EVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministros
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1. SEIA 1 - mapa conceptual
Impacto Ambiental
ORGANISMO COORDINADOR DEL SISTEMA
CONAM (Consejo Nacional del Ambiente)
FUNCIONES DEL ORGANISMO COORDINADOR
Llevar un Registro Público y actualizado de las
solicitudes de certificación ambiental
presentadas y su clasificación.
CAPITULO V
La autoridad competente será la responsable de efectuar la
función de seguimiento, supervisión y control de la evaluación
de impacto ambiental, aplicando las sanciones administrativas a
los infractores.
SEGUIMIENTO Y CONTROL
CAPITULO IV
a) tiene la facultad de solicitar a la comunidad o representantes
o informantes calificados, los antecedentes o las observaciones
sobre la acción propuesta.
b) Que el proponente y su equipo técnico presente un plan de
participación ciudadana y su ejecución.
c) Que la autoridad competente efectúe la consulta formal
durante la etapa de revisión
d) La audiencia pública.
DE LA PARTICIPACION CIUDADANA
a) Instancias formales de difusión y participación de la
comunidad
b) Instancias no formales que el proponente debe impulsar
DIFUSION Y PARTICIPACION
CAPITULO III
a) Una descripción de la acción propuesta y los
antecedentes de su área de influencia;
b) La identificación y caracterización de los impactos
ambientales durante todo el ciclo de duración del
proyecto;
c) La estrategia de manejo ambiental o la definición de
metas ambientales incluyendo, según el caso, el plan de
manejo, el plan de contingencias, el plan de
compensación y el plan de abandono;
d) El plan de participación ciudadana de parte del mismo
proponente;
e) Los planes de seguimiento, vigilancia y control; y, f) Un
resumen ejecutivo de fácil comprensión
CONTENIDO DE LOS ESTUDIOS DE IA
a) Expedir la correspondiente certificación ambiental,
para el caso de la categoría I.
b) Para las restantes categorías, aprobar los términos de
referencia propuestos para la elaboración del estudio de
impacto ambiental correspondiente.
CONTENIDO DE LA ACCION PROPUESTA
a) Una evaluación preliminar con la siguiente
información:
b) Una propuesta de clasificación de conformidad con las
categorías establecidas en el Artículo 4º de la presente
Ley.
c) Una propuesta de términos de referencia para el
estudio de impacto ambiental correspondiente, si fuera
el caso.
CONTENIDO DE LA CERTIFICACION
CAPITULO II
1. Presentación de la solicitud;
2. Clasificación de la acción;
3. Revisión del estudio de impacto ambiental; 4.
Resolución; y,
5. Seguimiento y control.
PROCEDIMIENTO PARA LA
CERTIFICACION
A partir de la entrada en vigencia del Reglamento de la
presente Ley
OBLIGATORIEDAD DE LA
CERTIFICACION
Quedan comprendidos en el ámbito de aplicación de la
presente Ley, los proyectos de inversión públicos y
privados
AMBITO DE LA LEY
(SEIA), como un sistema único y coordinado de identificación,
prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los
impactos ambientales negativos derivados de las acciones
humanas expresadas por medio del proyecto de inversión.
CAPITULO I
FINALIDAD
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE
EVALUACIÓN DEL IMPACTO
AMBIENTAL Ley Nº 27446