad e independencia en cargos anteriores y que durante el proceso de elección,
haga públicos sus posibles conflictos de interés.
Honorabilidad a prueba de dudas:
Que posea un recorrido personal y profesional libre de sanciones profesionales, éticas y judiciales y que su
buena reputación sea reconocida por la colectividad.
Conocimientos jurídicos sobresalientes:
Que tenga conocimientos jurídicos sobresalientes demostrables, de preferencia con estudios de
especialización en temas jurídicos o con experiencia docente que indiquen vocación por el estudio y
actualización.
Temperamento judicial:
Que tenga la madurez emocional necesaria para resolver los casos de forma ponderada, para resistir a
presiones, para mantener la confidencialidad y para trabajar de forma colegiada.
Compromiso con la justicia, el Estado de derecho y el respeto a la Constitución:
Un historial de vida que demuestre respeto por la Constitución, la ley y las instituciones, así como una
vocación de servicio.
Habilidades analíticas y de expresión oral y escrita:
Que tenga la capacidad de discernir y analizar las posibles soluciones de un caso, y para poderlas consignar
claramente en una resolución, cuyo contenido pueda ser comprensible para la comunidad en general.
Elementos adicionales para los magistrados de la Sala de lo Constitucional
Conocimientos especializados en materia constitucional: debe poseer estudios, publicaciones,
experiencia laboral previa en derecho constitucional, acreditable.
Conocimientos amplios sobre la realidad nacional e institucional:
Que tenga un conocimiento profundo sobre la realidad nacional en la cual ejerce su rol como magistrado.
Elementos adicionales específicos para el Presidente de la CSJ
Habilidades gerenciales:
Que tenga experiencia y capacidad para administrar una organización compleja y con recursos humanos
numerosos, que pueda coordinar la labor de un tribunal colegiado y cumplir las tareas administrativas;
así como capacidad de interactuar con los otros órganos de Estado.
Liderazgo:
Que pueda inspirar, motivar y dirigir con integridad, empatía y carácter a los empleados del Órgano Judicial
para que exista una mejor administración de justicia.
Capacidad para optimizar el balance calidad-productividad del tribunal:
Que pueda coordinar el trabajo del tribunal, promover consensos y hacer frente a la carga de trabajo
de forma eficiente, sin reducir la calidad de las decisiones.
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Fuente: elaboración a partir de estudios propios y con base en DPLF, Lineamientos para una selección de integrantes de altas corte de carácter
transparente basada en mérito disponible en http://www.dplf.org/sites/default/files/lineamientos_para_seleccion.pdf
4. IV. Conclusionesyrecomendaciones:
•• La próxima elección de magistrados de la CSJ, cuyo proceso iniciará a finales de este año, será una
de las más importantes que el país ha visto desde la firma del Acuerdo de Paz, por lo que resulta
indispensable que las candidaturas sean ponderadas con el mayor grado de exigencia posible, a efecto
de favorecer a las persona más idóneas y evitar los repartos partidarios. Desde el inicio del proceso y
en todas sus etapas -preselección y elección por FEDAES, selección por el CNJ y elección por la Asamblea
Legislativa- deben considerarse únicamente las personas que cumplen el perfil del cargo.
•• Es necesario tener claro que los requisitos que enumera la Constitución para ser magistrado de
la CSJ, si bien obligatorios, son condiciones mínimas, ya que el perfil incluye elementos adicionales,
como valores y habilidades, por lo que para contribuir a elegir a las mejores personas en la máxima
judicatura del país es necesario establecer claramente el perfil que debe preferirse. Esta exigencia
tiene sustento en el requerimiento amplio de que la moralidad y la competencia deben ser notorias.
•• No todas las magistraturas de la CSJ son iguales. El perfil de un magistrado de la Sala de lo
Constitucional exige conocimientos y/o experiencia demostrable en derecho constitucional, mientras
que el perfil para ser Presidente de la CSJ exige, además, habilidades gerenciales y de liderazgo,
dadas las funciones administrativas que desempeña.
•• Las personas que ocupen la máxima judicatura de nuestro país deben ser personas independientes, con
una capacidad técnica sobresaliente, una ética profesional a prueba de dudas, cuya adecuación al perfil
previamente establecido debe ser analizada y evaluada en todas las etapas del proceso de elección de la CSJ.
•• Solo las personas que acrediten reunir el perfil deberían ser electas, por lo que incumbe a las
asociaciones de abogados postulantes, al CNJ y a la Asamblea Legislativa respectivamente en cada
etapa, justificar la selección o elección de determinadas personas.
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