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ESPECIALIDAD : Ing. Agroindustrial
ASIGNATURA : Introducción a los Negocios
DOCENTE : Ing. Patricia Quispe
ALUMNA : Yannin Debora
Piminchumo Correa
CICLO : 3er
RIT (REGLAMENTO INTERNO DE
TRABAJO)
 Una empresa es una compleja interacción entre recursos materiales, sistemas
organizacionales y personas, en dondees necesario que se exteriorice la potestad que tiene
todo empleador de dirigir, controlar y fiscalizar la prestación de los servicios de sus
trabajadores en la producción y en el trabajo que desempeñan. El ejercicio de este poder,
puede configurar normas y disposiciones de carácter general y permanente orientadas a
regular las relaciones de trabajo al interior de la empresa, es decir, contar con un
Reglamento Interno de Trabajo (RIT).
 La legislación laboral peruana hace obligatorio el contar con un RIT para toda empresa que
supera los 100 trabajadores, pero la legislación no impide a las empresas que tengan menos
de 100 trabajadores adoptar un RIT.
 El RIT es de gran utilidad para la regulación de las relaciones de trabajo al interior de la
empresa porque le permite al empleador y a los trabajadores contar con un marco
sistematizado y publicitado de reglas de conducta y de consecuencias jurídicas si estas
reglas no son cumplidas, por lo que constituye un importante refuerzo de la facultad
directiva del empleador.
 El RIT tiene un nivel terciario en la jerarquía de normas y su subnivel es inferior al del
Convenio Colectivo de Trabajo, cuya configuración es bilateral entre empleador y
trabajadores. El reglamento es “interno” ya que sus postulados tienen validez en el interior
de la entidad, pero no necesariamente son válidos puertas afuera.
 Para que el RIT sea una fuente válida de obligaciones, la
aprobación por parte de las autoridades administrativas se
efectúa de forma automática a la sola presentación; sin embargo
el control de validez del RIT es posterior: la legislación nacional
le reconoce a los trabajadores el derecho a impugnar
judicialmente.
 Un RIT permite regular aspectos tales como el ingreso de los
trabajadores, el horario de trabajo, la duración de la jornada, el
control de asistencia, las medidas de armonía entre trabajadores
y empleador, las medidas disciplinarias, entre otras.
 Finalmente, debemos mencionar que la importancia del RIT
como manifestación del ejercicio de poder de dirección del
empleador y como norma de cumplimiento obligatorio para
todos los trabajadores ha sido reconocida por la
jurisprudencia laboral nacional.
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA EMPRESA DE
PRODUCCION DE PRODUCTOS DE FRUTA (FRUVERT)
CAPITULO III
ARTICULO 7. Las horas de entrada y salida de los trabajadores, son las que
a continuación se expresan así:
DIAS LABORABLES DE: Lunes a Sábado.
HORA DE ENTRADA: 7:30 AM
HORA DE DESCANSO : 9:30AM A 9:45AM
HORA DE SALIDA: 5:30 PM
HORA DE DESCANSO: 3:00PM A 3:15PM
HORA DE ALMUERZO: 12:30 M. a 1:30 P.M.
PARAGRAFO 2. LABORES AGROPECUARIAS.
Los trabajadores de empresas agrícolas, forestales y ganaderas que ejecuten
actividades no susceptibles de interrupción, deben trabajar los domingos y días
de fiesta remunerándose su trabajo en la forma prevista en el artículo 179 y con
derecho al descanso compensatorio (artículo 28, Ley 50 de 1.990).
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  • 1. ESPECIALIDAD : Ing. Agroindustrial ASIGNATURA : Introducción a los Negocios DOCENTE : Ing. Patricia Quispe ALUMNA : Yannin Debora Piminchumo Correa CICLO : 3er
  • 2. RIT (REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO)  Una empresa es una compleja interacción entre recursos materiales, sistemas organizacionales y personas, en dondees necesario que se exteriorice la potestad que tiene todo empleador de dirigir, controlar y fiscalizar la prestación de los servicios de sus trabajadores en la producción y en el trabajo que desempeñan. El ejercicio de este poder, puede configurar normas y disposiciones de carácter general y permanente orientadas a regular las relaciones de trabajo al interior de la empresa, es decir, contar con un Reglamento Interno de Trabajo (RIT).  La legislación laboral peruana hace obligatorio el contar con un RIT para toda empresa que supera los 100 trabajadores, pero la legislación no impide a las empresas que tengan menos de 100 trabajadores adoptar un RIT.  El RIT es de gran utilidad para la regulación de las relaciones de trabajo al interior de la empresa porque le permite al empleador y a los trabajadores contar con un marco sistematizado y publicitado de reglas de conducta y de consecuencias jurídicas si estas reglas no son cumplidas, por lo que constituye un importante refuerzo de la facultad directiva del empleador.  El RIT tiene un nivel terciario en la jerarquía de normas y su subnivel es inferior al del Convenio Colectivo de Trabajo, cuya configuración es bilateral entre empleador y trabajadores. El reglamento es “interno” ya que sus postulados tienen validez en el interior de la entidad, pero no necesariamente son válidos puertas afuera.
  • 3.  Para que el RIT sea una fuente válida de obligaciones, la aprobación por parte de las autoridades administrativas se efectúa de forma automática a la sola presentación; sin embargo el control de validez del RIT es posterior: la legislación nacional le reconoce a los trabajadores el derecho a impugnar judicialmente.  Un RIT permite regular aspectos tales como el ingreso de los trabajadores, el horario de trabajo, la duración de la jornada, el control de asistencia, las medidas de armonía entre trabajadores y empleador, las medidas disciplinarias, entre otras.  Finalmente, debemos mencionar que la importancia del RIT como manifestación del ejercicio de poder de dirección del empleador y como norma de cumplimiento obligatorio para todos los trabajadores ha sido reconocida por la jurisprudencia laboral nacional.
  • 4.
  • 5.
  • 6. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA EMPRESA DE PRODUCCION DE PRODUCTOS DE FRUTA (FRUVERT)
  • 7. CAPITULO III ARTICULO 7. Las horas de entrada y salida de los trabajadores, son las que a continuación se expresan así: DIAS LABORABLES DE: Lunes a Sábado. HORA DE ENTRADA: 7:30 AM HORA DE DESCANSO : 9:30AM A 9:45AM HORA DE SALIDA: 5:30 PM HORA DE DESCANSO: 3:00PM A 3:15PM HORA DE ALMUERZO: 12:30 M. a 1:30 P.M. PARAGRAFO 2. LABORES AGROPECUARIAS. Los trabajadores de empresas agrícolas, forestales y ganaderas que ejecuten actividades no susceptibles de interrupción, deben trabajar los domingos y días de fiesta remunerándose su trabajo en la forma prevista en el artículo 179 y con derecho al descanso compensatorio (artículo 28, Ley 50 de 1.990).