2. Impuesto al valor
agregado IVA
Impuesto a la
Renta
Impuesto a la
salida de divisa
ISD
Impuesto a los
consumos
Especiales ICE
Impuesto a
vehículos
Finanzas publicas
3. Establece la devolución, de
oficio y en dinero
electrónico, del IVA pagado
por las personas naturales
gravados con tarifa 12%
2 puntos porcentuales
del IVA si el pago se
realiza con dinero
electrónico
1 punto porcentual del
IVA si el pago se realiza
con tarjeta de débito o
tarjeta de crédito.
E l IVA es devuelto a
personas con
discapacidad y de
personas de la tercera
edad
Impuesto al valor agregado IVA
4. Establece que las microempresas calculen el anticipo de impuesto a la
renta mediante la suma equivalente al 50% del impuesto a la renta.
Establece que la comercialización de minerales sujeta a retención en la
fuente hasta el 10% de la transacción.
Los ingresos de las personas de la tercera edad estarán exentos del
impuesto a la renta
Establece la exoneración del pago del impuesto a la renta por 10 años
para los contratistas extranjeros o consorcios de empresas extranjeras
Impuesto a la renta
5. quienes contraten, promuevan o administren
espectáculos públicos actúen como agentes de
retención del ISD por el motivo del espectáculo.
Establece que el monto exento de ISD respecto de
divisas que porten ecuatorianos adultos que
abandonen el país
Establece que las transferencias realizadas al exterior
están exentas del ISD excepto si se realizan mediante
tarjetas de crédito o débito, en cuyo caso el monto
exonerado anual será de cinco mil dólares
Impuesto a la salida de divisas
6. COASA
Se deroga la tarifa del 10% de ICE aplicable a bebidas gaseosas
con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro.
Establece una tarifa de 15% para los servicios de telefonía fija
y móvil para sociedades.
Se incluye a los jarabes o concentrados para mezcla en sitio de
expendio como bienes gravados con ICE
Establece el ajuste anual y acumulativo, según el índice de
precios al consumidor de todas las tarifas específicas de ICE.
Impuesto a CONSUMOS
ESPECIALES
7. Impuesto a los vehículos
Establece que la
rebaja especial del
impuesto a los
vehículos es solo
para personas de
la tercera edad
Establece que la
rebaja especial
prevista para el
impuesto a los
vehículos para
personas con
discapacidad
Modifica las
exenciones para
importación
de vehículos de
personas con
discapacidad.
8. Establece que se podrán
modificar los ingresos y
gastos del Presupuesto
General del Estado
hasta en un 15%
El Presidente de la República
ordenar disminución de
presupuestos de entidades
fuera del Presupuesto Estado,
en situaciones extraordinarias e
imprevistas que reduzcan los
flujos de ingresos y de
financiamiento
Finanzas publicas