La Diapositiva contiene el resumen del trabajo de investigación desarrollado en las comunidades nativas Awajun del Alto Mayo-Perú. Sobre la aplicación de la justicia comunal y la contradicción con la justicia oficial peruana.
CULTURA NAZCA, presentación en aula para compartir
Informe invest 2015
1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN-TRAPOTO
VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN
OFICINA DE INVESTIGACIÓN
CONCURSO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN 2015
Autores:
L. Bardales, W. Chávez y A. Quinteros.
Colaboradores:
R. Castañeda, J. Yamunaque, G. Gómez, J. Carrillo, J. Reátegui, J.
Deza y K. Panduro
INFORME
“La colisión de la administración de justicia comunal con
la administración de justicia ordinaria en el delito
contra la seguridad pública en la modalidad de tenencia
ilegal de armas de fuego; en la etnia Awajún, provincia
de Rioja, región San Martin - 2015”.
2. El estudio tiene como propósito determinar los factores que inciden para la colisión entre la
administración de justicia comunal con la administración ordinaria en el delito de tenencia ilegal
de armas de fuego en la etnia Awajún de la provincia de Rioja, región San Martín, 2015. La
investigación es de tipo descriptiva, la población y muestra de estudio la conformaron 458
pobladores Awajún, a quienes se les aplicó una encuesta; se entrevistó a cinco Jefes o Apus de las
comunidades nativas, a siete autoridades vinculadas con la justicia ordinaria: Se analizaron
expedientes y sentencias sobre error culturalmente condicionado y el caso Melvin Wajajai
Espinoza.
Los resultados indican: Que el 91% de los pobladores Awajún utilizan armas de fuego con fines
de caza y seguridad, formando parte de su costumbre y tradición. Los Jefes o Apus, afirman que
los pobladores no conocen los procedimientos sobre el registro de armas de fuego. El 96%
recurren a la justicia comunal, el 70% cree la tenencia ilegal de armas de fuego debe resolverlo la
justicia comunal.
No existe un criterio homogéneo para resolver la colisión entre ambos sistemas de justicia. Pese a
la existencia normativa, estos persisten: por la ausencia de un plan sostenible de capacitación a
los operadores de justicia y a los población Awajún; por la confusión doctrinaria reinante sobre
las competencias de la justicia comunal y la justicia ordinaria, y la aplicación indebida del art. 15
del Código Penal; motivada por la concepción ideológica política etnocentrista y las discrepancias
entre los modelos de integración-coordinación-autonomía del sistema jurídico.
Palabras clave: Justicia comunal, justicia ordinaria, tenencia ilegal de armas de fuego, error
culturalmente condicionado.
RESUMEN
3. INTRODUCCIÓN
El sistema de justicia colonial y virreinal implantado en el
Perú y Latinoamérica se desarrolló sobre la base de
relaciones injustas y antihumanas. Las poblaciones
indígenas fueron sometidas a tratos vejatorios. La
República no resolvió esta situación por el contrario en
algunos casos las agravó; como lo sucedido en la
explotación del caucho.
Pese a los esfuerzas del sistema judicial peruano por
introducir mecanismos de coordinación entre la justicias
comunal y la ordinaria. Las contradicciones y conflictos
persisten.
4. Problema:
¿Cuáles son los factores que determinan la colisión de la
administración de justicia comunal con la justicia
ordinaria en relación al delito contra la seguridad
pública en la modalidad de tenencia ilegal de armas de
fuego en la etnia Awajún de la provincia de Rioja,
región San Martín?
5. Objetivo General:
Determinar los factores que inciden en la colisión de
la administración de justicia comunal con la justicia
ordinaria en el delito contra la seguridad pública en la
modalidad de tenencia ilegal de armas; la etnia
Awajún de la provincia de Rioja, región San Martín.
6. Se aplicó métodos cuantitativos y cualitativos. La población y muestra de
estudio lo conformaron 458 pobladores de 8 comunidades Awajún; los Apus
de las comunidades nativas, la Jueza de Paz no Letrada y Gobernador del
distrito de Awajún, los Comisarios de la PNP de Nueva Cajamarca y
Naranjos, el Fiscal en lo Penal de Nueva Cajamarca, la Directora de la
Defensa Pública y el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San
Martín (Moyobamba).
Se analizaron sentencias sobre casos seguidos a pobladores indígenas en el
contexto internacional y nacional y a nivel regional el caso M. Wajajay,
seguido por la Defensa Pública de Nueva Cajamarca. Asimismo, se realizó el
análisis doctrinario y jurídico sobre el delito contra la seguridad pública y
tenencia ilegal de armas de fuego y la interpretación de la jurisprudencia
internacional y nacional sobre sentencias y acuerdos plenarios enmarcados
en la aplicación del Convenio 169 OIT, el Art. 149 de la Constitución
Política, el Art. 15, sobre «error de comprensión culturalmente
condicionado», y su relación con Art. 20 y el Art 42 del CP.
METODOLOGÍA
7. COMUNIDAD NATIVA Pob. Tot Pob. Mayor Muest
Alto Naranjillo 125 69 28
Bajo Naranjillo 446 233 91
San Juan de rio Soritor 414 228 89
Shampuyacu 595 231 90
Bajo Tumbaro 176 77 30
Kuchum 106 47 20
Alto Mayo 615 231 90
Huasta 135 51 20
TOTAL 2 612 1 167 458
8.
9.
10. RESULTADOS
N° Tipos de conflictos f %
1 Peleas y ataques entre comuneros 353 77,1
2 Robo y hurto 67 14,6
3 Asalto 6 1,3
4 Violación 4 0,9
5 Con los colonos por ocupación de tierras 12 2,6
6 Por caza y tala en territorio comunal 2 0,4
7 Con la PNP y Fiscalía 3 0,7
8 Con el Poder judicial 1 0,2
9 Otro: Asesinato, brujería, violencia
familiar
10 2,2
Total 458 100
Tabla N° 1: ¿Qué tipos de conflictos y problemas se
presenta en la comunidad?
Tabla N° 2.- ¿En casos de conflictos y problemas a
dónde recurres para resolverlos?
N° Respuestas f %
1 Con el jefe de la comunidad 444 96,9
2 A la Asamblea comunal 88 19,2
3 Al Juzgado de Paz no Letrado 28 6,1
4 A la Policía Nacional del Perú 20 4,4
5 A la Fiscalía Provincial 17 3,7
6 Otro 2 0,4
N° Respuesta f %
1 Si 154 34
2 No 304 66
Total 458 100
Tabla N° 3: ¿Conoces de algún comunero denunciado
ante la justicia ordinaria?
N° Tipos de armas utilizadas f %
1 Flecha 41 8,9
2 Pukuna 142 31,0
3 Tramperos 67 14,6
4 Retrocargas o escopetas 356 77,7
5 Dinamita 37 8,0
6 Barbasco y huaca 323 70,5
7 Otro 8 1,7
Total 458 100
Tabla N° 4: ¿Qué tipo de armas utilizas para la caza y la
pesca?
11. Tabla N° 6: ¿Utilizar arma de fuego forma parte
de tu costumbre, tradición y seguridad
comunal?
N° Respuesta f %
1 Si 385 84
2 No 73 16
Total 458 100
N° Adquisición del arma
de fuego
f %
1 Lo presto 37 8
2 Lo compro 366 80
3 Lo herede de mis padres 43 9
4 Otro 12 3
Total 458 100
Tabla N° 7 ¿Cómo adquiriste el arma de fuego?
N°
Respuesta Frecuencia Porcentaje
1 Si 405 88
2 No 53 12
Total 458 100
Tabla N° 9: ¿Conoces que para la tenencia y uso
de armas de fuego es necesario contar con tarjeta
de propiedad y licencia para su uso?
Tabla N° 8: ¿Conoces el caso de algún comunero que
haya sido procesado en la justicia ordinaria por posesión
de armas de fuego?
N° Respuesta f %
1 Si 67 15
2 No 391 85
Total 458 100
12. Tabla N° 10: ¿Dónde crees debe resolverse el problema
de la tenencia ilegal de armas de fuego?
N° ¿Dónde debe resolverse el
problema?
f %
1 En la justicia comunal 323 70,5
2 En el poder judicial 94 20,5
3 En el juzgado de paz 25 5,5
4 Otro 16 3,5
Total 458 100
N° Tipo de justicia preferida f %
1 La justicia comunal 326 71,2
2 La justicia ordinaria 132 28,8
Total 458 100
Tabla N° 11.- ¿Cuál de los dos tipos de justicias
resuelve mejor los problemas de la comunidad?
N° ¿Cómo calificas a la justicia
ordinaria?
f %
1 Mala 65 14,2
2 Regular 254 55,5
3 Buena 139 30,3
Total 458 100
Tabla N° 12.- ¿Cómo calificas a la justicia ordinaria?
N° Respuesta f %
1 Si 327 71,4
2 No 131 28,6
Total 458 100
Tabla N° 13.- ¿Estás de acuerdo contar con un
Concejo Mayor de Justicia Comunal?
13. Resultados de las entrevistas aplicadas a Jefes de las
Comunidades Nativas , Presidente de la FERIAAM,
Jueza de paz no letrada, Gobernador de Awajún
Comisarios de la PNP, Fiscal de Nueva Cajamarca,
Directora de la Defensa Pública y Presidente de la
Corte Superior de Justicia - Moyobamba
14. Elsa Peas Cahuaza, Jueza de Paz No Letrada DE
Awajún : “Estos casos deben ser resueltos en la
comunidad, especialmente si se trata de tenencia de
escopetas, porque los pobladores usan este tipo de
armas para cazar animalitos..”
Tomas Wajajai (Apu de Shampuyacu): “Desde el punto
de vista de nosotros la justicia ordinaria mucho se
equivoca, a veces una persona ha sido condenada siendo
inocente. Nosotros la Justicia Comunal es rápida, no hay
mentalidad de seguir, sino de llegar a una solución
conciliar.”
Mariano Entsakua Sutam, Presidente de la
FERIAAM: “Estamos trabajando para la conformación
de Consejo Mayor de Justicia comunal … este Consejo
debe tener mayor competencia que la justicia de las
comunidades, para resolver en última instancia los casos
que no pueden resolverlo los jefes de las comunidades.
15. May. Rubio Masa, Comisario PNP de Nue va
Cajamarca: “Debe aplicarse la justicia ordinaria;
la ley de tenencia ilegal de armas, en ningún párrafo
dice, que están exceptos los comuneros nativos…”
Dra. Quezada Hidalgo, Directora de la Defensa Pública de
San Martín: “…Como Defensa Pública pedimos que se respete la
jurisdicción dentro de su territorio”. El 2014; creamos y
lanzamos el Protocolo sobre la justicia comunal, en el que se
establece los criterios y procedimientos orientados a respetar las
costumbres y leyes de las comunidades. Indicando que las
comunidades pueden intervenir en los caso de lesiones leves; en
los delitos graves, si debe intervenir la justicia ordinaria; en
ambos casos debe haber coordinación y aplicación adecuada del
protocolo”.
16. Dr. Montenegro, Pdte. de la Corte Superior de Justicia
de San Martín “…La justicia comunitaria o especial tiene
competencia para resolver los conflictos que se presentan al
interior del territorio de la comunidad no solo deben resolver
delitos menores…”
Dr. Julio Heber Santos Góngora; Fiscal Provincial Penal
Corporativo de Nueva Cajamarca: “No podemos ingresar a la
comunidad nativa, varias veces intentamos establecer
coordinaciones, en todo momento se han opuesto al ingreso a las
comunidades, porque ellos hacen la justicia por sus propias
manos, como lo establece los convenios internacionales… no se ha
podido intervenir ni la Policía ni el Ministerio Público”
«En caso de tenencia ilegal de arma de fuego, debe ser
competencia de la justicia ordinaria; pero debo considerar que los
nativos no utilizan otro tipo de arma de fuego, aparte de la
escopeta con fines ce caza y de subsistencia. Aún en este caso,
deben cumplir con la licencia del arma ante el organismo
correspondiente.
17. Segundo Campos Huamán Comisario PNP (e) de Naranjos
(Distrito Pardo Miguel): “Se han registrado pocos casos de
tenencia ilegal de armas de fuego, porque ellos usan armas de
fuego para su caza, el armamento que utilizan son las
retrocargas y escopetas, no tenemos registrados casos en que
los nativos hayan usado su arma de fuego para cometer delitos.
…Han sido intervenidos en la carretera Fernando Belaunde
Terry, y puestos a disposición de las autoridades y damos cuenta
al Ministerio Público para su investigación, plenamente
identificado la persona y registrado el arma”.
Lenin Samash Kawaza, Gobernador del
Distrito de Awajun: «El caso de Tenencia ilegal
de armas debe ser resuelto en las dos instancias,
debe consultarse a los Jefes de las comunidades…La
Justicia comunal, es más justa y rápida. La Justicia
ordinaria a veces comete errores. Lo que pasa es
que nosotros no tenemos cárceles»
18. Los estudios de Marzal, Yrigoyen, Peña Cabrera, Hurtado Pozo,
Bramont Arias Baratta y otros autores indican que en el Perú se ha
producido lucha irreconciliable entre el sistema político de
dominación europea y el derecho de los pueblos indígenas; el cual se
ve sometido a la aplicación de un enfoque monista del Derecho.
Confirmando que una de las causas más importantes para la colisión
entre estos dos sistemas de justicia tengan bases culturales e
ideológicas.
No existe un criterio único sobre cómo resolver el conflicto entre
ambos sistemas de justicia. ello se ve reflejada en las opiniones
vertidas por un sector de autoridades, donde únicamente ponderan la
justicia ordinaria. domina sobre la justicia. (Martínez Huamán, 2007).
DISCUSIÓN
19. El 91% de la población dice poseer un arma de fuego
(escopeta, trampero) la cual, es utilizada como medio de
subsistencia.
La intervención de comuneros Awajún, por estar portando un
arma de fuego (escopeta), no debería ser considerada como
delito de tenencia ilegal de armas de fuego. La discrepancia
sobre como tipificar este caso; debe ser concordado entre
todas las instancias.
Debe mejorarse la coordinación entre los operadores de
justicia ordinaria con las comunidades nativas.
La Constitución del Consejo Superior de Justicia Comunal,
constituye un paso decisivo hacia la institucionalización de la
justicia comunal autónoma
CONCLUSIÓN
21. A los pobladores de las comunidades nativas Awajún, a los Apus,
al Presidente de la FERIAAM; Mariano Ensakua Sutam, a la Jueza
de Paz no Letrada de, Elsa Peas, al Gobernador; Lenin Samash, a
la Municipalidad Distrital de Awajún.
A los Comisarios PNP de Nueva Cajamarca y Naranjos; My. Masa
Correa y Tnte. Campos Huaman,, al Fiscal de Nueva Cajamarca,
Dr. Santos Góngora a la Directora de la Defensa Pública Dra.
Quezada Hidalgo, al Presidentes de la Corte Superior de Justicia
de San Martín Dr. Montenegro Muguerza.
Al Dr. Roberto Caldearon Reaño, Defensa Pública de Nueva
Cajamarca.
AGRADECIMIENTOS:
22. Referencias Bibliográficas
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