El documento habla sobre las cooperativas. Brevemente describe que las cooperativas son asociaciones de personas que se unen voluntariamente para satisfacer necesidades económicas, sociales y culturales comunes a través de empresas de propiedad conjunta. Luego resume que la Constitución venezolana y la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas reconocen y regulan las cooperativas en Venezuela.
1. Universidad Fermín Toro
Vice - Rectorado Académico
Escuela de derecho
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Estudiante:
Karla Arvelo
CI: 24.812.482
Sección: Saia ‘’B’’
Participación Ciudadana y gestión local
Profesora: Gregory Reyes
2. Es una asociación autónoma de personas unidas voluntariamente para satisfacer
sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, a
través de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada.
De trabajo
asociado
Lácteas
De Producción Industrial
De
carpinterías
Agrupaciones de
personas de un
mismo oficio o con
un fin común, que
por medios propios
producen ciertos
artículos
vendiéndolos
directamente y
distribuyéndose
entre ellos las
ganancias.
Tiene como objeto
transformar materia
prima en bienes que
tengan
características para
satisfacer una
necesidad de los
consumidores
mediante procesos
tecnológicos
industriales.
Ellas pueden
producir quesos,
mantequilla,
yogurt, dulces y
sus derivados.
Están en capacidad de
ofrecer muebles,
juguetes, utensilios de
cocina o insumos para
la construcción
(puertas, marcos,
ventanas, etc.).
3. De producción
agrícola De Producción
Pesquera
De Producción
de Servicios
De Ahorro y
Crédito
Conformada por varios
afiliados que trabajan la
tierra, comercializan sus
productos, aprovechan
descuentos y ventajas de
comprar en
cantidad, desarrollan sus
labores de forma conjunta
y organizada
Son aquellas
empresas que prestan
servicios a la comunidad
en diferentes áreas,
transporte, reparaciones,
mantenimiento, tapicería,
fumigación, recolección de
basura, jardinería,
distribución de gas
doméstico, transporte
escolar, entre tantas como
sea posible imaginar.
Es la unión de diversas
personas dedicadas a la
actividad pesquera que
suman sus esfuerzos
para mejorar sus
condiciones de
producción, potenciando
el alcance de su trabajo.
Son aquellas que
tienen por objeto
fundamental fomentar
el ahorro y otorgar
préstamos a sus
asociados con los
recursos aportados
por los mismos, a un
interés muy bajo, con
el fin de eliminar los
altos costos que
representan los
créditos otorgados por
los bancos
comerciales.
4. Cooperativa de
Ahorro
Es de los
asociados.
Conceden
préstamos a los
asociados que lo
requieran.
Otorgan
préstamos a
intereses bajos.
Las ganancias que
genera se distribuyen
entre los asociados.
Banco
Es de un grupo de
personas que
aportan el capital.
Las ganancias que
genera el banco se
distribuyen entre los
accionistas.
Otorgan
préstamos con
intereses altos.
Conceden préstamos a quienes normalmente
ya tienen dinero, exigen que el solicitante
tenga bienes de fortuna para cederlos como
garantía.
Diferencias entre una Cooperativa de
Ahorro y un Banco
5. De Consumo Mixtas
Presentan dos formas básicas
para la consecución de sus
metas:
•La primera, consiste en
aprovechar los descuentos
compras al mayor y vender los
productos a sus miembros a los
costos de adquisición
aumentando solo en una
pequeña porción para cubrir los
gastos generales de operación.
•La otra manera de
funcionamiento de las
Cooperativas de Consumo, es
vender los productos a los
precios corrientes en el mercado
y distribuir las ganancias entre
sus socios de acuerdo a la
proporción de compras que ha
realizado cada socio.
Persiguen dos objetivos a saber:
•La producción de bienes y
servicios para terceros y la
obtención de bienes y servicios
para sus asociados.
•Las Cooperativas Mixtas deben
su nombre a la posibilidad de
tener, al mismo tiempo, dos o
más de los perfiles que se han
descrito anteriormente
6. Fundamento Constitucional y Legal.
En la República Bolivariana de Venezuela a partir de la entrada en Vigencia la Ley Especial de
Asociaciones Cooperativas el 18 de septiembre de 2001, se multiplicó hasta la actualidad de una
manera histórica la conformación de empresas cooperativas, muchas de ellas han sido creadas sin
un conocimiento especifico acerca de las bases legales que lo regulan, ya que el objetivo principal
que ha motivado para su creación han sido primordialmente:
El Incentivo Fiscal. (la exención de impuestos)
El Otorgamiento de créditos.
La Obtención de Contratos otorgados con preferencias a las cooperativas.
Se puede mencionar que el fundamento normativo de las cooperativas, se encuentra en
primer termino, en La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; La Ley
Especial de Asociaciones Cooperativas; y en diversas Providencias Administrativas.
7. Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Artículo 118
• Se reconoce el
derecho de los
trabajadores y de la
comunidad para
desarrollar
asociaciones de
carácter social y
participativo
• Podrán desarrollar
cualquier tipo de
actividad económica,
de conformidad con la
ley.
• Reconocerá las
especificidades de
estas organizaciones,
en especial, las
relativas al acto
cooperativo, al trabajo
asociado y su
carácter generador de
beneficios colectivos.
Artículo 308
• El Estado protegerá y
promoverá la pequeña
y mediana industria,
las cooperativas, las
cajas de ahorro, así la
empresa familiar, la
microempresa.
• Se asegurará la
capacitación, la
asistencia técnica y el
financiamiento
oportuno
Artículo 184
• La ley creará
mecanismos abiertos
y flexibles para que
los Estados y los
Municipios
descentralicen y
transfieran a las
comunidades y
grupos vecinales
organizados los
servicios que éstos
gestionen previa
demostración de su
capacidad para
prestarlos,
promoviendo.
8. • Toda persona tiene derecho de
asociarse con fines lícitos de
conformidad con la ley. El Estado
estará obligado a facilitar el ejercicio
de ese derecho.
Artículo 52
• El régimen socioeconómico de la
República Bolivariana de
Venezuela se fundamenta en los
principios de justicia social,
democratización, eficiencia, libre
competencia, protección del
ambiente, productividad y
solidaridad, a los fines de
asegurar el desarrollo humano
integral y una existencia digna y
provechosa para la colectividad.
Artículo 299
9. Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
Del 18 de septiembre de 2001
Las cooperativas son asociaciones
abiertas y flexibles, de hecho y
derecho cooperativo, de la
Economía Social y Participativa,
autónomas, de personas que se
unen mediante un proceso y
acuerdo voluntario, para hacer
frente a sus necesidades y
aspiraciones económicas, sociales
y culturales comunes, para generar
bienestar integral, colectivo y
personal, por medio de procesos y
empresas de propiedad colectiva,
gestionadas y controladas
democráticamente”
Las cooperativas se basan en los
valores de ayuda mutua, esfuerzo
propio, responsabilidad, democracia,
igualdad, equidad y solidaridad. Sus
miembros promueven los valores
éticos de honestidad, transparencia,
responsabilidad social y
compromisos por los demás
Los valores cooperativos
Art.3
Las cooperativas son
definidas por la Ley en
mención.
Art.2
10. Providenci
as
•PA-079-06
•(procedimientos disciplinarios y registro nacional de cooperativas) 11 de
Septiembre de 2006.
•PA-187-07
(CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO) 03 de Julio de 2007.
•PA-069-06
(reserva de denominación y constancia de inscripción) 11 de Septiembre
de 2006.
•PA, No 186-7
(remisión información contable y social) 03 de Julio de 2007.
•PA-033-05
(Parámetros de procedimientos disciplinarios) 21 de Octubre de 2005.
•PA-039-05
(lineamientos formación, capacitación y convalidación educativa) 12 de
Diciembre de 2005.