2. Las tics en la educación
En el marco legal Venezuela se fundamenta de manera concreta
en nuestra Carta Magna del 1999. donde establece en los
articulos (108, 109,110) que el estado venezolano garantizara y
designara recursos suficientes para el servivio de informacion
mediante los servicios de informatica y medios de comunicacion
en pro del conocimiento y al derecho a acceder a la informacion.
La actual Constitucion Nacional de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela reconoce como de interés
público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y
sus aspiraciones y los servicios de información, a los fines de
lograr el desarrollo económico, social y político del país, y que el
Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Ciencia y
Tecnología donde actualmente asume y absorbe al ministerio del
poder popular para las Telecomunicaciones a partir del 14 de
Mayo del presente año.