1. Universidad Nacional Experimental de Guayana
Vice Rectorado Académico
Coordinación General de Pregrado
Proyecto de Carrera Ciencias Fiscales
Asignatura: Impuestos Municipales
¿QUÉ ES EL MUNICIPIO?
Profesora:
Karina Belisario
Elaborado por:
Leonardo Castillo
C.I.: 25.932.976
Sec. 01
Ciudad Bolívar, mayo del 2020
2. Se sabe que el hombre uno de sus ejes innatos es el social (siendo los otros
el biológico y el psíquico), por lo cual desde sus inicios fue creado
(indistintamente de la teoría en que se crea), para que trabajara en equipo con
otros de su especie. Este asunto lo corroboran pruebas arqueológicas, que nos
demuestran el trabajo cooperativo del hombre en la antigüedad, ya sea en grupos
nómadas, como en tribus y aldeas más desarrolladas.
Parte de la esencia de un municipio es eso, la unión de grupos sociales con
el fin de organizarse y desarrollarse no solo individualmente sino como conjunto,
claro está, mantener ese orden jamás ha sido fácil, llegar al punto en el que nos
encontramos hoy día costó mucha sangre y años de lucha, entre clases sociales,
entre clanes, entre reinos e imperios, para que se establecieran ciertas normas que
regularan este tipo de agrupaciones.
Cuando estos grupos dejaron de ser un tanto empíricos e informales, y
comenzaron a “normalizarse” a establecerse normas, entra otro aspecto importante
en ellos, que es su legalidad, claro está que inicialmente no había códigos
establecidos sino principios y reglas establecidas, en ocasiones establecidas de
forma arbitraria por el líder del grupo, y que estas se iban esparciendo mientras el
grupo conquistaba otros lugares y los subyugaba.
El ensayo que se presenta a continuación, busca dar luces sobre las
diferentes corrientes que, a lo largo del tiempo, han definido el término
municipio, siendo que obedece a un cuerpo de interpretaciones, válidas en su
mayoría, las cuales en líneas generales apuntan a un mismo enfoque. Resulta
pertinente acuñar la procedencia o etimología de la palabra municipio. Este
término está constituido por las voces latinas munus (sust.) y capere (verbo,
derivando la expresión latina municipium que queda interpretada como ciudad en
la cual las personas toman las cargas ya sean personales o patrimoniales con el fin
de atender las necesidades locales de esas comunidades. Estas a su vez están
regidas por un conjunto de normas y leyes válidas en esa jurisdicción.
Algunos autores apuntan que el municipio tiene personería jurídica, social,
política cuyo inicio, es la organización vecinal con la meta de alcanzar una mejor
convivencia entre los individuos (Martínez 2014 y Hernández 2003). Un
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municipio por consiguiente posee entre sus elementos: territorio, población,
gobierno, orden jurídico y propósito; que de forma conjunta le dan identidad.
Existen diversas doctrinas o tendencias al momento de fundar un
municipio entre ellas están: socialista, legalista, economista, administrativa y
étnico- cultural, cada una de ellas ofrece una inclinación particular y basado en
ello funciona el municipio.
Tal como se mencionó en la parte inicial la tarea municipal obedece a todo
un trayecto legal, pero eso no es lo único que lo soportado teóricamente, ya que
existen diversos abordajes del tema. En virtud de ello se expondrán estos
diferentes enfoques para su posterior estudio:
Escuela Definición
Sociológica
O
Jusnaturalista
Hostos (s/f) “El municipio resulta ser una reunión
reflexiva de individuos y familias, para auxiliarse
mutuamente para la satisfacción de sus necesidades
(físicas, morales e intelectuales). Si el municipio
resulta de la combinación de fuerzas naturales, si la
familia es reunión elemental por razón de afectos y en
consecuencia natural, el municipio, como reunión de
elementos naturales, resulta un ser natural, sin
artificios y que se origina del principio de asociación y
del reflexivo aprovechamiento de ese Principio.”
Esta corriente promueve que el origen real del
municipio es la mera reunión social de forma
organizada por un fin necesario para la subsistencia del
grupo, y que no se puede lograr trabajando de forma
aislada.
Legalista
Según Hernández A (2014) “recogiendo la tendencia
anti histórica y unificadora de la Revolución Francesa,
que quiso hacer tabla rasa de todo lo pasado,
estableciendo un sistema uniforme, simétrico y
centralizado. El municipio no reposa aquí sobre una
base social y jurídica de carácter tradicional, sino que
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se amolda a unas normas apriorísticas dictadas por el
legislador’’. Esto quiere decir, que el municipio se
origina netamente por consecuencia de la redacción y
aprobación de una Ley por parte de un poder superior
a este.
Economicista
o
Capacidad económica
Carmona R (s/f) ‘‘(…) el economismo municipalista
postula al municipio como una agrupación de familias
con finalidad económica y cuya formación y desarrollo
es de causa económica.’’
La idea central de esta escuela se sostiene en e l hecho
de que la raza evoluciona en la medida que se
desarrollan instituciones económicas. En
consecuencia, el municipio es una derivación de la
economía, puesto que es quien la caracteriza y
determina. Vale la pena resaltar que los seguidores de
esta doctrina municipal, se apoyan en el concepto de
“Autarquía Municipal”.
Histórico
O
Anglogermánico
Albi F (s/f) “(…) se caracteriza por la persistencia de
las viejas modalidades orgánicas surgidas de modo
espontáneo a través de los siglos. Fundamentalmente,
dominan en el mismo dos distintas notas: la variedad y
la asimetría. No contiene una fórmula única de
gobierno local, aplicable de modo uniforme a todas las
divisiones territoriales de la misma naturaleza, sino
distintas clases de organismos de estructura no
coincidente, esparcidas de modo irregular por toda la
superficie del país, con una diferenciación muy
acusada entre el medio urbano y el rural, sometiendo
uno y otro a tratamiento distinto. La ley no suele
establecer un mínimo de condiciones indispensables
para que pueda constituirse una organización
municipal, y en este sentido se ha afirmado que el
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municipio en dicho sistema, no es una creación legal.”
Étnico cultural
Esta tendencia a tenido bastante auge en América
Latina, ya que, su norte más fuerte es la protección o
resguardo de los pueblos originarios y la conservación
del acervo histórico-cultural de la comunidad. Este
hecho resulta de suma importancia pues es en base a
las raíces originarias que se sostiene el tesoro local.
Por esta causa el municipio se hace responsable de la
administración y preservación.
Bajo estas distintas corrientes y sus derivadas, es que los Estados, a lo
largo del tiempo han ido estableciendo sus municipios, quizás con otros nombres,
pero manteniendo la esencia que comparten estas escuelas “comunidades de
personas, que viven en vecindad y que comparten objetivos y necesidades”. Ahora
bien ¿Qué diferencia existe entre una y otra?, se puede decir que en primera
instancia es la forma en que se crea u oficializa ese grupo, por otra parte, está la
forma en que ocurre ese hecho al punto de llegar a ser reconocido por las
autoridades a nivel macro.
En ese primer plano, tenemos a las escuelas Jusnaturalista y Legalista,
quienes aceptan la existencia del municipio, la primera lo considera como un
hecho plenamente natural, es decir, que ocurre casi que, por instinto del hombre,
cosa que no está del todo mal, pero, que revisando un poco más a fondo no es del
todo cierta, ya veremos por qué. En segundo lugar, está la escuela Legalista, que
afirma, que la existencia de un municipio es posible solamente cuando una Ley o
un documento emanado de la autoridad superior a este grupo de personas, así lo
decide, dando a entender, que si en un terreno vacío hay tres (3) personas el
Gobernante por su soberanía puede ordenar que estos se conviertan en un
municipio y emite un decreto y ya está.
Sin embargo, se considera que deben cumplirse ambas premisas para que
un municipio sea funcional, puesto que hacerlo de la forma legalista, involucraría
en ocasiones forzar a más personas a ir o cumplir reglas en contra de su voluntad;
igual si fuera solo por la parte Jusnaturalista, se sabe que el hombre por naturaleza
le cuesta estar en orden y mantener una igualdad generalizada, por lo cual no tener
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basamentos y normativas harían que a la larga, sea propenso al caos y su propia
destrucción.
En las otras tres escuelas tenemos una mayor relación con el porqué del
hecho, y vemos que se ven tres bastante marcados: la parte cultural, ligada a las
civilizaciones originarias que ya habitaban el lugar y que hacen que las futuras
generaciones que coexisten en las cercanías y aumenten en número; la parte
económica, que indica que solo se unen porque necesitan recursos económicos
para subsistir y desarrollarse (omitiendo la parte moral y religiosa); y por último
la forma Anglogermánico, que está bastante marcada por ser algo irregular con
sus criterios para la formación o no de un municipio así como por una acentuada
diferencia social y de trato entre las zonas urbanas y rurales, donde la primera
suele someter a la segunda. Se plantea que estas corrientes pesan más las razones
de orígenes (que no están erróneas del todo) no obstante, siempre es necesario un
equilibrio y normalización, que promueva la igualdad entre tierras y sus
habitantes.
A manera conclusiva de este ensayo, y previa revisión documental, resulta
oportuna la definición de municipio que rige en Venezuela, en la Carta Magna
en su artículo 163 dicta “Los Municipios constituyen la unidad política primaria
de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro
de los límites de esta Constitución y de la ley.”; a lo cual añade la Ley Orgánica
del Poder Público Municipal en su art. 2 “(…) Sus actuaciones incorporarán la
participación protagónica del pueblo a través de las comunidades organizadas,
de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición y ejecución de la
gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados.”, al leer eso junto
con el artículo 10 de la Ley antes mencionada, que habla de las condiciones para
la creación de un municipio y parte del 169 de la Constitución, se puede concluir
que el Estado, toma en cuenta muchas o todas de las corrientes antes estudiadas,
puesto que dicta el requisito de una agrupación de personas (esto omitiendo la
creación de parroquias), la aprobación mediante Leyes, que posean recursos
económicos, el cuidado de recursos históricos, la inclusión de pueblos indígenas
(originarios), es decir el legislador buscó abarcar la mayor cantidad de escenarios
posibles, cosa que se puede palpar en el plano real hoy día.
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BIBLIOGRAFÍA
Asamblea Nacional. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(1999). Caracas.
Asamblea Nacional. Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010).
Caracas.
Hernández, A. (2003). Derecho Municipal, parte general. México D. F.
Editorial: Universidad Nacional Autónoma de México.
Hernández, P. (1991). Derecho Municipal. México D. F. Editorial: Universidad
Nacional Autónoma de México.
Mamá es Profesionista. (2014). Derecho Municipal, conceptos generales.
[Blog]. Consultado el 25 de mayo del 2020. Disponible en:
https://losapuntesuniversitarios.blogspot.com/2014/04/derecho-municipal-
conceptos-generales.html.
Martínez, P. (2014). El municipio, la ciudad y el urbanismo. México D. F.
Editorial: Universidad Nacional Autónoma de México.
Urdaneta, A. (s/f). La organización municipal y la participación en la gestión
local, conforme a la nueva Ley. [Ensayo]. Caracas.