2. DIFERENCIA ENTRE CONTRATACIÓN
ELECTRÓNICA Y CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA.
EJEMPLO DE CADA UNO.
La diferencia estriba en que la Contratación informática es la contratación
de bienes o servicios informáticos, mientras que la contratación
electrónica es la que se realiza por medios de ordenadores, elementos
informáticos o electrónicos.
Ejemplo de Contratación informática: Un contrato de adhesión
sobre soporte lógico que consiste en bienes inmateriales que
proporcionan las órdenes.
Ejemplo de Contratación electrónica: Contrato de arrendamiento
financiero por medio de correo electrónico.
3. ¿A QUÉ SE DENOMINA CONTRATOS DE
ADHESIÓN? Y ¿QUÉ RELACIÓN TIENE LA
CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA POR
INTERNET CON LOS LLAMADOS
CONTRATOS DE ADHESIÓN?El Contrato de adhesión es aquel por el cual una de las partes fija
cláusulas del contrato y la otra parte se adhiere a las mismas, sin
tener posibilidad de modificar ninguna de ellas. Este tipo de
contratos son válidos, pero a veces son abusivos porque entrañan un
debilitamiento de la autonomía de la voluntad. La relación entre los
contratos de adhesión y la contratación electrónica es que permite
que se efectúe con prontitud, sin embargo, por debilitar la autonomía
de la voluntad, ello ha sido corregido por el Supremo Tribunal al
señalar que “La interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato
no deberá favorecer a la parte que ha ocasionado la oscuridad” Estas
situaciones se pueden dar muy especialmente en la contratación
informática por el normal desconocimiento del usuario de las técnicas
informáticas y los detalles del funcionamiento de máquinas y
programas. Otro factor es el potencial económico del fabricante.
4. ¿QUÉ SON CLÁUSULAS ABUSIVAS
EN TELE CONTRATACIÓN?
ALGUNOS EJEMPLOS DE ELLOS EN
LAS NTICS.
Son aquellas que se dan
porque, debido a su fuerte
posición, los grandes
productores incluyen a
veces cláusulas tendentes a
limitar su responsabilidad.
Estas cláusulas pueden
resultar inválidas ante un
Juez.
5. EJEMPLOS:
Trasmisión de derechos: El productor, sin necesidad de autorización expresa o
escrita del comprador del SOFTWARE, podrá ceder los derechos del contrato ya
sea de propiedad intelectual o industrial.
Cláusula de garantía: si se produce un fallo que hace que sistema deje de
funcionar, la garantía no comenzará a correr nuevamente por todo el tiempo
pactado, sino que el usuario correrá con dichos gastos.
Cláusula de garantía: El suministrador sólo garantizará por dos meses, que los
equipos y programas se adecúen a la actividad por la que se contrata y que son
compatibles entre sí. Es la única garantía que brindará el suministrador siempre y
cuando el usuario haya dado al equipo el uso normal y adecuado.
6. ¿A QUÉ SE DENOMINA VICIOS DEL
CONSENTIMIENTO? ¿CÓMO SE
PRODUCEN ESTOS EN LA TELE
CONTRATACIÓN? DAR EJEMPLOS
Se denomina Vicios del Consentimiento,
conforme a lo dispuesto en el artículo 1265 del
Código Civil, aquellos que anulan el
consentimiento prestado ya sea por error,
violencia, intimidación o dolo.
7. EJEMPLOS
Al contratarse por medios electrónicos puede producirse un error
respecto a la identidad de la persona con la que se está contratando.
Es el caso de la Empresa INTERNA S.A. que celebra un contrato
informático de servicio de HARDWARE con José Pérez, vía correo
electrónico; y, por error se consignó en el contrato otra dirección
electrónica del usuario.
También puede suceder que se dé un error en cuanto al contenido,
como cuando el documento que se envía es sometido a un proceso o
tratamiento que modifique la información. Es el caso de A que
celebra con B un contrato informático de instalación de Hardware
cuando en realidad es de SOFTWARE.
Otro riesgo no menos frecuente es el Fraude, que se diferencia del
anterior por el dolo o la mala intención. Es el caso de A que celebra
con B un contrato informático de mantenimiento de equipos que no
le pertenecen ni tiene a su cargo.
8. ¿EN QUÉ CONSISTE EL OUTSOURCING
EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA? DÉ ALGUNOS
EJEMPLOS.
Es un Contrato Atípico que consiste en la cesión de la gestión de los
sistemas de información de una entidad a un tercero que,
especializado en esta área, se integra en la toma de decisiones y
desarrollo de las aplicaciones y actividades propias de la referida
gestión, con la finalidad de la optimización de los resultados de la
misma, al tiempo que permite a la entidad el acceso a nuevas
tecnologías y la utilización de recursos especializados de que no
dispone.
9. EJEMPLOS
La empresa “ANTAMINA
CORPORATION S.A.”, cede la gestión
de sus sistemas informáticos a la
empresa educativa tecnológica IDAT
para optimizar su sistema operativo
en la producción minera de cobre del
año 2016.
El suministrador prestará sus
servicios en la optimización del
SOFTWARE debiendo fijarse en el
clausulado la adecuación operativa
del sistema con el Software.