3. Contenido
Naturaleza de los cambios.
Naturaleza de los cambios social.
Obstáculos al cambio social.
Fuerzas Favorables y Opuestas al cambio social.
Las cooperativas agropecuarias como instrumento efectivo de cambio social.
4. Universidad de
conocimiento útiles
Participación humana
Progreso y bienestar
5. Cooperativa como
instrumento de cambio
El cambio en las cooperativas es en ocasiones el resultado
de la interacción consciente y racional de los socios que
tratan de impactar la realidad y producir un efecto
determinado en ella, mientras que en otras, aparece de
manera inesperada debido a condicionamientos externos o
conflictos internos a los que poco o nada se puede hacer
para controlarlos.
6. Empresa Cooperativa
Las personas buscan Las personas buscan dar
obtener ganancias y servicios y el beneficio
beneficiarse unos sobre común.
otros. La persona dirige, el
El capital dirige, la persona capital no.
no. Los objetivos son
Los objetivos son dependientes de las
independientes, del socio. necesidades de los socios.
Se organiza internamente Se organiza internamente
por medio de la por medio del apoyo
competencia. mutuo.
7. Cooperativa como
instrumento de cambio
La estructura básica de la cooperativa es lo que asegura un
flujo continuo de los efectos sociales deseados en la
persecución de metas económicas más o menos firmes.
las cooperativas deberían tener la suficiente “rienda
suelta” para trabajar con los miembros en el desarrollo y
cambio de las actividades económicas, siempre que los
cambios no toquen la estructura subyacente de la
cooperativa
Los cambios descuidados en estas áreas, ponen en peligro
la relación básica con los miembros, lo que constituye la
mayor ventaja de toda cooperativa.
8. Diversificación de productos y servicios.
Acceso limitado a fondos externos
Base democrática.
Libertad de retiro.
9. El 10% de la población de América Latina está vinculado al
Cooperativismo.
Es una forma de trabajo y convivencia.
Modelo de organización.
Actor vigente desde el siglo pasado.
Búsqueda permanente de soluciones.
10. Promueven actividades económicas conjuntas.
Apoya no solamente a sus asociados.
Escuela democrática.
Gran cantidad de empleos.
Guillermo Coto Moya
11. La Cooperativa Agropecuaria es una forma superior de
organización del trabajo que impulsa el espíritu de
solidaridad y cooperación superando las relaciones de
competencia y explotación entre los hombre. Se forma a
partir de la asociación voluntaria de pequeños y medianos
productores, que se unen para llevar a cabo actividades
relacionadas con la explotación agrícola y/o pecuaria y así
cumplir distintos fines.
12. Las primeras cooperativas agrícolas se crearon en Europa
en la segunda mitad del siglo XIX. Más tarde se exportó la
idea a otros continentes. Resultan ser una de las
herramientas de desarrollo agrícola en los países
emergentes y del tercer mundo.
Están relacionadas con las cooperativas de ahorro y crédito
y las mutuas, de hecho fueron creadas en el mismo período
con el propósito de ofrecer préstamos.
La cooperativa es una empresa económica de
administración democrática y en beneficio común
13. a) Cooperativas de Servicios: Son aquellas que se forman por la asociación
voluntaria de pequeños y medianos productores que deciden unirse para
generar, gestionar, recibir y utilizar en forma organizada y eficiente:
asistencia técnica, recursos materiales y financieros, abastecimiento de
insumos y bienes de consumo básico, comercialización y otros servicios;
manteniendo la propiedad, posesión o usufructo individual de sus tierras u
otros medios de producción.
b) Cooperativas de Producción: Son aquellas que producen y distribuyen
colectivamente sus excedentes materiales y se constituyen en la base de
la asociación voluntaria de pequeños y medianos productores, que unen
sus propios medios de producción, su fuerza de trabajo, y/o aquellos
medios cedidos por el Estado.
14. 1. Requisitos para la obtención de la membrecía
a) Ser mayor de 18 años y llenar los demás requisitos de capacidad
legal, salvo en los casos de menores que, por
excepción, autoricen los reglamentos de esta ley y los
extranjeros debidamente autorizados, sin que pueda
constituirse cooperativa alguna con más del 25 por 100 de
extranjeros; y,
b) Reunir los demás requisitos, exigidos por los respectivos
reglamentos y estatutos.
c) Ninguna persona podrá pertenecer simultáneamente a más de
una cooperativa agropecuaria.
15. 2. Personas que pueden ser socios:
a. Pueden ser socios de esta cooperativa las personas físicas y
jurídicas, con capacidad legal necesaria, titulares de
explotaciones situadas dentro del ámbito territorial de la
cooperativa establecido en el artículo 3 de estos Estatutos.
b. También podrán formar parte como socios de pleno derecho de
la cooperativa las sociedades agrarias de transformación, las
comunidades de regantes, las comunidades de aguas, las
comunidades de bienes y las sociedades civiles y mercantiles
que, siendo titulares de explotaciones agrarias, tengan el mismo
objeto social o actividad complementaria a la que desarrolle la
cooperativa.
16. 3. Obligaciones de los socios
a. Asistir a las reuniones de la Asamblea General y de los demás órganos
colegiados de los que forma parte.
b. Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales
de la cooperativa, así como todos los deberes contemplados en los
Estatutos y en las disposiciones legales, sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 17.4 de la Ley de Cooperativas.
c. Participar en las actividades corporativizadas que desarrolle la
cooperativa. El Consejo Rector, cuando exista causa justificada, podrá
liberar de dicha obligación al socio, en la cuantía que proceda, en
función de las circunstancias que concurran.
17. 3. Obligación de los socios
d. Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación
pueda perjudicar los intereses sociales lícitos.
e. Aceptar los cargos para los que fuesen elegidos, salvo justa causa de excusa.
f. Efectuar el desembolso de sus aportaciones al capital social y cuotas de ingreso en la
forma y plazos previstos, así como cumplir con el resto de obligaciones económicas.
g. No realizar actividades competitivas con las actividades empresariales que
desarrolle la cooperativa, salvo autorización expresa del Consejo Rector.
h. Participar en las actividades de formación.
i. Cumplir los demás deberes que resulten de los preceptos legales y de estos Estatutos
18. 4. Derecho de los socios
a. Asistir, participar en los debates, formular propuestas según la
representación estatutaria y votar las propuestas que les sometan en la
Asamblea General y demás órganos colegiados de los que formen
parte.
b. Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales.
c. Participar en todas las actividades que desarrolle la cooperativa sin
discriminaciones.
d. Al retorno cooperativo, en su caso.
e. La baja voluntaria.
f. Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el
cumplimiento de sus obligaciones.
19. La organización cooperativa agropecuaria busca avanzar
en los eslabones de la cadena agroalimentaria para llegar
lo más cerca del consumidor.
Mejorar el poder adquisitivo de los pequeños y medianos
productores para infraestructura y fomentan la utilización
de herramientas de cobertura en el mercado a término y de
opciones.
20. 1. Acopio, acondicionamiento y comercialización
2. Asistencia técnica agronómica
3. Agroindustria
4. Producción agrícola
5. Transporte de cargas
6. Exportaciones
7. Comercialización
21. El primer desafío de la organización, gestión y lógica de una
cooperativa agropecuaria es que el consumidor pague un poco
menos y que el productor genuino reciba un poco
más, eliminando la intermediación innecesaria y costosa en las
cadenas agroalimentarias y agroindustriales. Es decir, alianzas
solidarias para fortalecer el comercio justo, porque hoy el
productor recibe cada vez menos y el consumidor paga cada vez
más.
El segundo desafío es que las cooperativas generen productos
de más valor, que significa productos de mejor precio y
distribuyan los excedentes para atrás, según el aporte a la
producción y a la comercialización realizado por todos y cada uno
de sus asociados
22. a) Su base social está integrada principalmente por pequeños
y medianos productores familiares, es una empresa de
empresas.
b) Son estructuras de capital auténticamente nacional, de
gestión y de control democrático. No remiten sus
excedentes al exterior.
c) Funcionan en zonas donde a las empresas de capital
lucrativo y/o monopólicas no les interesa prestar servicios.
23. d) Marcadoras de pautas, ante fallas por manejo monopólico de
precios, distorsiones y posiciones dominantes de mercado.
Referencia obligada en materia de precios de agro insumos y de
condiciones de comercialización.
e) Son defensoras de la producción y de la calidad, cuidando el
medio ambiente.
f) Las cooperativas y sus productores asociados fueron agredidos,
desarticulados y desalentados en la década de los 90,
soportando aún hoy las secuelas de ese período. No obstante,
demostraron compromiso y capacidad de gestión en los
momentos más difíciles.
24. g) Las cooperativas tienen más capacidad de resistencia empresarial, pero no son sólo
herramientas válidas para los momentos de crisis o para estrategias de supervivencia.
h) Son estructuras inclusivas y de distribución equitativa de la riqueza en proporción a la
producción consignada e insumos adquiridos, por el sistema de retornos de excedentes
en cuotas sociales, efectivo o ambas dos modalidades previstas en la ley.
i) Tienen fuerte arraigo socio- territorial y anclaje local, lo que permite pensar en el agregado
de valor en origen antes y después de la producción. Lo más cerca posible del lote donde
salen los productos primarios y no siempre en destino. Destinos que suelen coincidir con
las zonas de mayor concentración de la riqueza.
J) Participan del Consejo Directivo Central, de los Consejos Regionales y de los Consejos
Locales Asesores (CLA) del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), con el
objetivo de contribuir a la competitividad, equidad social y salud ambiental del sector
agropecuario, agro-industrial y agro-alimentario.