La reforma tributaria introduce un impuesto del 0.25% sobre las operaciones financieras mayores a $1,000, exceptuando salarios, remesas, préstamos menores a $10,000 y pagos del Estado. También establece un pago mínimo del 1% sobre los activos de empresas para evadir el impuesto sobre la renta y una retención del 2.5% sobre depósitos en efectivo mayores a $5,000 para controlar la liquidez.
1. LA VERDAD SOBRE LA
REFORMA TRIBUTARIA
IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS
Pagarán este impuesto aquellos quiénes realicen operaciones financieras por medio de
cheque, débito o transferencia electrónica, por un valor mayor a $1,000 a una tasa de 0.25%
PERSONAS NATURALES QUE NO PAGARÁN ESTE IMPUESTO
Pago de servicios,
agua y luz
Retiro de cajeros
electrónicos
Pago y uso de
tarjetas de crédito
El pago con cheque
o transferencias
menores a $1,000
Cualquier monto de:
- Salario
- Remesas
- Pago de préstamos
de cualquier tipo
$
TAMPOCO PAGARÁN EL IMPUESTO
Las Instituciones
financieras por
los créditos para
viviendas, para
microempresarios
y avío a la
agricultura y
ganadería hasta
$50,000
Los pagos del
Estado, las
municipalidades y
las instituciones
autónomas
Los pagos realizados
por misiones
diplomáticas,
consulares y
personal diplomático
Los pagos que realicen
las estaciones de
servicios de
combustible por la
compra de dicho
producto
La repatriación de
capitales
y dividendos,
relacionados
con una inversión
extranjera
productiva
El mercado primario
de la bolsa de
valores
Las importaciones
de bienes y servicios
para la producción
Ingresos por
exportaciones
Préstamos
personales o de
consumo hasta un
monto de $10,000
$
PARTE I
2. LA VERDAD SOBRE LA
REFORMA TRIBUTARIA
IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS
PARTE II
EJEMPLO
Pago por un cheque o
transferencia.
Por la compra de bienes o
servicios, como por ejemplo
un televisor plasma, por
medio de cheque o tarjeta de
débito, en un único pago.
* Si la compra se hace con tarjeta
de crédito: NO PAGA
Por la compra de un vehículo
usado, por medio de cheque o
tarjeta de débito, en un único
pago.
Cálculo del impuesto
Monto: $2,000 x
Tasa: 0.25%
Total: 5
Impuesto a pagar: $5
Cálculo del impuesto
Monto: $1,500 x
Tasa: 0.25%
Total: 3.75
Impuesto a pagar: $3.75
Cálculo del impuesto
Monto: $10,000 x
Tasa: 0.25%
Total: 25
Impuesto a pagar: $25
Por la compra de un vehículo
nuevo de lujo por medio de
cheque, en un único pago.
Cálculo del impuesto
Monto: $100,000 x
Tasa: 0.25%
Total: 250
Impuesto a pagar: $250
Con los NUEVOS IMPUESTOS se busca tener mayor recaudación
para financiar programas sociales y satisfacer las necesidades
de las grandes mayorías.
3. LA VERDAD SOBRE LA
REFORMA TRIBUTARIA
REFORMA A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA: PAGO MÍNIMO
NO ES IMPUESTO, ES UNA RETENCIÓN
Va dirigida a EVASORES y ELUSORES que habitualmente reportan pérdidas o
bajas ganancias para no pagar el Impuesto Sobre la Renta que les corresponde
EJEMPLO
PASO 1
La empresa calcula el Impuesto Sobre la
Renta, tal como lo hace tradicionalmente.
PASO 2
Se suman todos los valores de los bienes
utilizados para producir, que son propiedad
del empresario: maquinaria, mercadería,
local, entre otros.
Se resta las deudas que se tengan sobre
esos bienes, en caso que existan y al total se
le aplica el 1%.
PASO 3
Se pagará el valor mayor entre el Impuesto
Sobre la Renta y el Pago Mínimo, en este
caso $100, y la diferencia, es decir $40, se
acreditará de forma automática para pagos
futuros del Impuesto Sobre la Renta.
Cálculo del Impuesto Sobre
la Renta, tal como lo manda
la Ley
Monto $60
Cálculo del Pago Mínimo
Local $ 4,000 +
Maquinaria $ 5,000 +
Mercadería $ 3,000 =
Total $12,000 -
Deuda maquinaria $ 2,000
Total activo neto $10,000
Se aplica el 1% al total, es decir:
10,000 x 0.01 = $100
Cómo se calcula la retención
Pago Mínimo $100
Impuesto sobre la renta $ 60
Retención para
futura renta $ 40
Aquellas empresas que pagan el Impuesto Sobre la Renta
correctamente no se les aplicará esta retención
4. LA VERDAD SOBRE LA
REFORMA TRIBUTARIA
REFORMA A LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DIRIGIDA A LOS PROPIETARIOS DE
IMPRENTAS Y PERIÓDICOS
¿CUÁL ES EL CAMBIO QUE SE HA HECHO A LA LEY?
Ahora los propietarios de imprentas y
periódicos pagarán el Impuesto Sobre la
Renta, tal como lo hacen todos los
empresarios y trabajadores.
El resto de medios de comunicación,
tradicionalmente han pagado y seguirán
pagando el Impuesto Sobre la Renta. Radio Televisión Periódicos
digitales
SEGUIRÁN SIN PAGAR LOS DERECHOS ARANCELARIOS DE
IMPORTACIÓN (DAI) Y EL IMPUESTO DE IVA IMPORTACIÓN:
Libros Editoriales Periódicos Equipos Papel Tinta
Y todos los materiales para la producción de libros, revistas y periódicos, es decir,
mantendrán las exenciones tal como ha sido tradicionalmente.
La LIBERTAD DE EXPRESIÓN tendrá como siempre las
garantías que le concede nuestra CONSTITUCIÓN.
5. LA VERDAD SOBRE LA
REFORMA TRIBUTARIA
RETENCIÓN* PARA EL CONTROL DE LA LIQUIDEZ
DIRIGIDA A LOS GRANDES COMERCIANTES DEL
NO TENDRÁ LA
RETENCIÓN
LA RETENCIÓN
RECAE SOBRE EL
EXCESO
SECTOR INFORMAL
Retención que se realiza a personas que hagan depósitos y/o retiros en efectivo
superiores a $5,000 en cuentas de bancos o instituciones financieras
EJEMPLO
CÓMO SE APLICARÁ LA RETENCIÓN:
Uno o varios depósitos y/o retiros en efectivo, por
una suma menor a $5,000 al mes.
Uno o varios depósitos y/o retiros en efectivo, por
una suma por $7,000 al mes:
LA RETENCIÓN RECAE SOBRE EL
EXCESO DE LOS $5,000 así:
$ 7,000 -
$ 5,000
$ 2,000
TASA DE RETENCIÓN:
La tasa es del 2.5 por mil, es decir 0.25%
$2,000 X 0.25%= $5.00 DE RETENCIÓN
A quiénes NO se les aplicará la retención:
Las asociaciones cooperativas, sus federaciones y confederaciones, usuarios de Zonas
Francas, Municipalidades, Fondos de Pensiones, Estado y Organismos Internacionales.
El Gobierno de El Salvador exhorta a los grandes comerciantes del
sector informal a que se registren como contribuyentes formales.
Quienes permanezcan en el sector informal, no podrán acreditar la
nueva retención y quedará como impuesto definitivo.
* Retención: es un anticipo para futuros pagos de impuestos.
6. REFORMA AL CÓDIGO TRIBUTARIO
1
2
3
LA VERDAD SOBRE LA
REFORMA TRIBUTARIA
Regulación de precios de transferencia
La compra y venta de bienes o servicios entre empresas que tenga
un mismo propietario deben de realizarse utilizando los precios del
mercado. De esta forma, se evitará que trasladen gastos de una a
otra, con el fin de tributar menos.
Registro de dispositivos electrónicos (POS) en el Ministerio
de Hacienda
Se deberán registrar ante el Ministerio de Hacienda los
dispositivos electrónicos (POS), para evitar que las empresas
deriven los ingresos hacia otros países cuando reciban pagos con
tarjeta de crédito o débito.
Publicación de resoluciones, fallos y sentencias tributarias
Se publicará en los periódicos del país y en el portal del Ministerio
de Hacienda, las resoluciones tributarias que emita la Dirección
General de Impuestos Internos, las sentencias del Tribunal de
Apelaciones y los fallos de la Corte Suprema de Justicia.
La Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de
Hacienda publicará en los periódicos el listado de los
contribuyentes que tengan deuda tributaria.
La solvencia que emita el Ministerio de Hacienda será por
4 obligaciones de Impuestos (DGII) y aduana (DGA)