2. ANTECEDENTE DEL BCRP
El 9 de marzo de 1922 se promulgó la Ley
N° 4500 que creó el Banco de Reserva
del Perú. La creación de la nueva entidad
respondió a la necesidad de contar con un
sistema monetario que no provocara
inflación en los años de bonanza, como
sucedió con los repudiados billetes
fiscales; ni deflación como la generada por
la inflexibilidad crediticia del patrón oro
3. En abril de 1931, el profesor Kemmerer,
junto a un grupo de expertos, culminó un
conjunto de propuestas, una de las cuales
planteó la transformación del Banco de
Reserva. Esta fue presentada al Directorio
el 18 de abril de ese año y ratificada el 28
de abril, dando origen al Banco Central
de Reserva del Perú (BCRP), cuya
principal función fue la de mantener el
valor de la moneda. Asimismo, como
parte de recomendaciones de la misión
Kemmerer, el 18 de abril se estableció al
Sol de Oro como unidad monetaria del
país.
4. LA MISIÓN KEMMERER
La Misión Kemmerer, convocada para solucionar el
problema de la fuerte depreciación de la moneda
nacional, arribó al Perú en enero de 1931. Tras
cuatro meses de trabajo, presentó once
documentos: nueve proyectos de ley y dos informes,
tanto en materia fiscal como monetaria. Uno de
estos proyectos planteó la creación del Banco
Central de Reserva del Perú, con el objetivo de
corregir las fallas que según la Misión, tenía la ley
que creó el Banco de Reserva. Proponía, entre
otros aspectos un aumento del capital, un cambio
en la composición del Directorio, considerar
como función principal la estabilidad monetaria y
mantener la exclusividad de la emisión de
billetes.
5. SOBRE EL BCRP
El 9 de marzo de 1922 se creó el Banco de Reserva del Perú y
el 28 abril de 1931, luego de las recomendaciones del profesor
Edwin W. Kemmerer, junto a un grupo de expertos, se transformó
en el Banco Central de Reserva del Perú.
6. Hay dos aspectos fundamentales
que la Constitución Peruana
establece con relación al Banco
Central:
Finalidad de preservar la estabilidad
monetaria y su autonomía.
Funciones:
•Regular la moneda y el crédito del
sistema financiero.
•Administrar las reservas
internacionales.
•Emitir billetes y monedas.
•Informar periódicamente sobre las
finanzas nacionales.
7. DIRECTORIO DEL BCRP
El BCR es gobernado por un directorio de siete miembros:
Tres elegidos por el poder legislativo y
Cuatro por el poder ejecutivo (incluye al presidente del directorio: Julio Velarde.
El Presidente del
Directorio se
desempeña también
como gobernador ante
el Fondo Monetario
Internacional y como
gobernador alterno ante
el Banco Mundial y el
Banco Interamericano
de Desarrollo
8. GENERALIDADES
La administración de las reservas internacionales se realiza siguiendo criterios
de seguridad, liquidez y rentabilidad. Las reservas internacionales juegan un papel
primordial en la estabilidad cambiaria, monetaria y financiera del país.
El Banco abastece a la economía de un nivel adecuado de billetes y monedas a
nivel nacional, garantizando un suministro oportuno en tres aspectos diferentes:
nivel, calidad y cantidad
El Banco Central elabora la balanza de pagos y las cuentas monetarias. Además,
el Banco Central cumple con la tarea de informar sobre las finanzas nacionales a
través de sus diferentes publicaciones periódicas, tales como la Nota Semanal y la
Memoria Anual, el resumen diario de sus operaciones monetarias y cambiarias y el
resumen informativo semanal, que se difunden a través de distintos medios de
comunicación.
9. SEDE
Además de su sede central y
la Casa Nacional de Moneda
ubicados en la ciudad de
Lima, el Banco cuenta con
sucursales en las ciudades
de Arequipa, Cusco,
Huancayo, Iquitos, Piura,
Puno y Trujillo.
10. EL BCR EN LA CONSTITUCIÓN DEL 93
Artículo 84°. El Banco Central es persona jurídica de derecho público. Tiene
autonomía dentro del marco de su Ley Orgánica.
La finalidad del Banco Central es preservar la estabilidad monetaria. Sus
funciones son: regular la moneda y el crédito del sistema financiero, administrar
las reservas internacionales a su cargo, y las demás funciones que señala su ley
orgánica.
El Banco informa al país, exacta y periódicamente, sobre el estado de las
finanzas nacionales, bajo responsabilidad de su Directorio.
El Banco está prohibido de conceder financiamiento al erario, salvo la compra,
en el mercado secundario, de valores emitidos por el Tesoro Público, dentro del
límite que señala su Ley Orgánica.
11. Artículo 85°. El Banco puede efectuar operaciones y celebrar convenios de crédito
para cubrir desequilibrios transitorios en la posición de las reservas internacionales.
Requiere autorización por ley cuando el monto de tales operaciones o convenios
supera el límite señalado por el Presupuesto del Sector Público, con cargo de dar
cuenta al Congreso.
Artículo 86°. El Banco es gobernado por un Directorio de siete miembros. El Poder
Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a éste y elige
a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.
Todos los directores del Banco son nombrados por el período constitucional que
corresponde al Presidente de la República. No representan a entidad ni interés
particular algunos. El Congreso puede removerlos por falta grave. En caso de
remoción, los nuevos directores completan el correspondiente período constitucional.
12.
13.
14.
15. La tasa de encaje legal se
define como un porcentaje
de los depósitos de las
instituciones financieras
que no pueden disponer
para realizar sus
actividades de
intermediación financiera y
que deben ser mantenidos
en reserva.
Por ejemplo, si es que el
banco “A” tiene un total de
S/.1.000 soles y la tasa de
encaje bancario en soles es
de 10%, las reservas que
deberá de guardar serán de
S/.100. Entonces, el banco
podrá utilizar los S/.900
restantes.
16.
17.
18. EL CRÉDITO
(credere = confianza)
I. DEFINICIÓN
Es la operación financiera que consiste en ceder riqueza presente por una
riqueza futura. Es un cambio en el tiempo en vez de serlo en el espacio, por
tal motivo se dice que es una extensión del cambio.
19. II. FORMAS
Se puede considerar 2 formas de
crédito.
A. La venta a crédito. Consiste en
la entrega de mercancía presente a
cambio de pagos sucesivos en el
tiempo (a plazo)
B. El préstamo. Se presenta como
actividad financiera predominante
por el cual, se cede liquidez por un
pago futuro.
20. III Importancia del Crédito
Se considera al crédito como
una palanca de desarrollo.
A. Aumenta la producción
por la inversión
B. Aumenta el consumo.
Permite adquirir bienes y
servicios.
C. Concretiza ideales.
21.
22. IV. AGENTES DE CRÉDITO
A. Acreedor (Prestamista). Es
el sujeto activo, el titular del
derecho.
B. Deudor (Prestatario). Es el
sujeto pasivo, quien ha
contraído la obligación.
C. Intermediario financiero. Es
aquel que hace la vinculación
indirecta entre ofertante y
demandante de dinero.
23. LETRA DE CAMBIO
Una letra de cambio es un documento de cobro
donde se ordena el pago de una determinada suma
de dinero en la fecha de vencimiento. Se utiliza
como medio de pago y garantía financiera.
La letra de cambio es un documento mercantil que
generalmente es utilizado por un vendedor para
garantizar el pago de la venta realizada. A través de
la letra de cambio el vendedor puede dar
financiación a sus clientes con la garantía de que
cobrará el dinero en la fecha de su vencimiento.
Diferencia entre letra de cambio y
otros instrumentos financieros
Si bien la letra de cambio es un
medio de pago al igual que otros
instrumentos financieros, presenta
algunas características especiales:
•La emite el acreedor o beneficiario
a diferencia del pagaré o
el cheque que lo emite el deudor.
•Exige la aceptación explícita del
deudor, lo que no ocurre con otros
instrumentos financieros.
•Permite fijar intereses al momento
de pago, cosa que no ocurre con el
cheque, por ejemplo.
•Se trata de un crédito y no de un
pago a la vista.
24. EL CHEQUE
Se trata de un documento firmado por el
propietario de una cuenta en un banco que
habilita al que lo recibe a disponer de una
cantidad determinada de dinero sobre una
cuenta bancaria.
Su principal finalidad es emitir un pago sin la
necesidad de transportar efectivo, y dando al
beneficiario más libertad para elegir el momento y el
lugar del cobro en metálico.
Para que un cheque sea válido tiene
que estar firmado por el girador. A
veces se puede escribir también el
nombre del que va a cobrarlo, según
esto un cheque puede escribirse de
varias maneras:
•A nombre de una persona
determinada: En cuyo caso sólo el
titular podrá cobrarlo.
• Al portador: Teniendo esta
posibilidad cualquier persona que se
presente en el banco con el cheque.
•A la orden: El beneficiario puede
cobrarlo o bien utilizarlo a su vez como
medio de pago
25. EL PAGARÉ
Un pagaré es un documento que supone la promesa de
pago a alguien. Este compromiso incluye las condiciones
que promete el deudor de cara a la contrapartida
(acreedor), es decir, la suma fijada de dinero como pago y
el plazo de tiempo para realizar el mismo.
El pagaré es un título de crédito que establece un compromiso
formal. Este compromiso formal indica tres detalles. El
primero, quién paga a quién. El segundo, qué cantidad de
dinero. Y, el tercero, cuando debe realizarse dicho pago.
Diferencia entre pagaré
y letra de cambio
Una peculiaridad de los
pagarés es su similitud
con las letras de cambio.
Hasta el punto de que
ambos documentos tienen
una regulación jurídica
bastante parecida.
Sin embargo, mientras el
pagaré se emite por el
propio deudor, la letra de
cambio se redacta por el
acreedor del pago. Es
decir, en el pagaré, es la
misma persona quien
crea y emite el
documento al tiempo que
se hace cargo de la
deuda al contraer el
préstamo
26. WARRANT
En el ámbito mercantil, es un
resguardo emitido por los
almacenes generales de
depósito, cuando se deposita en
ellos un conjunto de mercancías
propiedad de un deudor. Este
documento es entregado al
acreedor e implica la pignoración
de las mercancías anteriores, de
forma que si en la fecha de
vencimiento del crédito el deudor
no paga, el acreedor podrá exigir
la venta de las mercancías
necesarias para saldar su deuda,
en subasta pública y con la
intervención de un corredor de
comercio o notario.
27. BONO
Un bono es un instrumento de deuda que emite
una empresa o administración pública para
financiarse.
El emisor de un bono promete devolver el dinero
prestado al comprador de ese bono, normalmente
más unos intereses fijados previamente. Por eso se
conoce como instrumento de renta fija.
Podemos distinguir entre bonos
públicos o privados:
•Bonos del Estado: Títulos
emitidos por el Tesoro público
de un país con el objetivo de
financiar los presupuestos
generales del Estado.
•Bonos corporativos: Son
bonos emitidos por las
empresas con el objetivos de
financiar sus actividades.
28. VI. CLASES DE CRÉDITO
A) Por el destino del crédito
a. Crédito productivo. Está dirigida a financiar toda actividad que permita
generar nuevos bienes. Ejemplo. El préstamo para adquirir maquinarias o
infraestructura.
b. Crédito de consumo. Para adquirir bienes de consumo final. Permite la
adquisición de mercancías necesarias para satisfacer necesidades.
B) Por la calidad del deudor:
a. Crédito privado. El agente pasivo es una empresa privada o un particular.
b. Crédito público. El deudor es un estado y siendo los acreedores bancos
transnacionales privados o estados con superávit de capitales.
29. C) Por la garantía exigida:
a) Crédito personal. Cuando la garantía está basada en la
solvencia moral del deudor. Está basada en la confianza.
b) Crédito prendario o real. Se exige como garantía una mercancía
determinada. Tenemos:
1. Crédito mobiliario. La garantía es bien mueble entregado en
prenda
2. Crédito inmobiliario. La garantía es un inmueble entregado en
hipoteca
D) Por el tiempo
a) De corto plazo. Plazo máximo de un año.
b) De mediano plazo. Plazo de uno a cinco años como máximo
c) De largo plazo. Plazo mayor a cinco años.