2. Breve resumen de la carrera profesional
horizontal:
La carrera profesional horizontal consiste
en progresar de grado sin cambiar de puesto de
trabajo, tanto desde un punto de vista
retributivo como de prestigio, y consolidar la
posición conseguida en tu trayectoria
profesional.
3. Donde se regula la carrera profesional ?
La carrera profesional horizontal se regula en el
Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP, art. 16), y en la
Ley de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana
(LOGFPV, art. 115).
Ahora, con el Decreto 186/2014 de la GV se regula el
sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del
desempeño de sólo el personal funcionario de carrera de la
Administración de la Generalitat.
Aquí es donde se excluye al personal de las
Universidades Públicas y que la Intersindical Valenciana no
firmó.
4. Decreto 186/2014
Según el Decreto 186/2014, la CP se estructura en
4 Grados de Desarrollo Profesional (del GDP Y al GDP IV),
más un grado de acceso que no comporta retribución.
Las condiciones para optar inicialmente a la CP son:
• ser funcionario de carrera o laboral fijo,
• una antigüedad determinada segundo el grupo:
o Si es menos de 5 años te encuadran en el GDP de acceso.
o Si es más de 5 años te encuadran en el GDP I.
o Si es más de 10 años te encuadran en el GDP II.
o Si es más de 16 años te encuadran en el GDP III.
o Si es más de 22 años te encuadran en el GDP IV.
• y una serie de requisitos de formación y de
desempeño.
5. Efectos del Decreto 186/2014
La Intersindical Valenciana, la STEPV-Iv a Mesa Negociadora General
de la Generalitat, no firmó el acuerdo por una serie de puntos con los cuales
no estábamos de acuerdo y que afectan al personal de la UA de la siguiente
manera:
A. el PAS funcionario interino y laboral a cargos de proyectos,
aproximadamente 400 trabajadores de la UA (casi el 40% de la plantilla
del PAS), presuntamente NO cobrarán la carrera profesional, aunque no
está prohibido;
B. para el cálculo del tiempo trabajado no se tendrá en cuenta los años
trabajados en la UA antes de la condición de funcionario de carrera, es
decir, los de contratados laborales ni los de funcionario interino;
C. para el encuadre inicial es necesario una serie de requisitos , además del
tiempo trabajado en tu puesto de trabajo, que en otros ámbitos de la
administración pública de la GV (Sanidad) no han sido pedidos;
D. con el acuerdo firmado se penaliza la promoción, es decir, a la mayoría
del PAS de la UA que se ha esforzado al mejorar su formación, no verá
recompensa su esfuerzo, y así, el que se supone que premia la carrera
profesional es castigado (buen contrasentido).
6. Efectos del Decreto 186/2014
Otras consecuencias del actual decreto:
• La CP está diseñada para los funcionarios de carrera
que han pasado un corto período como interino o
laboral temporal, pero con la situación actual de
paralización de nuevas oposiciones, los nuevos
funcionarios de carrera tendrán una fuerte
penalización en su CP después de muchos años
esfuerzo, cosa que no pasa, por ejemplo, con los
trienios.
• Finalmente, y no menos curioso, que paguemos los
excesos de otros con una mini carrera profesional
los primeros años, y después de muchos años de la
primera fecha prevista para su implantación. Quién nos
devuelve el dinero perdido todos estos años?
7. Carrera profesional a la UA
AHORA TOCA AQUÍ
A Mesa Técnica del 14 de enero de 2014
(http://web.ua.es/es/stepv-iv/accion-
sindical/mesa-tecnica.html), la Administración
ha dado el pistoletazo de salida para la
negociación de la carrera profesional del PAS en
la UA.
En principio, el punto de partida de la
negociación es el Decreto 186/2014 de la GV.
8. Encuesta
Carrera Profesional UA
Desde el STEPV-Iv queremos conocer la
opinión de los trabajadores/as de la UA para cada
uno de los puntos citados anteriormente. Así, os
proponemos que elijáis una de las posibles
opciones a los puntos que pensamos que nos
perjudica claramente en el Decreto 186/2014.
Nos comprometemos a llevar vuestra opinión
a la Mesa Negociadora.
Vosotros elegís!!!!
9. Encuesta de la
Carrera Profesional UA
Punto A) Personal que cobra la CP
Opciones:
1. sólo los funcionarios de carrera y laborales
fijos,
2. el primero caso más los funcionarios
interinos de la UA,
3. tots los trabajadores de la UA con méritos
suficientes, sea cual sea su tipo de contrato.
10. Encuesta de la
Carrera Profesional UA
Punto B) Cálculo del tiempo trabajado
Opciones:
1. que se tenga en cuenta sólo los años
trabajados de funcionario de carrera,
2. que, además, se tenga en cuenta los años
trabajados de funcionario interino a la UA,
3. por último, todos los años trabajados a la UA
con indiferencia del tipo de contrato.
11. Encuesta de la
Carrera Profesional UA
Punto C) Requisitos del encuadre inicial
Opciones:
1. los años trabajados y la formación recibida e
impartida, proyectos de investigación…, tal
como dice el Decreto 186/2014,
2. los años trabajados y la valoración positiva
del actual modelo de evaluación
(productividad) existente a la UA,
3. se tenga en cuenta sólo los años trabajados.
12. Encuesta de la
Carrera Profesional UA
Punto D) Efectos de las Promoción Interna.
Opciones:
1. cobrar únicamente el grado de mayor
importe económico,
2. consolidación y acumulación de los grados de
la CP de cada cual de los niveles conseguidos
durante el tiempo trabajado en la UA.
13. Tu opinión
Ahora, os pedimos vuestra opinión
mediante una breve encuesta, adjunta al correo
que os hemos enviado, que podéis hacer en 1
minuto desde vuestro ordenador. Los resultados
obtenidos se publicarán en la página web del
STEPV-Iv, y así conoceréis la opinión de los
trabajadores de la Universidad de Alicante.
14. GRACIAS POR TU APORTACIÓN
“igual trabajo, igual salario”
Otro mundo es posible,
otro sindicalismo también.