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PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA Ana Belén García Pavón Inmaculada Iglesias Villarán 1
ÍNDICE: ,[object Object]
La Representación Colectiva Unitaria de los Trabajadores.
La Representación Colectiva Sindical de los Trabajadores.
La Representación de las Empresas. Asociaciones Empresariales.
El Convenio Colectivo.
Los Conflictos Colectivos.2
3 1. Los Derechos de los Trabajadores en materia de Participación en la Empresa. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA  (1978 )        Derechos de                                                                                                                        participación  de                                                                    los trabajadores.                                                ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES  ,[object Object]
  Dº de asociación. (Art. 7 y 22 CE)
  Dº a la libre sindicación. (Art. 28.1 CE y 4.1 b) y 17.1 ET) (LOLS)
  Dº a la negociación colectiva. (Art. 37.1 CE y 4.1 c) ET)
  Dº a adoptar medidas de conflicto colectivo. (Art. 37.2 CE y 4.1 d) ET)
  Dº a la huelga. (Art. 28.2 CE y 4.1 c) ET)
  Dº al cierre patronal. (Art. 37.2 CE y 45.1 m) ET)
  Dº de reunión. (Art. 21 CE y 4.1 f) y 77 a 81 ET),[object Object]
5 2. La Representación Colectiva Unitaria de los Trabajadores. 2.1 LOS DELEGADOS DE PERSONAL:
6 2.2 EL COMITÉ DE EMPRESA:
7 TIPOS DE COMITÉS DE EMPRESA: C. E. Conjunto     empresas que tengan 2 o más C. T. en la misma provincia o en municipios limítrofes, sin llegar a 50 trabajadores en cada centro, pero que en su conjunto sumen 50 o más.  Comité Intercentros     para empresas donde existan varios Comités de Empresa. Máximo 13 miembros.
8 2.3 ELECCIONES DE D. P. Y C. E.: * Trabajadores > 18 años, con antigüedad mínima de 6 meses. *Mandato = 4 años. * Dº de voto      Trabajadores > 16 años, con antigüedad mínima de 1 mes.  * Sufragio libre, directo, personal y secreto.
9 2.4 COMPETENCIAS DE LOS DELEGADOS DE  PERSONAL Y MIEMBROS DEL COMITÉ DE EMPRESA: Recibir información trimestralmente. Recibir la copia básica de los contratos. Conocer la contabilidad de la E. Emisión de diferentes informes. Conocer los modelos de contrato utilizados en la E. Ser informados de las sanciones por faltas muy graves. Conocimiento de las estadísticas. Vigilancia y control. Participación en la gestión de obras sociales. Colaborar con la dirección de la E. Informar a los representados. Disponer de un local y un tablón de anuncios, cuando sea posible. Deber de guardar sigilo profesional.
10 2.5 GARANTÍAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES:
11 CRÉDITO HORARIO: NOTA: En el Convenio Colectivo se podrá pactar la acumulación de estas horas en los miembros del C. E. o los D. P., siempre que no se rebasen los límites, pudiendo quedar éstos relevados del trabajo, pero con derecho a remuneración.
3. La Representación Colectiva Sindical de los Trabajadores. 12 3.1 LOS SINDICATOS ,[object Object]
Sin ánimo de lucro.
Autónomas y permanentes.FINALIDAD PRINCIPAL El progreso económico y social de sus miembros, a través del mantenimiento o mejora de las condiciones de trabajo  y mediante la negociación colectiva.
13 LOS SINDICATOS SE CONSTITUYEN PARA LA DEFENSA Y MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES . Comisiones Obreras Unión general de Trabajadores Unión Sindical Obrera Confederación Nacional del Trabajo
14 HISTORIA. - Aparecen S.XIX:  ,[object Object]
movimiento obrero.- Estuvieron prohibidos. (Código de Napoleón: uniones de trabajadores + huelgas > DELITO) - Reconocimiento progresivo. - En España con La Constitución  de 1978 se proclama la libertad sindical como derecho fundamental (art.28.1).
15 En España la libertad sindical se desarrolla en  la Ley Orgánica de Libertad Sindical 11/1985, de 2 de Agosto.
16 3.2 LA REPRESENTACIÓN COLECTIVA SINDICAL Los sindicatos representan a los trabajadores dentro y fuera de la empresa. Los trabajadores afiliados a un sindicato pueden:  - Celebrar reuniones dentro de la empresa Previo aviso. - Repartir información a compañeros fuera del horario laboral. - Recibir información que les envíe su sindicato al centro de trabajo. - Constituir secciones sindicales.
17 ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS SINDICATOS:  Los sindicatos agrupan a los trabajadores por Actividades o Ramas de producción Ej: el Sector de la enseñanza Federaciones Sindicales Ej: Federación Sindical de la Enseñanza Confederaciones sindicales
18 ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS SINDICATOS: Empresas con + 250 trabajadores, las secciones sindicales          estarán representadas por: DELEGADO SINDICAL. Derechos: ,[object Object]
Acceso a la misma información que el empresario  proporciona al C.E. Sigilo profesional.
Asistir a las reuniones del C.E.
Ser oídos por la empresa ante de adoptar medidas colectivas y antes de despedir o sancionar a algún trabajador.,[object Object]
20 CAPACIDADES DE LOS SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS: ,[object Object]

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Participación de los trabajadores en la empresa

  • 1. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA Ana Belén García Pavón Inmaculada Iglesias Villarán 1
  • 2.
  • 3. La Representación Colectiva Unitaria de los Trabajadores.
  • 4. La Representación Colectiva Sindical de los Trabajadores.
  • 5. La Representación de las Empresas. Asociaciones Empresariales.
  • 8.
  • 9. de asociación. (Art. 7 y 22 CE)
  • 10. a la libre sindicación. (Art. 28.1 CE y 4.1 b) y 17.1 ET) (LOLS)
  • 11. a la negociación colectiva. (Art. 37.1 CE y 4.1 c) ET)
  • 12. a adoptar medidas de conflicto colectivo. (Art. 37.2 CE y 4.1 d) ET)
  • 13. a la huelga. (Art. 28.2 CE y 4.1 c) ET)
  • 14. al cierre patronal. (Art. 37.2 CE y 45.1 m) ET)
  • 15.
  • 16. 5 2. La Representación Colectiva Unitaria de los Trabajadores. 2.1 LOS DELEGADOS DE PERSONAL:
  • 17. 6 2.2 EL COMITÉ DE EMPRESA:
  • 18. 7 TIPOS DE COMITÉS DE EMPRESA: C. E. Conjunto empresas que tengan 2 o más C. T. en la misma provincia o en municipios limítrofes, sin llegar a 50 trabajadores en cada centro, pero que en su conjunto sumen 50 o más. Comité Intercentros para empresas donde existan varios Comités de Empresa. Máximo 13 miembros.
  • 19. 8 2.3 ELECCIONES DE D. P. Y C. E.: * Trabajadores > 18 años, con antigüedad mínima de 6 meses. *Mandato = 4 años. * Dº de voto Trabajadores > 16 años, con antigüedad mínima de 1 mes. * Sufragio libre, directo, personal y secreto.
  • 20. 9 2.4 COMPETENCIAS DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL Y MIEMBROS DEL COMITÉ DE EMPRESA: Recibir información trimestralmente. Recibir la copia básica de los contratos. Conocer la contabilidad de la E. Emisión de diferentes informes. Conocer los modelos de contrato utilizados en la E. Ser informados de las sanciones por faltas muy graves. Conocimiento de las estadísticas. Vigilancia y control. Participación en la gestión de obras sociales. Colaborar con la dirección de la E. Informar a los representados. Disponer de un local y un tablón de anuncios, cuando sea posible. Deber de guardar sigilo profesional.
  • 21. 10 2.5 GARANTÍAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES:
  • 22. 11 CRÉDITO HORARIO: NOTA: En el Convenio Colectivo se podrá pactar la acumulación de estas horas en los miembros del C. E. o los D. P., siempre que no se rebasen los límites, pudiendo quedar éstos relevados del trabajo, pero con derecho a remuneración.
  • 23.
  • 24. Sin ánimo de lucro.
  • 25. Autónomas y permanentes.FINALIDAD PRINCIPAL El progreso económico y social de sus miembros, a través del mantenimiento o mejora de las condiciones de trabajo y mediante la negociación colectiva.
  • 26. 13 LOS SINDICATOS SE CONSTITUYEN PARA LA DEFENSA Y MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES . Comisiones Obreras Unión general de Trabajadores Unión Sindical Obrera Confederación Nacional del Trabajo
  • 27.
  • 28. movimiento obrero.- Estuvieron prohibidos. (Código de Napoleón: uniones de trabajadores + huelgas > DELITO) - Reconocimiento progresivo. - En España con La Constitución de 1978 se proclama la libertad sindical como derecho fundamental (art.28.1).
  • 29. 15 En España la libertad sindical se desarrolla en la Ley Orgánica de Libertad Sindical 11/1985, de 2 de Agosto.
  • 30. 16 3.2 LA REPRESENTACIÓN COLECTIVA SINDICAL Los sindicatos representan a los trabajadores dentro y fuera de la empresa. Los trabajadores afiliados a un sindicato pueden: - Celebrar reuniones dentro de la empresa Previo aviso. - Repartir información a compañeros fuera del horario laboral. - Recibir información que les envíe su sindicato al centro de trabajo. - Constituir secciones sindicales.
  • 31. 17 ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS SINDICATOS: Los sindicatos agrupan a los trabajadores por Actividades o Ramas de producción Ej: el Sector de la enseñanza Federaciones Sindicales Ej: Federación Sindical de la Enseñanza Confederaciones sindicales
  • 32.
  • 33. Acceso a la misma información que el empresario proporciona al C.E. Sigilo profesional.
  • 34. Asistir a las reuniones del C.E.
  • 35.
  • 36.
  • 37. Participar en la negociación colectiva.
  • 38. Participar como interlocutores en la determinación de las condiciones de trabajo  Consulta o negociación.
  • 39. Participar en los sistemas de solución de conflictos de trabajo.
  • 40.
  • 41. 22 4. La Representación de las Empresas. LAS ASOCIACIONES EMPRESARIALES. Son asociaciones privadas de empresarios que se unen para la defensa de sus intereses. Finalidad: desarrollar alguna o varias las siguientes funciones: - La negociación colectiva laboral. - El planteamiento de conflictos colectivos de trabajo. - El diálogo social. - Representar a sus miembros ante las administraciones públicas.
  • 42.
  • 43. El Estatuto de los Trabajadores.
  • 44. Ley 19/1977 de 1 de Abril, sobre Regulación del Derecho de Asociación Sindical ----- R.D. 873/1977, de 22 de Abril. Sector Económico/Rama. Caracterizado por: Ámbito territorial en el que actúan. Ej: Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE)
  • 45. 24
  • 46. 25 5. El Convenio Colectivo. - Es un acuerdo entre trabajadores y empresario a través del cual se fijan las condiciones de trabajo, la productividad y la paz laboral. - Es fruto del derecho a la negociación colectiva laboral recogido en el art. 37.1 de la Constitución Española. - Tiene fuerza de Ley. FUENTE DE Dº LABORAL
  • 47. 26 APLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO.
  • 48. 27 CONTENIDO DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS. Se regulan las condiciones de empleo , el ámbito de relaciones de los trabajadores y sus empresas (materias económicas, laboral, sindical, etc) CONTENIDOS MÍNIMOS
  • 49. 28 QUIÉNES PUEDEN NEGOCIAR: En los convenios de empresa o ámbito inferior: Comité de empresa, delegados de personal y empresario. En los convenios de ámbito superior a empresa: Sindicatos y asociaciones empresariales que cumplan los requisitos.
  • 50. 29 PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE UN CONVENIO COLECTIVO. Publicación en el Boletín Especial
  • 51. 30 6. Los Conflictos Colectivos. Un conflicto colectivo se produce cuando existe una controversia entre un grupo de trabajadores y uno o más empresarios sobre pretensiones que afectan a un interés colectivo o general. Tipos de conflictos laborales: Individuales Jurídicos Colectivos De intereses Las formas más características de exteriorizar un conflicto colectivo son la huelga y el cierre patronal.
  • 52. 31
  • 53.
  • 54.
  • 55. No obligación de cotizar
  • 56. Los trabajadores no pueden ser sustituidos.
  • 57.
  • 58. Existencia de notorio peligro de violencia para las personas y cosas.
  • 60. Irregularidades en el trabajo.12 horas para notificarlo a la autoridad laboral. Cierre del centro el tiempo indispensable.
  • 61.
  • 62. La conciliación: acuerdo ante un tercero imparcial.
  • 63. La mediación: el mediador propone soluciones no vinculantes.
  • 64. El arbitraje: da la solución que cree más adecuada.Comisiones paritarias Cláusulas de paz laboral