Son las facultades reconocidas como inherentes a la persona humana, que le corresponde por su propia naturaleza, indispensable para asegurar su pleno desarrollo dentro de la sociedad
1. Tema 1. LOS DERECHOS HUMANOS
1.- DEFINICIÓN
Son las facultades reconocidas como inherentes a la persona humana, que le corresponde por su propia
naturaleza, indispensable para asegurar su pleno desarrollo dentro de la sociedad.
- La vida
- La igualdad
- La libertad
- La dignidad
- La paz, etc.
Estos derechos seencuentran reconocidos en laConstitución Políticadel Perú, en la DeclaraciónUniversal
de los Derechos Humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos.
2.- DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La Asamblea General de las Naciones Unidas promulgó esta declaración de 30 artículos, el 10 de
diciembre de 1948, suscrito por todos los países integrantes de esta organización mundial.
3.- CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS:
a) Son inherentes al ser humano, es decir que el hombre ya nace con derecho.
b) Son generales es decir válido para todos sin ningún tipo de discriminación.
c) Son irrenunciables, es decir que una persona no puede renunciar a sus derechos así ésta lo
desee.
d) Son inalienables, es decir los derechos no pueden ser objetos de cesión.
4.- CLASIFICACION DE LOS DERECHOS HUMANOS.
A. Derecho de Primera Generación:
Estos derechos son los derechos civiles (de la persona) y los políticos. Son relacionados con la persona
humana como un ser individual, por tanto su goce y ejercicio es de carácter personal.
Estos derechos fueron los primeros en ser reconocidos por el Estado, surgen con la Revolución
Francesa, tenemos:
Derechos de la persona: A la vida e integridad física, A la igualdad ante la ley, A la libertad y seguridad
personal, A la propiedad y herencia, A la libertad de conciencia, etc.
Derechos políticos: A elegir y ser elegido, A formar partidos políticos, Al asilo político, A la ciudadanía.
B. Derechos de Segunda Generación:
Son aquellos relacionados con los derechos económicos, sociales yculturales. Estos derechos aparecen
y son reconocidos por los Estados, desde principios del siglo XX. Son ejemplos de estos derechos:
- Al trabajo, A las 8 horas de jornada laboral, A remuneraciones justas y equitativas, A la seguridad
social, A la salud, A las pensiones, A la educación, A la educación gratuita primaria y secundaria.
C. Derechos de Tercera Generación:
Son los llamados de solidaridad. Estos derechos surgen en nuestro tiempo, en el periodo del
imperialismo donde se requiere la “Cooperación” entre naciones para mantener la paz y el equilibrio
ecológico, complementando los derechos anteriores, para mejorar la convivencia social y generar un
mejor desarrollo y bienestar de los grupos sociales. Estos son:
Derecho a la armonía y la paz, Derecho a la protección del medio ambiente, Derecho a beneficiarse del
patrimonio común de la humanidad, Derecho a la sociedad.
5.- EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
Es el conjunto de las reglas de derecho internacional destinado a ser aplicable en los conflictos armados,
internacionales o internos, y que protege a las personas y a los bienes afectados por el conflicto.
Su objetivo es:
- Asegurar la protección de las víctimas de los conflictos armados, proteger a las personas de combate, la
población civil, los heridos, los náufragos, los detenidos y prisioneros de guerra.
2. - Limitar el uso de la violencia mediante el establecimiento de ciertas reglas en la conducción de las
hostilidades.
6.- INSTRUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN LOS DERECHOS HUMANOS
El Perú ha firmado junto con otros países documentos que protegen los derechos humanos.
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948)
- Declaración de los Derechos del Niño (20 de noviembre de 1959)
- Convención sobre los derechos Políticos de la Mujer (20 de diciembre de 1959)
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, 22 de noviembre de 1969)
7.- ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN LOS DERECHOS HUMANOS
Son órganos judiciales que resuelven controversias suscitadas por la violación de Derechos Humanos
como:
- La Corte Internacional de Justicia.
- La Comisión de Derechos Humanos del Consejo Económico y Social de ONU.
- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
- La Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Tema 2. LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
1.- CONCEPTO: Son medios de defensa de los derechos reconocidos en la Constitución Política y de la
supremacía de la Constitución sobre cualquier otra norma jurídica vigente. Son mecanismos destinados
a garantizar la plena vigencia de la Constitución y de lo que ella dispone sobre cualquier otra norma, acto
de alguna autoridad funcionario u otra persona.
2.- LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES EN EL PERÚ
Son acciones sumarias destinadas a asegurar los derechos constitucionales cuando han sido trasgredidos
o estén en peligro de serlo.
Tiene por objetivo: Reponer los derechos al Estado anterior a la violación.
La Constitución del 93 considera 6 Garantías Constitucionales en su artículo 200 título V:
1. Acción de Hábeas Corpus
2. Acción de Amparo
3. Acción de Hábeas Data
4. Acción de Inconstitucionalidad
5. Acción Popular
6. Acción de Cumplimiento
La Constitución del 93 incorpora 2 garantías más con respecto a la constitución del 79 éstas son:
•Acción de Hábeas Data
•Acción de Cumplimiento
Las Garantías Constitucionales son:
1. ACCION DE HABEAS CORPUS
Señala el artículo 200, inciso 1, “Son garantías constitucionales”.
La Acción de Hábeas Corpus, que procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad,
funcionario o persona que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales
conexos”
Se debe señalar que:
- Se interpone ante: el juez especializado en lo penal.
- Da derecho a una persona a recurrir a tribunales para que se le devuelva la libertad física o los
derechos conexos que le han sido arrebatados antijurídicamente.
- No procede contra normas jurídicas porque contra ello procede la Acción de Inconstitucionalidad
- La presentación de la Acción de Hábeas Corpus no se supone durante el estado de emergencia y
estado de sitio.
3. - No sólo se presenta por el agravio de la libertad por las autoridades, sino también cuando dicho
agravio viene de funcionario o de simples personas particulares.
2. ACCIÓN DE AMPARO
Señala el artículo 200, inciso 2 “Son garantías constitucionales”: La Acción de Amparo, que procede
contra el hecho u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o
amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución. No procede contra normas legales ni
contra resoluciones emanadas de procedimiento regular.
Se debe señalar que:
- La acción de Amparo protege los demás derechos que no sean considerados en el Hábeas Corpus y
el Hábeas Data.
- No proceden contra normas porque contra ellas se puede utilizar la Acción de la Institucionalidad y
la Acción Popular.
- Se interpone ante juez en lo Civil.
- La presentación de la Acción de Amparo no se suspende durante los regímenes de excepción.
3. ACCION DE HABEAS DATA
Señala el artículo 200, inciso 3 “Son garantías constitucionales”: La Acción de Hábeas Data, que
procede contra el hecho u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona que
vulnera o amenaza los demás derechos a que se refiere el artículo 2, incisos 5 y 6 de la Constitución.
NOTA: El artículo 2, incisos 5 y 6 tratan sobre:
Inciso 5: Toda persona tiene derecho a la Información, salvo 2 excepciones: Cuando la
información afecte la intimidad de otras personas.
- Cuando la información no puede divulgarse porque lo prohíbe la ley o porque tiene
carácter reservado por seguridad nacional.
Inciso 5: Toda persona tiene derecho a que los servicios informáticos no suministren informaciones
que afecten la intimidad personal y familiar.
- Se presenta ante: Juez en lo Penal
- El Hábeas Data tiene por finalidad dar a las personas el derecho a recurrir a los tribunales para
que se obligue a actuar de acuerdo a derecho a toda autoridad funcionario, o persona que vulnera
o amenaza los derechos antes mencionados.
4. ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Señala elartículo 200, inciso4 “Son garantías constitucionales”:La Acción de Inconstitucionalidad, que
procede contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia,
tratados reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales.
Que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo.
Se debe señalar que:
- Se presenta ante: el Tribunal Constitucional
- Tiene como objetivo: Mantener la supremacía de la Constitución
- Lo pueden presentar:
1. El Presidente de la República.
2. El Fiscal de la Nación.
3. El Defensor del Pueblo.
4. 30 Congresistas (25% del número legal de congresistas).
5. 5 mil ciudadanos con firmas comprobadas por el JNE. Si la norma es una ordenanza
Municipal lo pueden presentar el 1% de los ciudadanos del respectivo ámbito territorial.
6. Los presidentes de región.
7. Los colegios profesionales.
5. ACCION POPULAR
Señala el artículo 200, inciso 5 “Son garantías constitucionales”: La Acción Popular, que procede por
infracción de la Constitución y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativa y resoluciones
y decretos de carácter general cualquiera sea la autoridad de la que emanen”
Se deben señalar que:
- Se interpone ante: Cortes Superiores
4. - Puede ser interpuesto por:
•Ciudadanos peruanos en el pleno ejercicio de sus derechos.
•Ciudadanos extranjeros residentes en el Perú.
•La persona jurídica a través de sus representantes legales.
•El Ministerio Público.
6. ACCION DE CUMPLIMIENTO
Señala el artículo 200, inciso 6 “Son garantías constitucionales”: La Acción de Cumplimiento, que
procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto
administrativo sin perjuicio de las responsabilidades de ley...........”
Se debe señalar:
- Se interpone ante Juez Civil
- Busca hacer cumplir las disposiciones jurídicas y las resoluciones a favor de las personas sin
dilaciones.
GRAFICO (Aplicación de la Acción Popular y Acción de Inconstitucionalidad)
- Si una ley viola la Constitución, se interpone: Acción de Inconstitucionalidad.
- Si fuera una resolución suprema: Acción Popular.
- Si fuera un decreto legislativo: Acción de Inconstitucionalidad.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- Es el órgano de control de la Constitución
- Se compone de 7 miembros
- Requisitos para ser magistrado del Tribunal
Constitucional.
1. Ser peruano de nacimiento
2. Ser ciudadano en ejercicio
3. Ser mayor de cuarenta y cinco años
4. Haber sido magistrado de laCorte Superior o Fiscal Superior durante 10 años. Ohaber ejercido
la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante 15 años.
- Tienen inmunidad
- No existe reelección inmediata
- Son elegidos por el Congreso
- Por un periodo de 5 años
5. - Corresponde al Tribunal Constitucional
1. Conocer en instancia única la Acción de Inconstitucionalidad
2. Conocer, en última y definitiva instancia las resoluciones denegatorias de Hábeas Corpus,
Amparo, Hábeas Data y Acción de Cumplimiento.
3. Conocer los conflictos de competencia o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforma a
ley.
- No pueden ser elegidos magistrados del Tribunal Constitucional los jueces o fiscales que no han
dejado el cargo con un año de anticipación. En mayo de 1997 se destituyen a 3 magistrados por haber
votado contra la ley reeleccionista de Alberto Fujimori (Ley de Interpretación Auténtica).
Recién en noviembre (20) del 2000; se restituye a los 3 magistrados con el nuevo presidente Valentín
Paniagua.
- La actual presidente del Tribunal Constitucional es Marianella Ledesma.