3. Certificación Ambiental
¿Quién otorga la certificación ambiental?
La autoridad regional, como resultado de la aprobación de la Declaración de Impacto
Ambiental (DIA) o Estudio de Impacto Ambiental semidetallado (EIAsd) que se le
presente.
Certificación Ambiental
Base Legal: Ley N° 27446.- Art. 4° (Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental); Ley 27651.- Art. 38°y Ley N°27651 Art. 39°.
4. Plazo para pronunciarse sobre el EIASd
D.S. N° 013-2002-EM
TITULO VI
Plazo de 120 días calendario de recibido el EIAsd
De estar conforme
CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
Art 47º
Plazo de 120 días calendario de recibido el EIAsd
La DREM, puede:
•Solicitar información adicional
•Plantear observaciones
•Aprobar o desaprobar el EIAsd
De estar conforme:
La DREM o quien haga de
sus veces, emitirá la
“Resolución” de
aprobación = Certificación
ambiental.
CERTIFICACION AMBIENTAL:
Viabilidad ambiental
Permite continuar con los
tramites conexos
requeridos para su
ejecución.
5. Permiten:
Predecir, identificar, valorar y considerar medidas
preventivas o corregir los impactos ambientales
que determinadas actividades pueden causar sobre
la calidad de vida del hombre y su entorno.
Los instrumentos de gestión ambiental son
mecanismos orientados a la ejecución de la política
ambiental, sobre la base de los principios
establecidos en la presente Ley, y en lo señalado en
sus normas complementarias y reglamentarias.
Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA)
6. Categorías de Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA)
Los Instrumentos de gestión ambiental o estudios ambientales de aplicación se
clasifican de acuerdo a los impactos del proyecto, de acuerdo al SEIA son:
Declaración de Impacto Ambiental – DIA (Categoría I)
Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado – EIA-sd (Categoría II)
Estudio de Impacto Ambiental Detallado – EIA-d (Categoría III)
D. S. N° 19-2009-MINAM
Informe Técnico Sustentatorio - ITS
Plan de Cierre de Minas – PCM
Plan de Cierre de Pasivos Ambientales
Mineros – PCPAM
IGAFOM
Entre otros
Complementarios
al SEIA
7. Criterios de protección ambiental – Ley SEIA
1. Salud de las personas
2. Calidad Ambiental: Aire, agua, suelo. Incidencia que
puedan producir el ruido y los residuos sólidos,
líquidos y emisiones gaseosas y radiactivas
3. Recursos naturales, especialmente las aguas, el
suelo, la flora y la fauna
4. Áreas naturales protegidas
5. Diversidad biológica y sus componentes:
6. Sistemas y estilos de vida de las comunidades
7. Espacios urbanos
8. Patrimonio arqueológico, histórico, arquitectónicos y
monumentos nacionales
9. D.S. N°
013-
2002-EM:
I. Disposiciones
generales
II. Condición de
pequeño
productor minero
y productor
minero artesanal
III. Acuerdos y
contratos de
explotación.
IV. Derecho de
preferencia para
productores
mineros
artesanales.
V. Medidas
adicionales de
apoyo a la minería
artesanal.
VI. Medio
ambiente en la
pequeña minería
y minería
artesanal.
VII. Fiscalización
de la pequeña
minería y minería
artesanal.
Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal
D.S. N° 013-2002-EM
Etapa Vía Ordinaria Vía
Extraordinaria
(Formalización)
Cateo y prospección -
Exploración DIA, EIAsd
Explotación DIA, EIAsd IGAFOM
Cierre PC
IGA de PPM y PMA
Los IGA son las siguientes:
Ley Nº 27651
D.S. N° 013-2002-EM.
D.S. N° 014-92-EM
D.L. 1040
10. Medio ambiente en la pequeña minería y minería artesanal
Autoridad Sectorial Competente
La Autoridad Competente en Asuntos Ambientales del Sector Energía y Minas es la DREM competente o la que haga
sus veces, ante la cual los pequeños productores mineros y los productores mineros artesanales deberán
presentar…………(Actualmente a las DREM):
D.S. N° 013-2002-EM
DIA
• Proyectos de Categoría I
• Impactos negativos leves
EIA-sd
• Proyectos de Categoría II
• Impactos negativos moderados
Planes de Cierre
DGAAM
11. CLASIFICACION
AMBIENTAL
• Evaluación de Evaluación Preliminar (EVAP)
• Evaluación de Términos de Referencia (TdR)
• Aprobación de Plan de Participación Ciudadana (PPC)
CERTIFICACIÓN
AMBIENTAL
• Evaluación de Instrumento de Gestión Ambiental.
• Ejecución de Plan de Participación Ciudadana.
• Evaluación del Plan de Cierre de Minas.
12. Solicitud de Certificación Ambiental y documentación requerida
Se hará con la documentación indicada en el Artículo 39º del Reglamento.
La propuesta deberá incluir la siguiente información:
Recurso. Datos generales del PPM o PMA; nombre del proyecto o actividad que
desea desarrollar; tipo de documento presentado según se trate de DIA para la
Categoría I o EIASd para la Categoría II; fecha de presentación.
Evaluación Preliminar
Propuesta de la Categoría I o II de clasificación ambiental del proyecto.
De ser el caso, propuesta de términos de referencia del EIASd.
NOTA 1:
Los Términos de Referencia se
complementarán con la información que la
DREM considere necesaria para mejor
resolver
D.S. N° 013-2002-EM
TITULO VI
NOTA 2:
La EVAP deberá contener:
1. Descripción del proyecto de inversión
2. Descripción del área de implementación
del proyecto
3. Descripción de los impactos ambientales
potenciales y de las medidas de
prevención, mitigación, corrección,
compensación, en su caso, y control
4. Plan de Cierre
5. Resumen ejecutivo
NOTA 3:
D.S. Nº 019-2009-MINAM- Anexo VI
CONTENIDO MINIMO DE LA EVALUACION
PRELIMINAR
De ser el caso, ésta sería la Declaración de
Impacto Ambiental - DIA, Categoría I
13. Certificación
Ambiental:
Categoría I
solicitud de Clasificación
Ambiental y Certificación
Ambiental
Evaluación de la
Clasificación Ambiental
Otorgamiento de Categoría
Ambiental I
Reclasificación Ambiental*
Evaluación de Declaración
de Impacto Ambiental
Aprobación de Declaración
de Impacto Ambiental
Desaprobación de
Declaración de Impacto
Ambiental
14. Reclasificación
Ambiental:
DREM: Requerimiento de TdR, la propuesta
de Términos de Referencia deberá incluir la
siguiente información:
a. Objetivo del proyecto.
b. Propuesta de contenido del EIASd.
c. Información disponible pertinente para el
desarrollo del EIASd.
d. Cronograma de elaboración del EIASd.
e. Metodología para identificar en el EIASd a
beneficiados y afectados por el proyecto.
f. Criterios para definir la información de carácter
reservado.
g. Criterios para el Plan de Cierre.
Titular : Presentación de TdR - Plazo de 30
días calendario
DREM: Aprobación de TdR y emisión de RD
que otorga la Categoría Ambiental II y
Aprueba el Plan de Participación Ciudadana.
15. Términos de Referencia para el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado
Se hará con la documentación indicada en el Artículo 44º del Reglamento.
La propuesta deberá incluir la siguiente información:
Objetivo del proyecto
Propuesta de contenido del EIASd según lo establecido en el presente Reglamento y las guías que
para el efecto apruebe la Autoridad Competente.
Información disponible pertinente para el desarrollo del EIASd.
Cronograma de elaboración del EIASd.
Metodología para identificar en el EIASd a beneficiados y afectados por el proyecto.
Criterios para el Plan de Cierre.
Criterios para definir la información de carácter reservado-
NOTA:
Los Términos de Referencia se
complementarán con la
información que la DREM
considere necesaria para mejor
resolver
D.S. N° 013-2002-EM
TITULO VI
16. CERTIFICACIÓN
AMBIENTAL:
CATEGORIA II
Evaluación de Resumen
Ejecutivo y Plan de
Participación Ciudadana
Evaluación de Estudio de
Impacto Ambiental
Semidetallado.
DREM: De ser el caso,
Informe de Observaciones
Titular: plazo de 30 días
calendario
DREM: emite RD
Aprobación de EIAsd =
CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
Desaprobación de EIAsd.