Resumen ejecutivo de la presentación de ICA-Procobre, Ago. 2016: Energía Solar Obligatoria en el Nuevo Reglamento de Construcción de la Ciudad de México
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Resumen ejecutivo: Energía Solar Obligatoria en el Nuevo Reglamento de Construcción de la Ciudad de México, (ICA-Procobre, Ago. 2016)
1. Energía solar obligatoria en el nuevo reglamento de construcción de la Ciudad de
México.
CONTENIDO
1. NAMBDF-08 Como antecedente
2. Art. 72-II Si se construyó sin permiso, se otorgará el Registro de obra
ejecutada si se comprueba la instalación de calentamiento solar, según
corresponda.
3. Art. 82-VI Calentadores solares para viviendas
4. Art. 83-IV Albercas y fosas de clavados
5. Art. 89. Establecimientos industriales y comerciales con más de 30
empleados.
INTRODUCCIÓN
• En el 2006, se publicó la Norma Ambiental del D.F. Que incluyó la norma
técnica complementaria para especificar las ecuaciones de cálculo del
sistema termosolar.
• No era obligatoria excepto para edificios gubernamentales e industrias con
más de 50 empleados.
• Se exigía el cumplimiento mínimo del 30% del CEA: Cálculo Energético
Anual.
• Definición de dos ecuaciones:
• CEA = V ⋅ ρ ⋅ Cp ⋅ ∆T ⋅ t
• CEA=P⋅DA⋅PAC⋅ρ⋅Cp⋅(T2 −T1)⋅t
1. Obligatoriedad, aún si se construyó sin permiso.
… Se concederá el registro de obra ejecutada al Propietario o Poseedor,
siempre y cuando se sujete al siguiente procedimiento:
I. …
II. Acompañar la solicitud con los documentos siguientes: constancia de
alineamiento y número oficial vigente, acreditar que se cuenta con la legal
instalación de toma de agua y de la conexión del albañal, planos de la obra
2. ejecutada, arquitectónicos, estructurales, de instalaciones que incluyan el
uso de sistemas para calentamiento de agua por medio del
aprovechamiento de la energía solar, en su caso.
2. Art. 82-VI Calentadores solares para viviendas.
Será indispensable instalar un calentador solar por cada vivienda, si la
construcción cae en alguna de las siguientes condiciones:
En las edificaciones habitacionales nuevas plurifamiliares de
más de tres viviendas.
Esto quiere decir que en edificios de vivienda vertical de más
de 3 departamentos, se deberá incluir un calentador solar por
cada uno de los departamentos.
Viviendas Unifamiliares con superficie igual o mayor a 100
m2.
Esto quiere decir que en vivienda horizontal, en condominio o
de tipo privado, si la construcción es superior a 100 m2,
deberá instalarse un calentador solar en esa residencia.
3. Art. 83-IV. Albercas y fosas de clavados.
ARTÍCULO 83.- Las albercas y fosas de clavados contarán, con:
…
IV. Sistemas de aprovechamiento de la energía solar para el
calentamiento de agua de la alberca, además del sistema convencional
de calentamiento de agua.
Cabe señalar que el calentador de respaldo está especificado primero,
es decir, el calentador solar es un elemento adicional.
En este artículo queda claro que las escuelas de natación privadas,
centros deportivos, casa club de residencial privado así como gimnasios
del gobierno local.
4. Art. 89. Establecimientos industriales y comerciales con más de 30
empleados
Todos los establecimientos industriales, comerciales, de oficinas, de
servicios y de espectáculos, ubicados en la Ciudad de México y con más de
30 empleados.
Por lo anterior, todas las empresas que brindan el servicio de regaderas y/o
comedor a sus trabajadores, deberán incluir en su proyecto de construcción
3. o remodelación, un porcentaje del agua caliente para dichos fines, cubierto
con calentadores solares.
Puntualizando dos aspectos:
1. Solo está contemplada la aplicación para la Ciudad de México, pero el
éxito de esta medida en la disminución de gases contaminantes será el
punto de partida para exigirlo a nivel nacional.
2. No es retroactivo a construcciones ya realizadas, pero es muy probable
que a las que no han recibido su constancia de obra terminada y
número de alineación, les será requerido un día después de la
publicación de la Norma Técnica Complementaria.
En éste momento, la fecha de lanzamiento de dicha norma técnica no ha sido
dada a conocer, pero se estima que se publique antes de las fechas patrias.
¡GRACIAS!
Webinar presentado por:
Ing. Salvador González González
Coordinador General del Centro Nacional de Capacitación en Energías
Renovables.
salvador@cencer.org.mx
www.cencer.org.mx
(55) 66 47 50 69
(55) 70 98 03 41