5. Aquí hacemos referencia a la actividad financiera pública,
entendiéndose como la actividad dirigida a la obtención de
ingresos y la realización de gastos, a fin de lograr la satisfacción de
determinadas necesidades de la colectividad.
La Hacienda pública está constituida por el conjunto de derechos
y de obligaciones de contenido económico cuya titularidad
corresponde al Estado o a sus instituciones.
6. Es una actividad jurídica – Estado de Derecho
Se interrelacionan dos conceptos básicos:
• Actividad Financiera
• Hacienda Pública
7. Ingresos
Gasto
Público
Actividad
Financiera
Ingresos tributarios
Ingresos obtenidos mediante la
deuda pública.
Ingresos patrimoniales obtenidos
por ser propietario de bienes, de
su patrimonio o como accionista
en empresas públicas o privadas.
Ingresos procedentes de los
monopolios fiscales.
Se ocupa de los procesos
jurídicos de organización,
ejecución y control de los
recursos públicos.
9. Derecho Financiero es una disciplina jurídico pública que
tiene por objeto aquel sector del ordenamiento jurídico que
regula la constitución y gestión de la Hacienda Pública o lo
que es lo mismo la actividad financiera.
Derecho Tributario es la rama del Derecho Financiero que
tiene por objeto la organización material del tributo y el
desarrollo de las funciones públicas dirigidas a su aplicación.
A partir de su conceptualización se puede deducir que el derecho tributario contempla los fundamentos
de la imposición, los procedimientos de gestión para la debida recaudación de los tributos, así como la
acción sancionatoria para incentivar el cumplimiento.