1. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO
El empresario deberá adoptar las medidas precisas para que en los
lugares de trabajo exista una señalización de seguridad y salud que
cumpla lo establecido en los Anexos I a VII del Real Decreto 485/1997 , de
14 de Abril sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de
Seguridad y Salud en el trabajo.
Informará a los trabajadores de las medidas que se hayan de tomar con
respecto a la utilización de la señalización de seguridad y de salud en el
trabajo.
Formará a los trabajadores en el significado de las señales.
Tendrá en cuenta la consulta y participación de los trabajadores en esta
temática.
DEFINICIONES
Señalización de seguridad y salud en el trabajo:
Señalización que proporcione una indicación o una obligación relativa a la
seguridad o la salud en el trabajo.
Lo puede realizar mediante:
o Una señal en forma de panel.
o Un color.
o Una señal luminosa.
o Una señal acústica.
o Una comunicación verbal.
o Una señal gestual.
Tipos de señales:
Señal de prohibición: una señal que prohíbe un comportamiento
susceptible de provocar un peligro.
Señal de advertencia: una señal que advierte de un riesgo o
peligro.
2. Señal de obligación: una señal que obliga a un comportamiento
determinado.
Señal de salvamento o de socorro: una señal que proporciona indicaciones
relativas a las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a los
dispositivos de salvamento.
Señal indicativa: una señal que proporciona otras informaciones distintas
de las anteriormente nombradas.
Señal en forma de panel: una señal que, por la combinación de una forma
geométrica, de colores y de un símbolo o pictograma, proporciona una
determinada información, cuya visibilidad está asegurada por una
iluminación de suficiente intensidad.
Señal adicional: una señal, utilizada junto a otra en forma de panel, que
facilita informaciones complementarias.
Color de seguridad: un color al que se atribuye una significación
determinada en relación con la seguridad y salud en el trabajo.
Símbolo o pictograma: una imagen que describe una situación u obliga a
un comportamiento determinado, utilizada sobre una señal en forma de
panel o sobre una superficie luminosa.
Señal luminosa : una señal emitida por medio de un dispositivo formado
por materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o
desde el interior, de tal manera que aparezca por sí misma como una
superficie luminosa.
Señal acústica: una señal sonora codificada, emitida y difundida por medio
de un dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética.
Comunicación verbal: un mensaje verbal predeterminado, en el que se
utiliza voz humana o sintética.
3. Señal gestual: un movimiento o disposición de los brazos o de las manos
en forma codificada para guiar a las personas que estén realizando
maniobras que constituyan un riesgo o peligro para los trabajadores.
Para una mayor información sobre la señalización, consultar los siguientes
documentos del INSHT:
o Real Decreto 485/1997 , de 14 de Abril sobre disposiciones mínimas
en materia de Señalización de Seguridad y Salud en el trabajo.
o Guía Técnica sobre Señalización de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
o NTP 035: Señalización de equipos de lucha contra incendios (pdf)
o NTP 198: Gases comprimidos: identificación de botellas (pdf)
o NTP 053: Equipo eléctrico de máquinas-herramientas. Órganos de
servicio. Colores (pdf)
o NTP 188: Señales de seguridad para centros y locales de trabajo
(pdf)
o NTP 436: Cálculo estimativo de vías y tiempos de evacuación (pdf)
o NTP 181: Alumbrados especiales (pdf ,638 Kbytes)
o NTP 511: Señales visuales de seguridad: aplicación práctica (pdf)
Señalización de seguridad y código de colores
11 Ene 2019 By admin
La función de los colores y las señales de seguridad es atraer la atención sobre lugares, objetos o
situaciones que puedan provocar accidentes u originar riesgos a la salud, así como indicar la ubicación
de dispositivos o equipos que tengan importancia desde el punto de vista de la seguridad.
La aplicación de los colores de seguridad se hace directamente sobre los objetos, partes de edificios,
elementos de máquinas, equipos o dispositivos, los colores aplicables son los siguientes:
Rojo:
El color rojo denota parada o prohibición e identifica además los elementos contra incendio. Se usa para
indicar dispositivos de parada de emergencia o dispositivos relacionados con la seguridad cuyo uso está
prohibido en circunstancias normales, por ejemplo: Botones de alarma. Botones, pulsador o palancas de
parada de emergencia. Botones o palanca que accionen sistema de seguridad contra incendio
(rociadores, inyección de gas extintor, etc.).
También se usa para señalar la ubicación de equipos contra incendio como por ejemplo: Matafuegos.
Baldes o recipientes para arena o polvo extintor. Nichos, hidrantes o soportes de mangas. Cajas de
frazadas.
Azul:
El color azul denota obligación. Se aplica sobre aquellas partes de artefactos cuya remoción o
accionamiento implique la obligación de proceder con precaución, por ejemplo: Tapas de tableros
eléctricos. Tapas de cajas de engranajes. Cajas de comando de aparejos y máquinas. Utilización de
equipos de protección personal, etc.
4. Amarillo:
Se usará solo o combinado con bandas de color negro, de igual ancho, inclinadas 45º respecto de la
horizontal para indicar precaución o advertir sobre riesgos en: Partes de máquinas que puedan golpear,
cortar, electrocutar o dañar de cualquier otro modo; además se usará para enfatizar dichos riesgos en
caso de quitarse las protecciones o tapas y también para indicar los límites de carrera de partes
móviles. Interior o bordes de puertas o tapas que deben permanecer habitualmente cerradas, por
ejemplo de: tapas de cajas de llaves, fusibles o conexiones eléctricas, contacto del marco de las puertas
cerradas (puerta de la caja de escalera y de la antecámara del ascensor contra incendio), de tapas de
piso o de inspección. Desniveles que puedan originar caídas, por ejemplo: primer y último tramo de
escalera, bordes de plataformas, fosas, etc.. Barreras o vallas, barandas, pilares, postes, partes
salientes de instalaciones o artefacto que se prolonguen dentro de las áreas de pasajes normales y que
puedan ser chocados o golpeados. Partes salientes de equipos de construcciones o movimiento de
materiales (paragolpes, plumas), de topadoras, tractores, grúas, zorras autoelevadores, etc.).
Verde:
El color verde denota condición segura. Se usa en elementos de seguridad general, excepto incendio,
por ejemplo en: Puertas de acceso a salas de primeros auxilios. Puertas o salidas de emergencia.
Botiquines. Armarios con elementos de seguridad. Armarios con elementos de protección personal.
Camillas. Duchas de seguridad. Lavaojos, etc.