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REFORMA LABORAL
La aprobación de la reciente Reforma Laboral, representó un gran avance que nos
permitió modernizar y poner al día a nuestro marco jurídico laboral. A través de
estos cambios, se logra el fomento al trabajo digno y se mejoran las condiciones
generales de trabajo; además, se prevé la agilización de los juicios laborales y la
profesionalización del personal de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, entre
otras bondades.
Por lo anterior, es indispensable que la sociedad mexicana conozca los beneficios
obtenidos con la adecuación a la legislación laboral; para ello, las Delegaciones
Federales del Trabajo en cada Entidad Federativa, tienen la enorme tarea de ser los
portavoces de esta información relevante para el trabajador y el sector productivo
del país.
Finalmente, esta presentación es un material de apoyo, a través del cual las
Delegaciones Federales del Trabajo, podrán difundir las bondades de la nueva Ley
Laboral.
Secretaría del
Respeto a la dignidad humana
del trabajador
No exista discriminación por origen
étnico o nacional, género, edad,
discapacidad, condición social,
condiciones de salud, religión,
condición migratoria, opiniones,
preferencias sexuales o estado civil
Acceso a la
Seguridad Social
Salario Remunerador
Condiciones óptimas
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Capacitación Continua
Respeto irrestricto a los Derechos Colectivos
de los Trabajadores
•Libertad de asociación
•Autonomía
•Derecho de huelga
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Artículo 2°
Trabajo Digno o
Decente
Reforma Laboral
Secretaría del
Reforma Laboral
Artículo 3° Bis
Secretaría delReforma Laboral
Nuevas atribuciones de la DGIFT
Intercambio de información en forma permanente entre el IMSS y la STPS respecto a
accidentes de trabajo (Art. 504)
(Art. 512-D Bis) Después de practicar las diligencias pertinentes respecto a la restricción de acceso o
limitación en la operación en las áreas de riesgo detectadas (previa consulta a la DGIFT, Artículo 541
fracción VI Bis), resolverá dentro de las siguientes 72 horas:
• Si levanta la restricción decretada o
• Amplía su duración, hasta en tanto se corrijan las irregularidades
(Art. 512-F) Las autoridades de las entidades federativas auxiliarán a las del orden federal en:
• La promoción Del cumplimiento de las normas de seguridad, salud y medio ambiente de
• Aplicación, trabajo, cuando se trate de empresas que estén sujetos a jurisdicción local
• Vigilancia
Autorización de la restricción de acceso o limitar la operación en las áreas de riesgo detectadas,
solicitud hecha por el inspector de trabajo (Art. 541)
Como nueva competencia federal en el 527 se adicionaron los servicios de banca y crédito y las
que actúen bajo un contrato o concesión federal
Concesión Federal
Actúan bajo Concesión Federal
aquellas empresas que tengan por
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colectivo, a través de cualquier acto
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Federal (Artículo 527, fracción II punto2).
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Secretaría del
Reforma Laboral
Outsourcing (Subcontratación)
Es aquel por medio del cual un
patrón denominado contratista
ejecuta obras o presta servicios
con sus trabajadores bajo su
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moral, la cual fija las tareas del
contratista y lo supervisa en el
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Secretaría del
Trabajo y
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Outsourcing (Subcontratación)
Reforma Laboral
Debe cumplir con lo
siguiente:
No podrá abarcar la
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iguales o similares en su
totalidad, que se desarrollen
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Deberá justificarse por su
carácter especializado
No podrá comprender
tareas iguales o similares a
las que realizan el resto de
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del contratante
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estas condiciones, el
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patrón
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La empresa contratante debe
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Secretaría del
Trabajo y
Previsión Social
Contratación
Reforma Laboral
La relación de trabajo
puede ser:
Por temporada o por
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En su caso, se debe
determinar si está
sujeta a periodo de
prueba o capacitación
inicial
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determinado
Artículos 25 y 35
Contratación
El periodo de prueba dura hasta 30 días, puede extenderse a 180 días para puestos de dirección,
gerenciales, funciones de dirección o administración, labores técnicas o profesionales especializadas
La capacitación inicial dura hasta 3 meses, puede extenderse a 6 meses para puestos de dirección,
gerenciales, funciones de dirección o administración, o labores que requieran conocimientos
profesionales especializados
Estos tipos de relaciones de trabajo deben constar por escrito , garantizando seguridad social
Estos periodos son improrrogables, no pueden aplicarse al mismo trabajador en forma simultánea o
sucesiva dentro de una misma empresa
Artículos 39-A, 39-B, 39-C, 39-D, 39-E y 39-F
Trabajo y
Previsión Social
Menores
Cese de labores de menor de 14 años fuera del círculo
familiar, entendiéndose a los parientes por consanguinidad,
ascendientes o colaterales hasta el segundo grado.
SANCION: Prisión de 1 a 4 años y multa de 250 a
5000 veces el salario mínimo general
No se considera trabajo (para los menores de 14años),
bajo la supervisión, cuidado y responsabilidad de los padres
o tutores o quienes ejerzan la patria potestad
en las actividades:
• Creación Artística,
• Desarrollo científico deportivo o de talento
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Artículos 22 Bis, 173, 174, 175
Bis y 995 Bis
Se otorgará
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paternidad de
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goce de sueldo a
hombres
trabajadores por
nacimiento de
gestación o
lactancia, en
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contingencia
sanitaria, lo
anterior sin
perjuicio de salario,
prestaciones y
derechos.
Padres y madres trabajadores
No se empleará
trabajo de mujeres
en periodo de
hijos y de
adopción.
Artículos 132 fracción XXVII Bis y 168
discapacidad o atención
médica hospitalaria, el
descanso podrá ser hasta de
ocho semanas posteriores al
parto, previo certificado médico.
Hasta seis meses por
periodo de lactancia
Padres y madres trabajadores
-Solicitud expresa de la trabajadora,
-Previa autorización del médico,
-Tomando en cuenta la opinión del
patrón y la naturaleza del trabajo, se
podrá transferir hasta 4 semanas
previas, para después del parto.
En caso de hijos con
Descanso pre y
post natal
En caso de adopción de
infante, se otorgará de seis
semanas posteriores al día
que lo reciban.
Artículo 170
Capacitación
Integración de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y
Productividad, en los centros de trabajo con mas de 50 trabajadores.
Programas de capacitación otorgados por la STPS y la SE en caso de
centros de trabajo con menos de 50 trabajadores.
Se elimina el registro ante la STPS de los Planes y programas de
capacitación y adiestramiento, sin embargo éstos los tendrá que tener el
patrón y deberán comprender:
•Inicio, continuación o complemento de ciclos escolares de los niveles básicos, medio o
superior.
•Todos los puestos y niveles existentes en el centro de trabajo.
•Etapas de impartición de la capacitación y adiestramiento al total de los trabajadores.
•El procedimiento de selección que establece el orden en que serán capacitados los
trabajadores de un mismo puesto y categoría.
•Normas técnicas de competencia laboral para los puestos de trabajo de que se trate.
Certificado de competencia laboral o examen de suficiencia, presentado
y aprobado por la entidad instructora.
Artículos 153-A al 153-V
Las agencias de
colocación verificarán
las condiciones en que
se alojarán,
condiciones del
trabajo y permisos de
los trabajadores.
Agencias de colocación
Autorización y registro, para reclutar y
seleccionar trabajadores mexicanos
que prestarán sus servicios en el
exterior.
Informar a los
trabajadores sobre la
protección consular y
la ubicación de la
embajada o
consulados, así como
las autoridades
competentes para
hacer valer sus
Artículos 28, 28-A y 28-B
Trabajadores del Campo y Jornaleros
Condiciones Generales de Trabajo por escrito. Se agregan los conceptos de:
Trabajadores del Campo, Trabajador eventual del campo y Trabajador estacional del campo
Trabajador del campo: Aquel que ejecuta las labores propias de las explotaciones agrícolas,
ganaderas, acuícolas, forestales o mixtas.
Trabajador eventual del campo: Aquel que sin ser permanente ni estacional, desempeña
actividades ocasionales en el medio rural, que pueden ser por obra y tiempo determinado.
Trabajador estacional del campo: Persona física que es contratada para laborar en explotaciones
agrícolas, ganaderas, forestales, acuícolas o mixtas, únicamente en determinadas épocas del año
para realizar actividades relacionadas que van desde la preparación de la tierra hasta la
preparación de los productos para su primera enajenación.
final de la estación o ciclo agrícola, se deberá pagar al trabajador las partes proporcionales por
concepto de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y cualquier otra prestación a que tenga
derecho.
Acceso a la educación básica de los hijos de los trabajadores estacionales del campo o jornaleros, la SEP
reconocerá los estudios que en un mismo ciclo escolar, realicen los hijos de los trabajadores estacionales o
jornaleros tanto en sus lugares de origen como en sus centros de trabajo.
Artículos 279, 279 Bis, 279 Ter, 280 282 y 283
Trabajos en Minas*
Se adiciona el Capítulo
XIII Bis de los
trabajadores en Minas
Para este capítulo son
aplicables todas las
minas de carbón de la
República Mexicana
Todo centro de trabajo deberá contar con
un sistema de gestión de seguridad y
salud en el trabajo
El patrón deberá mantener en
condiciones higiénicas las instalaciones
Estudios y análisis para las actividades
que se desarrollen en la mina
Informar a los trabajadores los riesgos
asociados a su actividad, así como
peligros que implica para su salud y las
medidas de prevención y protección
Proporcionar el equipo de protección
personal necesario
Contar con sistemas de ventilación y
fortificación en todas las explotaciones
subterráneas
Un sistema de supervisión y control
adecuados en cada turno
Implementar un registro y sistema de
control de entradas y salidas de las
personas que se encuentran en la mina
Suspender las actividades y disponer la
evacuación de los trabajadores en caso
de riesgo inminente para la seguridad y
salud
No contratar menores de 18 años
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prestar sus servicios, cuando la Comisión
Mixta de Seguridad e Higiene confirme
que el patrón no esta cumpliendo sus
obligaciones*Hay iniciativa pendiente
Capítulo XIII Bis,
del artículo 343-A
al 343-E
Trabajo a Domicilio
El trabajo a
domicilio es aquel
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distancia utilizando
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información y la
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Trabajo Doméstico
• Nueve horas consecutivas por la noche además de un
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• Los trabajadores domésticos tienen derecho a un
descanso semanal de día y medio ininterrumpido,
preferiblemente en sábado y domingoDescanso de los
trabajadores
Artículos 333 y 336
ZonaZona
GeográficaGeográfica
AB
$62.33 $59.08
Artículo 994
Multas
Multa
(Salarios
Mínimos)
50-250
250-5000
50-1500
250-5000
50-2500
Concepto Incumplimiento
Jornada de trabajo, días de descanso, Vacaciones
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las
Empresas
Obligaciones patronales en materia de SH
Capacitación, exigir compra de artículos de consumo en una
tienda o lugar determinado, obligar a afiliarse a algún sindicato,
intervenir en el régimen del sindicato, hacer colectas, restringir
derechos, hostigamiento y/o acosos sexual.
Normas que rigen el trabajo de mujeres y menores
El cumplimiento de los tres ejes que contendrá la política laboral de la presente
administración: crecimiento económico, crecimiento ligado a la generación de empleos,
y equilibrio entre los factores de la producción, sólo se logrará con el compromiso de los
todos los actores de la sociedad: gobierno, organismos sindicales y patronales,
academia, entre otros.
Por lo anterior, llegó el momento de profundizar en la construcción de acuerdos, sumar
esfuerzos y ampliar coincidencias, con ello, aprovecharemos las capacidades de todos
los sectores productivos, para beneficio de nuestro país.
En este sentido, la reciente reforma laboral es un instrumento vital, para el logro de los
ejes planteados con anterioridad y que están contenidos en el Pacto por México.

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  • 2. La aprobación de la reciente Reforma Laboral, representó un gran avance que nos permitió modernizar y poner al día a nuestro marco jurídico laboral. A través de estos cambios, se logra el fomento al trabajo digno y se mejoran las condiciones generales de trabajo; además, se prevé la agilización de los juicios laborales y la profesionalización del personal de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, entre otras bondades. Por lo anterior, es indispensable que la sociedad mexicana conozca los beneficios obtenidos con la adecuación a la legislación laboral; para ello, las Delegaciones Federales del Trabajo en cada Entidad Federativa, tienen la enorme tarea de ser los portavoces de esta información relevante para el trabajador y el sector productivo del país. Finalmente, esta presentación es un material de apoyo, a través del cual las Delegaciones Federales del Trabajo, podrán difundir las bondades de la nueva Ley Laboral.
  • 3. Secretaría del Respeto a la dignidad humana del trabajador No exista discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil Acceso a la Seguridad Social Salario Remunerador Condiciones óptimas de Seguridad e Higiene Capacitación Continua Respeto irrestricto a los Derechos Colectivos de los Trabajadores •Libertad de asociación •Autonomía •Derecho de huelga •Contratación colectiva Artículo 2° Trabajo Digno o Decente Reforma Laboral
  • 5. Secretaría delReforma Laboral Nuevas atribuciones de la DGIFT Intercambio de información en forma permanente entre el IMSS y la STPS respecto a accidentes de trabajo (Art. 504) (Art. 512-D Bis) Después de practicar las diligencias pertinentes respecto a la restricción de acceso o limitación en la operación en las áreas de riesgo detectadas (previa consulta a la DGIFT, Artículo 541 fracción VI Bis), resolverá dentro de las siguientes 72 horas: • Si levanta la restricción decretada o • Amplía su duración, hasta en tanto se corrijan las irregularidades (Art. 512-F) Las autoridades de las entidades federativas auxiliarán a las del orden federal en: • La promoción Del cumplimiento de las normas de seguridad, salud y medio ambiente de • Aplicación, trabajo, cuando se trate de empresas que estén sujetos a jurisdicción local • Vigilancia Autorización de la restricción de acceso o limitar la operación en las áreas de riesgo detectadas, solicitud hecha por el inspector de trabajo (Art. 541) Como nueva competencia federal en el 527 se adicionaron los servicios de banca y crédito y las que actúen bajo un contrato o concesión federal
  • 6. Concesión Federal Actúan bajo Concesión Federal aquellas empresas que tengan por objeto la administración y explotación de servicios públicos o bienes del Estado en forma regular y continua, para la satisfacción del interés colectivo, a través de cualquier acto administrativo emitido por el Gobierno Federal (Artículo 527, fracción II punto2). Servicios Públicos: Gasolineras Bienes del Estado: Minas, Plataformas petroleras
  • 7. Secretaría del Reforma Laboral Outsourcing (Subcontratación) Es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas (Art. 15-A)
  • 8. Secretaría del Trabajo y Previsión Social Outsourcing (Subcontratación) Reforma Laboral Debe cumplir con lo siguiente: No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo Deberá justificarse por su carácter especializado No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante Si no se cumplen todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón El contrato debe estar por escrito La empresa contratante debe cerciorarse permanentemente que la empresa contratista cumple con las disposiciones en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo Artículos 15-A, 15-B, 15-C
  • 9. Secretaría del Trabajo y Previsión Social Contratación Reforma Laboral La relación de trabajo puede ser: Por temporada o por tiempo indeterminado En su caso, se debe determinar si está sujeta a periodo de prueba o capacitación inicial Si no se estipula la relación, entonces será por tiempo indeterminado Por obra o tiempo determinado Artículos 25 y 35
  • 10. Contratación El periodo de prueba dura hasta 30 días, puede extenderse a 180 días para puestos de dirección, gerenciales, funciones de dirección o administración, labores técnicas o profesionales especializadas La capacitación inicial dura hasta 3 meses, puede extenderse a 6 meses para puestos de dirección, gerenciales, funciones de dirección o administración, o labores que requieran conocimientos profesionales especializados Estos tipos de relaciones de trabajo deben constar por escrito , garantizando seguridad social Estos periodos son improrrogables, no pueden aplicarse al mismo trabajador en forma simultánea o sucesiva dentro de una misma empresa Artículos 39-A, 39-B, 39-C, 39-D, 39-E y 39-F
  • 11. Trabajo y Previsión Social Menores Cese de labores de menor de 14 años fuera del círculo familiar, entendiéndose a los parientes por consanguinidad, ascendientes o colaterales hasta el segundo grado. SANCION: Prisión de 1 a 4 años y multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general No se considera trabajo (para los menores de 14años), bajo la supervisión, cuidado y responsabilidad de los padres o tutores o quienes ejerzan la patria potestad en las actividades: • Creación Artística, • Desarrollo científico deportivo o de talento • Ejecución musical o interpretación artística Artículos 22 Bis, 173, 174, 175 Bis y 995 Bis
  • 12. Se otorgará permiso de paternidad de cinco días con goce de sueldo a hombres trabajadores por nacimiento de gestación o lactancia, en declaratoria de contingencia sanitaria, lo anterior sin perjuicio de salario, prestaciones y derechos. Padres y madres trabajadores No se empleará trabajo de mujeres en periodo de hijos y de adopción. Artículos 132 fracción XXVII Bis y 168
  • 13. discapacidad o atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser hasta de ocho semanas posteriores al parto, previo certificado médico. Hasta seis meses por periodo de lactancia Padres y madres trabajadores -Solicitud expresa de la trabajadora, -Previa autorización del médico, -Tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo, se podrá transferir hasta 4 semanas previas, para después del parto. En caso de hijos con Descanso pre y post natal En caso de adopción de infante, se otorgará de seis semanas posteriores al día que lo reciban. Artículo 170
  • 14. Capacitación Integración de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, en los centros de trabajo con mas de 50 trabajadores. Programas de capacitación otorgados por la STPS y la SE en caso de centros de trabajo con menos de 50 trabajadores. Se elimina el registro ante la STPS de los Planes y programas de capacitación y adiestramiento, sin embargo éstos los tendrá que tener el patrón y deberán comprender: •Inicio, continuación o complemento de ciclos escolares de los niveles básicos, medio o superior. •Todos los puestos y niveles existentes en el centro de trabajo. •Etapas de impartición de la capacitación y adiestramiento al total de los trabajadores. •El procedimiento de selección que establece el orden en que serán capacitados los trabajadores de un mismo puesto y categoría. •Normas técnicas de competencia laboral para los puestos de trabajo de que se trate. Certificado de competencia laboral o examen de suficiencia, presentado y aprobado por la entidad instructora. Artículos 153-A al 153-V
  • 15. Las agencias de colocación verificarán las condiciones en que se alojarán, condiciones del trabajo y permisos de los trabajadores. Agencias de colocación Autorización y registro, para reclutar y seleccionar trabajadores mexicanos que prestarán sus servicios en el exterior. Informar a los trabajadores sobre la protección consular y la ubicación de la embajada o consulados, así como las autoridades competentes para hacer valer sus Artículos 28, 28-A y 28-B
  • 16. Trabajadores del Campo y Jornaleros Condiciones Generales de Trabajo por escrito. Se agregan los conceptos de: Trabajadores del Campo, Trabajador eventual del campo y Trabajador estacional del campo Trabajador del campo: Aquel que ejecuta las labores propias de las explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas, forestales o mixtas. Trabajador eventual del campo: Aquel que sin ser permanente ni estacional, desempeña actividades ocasionales en el medio rural, que pueden ser por obra y tiempo determinado. Trabajador estacional del campo: Persona física que es contratada para laborar en explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales, acuícolas o mixtas, únicamente en determinadas épocas del año para realizar actividades relacionadas que van desde la preparación de la tierra hasta la preparación de los productos para su primera enajenación. final de la estación o ciclo agrícola, se deberá pagar al trabajador las partes proporcionales por concepto de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y cualquier otra prestación a que tenga derecho. Acceso a la educación básica de los hijos de los trabajadores estacionales del campo o jornaleros, la SEP reconocerá los estudios que en un mismo ciclo escolar, realicen los hijos de los trabajadores estacionales o jornaleros tanto en sus lugares de origen como en sus centros de trabajo. Artículos 279, 279 Bis, 279 Ter, 280 282 y 283
  • 17. Trabajos en Minas* Se adiciona el Capítulo XIII Bis de los trabajadores en Minas Para este capítulo son aplicables todas las minas de carbón de la República Mexicana Todo centro de trabajo deberá contar con un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo El patrón deberá mantener en condiciones higiénicas las instalaciones Estudios y análisis para las actividades que se desarrollen en la mina Informar a los trabajadores los riesgos asociados a su actividad, así como peligros que implica para su salud y las medidas de prevención y protección Proporcionar el equipo de protección personal necesario Contar con sistemas de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterráneas Un sistema de supervisión y control adecuados en cada turno Implementar un registro y sistema de control de entradas y salidas de las personas que se encuentran en la mina Suspender las actividades y disponer la evacuación de los trabajadores en caso de riesgo inminente para la seguridad y salud No contratar menores de 18 años Los trabajadores podrán negarse a prestar sus servicios, cuando la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene confirme que el patrón no esta cumpliendo sus obligaciones*Hay iniciativa pendiente Capítulo XIII Bis, del artículo 343-A al 343-E
  • 18. Trabajo a Domicilio El trabajo a domicilio es aquel que se realiza a distancia utilizando tecnologías de la información y la comunicación Artículo 311
  • 19. Trabajo Doméstico • Nueve horas consecutivas por la noche además de un descanso mínimo diario de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas • Los trabajadores domésticos tienen derecho a un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, preferiblemente en sábado y domingoDescanso de los trabajadores Artículos 333 y 336
  • 20. ZonaZona GeográficaGeográfica AB $62.33 $59.08 Artículo 994 Multas Multa (Salarios Mínimos) 50-250 250-5000 50-1500 250-5000 50-2500 Concepto Incumplimiento Jornada de trabajo, días de descanso, Vacaciones Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas Obligaciones patronales en materia de SH Capacitación, exigir compra de artículos de consumo en una tienda o lugar determinado, obligar a afiliarse a algún sindicato, intervenir en el régimen del sindicato, hacer colectas, restringir derechos, hostigamiento y/o acosos sexual. Normas que rigen el trabajo de mujeres y menores
  • 21. El cumplimiento de los tres ejes que contendrá la política laboral de la presente administración: crecimiento económico, crecimiento ligado a la generación de empleos, y equilibrio entre los factores de la producción, sólo se logrará con el compromiso de los todos los actores de la sociedad: gobierno, organismos sindicales y patronales, academia, entre otros. Por lo anterior, llegó el momento de profundizar en la construcción de acuerdos, sumar esfuerzos y ampliar coincidencias, con ello, aprovecharemos las capacidades de todos los sectores productivos, para beneficio de nuestro país. En este sentido, la reciente reforma laboral es un instrumento vital, para el logro de los ejes planteados con anterioridad y que están contenidos en el Pacto por México.