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CARRERA PROFESIONAL 20 – CONTABILIDAD
MÓDULO Análisis Financiero
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CRÉDITOS - TURNO 03-NOCHE
SEMESTRE 2023-II
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ECONO. Marco Antonio Samaniego Raqui
Dirección General de
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de Hacienda
LEY N° 28708
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL
DE CONTABILIDAD
Dirección General de Contabilidad Pública
I 3
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD
LEY N° 28708
Uniformidad
Integridad
PRINCIPIOS REGULATORIOS Oportunidad
Transparencia
Legalidad
4
Dirección General de
Contabilidad Pública
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Economía y Finanzas
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Viceministro
de Hacienda
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY
Artículo 1.- Objeto de la Ley
Establecer el marco legal para dictar y aprobar
normas y procedimientos que permitan armonizar
la información contable de las entidades del sector
público y del sector privado, así como elaborar, para
elaborar, las cuentas nacionales, la Cuenta General
de la República, las cuentas fiscales y efectuar el
planeamiento que corresponda.
5
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
La presente Ley es aplicable a todas las entidades del
sector público y privado, en lo que corresponda.
I 6
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y CONFORMACIÓN DEL
SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD
Artículo 3.- Definición
El Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de
políticas, principios, normas y procedimientos contables
aplicados en los sectores público y privado.
Artículo 4.- Objetivos
El Sistema Nacional de Contabilidad tiene los objetivos
siguientes:
I 7
Objetivos
a) Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los
sectores público y privado.
b) Elaborar la Cuenta General de la República a partir
de las rendiciones de cuentas de las entidades del
sector público;
c) Elaborar y proporcionar a las entidades
responsables, la información necesaria para la
formulación de las cuentas nacionales, cuentas
fiscales y al planeamiento; y,
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
I 8
Objetivos
d) Proporcionar información contable oportuna para
la toma de decisiones en las entidades del sector
público y del sector privado.
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
I 9
La Dirección General de Contabilidad Pública órgano
rector del sistema;
El Consejo Normativo de Contabilidad.
Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces,
para las personas jurídicas de derecho público, y de
las entidades del sector público; y,
Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces
para las personas naturales o jurídicas del sector
privado.
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Conformación del Sistema Nacional de Contabilidad
I 10
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA
Atribuciones:
a) Emitir resoluciones dictando y aprobando las NICSP,
normas y procedimientos de contabilidad que
deben regir en el sector público.
b) Elaborar la Cuenta General de la República
procesando las rendiciones de cuentas remitidas
por las entidades del sector público.
c) Definir la contabilidad que corresponda a las
entidades del sector público de acuerdo a su
naturaleza jurídica o característica operativa.
I 11
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA
d) Elaborar información contable de carácter financiero
y presupuestario para facilitar la formulación de las
cuentas nacionales, las cuentas fiscales, el
planeamiento y la evaluación presupuestal.
e) Evaluar la adecuada aplicación de las normas,
procedimientos y sistemas de información contable
aprobados.
f) Interpretar las normas contables que haya aprobado
y absolver consultas en materia contable de su
competencia.
I 12
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA
g) Opinar en materia contable respecto a los proyectos
de dispositivos legales y,
h) Efectuar acciones de capacitación.
I 13
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
EL CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD
El consejo Normativo de Contabilidad es presidido por un
funcionario nombrado por el Ministro de Economía y Finanzas,
y es integrado por un representante de cada una de las
entidades que se señala:
a) Banco Central de Reserva del Perú – BCRP.
b) Comisión Nacional Supervisora de Empresa y Valores –
CONASEV.
c) Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de
Fondos de Pensiones – SBS.
d) Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –
SUNAT
I 14
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
e) Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.
f) Dirección General de Contabilidad Pública – DGCP.
g) Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos
del Perú.
h) Facultades de Ciencias Contables de las universidades
del país.
i) Confederación Nacional de Instituciones Empresariales
Privadas.
I 15
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Atribuciones de las Oficinas de Contabilidad
a) Proponer Proyectos de normas y procedimientos
contables al órgano rector;
b) Proponer el manual de procedimientos contables de la
entidad a que correspondan, sin transgredir ni
desnaturalizar las normas y procedimientos vigentes; y,
c) Efectuar el registro y procesamiento de todas las
transacciones de la entidad a que correspondan,
elaborando los estados financieros y complementarios,
con sujeción al sistema contable de su competencia
funcional.
I 16
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Registro de Contadores del Sector Público
a) La Dirección General de Contabilidad Pública,
implementa un registro de profesionales que
desempeñan el cargo de Contador General.
b) La separación de los contadores de las entidades del
sector público se comunica a la Dirección General
de Contabilidad Pública y a la Junta de Decanos de
los Colegios de Contadores Públicos del Perú.
I 17
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
PROCESOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD
PROCESO CONTABLE
Investigación Contable
Conjunto de actividades, de estudio y análisis de
hechos económicos, financieros, su incidencia
en la situación patrimonial, la gestión, los
presupuestos y los costos, conducentes a la
aprobación de normas y al mejoramiento de los
sistemas y procedimientos contables.
I 18
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Normatividad Contable
La Dirección General de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de
Contabilidad, en el ámbito de su competencias, dictan y aprueban las normas y
procedimientos contables aplicables en los sectores público y privado
respectivamente.
I 19
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Difusión y Capacitación
La Dirección General de Contabilidad Pública desarrolla las acciones necesarias
para la difusión, capacitación y permanente actualización de las normas y
procedimientos contables vigentes.
I 20
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
El Registro Contable
a) Es el acto que consiste en anotar datos de una transacción en las cuentas
correspondientes del Plan Contable que corresponda, utilizando el medio autorizado.
b) El registro contable oficial es el autorizado por la Dirección General de Contabilidad
Pública estando las entidades del sector público obligadas a su total cumplimiento en
aplicación de las normas y procedimientos contables emitidos por el órgano rector.
c) Las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones
con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo
Normativo de Contabilidad.
I 21
El Registro Contable
d) En el registro sistemático de la totalidad de los
hechos financieros y económicos, los responsables
del registro no pueden dejar de registrar, procesar y
presentar la información contable por insuficiencia o
inexistencia de la legislación. En tales casos se debe
aplicar en forma supletoria los Principios Contables
Generalmente Aceptados y de preferencia los
aceptados en la Contabilidad Peruana.
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
I 22
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Registro Contable en el Sistema Integrado de
Administración Financiera del Sector Público
(SIAF-SP)
 El registro contable que se efectúa utilizando el Sistema
Integrado de Administración Financiera del Sector Público
(SIAF-SP), tiene como sustento la Tabla de Operaciones
cuya elaboración y actualización permanente es
responsabilidad de la Dirección General de Contabilidad
Pública.
I 23
Elaboración de los Estados Contables
Las transacciones de las entidades registradas en los
sistemas contables correspondientes, son clasificadas y
ordenadas para la elaboración de los estados financieros,
las notas a los estados financieros, de los estados
presupuestarios e información complementaria de
acuerdo a las normas contables vigentes.
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
I 24
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Evaluación de Aplicación de Normas Contables
La Dirección General de Contabilidad Pública
evalúa la aplicación de las normas que sustenta la
información contable de las entidades del sector
público remitidas por sus titulares y suscrita por los
Directores Generales de Administración, los
Directores de Contabilidad y los de Presupuesto o
quienes hagan sus veces, adoptando las medidas
correctivas.
I 25
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Integración y Consolidación
las entidades del sector público efectúan la
integración y consolidación de los estados
financieros y presupuestarios de su ámbito de
competencia funcional, aplicando las normas y
procedimientos contables emitidos por la Dirección
Nacional de Contabilidad Pública.
La Dirección General de Contabilidad Pública
integra y consolida los estados financieros de las
entidades del sector público
I 26
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
Interpretación de las Normas Contables
Para la aplicación de las normas contables en el
sector público, el encargado de realizar la
interpretación de la norma es la Dirección
General de Contabilidad Pública.
Para la aplicación de las normas contables en el
sector privado, el encargado de realizar la
interpretación de la norma es el Consejo
Normativo de Contabilidad.
I 27
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
La Contabilidad del Sector Público
La contabilidad del sector público se configura como
un sistema de información económica, financiera y
presupuestaria de cada una de las entidades que lo
conforman.
Tiene por objeto mostrar la imagen fiel del
patrimonio, la situación financiera, los resultados y
la ejecución del presupuesto.
I 28
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA
Definición
La Cuenta General de la República, es el
instrumento de gestión pública que contiene
información y análisis de los resultados
presupuestarios, financieros, económicos,
patrimoniales y de cumplimiento de metas e
indicadores de gestión financiera, en la actuación
de las entidades del sector público durante un
ejercicio fiscal.
I 29
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA
Alcance
Se encuentran sujetas a la rendición de cuentas
para la elaboración de la Cuenta General de la
República todas las entidades del sector público sin
excepción, conforme a lo siguiente:
Las Entidades del Gobierno General comprendidas
por el:
Gobierno Nacional,
Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales.
I 30
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA
Objetivos
Los objetivos de la Cuenta General de la República
son:
a) Informar los resultados de la gestión pública en
los aspectos presupuestarios, financieros,
económicos, patrimoniales y de cumplimiento
de metas;
b) Presentar el análisis cuantitativo de la actuación
de las entidades del sector público incluyendo
los indicadores de gestión financiera;
I 31
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA
Objetivos
c) Proveer información para el planeamiento y la
toma de decisiones; y,
d) Facilitar el control y la fiscalización de la gestión
pública.
I 32
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
ESTRUCTURA DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
1. Cobertura y Cumplimiento:
Contiene el universo de entidades captadoras de
recursos financieros y de entidades ejecutoras
de gastos e inversión, así como el informe sobre
cumplimiento y omisiones en la presentación de
la información para la Cuenta General.
I 33
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
ESTRUCTURA DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
2. Aspecto Económico:
Incluye la evolución y resultados de los
indicadores macroeconómicos utilizados en la
política económica, fiscal, monetaria y
tributaria.
I 34
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
El proceso de la Cuenta General de la República
tiene las fases siguientes:
1. Presentación y recepción de las rendiciones de
cuentas;
2. Análisis y procesamiento de la información;
3. Elaboración;
4. Informe de auditoría;
I 35
Dirección General de
Contabilidad Pública
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Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
5. Presentación;
6. Examen y dictamen;
7. Aprobación; y,
8. Difusión.
I 36
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Contabilidad Pública
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Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
1. Presentación y Recepción de las Rendiciones de
Cuentas.
Los plazos para la presentación de las rendiciones
de cuentas por parte de todas las entidades del
sector público, son determinados por la Dirección
General de Contabilidad Pública, sin exceder el 31
de marzo siguiente al ejercicio fiscal materia de
rendición de cuentas.
I 37
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
2. Análisis y Procesamiento de las Rendiciones de
Cuentas
La fase de análisis y procesamiento de las
rendiciones de cuentas consiste en la verificación,
análisis, validación y estructuración de dichas
rendiciones, por parte de la Dirección General de
Contabilidad Pública, de acuerdo a las normas
contables aprobadas y vigentes.
I 38
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
3. Elaboración de la Cuenta General de la República
Las rendiciones de cuentas son integradas y
consolidadas para la elaboración de la Cuenta
General de la República, en el marco de lo
dispuesto en la presente Ley y las normas
contables aprobadas por la Dirección Nacional de
Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de
Contabilidad, en lo que sean pertinentes.
I 39
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
4. Informe de Auditoría
La Contraloría General de la República, es la entidad
encargada de realizar la auditoría a la Cuenta General
de la República, emite el Informe de Auditoría
señalado en el artículo 81 de la Constitución Política
del Perú, el cual es presentado al Ministerio de
Economía y Finanzas y a la Comisión Revisora del
Congreso de la República, en un plazo que vence el 31
de agosto del año siguiente al del ejercicio fiscal
materia del informe.
I 40
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
5. Presentación
El Ministro de Economía y Finanzas remite al Presidente de
la República la Cuenta General de la República elaborada
por la Dirección General de Contabilidad Pública,
acompañada del Informe de Auditoría de la Contraloría
General de la República, para su presentación al Congreso
de la República, en un plazo que vence el quince de
noviembre del año siguiente al del ejercicio fiscal materia
de rendición de cuentas, acorde a lo dispuesto por el
artículo 81 de la Constitución Política del Perú.
I 41
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
6. Examen y Dictamen
La Cuenta General de la República y el Informe de
Auditoría, recibidos por el Congreso de la República, se
derivan a una Comisión Revisora, para el examen y
dictamen correspondiente, dentro de los noventa (90)
días calendario siguientes a su presentación.
La Comisión Revisora del Congreso de la República
presenta su dictamen en la sesión inmediata.
I 42
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
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de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
7. Aprobación de la Cuenta General de la República
La aprobación de la Cuenta General de la República
se realiza de la siguiente secuencia:
a) El Pleno del Congreso de la República se
pronuncia en un plazo de treinta (30) días
calendario siguientes de recibido el dictamen
de la Comisión Revisora.
I 43
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
b) Si el Congreso de la República no se pronuncia
en el plazo señalado, el dictamen de la Comisión
Revisora se remite al Poder Ejecutivo dentro de
los quince (15) días calendario siguientes, para
que la promulgue por decreto legislativo.
c) El plazo para la promulgación por el Poder
Ejecutivo es dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de remitido el dictamen.
I 44
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA
REPUBLICA
8. Difusión de la Cuenta General de la República.
La Dirección General de Contabilidad Pública, de
conformidad a la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, Ley Nº 27806, publica en la sección
del Sistema Nacional de Contabilidad de la
página Web del Ministerio de Economía y Finanzas, la
relación de omisos, los estados financieros,
presupuestarios e información complementaria de las
entidades del sector público, indicadas en el artículo 24 de
la presente Ley, para facilitar el debido ejercicio de la
participación y control ciudadano.
I 45
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS
Obligaciones y Responsabilidades
El titular del pliego presupuestario o la máxima
autoridad individual o colegiada de la entidad
pública y los Directores Generales de
Administración, los Directores de Contabilidad y de
Presupuesto o quienes hagan sus veces en las
entidades tienen responsabilidad administrativa y
están obligados:
I 46
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS
Obligaciones y Responsabilidades
a) A cumplir y hacer cumplir las disposiciones
establecidas en la presente Ley y su reglamento;
b) A presentar a la Dirección Nacional de
Contabilidad Pública, las rendiciones de cuentas
de la entidad del sector público en la que se
desempeñen;
I 47
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
Faltas Graves
Según corresponda son faltas graves
administrativas las siguientes:
a) La omisión de la presentación de las rendiciones
de cuentas, requerida por la Dirección Nacional
de Contabilidad Pública para la elaboración de la
Cuenta General de la República.
b) La falta de implementación de las
recomendaciones y la no subsanación por
periodos mayores a un ejercicio fiscal.
I 48
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
c) La ausencia de documentación o no
conservación de la documentación que
sustente las transacciones ejecutadas en las
entidades del sector público, por tiempo no
menor de diez (10) años.
d) La presentación de rendiciones de cuentas
inconsistente o sin el sustento requerido.
I 49
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
e) La ejecución del gasto presupuestal si n el
financiamiento correspondiente.
f) No entregar los libros contables y
documentación que sustenten las operaciones
realizadas en su gestión.
I 50
I 51
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
Economía y Finanzas
PERÚ
Viceministro
de Hacienda
I 52
Dirección General de
Contabilidad Pública
Ministerio de
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PERÚ
Viceministro
de Hacienda
I 53

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  • 1. I Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Argentina Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana Ministerio de Educación PERÚ INFORMACIÓN DE LA UNIDAD DIDÁCTICA CARRERA PROFESIONAL 20 – CONTABILIDAD MÓDULO Análisis Financiero UNIDAD DIDÁCTICA Finanzas Públicas CRÉDITOS - TURNO 03-NOCHE SEMESTRE 2023-II Horas semanales 4 Horas semestrales 72 ECONO. Marco Antonio Samaniego Raqui
  • 2. Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda LEY N° 28708 LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD Dirección General de Contabilidad Pública
  • 3. I 3 LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD LEY N° 28708 Uniformidad Integridad PRINCIPIOS REGULATORIOS Oportunidad Transparencia Legalidad
  • 4. 4 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY Artículo 1.- Objeto de la Ley Establecer el marco legal para dictar y aprobar normas y procedimientos que permitan armonizar la información contable de las entidades del sector público y del sector privado, así como elaborar, para elaborar, las cuentas nacionales, la Cuenta General de la República, las cuentas fiscales y efectuar el planeamiento que corresponda.
  • 5. 5 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Artículo 2.- Ámbito de aplicación La presente Ley es aplicable a todas las entidades del sector público y privado, en lo que corresponda.
  • 6. I 6 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y CONFORMACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD Artículo 3.- Definición El Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de políticas, principios, normas y procedimientos contables aplicados en los sectores público y privado. Artículo 4.- Objetivos El Sistema Nacional de Contabilidad tiene los objetivos siguientes:
  • 7. I 7 Objetivos a) Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los sectores público y privado. b) Elaborar la Cuenta General de la República a partir de las rendiciones de cuentas de las entidades del sector público; c) Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la información necesaria para la formulación de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al planeamiento; y, Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda
  • 8. I 8 Objetivos d) Proporcionar información contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado. Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda
  • 9. I 9 La Dirección General de Contabilidad Pública órgano rector del sistema; El Consejo Normativo de Contabilidad. Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces, para las personas jurídicas de derecho público, y de las entidades del sector público; y, Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces para las personas naturales o jurídicas del sector privado. Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Conformación del Sistema Nacional de Contabilidad
  • 10. I 10 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Atribuciones: a) Emitir resoluciones dictando y aprobando las NICSP, normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público. b) Elaborar la Cuenta General de la República procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del sector público. c) Definir la contabilidad que corresponda a las entidades del sector público de acuerdo a su naturaleza jurídica o característica operativa.
  • 11. I 11 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA d) Elaborar información contable de carácter financiero y presupuestario para facilitar la formulación de las cuentas nacionales, las cuentas fiscales, el planeamiento y la evaluación presupuestal. e) Evaluar la adecuada aplicación de las normas, procedimientos y sistemas de información contable aprobados. f) Interpretar las normas contables que haya aprobado y absolver consultas en materia contable de su competencia.
  • 12. I 12 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA g) Opinar en materia contable respecto a los proyectos de dispositivos legales y, h) Efectuar acciones de capacitación.
  • 13. I 13 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda EL CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD El consejo Normativo de Contabilidad es presidido por un funcionario nombrado por el Ministro de Economía y Finanzas, y es integrado por un representante de cada una de las entidades que se señala: a) Banco Central de Reserva del Perú – BCRP. b) Comisión Nacional Supervisora de Empresa y Valores – CONASEV. c) Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones – SBS. d) Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT
  • 14. I 14 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda e) Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. f) Dirección General de Contabilidad Pública – DGCP. g) Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú. h) Facultades de Ciencias Contables de las universidades del país. i) Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas.
  • 15. I 15 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Atribuciones de las Oficinas de Contabilidad a) Proponer Proyectos de normas y procedimientos contables al órgano rector; b) Proponer el manual de procedimientos contables de la entidad a que correspondan, sin transgredir ni desnaturalizar las normas y procedimientos vigentes; y, c) Efectuar el registro y procesamiento de todas las transacciones de la entidad a que correspondan, elaborando los estados financieros y complementarios, con sujeción al sistema contable de su competencia funcional.
  • 16. I 16 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Registro de Contadores del Sector Público a) La Dirección General de Contabilidad Pública, implementa un registro de profesionales que desempeñan el cargo de Contador General. b) La separación de los contadores de las entidades del sector público se comunica a la Dirección General de Contabilidad Pública y a la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú.
  • 17. I 17 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda PROCESOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD PROCESO CONTABLE Investigación Contable Conjunto de actividades, de estudio y análisis de hechos económicos, financieros, su incidencia en la situación patrimonial, la gestión, los presupuestos y los costos, conducentes a la aprobación de normas y al mejoramiento de los sistemas y procedimientos contables.
  • 18. I 18 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Normatividad Contable La Dirección General de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad, en el ámbito de su competencias, dictan y aprueban las normas y procedimientos contables aplicables en los sectores público y privado respectivamente.
  • 19. I 19 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Difusión y Capacitación La Dirección General de Contabilidad Pública desarrolla las acciones necesarias para la difusión, capacitación y permanente actualización de las normas y procedimientos contables vigentes.
  • 20. I 20 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda El Registro Contable a) Es el acto que consiste en anotar datos de una transacción en las cuentas correspondientes del Plan Contable que corresponda, utilizando el medio autorizado. b) El registro contable oficial es el autorizado por la Dirección General de Contabilidad Pública estando las entidades del sector público obligadas a su total cumplimiento en aplicación de las normas y procedimientos contables emitidos por el órgano rector. c) Las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad.
  • 21. I 21 El Registro Contable d) En el registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos, los responsables del registro no pueden dejar de registrar, procesar y presentar la información contable por insuficiencia o inexistencia de la legislación. En tales casos se debe aplicar en forma supletoria los Principios Contables Generalmente Aceptados y de preferencia los aceptados en la Contabilidad Peruana. Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda
  • 22. I 22 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Registro Contable en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP)  El registro contable que se efectúa utilizando el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), tiene como sustento la Tabla de Operaciones cuya elaboración y actualización permanente es responsabilidad de la Dirección General de Contabilidad Pública.
  • 23. I 23 Elaboración de los Estados Contables Las transacciones de las entidades registradas en los sistemas contables correspondientes, son clasificadas y ordenadas para la elaboración de los estados financieros, las notas a los estados financieros, de los estados presupuestarios e información complementaria de acuerdo a las normas contables vigentes. Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda
  • 24. I 24 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Evaluación de Aplicación de Normas Contables La Dirección General de Contabilidad Pública evalúa la aplicación de las normas que sustenta la información contable de las entidades del sector público remitidas por sus titulares y suscrita por los Directores Generales de Administración, los Directores de Contabilidad y los de Presupuesto o quienes hagan sus veces, adoptando las medidas correctivas.
  • 25. I 25 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Integración y Consolidación las entidades del sector público efectúan la integración y consolidación de los estados financieros y presupuestarios de su ámbito de competencia funcional, aplicando las normas y procedimientos contables emitidos por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. La Dirección General de Contabilidad Pública integra y consolida los estados financieros de las entidades del sector público
  • 26. I 26 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda Interpretación de las Normas Contables Para la aplicación de las normas contables en el sector público, el encargado de realizar la interpretación de la norma es la Dirección General de Contabilidad Pública. Para la aplicación de las normas contables en el sector privado, el encargado de realizar la interpretación de la norma es el Consejo Normativo de Contabilidad.
  • 27. I 27 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda La Contabilidad del Sector Público La contabilidad del sector público se configura como un sistema de información económica, financiera y presupuestaria de cada una de las entidades que lo conforman. Tiene por objeto mostrar la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera, los resultados y la ejecución del presupuesto.
  • 28. I 28 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA Definición La Cuenta General de la República, es el instrumento de gestión pública que contiene información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera, en la actuación de las entidades del sector público durante un ejercicio fiscal.
  • 29. I 29 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA Alcance Se encuentran sujetas a la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República todas las entidades del sector público sin excepción, conforme a lo siguiente: Las Entidades del Gobierno General comprendidas por el: Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
  • 30. I 30 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA Objetivos Los objetivos de la Cuenta General de la República son: a) Informar los resultados de la gestión pública en los aspectos presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas; b) Presentar el análisis cuantitativo de la actuación de las entidades del sector público incluyendo los indicadores de gestión financiera;
  • 31. I 31 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA Objetivos c) Proveer información para el planeamiento y la toma de decisiones; y, d) Facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública.
  • 32. I 32 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda ESTRUCTURA DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 1. Cobertura y Cumplimiento: Contiene el universo de entidades captadoras de recursos financieros y de entidades ejecutoras de gastos e inversión, así como el informe sobre cumplimiento y omisiones en la presentación de la información para la Cuenta General.
  • 33. I 33 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda ESTRUCTURA DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 2. Aspecto Económico: Incluye la evolución y resultados de los indicadores macroeconómicos utilizados en la política económica, fiscal, monetaria y tributaria.
  • 34. I 34 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA El proceso de la Cuenta General de la República tiene las fases siguientes: 1. Presentación y recepción de las rendiciones de cuentas; 2. Análisis y procesamiento de la información; 3. Elaboración; 4. Informe de auditoría;
  • 35. I 35 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 5. Presentación; 6. Examen y dictamen; 7. Aprobación; y, 8. Difusión.
  • 36. I 36 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 1. Presentación y Recepción de las Rendiciones de Cuentas. Los plazos para la presentación de las rendiciones de cuentas por parte de todas las entidades del sector público, son determinados por la Dirección General de Contabilidad Pública, sin exceder el 31 de marzo siguiente al ejercicio fiscal materia de rendición de cuentas.
  • 37. I 37 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 2. Análisis y Procesamiento de las Rendiciones de Cuentas La fase de análisis y procesamiento de las rendiciones de cuentas consiste en la verificación, análisis, validación y estructuración de dichas rendiciones, por parte de la Dirección General de Contabilidad Pública, de acuerdo a las normas contables aprobadas y vigentes.
  • 38. I 38 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 3. Elaboración de la Cuenta General de la República Las rendiciones de cuentas son integradas y consolidadas para la elaboración de la Cuenta General de la República, en el marco de lo dispuesto en la presente Ley y las normas contables aprobadas por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad, en lo que sean pertinentes.
  • 39. I 39 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 4. Informe de Auditoría La Contraloría General de la República, es la entidad encargada de realizar la auditoría a la Cuenta General de la República, emite el Informe de Auditoría señalado en el artículo 81 de la Constitución Política del Perú, el cual es presentado al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Comisión Revisora del Congreso de la República, en un plazo que vence el 31 de agosto del año siguiente al del ejercicio fiscal materia del informe.
  • 40. I 40 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 5. Presentación El Ministro de Economía y Finanzas remite al Presidente de la República la Cuenta General de la República elaborada por la Dirección General de Contabilidad Pública, acompañada del Informe de Auditoría de la Contraloría General de la República, para su presentación al Congreso de la República, en un plazo que vence el quince de noviembre del año siguiente al del ejercicio fiscal materia de rendición de cuentas, acorde a lo dispuesto por el artículo 81 de la Constitución Política del Perú.
  • 41. I 41 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 6. Examen y Dictamen La Cuenta General de la República y el Informe de Auditoría, recibidos por el Congreso de la República, se derivan a una Comisión Revisora, para el examen y dictamen correspondiente, dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a su presentación. La Comisión Revisora del Congreso de la República presenta su dictamen en la sesión inmediata.
  • 42. I 42 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 7. Aprobación de la Cuenta General de la República La aprobación de la Cuenta General de la República se realiza de la siguiente secuencia: a) El Pleno del Congreso de la República se pronuncia en un plazo de treinta (30) días calendario siguientes de recibido el dictamen de la Comisión Revisora.
  • 43. I 43 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA b) Si el Congreso de la República no se pronuncia en el plazo señalado, el dictamen de la Comisión Revisora se remite al Poder Ejecutivo dentro de los quince (15) días calendario siguientes, para que la promulgue por decreto legislativo. c) El plazo para la promulgación por el Poder Ejecutivo es dentro de los quince (15) días calendario siguientes de remitido el dictamen.
  • 44. I 44 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda FASES DEL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA 8. Difusión de la Cuenta General de la República. La Dirección General de Contabilidad Pública, de conformidad a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806, publica en la sección del Sistema Nacional de Contabilidad de la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas, la relación de omisos, los estados financieros, presupuestarios e información complementaria de las entidades del sector público, indicadas en el artículo 24 de la presente Ley, para facilitar el debido ejercicio de la participación y control ciudadano.
  • 45. I 45 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Obligaciones y Responsabilidades El titular del pliego presupuestario o la máxima autoridad individual o colegiada de la entidad pública y los Directores Generales de Administración, los Directores de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces en las entidades tienen responsabilidad administrativa y están obligados:
  • 46. I 46 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Obligaciones y Responsabilidades a) A cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en la presente Ley y su reglamento; b) A presentar a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, las rendiciones de cuentas de la entidad del sector público en la que se desempeñen;
  • 47. I 47 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Faltas Graves Según corresponda son faltas graves administrativas las siguientes: a) La omisión de la presentación de las rendiciones de cuentas, requerida por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública para la elaboración de la Cuenta General de la República. b) La falta de implementación de las recomendaciones y la no subsanación por periodos mayores a un ejercicio fiscal.
  • 48. I 48 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS c) La ausencia de documentación o no conservación de la documentación que sustente las transacciones ejecutadas en las entidades del sector público, por tiempo no menor de diez (10) años. d) La presentación de rendiciones de cuentas inconsistente o sin el sustento requerido.
  • 49. I 49 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS e) La ejecución del gasto presupuestal si n el financiamiento correspondiente. f) No entregar los libros contables y documentación que sustenten las operaciones realizadas en su gestión.
  • 50. I 50
  • 51. I 51 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda
  • 52. I 52 Dirección General de Contabilidad Pública Ministerio de Economía y Finanzas PERÚ Viceministro de Hacienda
  • 53. I 53