El documento explica la diferencia entre contratación electrónica y contratación informática. La contratación electrónica se refiere a contratos celebrados mediante elementos electrónicos como ordenadores, mientras que la contratación informática implica bienes o servicios informáticos como soporte de hardware, software o servicios de mantenimiento de sistemas. También analiza conceptos como contratos de adhesión, cláusulas abusivas, vicios de consentimiento y outsourcing en el contexto de la contratación electrónica e informática.
2. DIFERENCIA ENTRE CONTRATACIÓN
ELECTRÓNICA & CONTRATACIÓN INFORMÁTICA.
DE UN EJEMPLO DE CADA UNO.
• CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
• contratación que se realiza por medio de ordenadores, elementos
informáticos u otro cualquiera electrónico
• aquella que se realiza mediante la utilización de algún elemento
electrónico
• producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico, no
siendo necesario para su validez nada más que los requisitos generales
para su celebración por otro medio no electrónico.
• Hablamos de una empresa que tiene en estos medios un canal de
comercialización de su oferta, y ésta se adapta, incluidas las políticas
comerciales y el precio
• EJEMPLOS: La contratación electrónica, atendiendo a la formación y
ejecución del contrato puede ser; ONLINE y OFFLINE.
• CONTRATACIÓN INFORMÁTICA
• contratación de bienes o servicios informáticos
• Soporte físico: todos aquellos elementos que forman el sistema
(ordenador) en cuanto al hardware, ya sea la unidad central de
proceso o sus periféricos
• Soporte lógico: bienes inmateriales que proporcionan las órdenes,
datos, procedimientos e instrucciones en el tratamiento
automático de la información.
• servicios informáticos: todos aquellos que sirven de apoyo y
complemento a la actividad informática en una relación de
afinidad directa con ella.
• Ejemplo: mantenimiento preventivo, correctivo o evolutivo;
desarrollo y hospedaje de sitios de web, prestación de servicios
de certificación digital; mantenimiento de ordenadores o
computadoras, el de creación de un ordenador con una
configuración determinada
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3. ¿A QUÉ SE DENOMINAN CONTRATOS DE
ADHESIÓN? ¿QUÉ RELACION TIENEN LOS
CONTRATOS DE ADHESIÓN O MASIVOS CON LA
TELECONTRATACIÓN?
• Los contratos informáticos, en muchas ocasiones, son contratos de
adhesión, en los que una de las partes fija las cláusulas del contrato y la
otra parte se adhiere a las mismas, sin tener posibilidad de modificar
ninguna de ellas.
• Estas situaciones se pueden dar muy especialmente en la contratación
informática por el normal desconocimiento del usuario de las técnicas
informáticas y los detalles de funcionamiento de máquinas y programas.
Otro factor es el potencial económico del fabricante.
• EJEMPLO:
• Contratos de suministro de servicios públicos (energía eléctrica, gas,
telefonía, etc.) o la mayoría de los contratos de seguro y contratos
bancarios.
4. ¿QUÉ SON LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS EN
TELECONTRATACIÓN? DE ALGUNOS EJEMPLOS DE
ELLOS EN LAS NTICS
• Debido a su fuerte posición, los grandes productores incluyen a
veces cláusulas tendentes a limitar su responsabilidad. Estas
cláusulas pueden resultar inválidas ante un juez.
• Las cláusulas abusivas aquellas estipulaciones contractuales
que no han sido negociadas individualmente por el consumidor
y que, en contra de la buena fe, causan en perjuicio del
consumidor un desequilibro importante en los derechos y
obligaciones que derivan de un contrato.
5. ¿A QUÉ SE DENOMINAN VICIOS DE
CONSENTIMIENTO EN TLECONTRATACIÓN?
• Según el art. 1265 Cc. “será nulo el consentimiento prestado por
error, violencia, intimidación o dolo”.
• Al contratarse por medios electrónicos puede producirse un error respecto a
la identidad de la persona con la que se está contratando.
• También puede suceder que se dé un error en cuanto al contenido, como
cuando el documento que se envía es sometido a un proceso o tratamiento
que modifique la información.
• Otro riesgo no menos frecuente es el fraude, que se diferencia del anterior
por el dolo o mala intención.
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6. ¿EN QUÉ CONSISTE EL OUTSOURCING EN
MATERIA DE CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA?
• Contrato atípico que consiste en la cesión de la gestión de los
sistemas de información de una entidad a un tercero que,
especializado en esta área, se integra en la toma de decisiones
y desarrollo de las aplicaciones y actividades propias de la
referida gestión, con la finalidad de la optimización de los
resultados de la misma, al tiempo que permite a la entidad el
acceso a nuevas tecnologías y la utilización de recursos
especializados de que no dispone.
7. • Ejemplos:
• Contratación: si se contrata una empresa para hacer el servicio de
limpieza de una compañía, la empresa que solicita el servicio es
quien determina qué tipo de equipos y detergentes químicos utilizar
para hacerlo, de qué forma, cuantas personas serían necesarias y
cuando se realizarlo.
• OUTSOURCING en este caso la empresa que requiere del servicio
solicita compañía proveedora, el servicio de limpieza. Entonces es el
suplidor quien determina cuando y como debe realizar la limpieza,
cuales detergente va a utilizar y cuantas personas se necesitan para
ello.
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