3. Contenido
Naturaleza de los cambios.
Naturaleza de los cambios social.
Obstáculos al cambio social.
Fuerzas Favorables y Opuestas al cambio social.
Las cooperativas agropecuarias como instrumento
efectivo de cambio social.
4. Universidad de
conocimiento útiles
Participación humana
Progreso y bienestar
5. Cooperativa como
instrumento de
cambio
El cambio en las cooperativas es en ocasiones el
resultado de la interacción consciente y racional de los
socios que tratan de impactar la realidad y producir un
efecto determinado en ella, mientras que en otras,
aparece de manera inesperada debido a
condicionamientos externos o conflictos internos a los
que poco o nada se puede hacer para controlarlos.
6. Empresa Cooperativa
Las personas buscan Las personas buscan dar
obtener ganancias y servicios y el beneficio
beneficiarse unos sobre común.
otros. La persona dirige, el
El capital dirige, la capital no.
persona no. Los objetivos son
Los objetivos son dependientes de las
independientes, del necesidades de los
socio. socios.
Se organiza internamente Se organiza internamente
por medio de la por medio del apoyo
competencia. mutuo.
7. Cooperativa como
instrumento de
cambio
La estructura básica de la cooperativa es lo que asegura
un flujo continuo de los efectos sociales deseados en la
persecución de metas económicas más o menos firmes.
las cooperativas deberían tener la suficiente “rienda
suelta” para trabajar con los miembros en el desarrollo y
cambio de las actividades económicas, siempre que los
cambios no toquen la estructura subyacente de la
cooperativa
Los cambios descuidados en estas áreas, ponen en
peligro la relación básica con los miembros, lo que
constituye la mayor ventaja de toda cooperativa.
8. Diversificación de productos y servicios.
Acceso limitado a fondos externos
Base democrática.
Libertad de retiro.
9. El 10% de la población de América Latina está
vinculado al Cooperativismo.
Es una forma de trabajo y convivencia.
Modelo de organización.
Actor vigente desde el siglo pasado.
Búsqueda permanente de soluciones.
10. Promueven actividades económicas conjuntas.
Apoya no solamente a sus asociados.
Escuela democrática.
Gran cantidad de empleos.
Guillermo Coto Moya
11. La Cooperativa Agropecuaria es una forma superior
de organización del trabajo que impulsa el espíritu
de solidaridad y cooperación superando las
relaciones de competencia y explotación entre los
hombre. Se forma a partir de la asociación voluntaria
de pequeños y medianos productores, que se unen
para llevar a cabo actividades relacionadas con la
explotación agrícola y/o pecuaria y así cumplir
distintos fines.
12. Las primeras cooperativas agrícolas se crearon en
Europa en la segunda mitad del siglo XIX. Más tarde
se exportó la idea a otros continentes. Resultan ser
una de las herramientas de desarrollo agrícola en los
países emergentes y del tercer mundo.
Están relacionadas con las cooperativas de ahorro y
crédito y las mutuas, de hecho fueron creadas en el
mismo período con el propósito de ofrecer
préstamos.
La cooperativa es una empresa económica de
administración democrática y en beneficio común
13. a) Cooperativas de Servicios: Son aquellas que se forman por la
asociación voluntaria de pequeños y medianos productores que
deciden unirse para generar, gestionar, recibir y utilizar en forma
organizada y eficiente: asistencia técnica, recursos materiales y
financieros, abastecimiento de insumos y bienes de consumo
básico, comercialización y otros servicios; manteniendo la
propiedad, posesión o usufructo individual de sus tierras u otros
medios de producción.
b) Cooperativas de Producción: Son aquellas que producen y
distribuyen colectivamente sus excedentes materiales y se
constituyen en la base de la asociación voluntaria de pequeños y
medianos productores, que unen sus propios medios de
producción, su fuerza de trabajo, y/o aquellos medios cedidos por
el Estado.
14. 1. Requisitos para la obtención de la membrecía
a) Ser mayor de 18 años y llenar los demás requisitos de
capacidad legal, salvo en los casos de menores que, por
excepción, autoricen los reglamentos de esta ley y los
extranjeros debidamente autorizados, sin que pueda
constituirse cooperativa alguna con más del 25 por 100
de extranjeros; y,
b) Reunir los demás requisitos, exigidos por los respectivos
reglamentos y estatutos.
c) Ninguna persona podrá pertenecer simultáneamente a
más de una cooperativa agropecuaria.
15. 2. Personas que pueden ser socios:
a. Pueden ser socios de esta cooperativa las personas
físicas y jurídicas, con capacidad legal necesaria,
titulares de explotaciones situadas dentro del ámbito
territorial de la cooperativa establecido en el artículo 3 de
estos Estatutos.
b. También podrán formar parte como socios de pleno
derecho de la cooperativa las sociedades agrarias de
transformación, las comunidades de regantes, las
comunidades de aguas, las comunidades de bienes y las
sociedades civiles y mercantiles que, siendo titulares de
explotaciones agrarias, tengan el mismo objeto social o
actividad complementaria a la que desarrolle la
cooperativa.
16. 3. Obligaciones de los socios
a. Asistir a las reuniones de la Asamblea General y de los demás
órganos colegiados de los que forma parte.
b. Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos
sociales de la cooperativa, así como todos los deberes
contemplados en los Estatutos y en las disposiciones legales,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Ley de
Cooperativas.
c. Participar en las actividades corporativizadas que desarrolle la
cooperativa. El Consejo Rector, cuando exista causa
justificada, podrá liberar de dicha obligación al socio, en la
cuantía que proceda, en función de las circunstancias que
concurran.
17. 3. Obligación de los socios
d. Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya
divulgación pueda perjudicar los intereses sociales lícitos.
e. Aceptar los cargos para los que fuesen elegidos, salvo justa causa de
excusa.
f. Efectuar el desembolso de sus aportaciones al capital social y cuotas de
ingreso en la forma y plazos previstos, así como cumplir con el resto de
obligaciones económicas.
g. No realizar actividades competitivas con las actividades empresariales
que desarrolle la cooperativa, salvo autorización expresa del Consejo
Rector.
h. Participar en las actividades de formación.
i. Cumplir los demás deberes que resulten de los preceptos legales y de
18. 4. Derecho de los socios
a. Asistir, participar en los debates, formular propuestas según la
representación estatutaria y votar las propuestas que les
sometan en la Asamblea General y demás órganos colegiados
de los que formen parte.
b. Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales.
c. Participar en todas las actividades que desarrolle la
cooperativa sin discriminaciones.
d. Al retorno cooperativo, en su caso.
e. La baja voluntaria.
f. Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus
derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
19. La organización cooperativa agropecuaria busca
avanzar en los eslabones de la cadena
agroalimentaria para llegar lo más cerca del
consumidor.
Mejorar el poder adquisitivo de los pequeños y
medianos productores para infraestructura y
fomentan la utilización de herramientas de cobertura
en el mercado a término y de opciones.
20. 1. Acopio, acondicionamiento y comercialización
2. Asistencia técnica agronómica
3. Agroindustria
4. Producción agrícola
5. Transporte de cargas
6. Exportaciones
7. Comercialización
21. El primer desafío de la organización, gestión y lógica de
una cooperativa agropecuaria es que el consumidor
pague un poco menos y que el productor genuino reciba
un poco más, eliminando la intermediación innecesaria y
costosa en las cadenas agroalimentarias y
agroindustriales. Es decir, alianzas solidarias para
fortalecer el comercio justo, porque hoy el productor
recibe cada vez menos y el consumidor paga cada vez
más.
El segundo desafío es que las cooperativas generen
productos de más valor, que significa productos de mejor
precio y distribuyan los excedentes para atrás, según el
aporte a la producción y a la comercialización realizado
por todos y cada uno de sus asociados
22. a) Su base social está integrada principalmente por
pequeños y medianos productores familiares, es una
empresa de empresas.
b) Son estructuras de capital auténticamente nacional,
de gestión y de control democrático. No remiten sus
excedentes al exterior.
c) Funcionan en zonas donde a las empresas de capital
lucrativo y/o monopólicas no les interesa prestar
servicios.
23. d) Marcadoras de pautas, ante fallas por manejo
monopólico de precios, distorsiones y posiciones
dominantes de mercado. Referencia obligada en materia
de precios de agro insumos y de condiciones de
comercialización.
e) Son defensoras de la producción y de la calidad,
cuidando el medio ambiente.
f) Las cooperativas y sus productores asociados fueron
agredidos, desarticulados y desalentados en la década
de los 90, soportando aún hoy las secuelas de ese
período. No obstante, demostraron compromiso y
capacidad de gestión en los momentos más difíciles.
24. g) Las cooperativas tienen más capacidad de resistencia empresarial, pero no son
sólo herramientas válidas para los momentos de crisis o para estrategias de
supervivencia.
h) Son estructuras inclusivas y de distribución equitativa de la riqueza en
proporción a la producción consignada e insumos adquiridos, por el sistema
de retornos de excedentes en cuotas sociales, efectivo o ambas dos
modalidades previstas en la ley.
i) Tienen fuerte arraigo socio- territorial y anclaje local, lo que permite pensar en el
agregado de valor en origen antes y después de la producción. Lo más cerca
posible del lote donde salen los productos primarios y no siempre en destino.
Destinos que suelen coincidir con las zonas de mayor concentración de la
riqueza.
J) Participan del Consejo Directivo Central, de los Consejos Regionales y de los
Consejos Locales Asesores (CLA) del Instituto Nacional de Tecnología
Agropecuaria (INTA), con el objetivo de contribuir a la competitividad, equidad
social y salud ambiental del sector agropecuario, agro-industrial y agro-
alimentario.