1. AFILIADOS BANCARIOS ORGANIZADOS – ABO
“EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS Y POR LA FORTALEZA DE NUESTRA CAJA BANCARIA”
GACETILLA INFORMATIVA
EL VELO DE LA CORRUPCION ES FUERTE.
Nuestra lucha ante la grosera CORRUPCION instalada en nuestra Caja Bancaria, hizo que
recorriéramos todas las instancias administrativas de Contralorías y de Seguridad Social del
país, a objeto de encontrar una voluntad de hacer frente a esta situación que
inexorablemente conduce a una nueva crisis financiera de la Entidad y por ende afectará
directamente a todos los Afiliados a la Caja Bancaria.
De la misma forma estamos golpeado las puertas de la Fiscalía con la presentación de seis
causas penales de investigación por LESION DE CONFIANZA que afectan a las
Autoridades de la Caja Bancaria.
Nuestra lucha fue direccionada a áreas bien definidas como:
1. ADMINISTRATIVA: Hemos cursado notas y visitado al Ministerio del Trabajo,
Empleo y Seguridad Social, La Contraloría General de la República, Defensoría del
Pueblo, la Secretaría de la Función Pública, Senadores, Diputados, Secretaría
Nacional Anticorrupción, Procurador General de la República, Miembros del
Directorio del Banco Central del Paraguay, Ministerio de Hacienda,
Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Seguros y el Presidente del
Banco Central del Paraguay.
A cada uno de estos estamentos hemos entregado fotocopias de documentos que
demuestran fehacientemente sendas irregularidades administrativas en la Caja
Bancaria, lo cual representa una grave situación financiera y económica y ante la
gravedad del caso se han formulado denuncias ante el Ministerio Público debido a
la falta de respuesta o acción de los entes definidos como contralores.
En tal sentido las acciones realizadas y logradas son:
- Imputaciones de todos los Miembros del Consejo de Administración de la Caja
Bancaria.
- Acusación Fiscal del Ex Gerente General de la Caja Bancaria.
- Otras Cinco Causas Penales de Denuncias ante Ministerio Público por LESION
DE CONFIANZA que involucra a todos los Miembros de la Caja Bancaria.
- Denuncias de la propia Auditoría Interna de la Caja Bancaria.
- Denuncias de la Superintendencia de Bancos y Superintendencia de Seguros del
Banco Central del Paraguay.
- Denuncias de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP)
- Denuncias de la Contraloría General de la República (CGR)
- Denuncias del Síndico designado en la Caja Bancaria.
- Planillas demostrativas del Vaciamiento Sistemático de la Caja Bancaria.
- Notas presentadas a cada uno de estos estamentos administrativos.
- Informes y Dictámenes de Tres Peritos de la Corte Suprema de Justicia.
- Documentos firmados por el Presidente José Caballeros y el Miembro del
Consejo Miguel Oro, en el Caso Karaku.
- Denuncias ante la Opinión Publica, en prensa Escrita.
2. JUDICIAL: Anten el Ministerio Público
- Causa N° 13/2017 “Cesar Rodrigo Amarilla y Otros S/Lesión de Confianza.-
(Caso Karaku)
- Causa N° 184/2017 “Persona Innominada s/Lesión de Confianza” (Caso
Digitalización).
- Causa N° 275/18 “Personas Innominadas S/hechos punibles contra el
Patrimonio” (Caso Cancha Sintética) Prohibida por la Super del BCP.
- Causa N° 119/15”Angel Ramón Chamorro y Otros S/Lesión de Confianza”
(Caso Sobre-Salarios).
-
2. AFILIADOS BANCARIOS ORGANIZADOS – ABO
“EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS Y POR LA FORTALEZA DE NUESTRA CAJA BANCARIA”
- Causa a Designar “Hecho Punible de Lesión de Confianza” (Caso Honorario
Indebido por GS. 110 millones).
- Causa a Designar “Doble Salarios” Miguel Ramón Oro Domínguez, Carlos E.
Díaz Casabianca y Víctor Barua M.”
-
3. OPINON PUBLICA: Con estas documentaciones hemos visitado, periódicos,
televisión y radios a objeto de dar a conocer las barbaridades cometidas en nuestra
Entidad de Amparo Social, hoy día convertido en perseguidor de Jubilados y
Pensionados quienes exigen transparencia a las actuales autoridades.
ESCENARIO ACTUAL:
En el mes de Octubre/18 hemos iniciado un acercamiento con el Banco Central del
Paraguay, mediante la buena predisposición de su Presidente el Dr. José Cantero, quien
amablemente recibió el cúmulo de nuestras documentaciones relacionadas a las numerosas
irregularidades, y derivó a su equipo técnico para su correspondiente evaluación.
Resultado de este evento lo tuvimos el día viernes 2/noviembre/18, con la participación del
Equipo Técnico del Banco Central que participaron de la tarea de evaluación del caso.
En representación de nuestro equipo estuvieron los Co. Lic. Fernando Aguayo, la Sra.
Rosa de Acuña, el Lic. Julio Estigarribia, Dr. Alfredo Chena y el MDE Lic. Abel Florentín.
El Equipo Técnico del Banco Central se integró por la Lic. Patricia Capurro, Nicolasa Vera,
Derlis Penayo, Marcos González entre otros, con la coordinación del Señor Presidente del
BCP Dr. José Cantero.
Si bien nuestra lucha en este terreno con el BCP viene desde el mes de marzo de 2016, en
ese conversatorio quedo instalado la gravedad de los casos denunciados por la propia
Superintendencia de Bancos, como el caso del funcionamiento clandestino de una
financiera dentro de la Caja Bancaria, en el caso Karaku, como el uso de los recursos de la
propia Caja Bancaria, los préstamos a ser reclasificados como refinanciados, como también
el de la pérdida patrimonial por la diferencia de Tasa de Prestamos que del 23% fueron
cancelados y refinanciados tan solo al 10%, al igual como la falta de copias detectado por la
propia superintendencia en el caso Digitalización, y la prohibición de la construcción de la
cancha sintética que a pesar de esta prohibición la Caja lo construyó y otros casos de
gravedad, detectados por la Superintendencia.
A su vez, la Superintendencia de Seguros, en el año 2015 había emitido informe a la Caja
Bancaria informando que el Patrimonio de la Caja entraría en déficit en el año 2031, por lo
cual recomendaba la adopción e implementación de medidas correctivas drásticas como la
reducción de los gastos administrativos, lo cual incumplieron y por el contrario
incrementaron drásticamente, lo cual conspira e impacta para anticipar la época del
momento DEFICITARIO DEL PATRIMONIO de la Caja Bancaria.
A esta altura el Presidente Dr. Cantero, informa al equipo de la vigencia de una nueva Ley
6.104/18, qué modifica la Ley 489 del BCP, mediante la cual el BCP ya cuenta con un
marco legal adecuado para la posible regulación, control e intervención de las Cajas de
Jubilaciones entre las otras Entidades bajo su control.
En tal sentido y en uso de las atribuciones que le confiere la mencionada Ley, el BCP emite
4 Resoluciones utilizando ya las, los cuales son:
- Res. N° 3 – Acta N° 7 de fecha1 de noviembre de 2018 – Información sobre
personas que ejercen los cargos de Presidente, Miembro del Consejo, la Plana
Ejecutiva y Otros Cargos de la Cajas de Jubilaciones y Pensiones de Empleados
de Banco y Afines.
- Res. N° 4 – Acta N° 71 de fecha 1 de noviembre de 2018 – Reglamentaria para
la realización de Auditorías Externas Independientes a la CJPLEBA.
- Res. N° 5 – Acta N° 71 de fecha 1 de noviembre de 2018 – Normas Técnicas de
valuación de Bienes.
3. AFILIADOS BANCARIOS ORGANIZADOS – ABO
“EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS Y POR LA FORTALEZA DE NUESTRA CAJA BANCARIA”
- Res. N° 6 – Acta N° 71 de fecha 1 de noviembre de 2018 – Reglamentaria para
la Gestión del Riesgo Operacional de la CJPEBA.
Igualmente informa de que se irán produciendo más Resoluciones a objeto de lograr la
corrección, sustentabilidad y sostenibilidad de la CJPEBA, hasta llegar a la Intervención,
siempre y cuando se reúnan los requisitos establecidos por la Ley, a criterio del Equipo
Técnico del BCP.
Nuestra opinión sobre estas Resoluciones;
- Aplaudimos la promulgación de una Ley como la 6.104/18, que defina de una
buena vez, de quién es la responsabilidad de cuidar, corregir e intervenir si fuere
el caso a nuestra Caja Bancaria en caso de necesidad, porque hasta este
momento el principal problema de nuestras autoridades es que se tiraban la
pelota entre si, sin poder definir. Ahora que ya está definida sabemos
exactamente quien es el responsable sobre del caso. Es decir el BCP ya no
puede eludir su responsabilidad como lo venia haciendo.
- También aplaudimos la emisión de estas Resoluciones en un mismo día, lo cual
es una tibia muestra del interés de mejorar el control sobre nuestra Caja
Bancaria.
- Ahora bien, el contenido de las mismas, son de aplicaciones a largo plazo, y no
se compadece de la emergencia existente hoy dia en cuanto a la deteriorada
salud financiera y económica de la Caja Bancaria, por las numerosas
irregularidades administrativas comprobadas.
- A nuestro criterio habiéndose demostrado fehacientemente la existencia de una
alevosa corrupción en varias operaciones administrativas realizadas por las
autoridades actuales de nuestra Caja, que sobrepasa ampliamente el concepto de
una “Mala Gestión Administrativa”, varios de ellos judicializados, solicitamos y
tenemos la plena convicción de que la INTERVENCION INMEDIATA de la
Caja Bancaria ya no puede esperar, y están dadas absolutamente los requisitos
para dicha acción por parte del BCP.
INTERVENCION YA:
Habiéndose disipado la duda, de quién es la autorizada para la intervención de nuestra Caja
Bancaria, resta por definir el sustento legal para la INMEDIATA INTERVENCION.
En primer lugar, la Carta Orgánica de nuestra Caja la Ley 2856/6 en su Art. 70 – Inc. 2 -
establece como causal de Intervención de la Caja, sic “2) por graves irregularidades
cometidas en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo
dictamen del Síndico y de una consultora externa de la Caja; y
Condición 1: “por graves irregularidades cometidas en la administración de sus
bienes”
- Esta Condición está sobradamente demostrada con todas las documentaciones
arrimadas, en especial las 6 (seis) Notas de la Superintendencia de Bancos y de
Seguros del BCP.
Condición 2: “previo dictamen del Síndico”
- Se han arrimado y entregado al Equiipo Tecnico conformado por el Presidente
del BCP, 13 (trece) Informes del Síndico de la Contraloria ante la Caja
Bancaria. También cubierto y cumplido.
Condición 3: “una Consultora Externa de la Caja”
- Esta exigencia carece de validez porque la Caja no cuenta con Consultora
Externa.
4. AFILIADOS BANCARIOS ORGANIZADOS – ABO
“EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS Y POR LA FORTALEZA DE NUESTRA CAJA BANCARIA”
- No obstante, hemos arrimado 3 (tres) informes y Dictámenes de Peritos
Matriculados ante la Corte Suprema de Justicia, que sustituye con mas autoridad
profesional que cualquier otro informe de Consultoras Externas.
CONCLUSION:
No disponer la INMEDIATA INTERVENCION de la Caja Bancaria, será exclusiva
responsabilidad del Banco Central del Paraguay, con las consecuencias civiles y
penales que conlleva toda acción u omisión que motive una eventual Quiebra Técnica
de la Caja Bancaria, en perjuicio de la gran familia de afiliados activos, jubilados y
pensionados.
La INTERVENCIÓN no persigue otro propósito rencausar las acciones
administrativas que devuelvan a la Entidad su Salud Financiera, Económica y
Patrimonial. Es decir en este crucial momento representará una medida de salvataje
para prevenir lo peor.
Los hechos de corrupción desarrollados y reiteradas veces concretadas por diferentes
medios, además del vaciamiento sistemático que sufre la Caja Bancaria, debidamente
denunciadas ante la Fiscalía ameritan suficientemente la toma de decisión de corregir
esta situación a objeto de salvar la Caja Bancaria, por parte del propio Poder
Ejecutivo a través de su Organismo Contralor Banco Central del Paraguay.