UTILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL EN EL AVANCE O RETROCESO DE LAS INSTITUCIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL
(CASO REFERENCIAL TERCERA SENTENCIA DE LA C.P.I
CONGOLÉS GERMAIN KATANGA
CONDENATORIA
No. ICC-01/04-02/12
18/12/2012)
1. Ministerio del Poder Popular Educación Universitaria
Universidad Latinoamericana y del Caribe
Especialización: Derecho Penal Internacional
Cátedra: Análisis jurisprudencial
Profesor: Dr. Jesús David Rojas Hernández
UTILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL EN EL AVANCE O
RETROCESO DE LAS INSTITUCIONES DEL
DERECHO INTERNACIONAL
(CASO REFERENCIAL TERCERA SENTENCIA DE LA C.P.I
CASO CONGOLÉS GERMAIN KATANGA
CONDENATORIA
No. ICC-01/04-02/12
18/12/2012)
Participante:
Álvarez Núñez, Menfis del Carmen C. I V-10.7844.70
Caracas, julio 2017
2. 1
GERMAIN KATANGA
Germain Katanga, alias “Simba” (“león” en Swahili), nacional de la
República Democrática del Congo, nacido el 28 de abril de 1978 en
Mambasa, Territorio de Mambasa, Distrito de Ituri, Nacionalidad:
congoleño. Etnia: Parcialmente de origen Ngiti, casado con Denise Katanga
y padre de dos Hijos, hijo de Jacob Nduru y Elizabeth Regine, supuesta
líder del FRPI, quienes, ex comandante de guerra de la milicia Frente para
la Resistencia Patriótica de Ituri (FRPI). Su orden de detención fue emitida
bajo sello el 02/07/2007 y sin sellar el 18/10/2007, siendo trasferido a La
Haya el 17/10/2007, detenido en el Centro Penitenciario y Rééducation de
Kinshasa.
-La ubicación de BOGORO
La RDC se divide en unidades administrativas designadas como
"provincias", "Barrios", "territorios", "comunidades", "agrupaciones" y
"localidades" Pueblo de Bogoro, se encuentra en la intersección de las
localidades de Bagaya y Dodoy, y es la capital de Babiase groupement, que
pertenece a la colectividad Bahema Sud. Bahema Sud es Situado en el
territorio de Irumu, una de las subdivisiones del distrito de Ituri, al este de
la provincia oriental. geográficamente, Bogoro se encuentra al sur de la
colectividad Walendu-Tatsi, . Al norte de la colectividad Walendu-Bindi, ya
medio camino entre Bunia, la capital de Ituri, y el lago Albert, que forma la
frontera entre la RDC y Uganda.1
Se posiciona en medio de la colectividad de Bahema Sud significa
que Bogoro está en el cruce de un camino entre dos comunidades Lendu y
con la carretera que une la RDC con Uganda.2
1
https://www.icc-cpi.int/CourtRecords/CR2015_04025.PDF.acceso 16/07/2017 12:00pm
2
Ídem
3. 2
Antecedentes sobre el juicio
REFERENCIA A LA CORTE
La República Democrática del Congo ratificó el Estatuto de Roma es
el 11 de abril de 2002. El 3 de marzo de 2004, el Gobierno de la RDC remitió
el estado (todos los eventos sean de la jurisdicción de la Corte) es un
territorio TIC desde la entrada en la fuerza del Estatuto de Roma el 1 de
julio de 2002. Después de un análisis preliminar, el Fiscal inició una
investigación es el 21 de junio de 2004.3
De allí que las investigaciones en curso están en relación con las
circunstancias de la RDC.
Jurisdicción de la CPI
En el entendido de la que la CPI tiene competencia sólo para
iniciar investigaciones y enjuiciamientos por delitos cometidos, posteriores
al 1 de julio de 2002, instruyo investigaciones fundamentadas en la
existencia dela existencia de motivos razonables para entender que a partir
de julio de 2002 y hasta finales del año 2003, se produjo un prolongado
conflicto armada en el territorio de Ituri, dado que grupos armaos y con una
organización jerárquica estructurada, con la suficiente capacidad de
planificar y llevar a cabo operaciones militares sostenidas, tales como el
Frente de Nacionalistas et intégrationnistes (FNI), la Fuerza de Resistencia
patriótica en Ituri (Fuerza de Resistencia Patriótica en Ituri) ("el FRPI"), la
Unión de patriotas Congolais ("la UPC") / las Fuerzas Patriotiques pour la
libération du Congo [Fuerzas Patrióticas para la Liberación del Congo]
("FPLC") y la Parti pour l'unité et la sauvegarde de l'intégrité du Congo
Unidad y Salvaguardia de la Integridad del Congo] ("el PUSIC");4
3
https://www.icc-cpi.int/drc/katanga/Documents/katangaEng.pdf.acceso 09/07/2017. 10:00pm
4
Ídem
4. 3
Siendo que Germain Katanga, estuvo inmerso en el conflicto, con
la ocupación de un cargo superior como Comandante armado entre el FNI
y el FRPI, el cual actuó con un propósito común, de llevaron a cabo un
ataque contra el pueblo de Bogoro que entabló en julio de 200,
aproximadamente hasta el 24 de febrero de 2003 o alrededor de ese año
de manera indiscriminada; indiscriminada, durante, y después del ataque,
miembros de la FNI y FRPI cometieron varios delitos entre ellos: Actos
contra civiles principalmente de etnia Hema, a saber: i) el asesinato de
aproximadamente 200 Civiles; Ii) causaron graves daños corporales a los
civiles; Iii) detención, bajo amenazas con armas y encarcelación de civiles
en una habitación llena de cadáveres; Iv) pillaje y V) la esclavitud sexual de
varias mujeres y niñas; siento esto los crímenes de guerra Jurisdicción de
la Corte de conformidad con los artículos 8 (2) (a) (i), 8 (2) (1) (ii), 8 (2) (b)
(i), 8 (2) (b) (xvi), 8 (2) (b) (xxii), 8 (2) (b) (xxvi), 8 (2) (c) (i), 8 (2) (I), 8 (2)
(e) (v), 8 (2) (e) (vi) y 8 (2) (e) (vii) del Estatuto.5
Ahora bien, reafirma con esta decisión la CPI, su competencia
y Jurisdicción, por ello admite el caso, aunado a la demostración, así como
el cumplimiento del deber del Fiscal de investigar y no dejar impune este
tipo de conductas, asimismo fue verificada esta situación en base a las
pruebas e informaciones presentadas para el enjuiciamiento
Germain Katanga, por lo cual ordena la corte su aprehensión conforme
mandato de detención emitido el 02 de julio de 2007, por la Cámara II de
Pruebas. mediante decisión. ICC-01/04-01/07-1.
En fecha 10 de marzo de 2008, los magistrados de la CPI,
mediante decisión No: ICC-01/04-02/07, combinaron el caso de MATHIEU
NGUDJOLO, (orden de arresto 06/07/2007), con el de GERMAIN
KATANGA, (orden de arresto emitida 04 días después de haber sido
arrestado Mathie Ngudjolo), previa solicitud de la Fiscalía, quien en 2003
5
Ibidem
5. 4
efectuó solicitud conjunta de detención por ser presuntos coautores de
crímenes de competencia dela CPI, aunado a la manifestación en 2004 de
la RDC de no poder enjuiciarlos. Para lo cual la sala tomo como normativa
Que el párrafo 5 del artículo 64 del Estatuto y el artículo 136 de las normas
se incluyen en el capítulo VI del Estatuto y en el Reglamento
"Procedimiento de Juicio", toda vez que la interpretación contextual de
la disposición antes indicando relativas a la Ante la Sala de Cuestiones
Preliminares incluidas en el Capítulo V de la Estatuto y el Reglamento, no
se opone a un procedimiento conjunto en la fase que, toda vez que la norma
la presunción de un procedimiento conjunto para personas procesadas
conjuntamente6
Cabe destacar que el inicio de la investigación tiene su origen
en un examen preliminar de la Fiscalía de la CPI sobre los delitos cometidos
en la República Democrática del Congo desde julio de 2002 y en un
anuncio del fiscal de abril de 2004 según el cual había recibido del gobierno
una remisión de la situación en la República Democrática del Congo, la
segunda hecha por un Estado en virtud del Estatuto de Roma de CPI (la
primera la ha hecho Uganda también este año, al remitir la situación en el
norte del país). El gobierno de la República Democrática del Congo ha
elaborado, pero no aprobado aún, legislación para permitir la aplicación del
Estatuto de Roma en el derecho interno del país.7
En ese proyecto de legislación, la pena de muerte reemplaza
a la cadena perpetua como castigo del delito de genocidio y de los crímenes
de lesa humanidad. La inclusión de la pena de muerte, que Amnistía
Internacional considera una violación del derecho a la vida y la forma más
extrema de pena cruel, inhumana y degradante, es contraria a las normas
6
7
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR620142004.acceso 17/07/2017. 2;00 am
6. 5
las normas internacionales de derechos humanos y a la creciente tendencia
a la abolición de la pena capital en África.8
Decisión está que fortalece la institución del debido proceso y la
unidad de los diversos procesos por unos mismos hechos a varios
investigados como co-autores, lo cual redundará también en la economía
del proceso y la celeridad procesal, en este caso por el presunto ataque a
la población de Bogoro.9
Igualmente es oportuno destacar que en fecha 21/11/2012
No: ICC‐01/04‐02/12, fue aplicada la regla 55 (establece que La Sala
podrá cambiar la calificación jurídica de los hechos "en cualquier momento.
Señalando que: "La redacción implica que no hay ninguna limitación
temporal a "Activación" esta disposición ya que los derechos del acusado
se exponen en Párrafos 2 y 3 (a) y (b) del Reglamento son efectivamente
garantizados. De igual modo se concluyó en la separación de los cargos
los casos de Katanga y Ngudjolo, para evitar posibles violaciones de los
derechos de Ngudjolo, en particular el derecho a in juicio sin retrasos
indebidos
Conjuntamente con la orden de aprehensión se emitieron
decisiones que contenían medidas precautelarías, no solo para garantizar
el posible derecho de reparación a las víctimas, sino para evitar lo una
declaración de insolvencia tal como:
La de fecha 06 de julio de 2007, Solicitud a la República
Democrática del Congo con el fin de obtener la identificación, rastreo,
8
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR620142004.acceso 17/07/2017. 2:00am
9
Pre-Trial Chamber I, Decision on the confirmación of charges, 26 September 2008, ICC-01/04-
01/07-716- Conf (public version: ICC-01/04-01/07-717), paras. 573-582 (“Decision on the
Confirmation ofCharges”). acceso 16/07/2017. 10:00pm
7. 6
congelamiento y embargo de los bienes y activos de Germain Katanga.
ICC-01 / 04-01 / 07-7-t.
Asimismo, el 07 de julio de 2007, Decisión sobre las pruebas e
información proporcionada por el Ministerio Público para la emisión de una
orden de detención contra Germain Katanga- (ICC-01 / 04-01 / 07-4 |
Cámara Preliminar I, la cual corroboro la existencia de fundamentos
razonables para enjuiciarlo.
De igual modo la audiencia de confirmación de cargas: A partir de
27 junio-16 julio 2008, siendo homologada la decisión sobre la confirmación
de los cargos el 26 septiembre 2008 bajo la sentencia número No.: ICC-
01/04-01/07 Date: 7 March 2014. los jueces de la Sala de Cuestiones
Preliminares I confirmaron los cargos de los crímenes de guerra y crímenes
contra humanoide Germain Katanga y Mathieu Ngudjolo Chui.
El juicio iniciado es de 24 noviembre de 2009, y las partes y los
participantes entregaron sus declaraciones de clausura del 15 al 23 mayo
de 2012.
En el transcurso de 265 días de audiencias, la Cámara II.
Integrada por él. Juez Marc Perrin de Brichambaut, Juez Presidente. Juez
Olga Herrera Carbuccia. El juez Peter Kovacs. Representación de la Oficina
del Fiscal Fatou Bensouda, Fiscal James Stewart, fiscal adjunto. Eric
MacDonald, Tercera abogado. El consejo de defensa de Germain Katanga
David Hooper-. Andreas O'Shea Los representantes legales de las víctimas
Fidel Nsita LuvengikaHeard, llamaron a testigos y peritos llamado caducada
por la Fiscalía, el 28 llama a los equipos de la defensa de Germain Katanga
y Mathieu Ngudjolo Chui (cuyo cuadro se unió al Sr. Katanga de Durante el
ensayo y se separó causas el 21 de noviembre de 2012). Se Tomo
declaración a 336, víctimas debidamente representadas y expertos,
asimismo en resguardo a sus derechos a un juicio m justo al
8. 7
debido proceso, igualdad de las partes y derechos a la defensa, eficaz,
eficiente y efectivas, se llamó a declarar al ciudadano congolés, Germain
Katanga, bajo juramento. En relacional juico la Sala II, emitió 409 órdenes
y decisiones escritas y 168 decisiones orales. Las partes y los participantes
presentaron más de 3.300 diligencias a la Cámara.10
El veredicto en el caso contra Katanga pronunciada fue lo
tienen 7 de marzo de 2014. Conforme sentencia número No. ICC-01/04-
01/07, constante de 660 páginas, con dos votos en contra de majorité, con
el juez Christine Van den Wyngaert, igualmente se identifica en el texto de
la sentencia por apartados, para un total de XII, capítulos, fundamentada
en las evidencias evacuadas y actuando conforme a lo establecido en
el artículo 74 (2) del Estatuto, en la prueba presentada y se examinaron en
el juicio y en todo el proceso, la Sala, emite criterio por UNANIMIDAD,
modificados, de conformidad con la norma 55 del Reglamento de la Corte,
el legal. Tal Caracterización de los hechos en cuanto a las características
requeridas por los convenios de Ginebra y sus protocolos para determinar
si se está o no ante la presencia de un conflicto armado de carácter
Internacional o bien de carácter interno y el conflicto allí presentado a su
vez conectado a los cargos efectuados contra Germain Katanga, no era de
carácter internacional año entre agosto de 2002 y mayo de 2003, sino más
bien interno.11
En ese orden de ideas la sala II encontró alemán Katanga
culpable, como accesorio, le sentido del artículo 25 (3) (d) del Estatuto de
Roma, uno de contar del crimen contra la humanidad (asesinato) y cuatro
cargos de crímenes de guerra (asesinato, atacando a la población civil,
destrucción de propiedad y saqueo) se cometieron 24 de febrero de 2003
durante el ataque a la ciudad de Bogoro en el distrito de Ituri de la República
Democrática del Congo.
10
https://www.icc-cpi.int/drc/katanga/Documents/katangaEng.pdf.acceso 09/07/2017. 10:00pm
11
https://www.icc-cpi.int/CourtRecords/CR2015_04025.PDF.acceso 16/07/2017 12:00pm
9. 8
La Sala consideró terminado el juicio que había establecido más
allá de toda duda razonable Katanga que se había hecho una contribución
significativa a la comisión de los crímenes cometidos por la milicia ngiti, qui
estaba actuando con un propósito común, por las TIC Ayudar a los
miembros al mapa operación contra Bogoro. La Sala determinó Germain
Katanga que actuaron en el conocimiento del plan criminal común ideado
por la milicia para apuntar la población predominantemente en Bogoro. Los
delitos de asesinato, ataques contra civiles, la destrucción de la propiedad
y el SAQUEO fue parte del plan común.12
Igualmente determinó que el Sr. Katanga era el intermediario de
elección entre les armas y municiones proveedores y aquellos; Que
FÍSICAMENTE cometido los crímenes Aquellos que utilizan munición en
Bogoro. 13
Él contribuyó a reforzar la capacidad de ataque de la milicia ngiti
quien la lleva a cabo los crímenes cometidos en Bogoro es el 24 de febrero
de 2003. Su contribución, por la posición en virtud de Aveba (hijo), colocó
a la comunidad con un aeropuerto de era el quien podría acomodar el
transporte de armas de aeronaves - a la milicia y equipamiento, lo que le
permite operar de manera eficiente y organizada. Su participación permitió
a la milicia para valerse de logística significa qui agrupación14
No poseía lo que le permite asegurar la superioridad militar
sobre las TIC adversario. Sin embargo, la Cámara desestimó la pretensión
de responsabilidad, como autor principal, aplicada a Germain Katanga, ya
que no se probó más allá de toda duda razonable con respecto a la
12
https://www.icc-cpi.int/CourtRecords/CR2015_04025.PDF.acceso 16/07/2017 12:00pm
13
Ídem
14
Ibidem
10. 9
Tenía la capacidad de la comunidad material para dar órdenes o para
garantizar su aplicación, o que él tenía la autoridad para castigar el
campamento comandantes.15
Es oportuno destacar una parte muy significativa para el
establecimiento de la responsabilidad criminal, la cual aporta doctrina,
criterios y lineamientos para el enjuiciamiento y establecimientos de
responsabilidades de orden internacional como los es la RE-
CARACTERIZACIÓN DEL MODO DE RESPONSABILIDAD, debido a
que ” la Cámara cambió la caracterización de la forma de la
responsabilidad contra el Sr. Katanga - que inicialmente habían sido
acusados, como directora autor - sobre la base del artículo 25 (3) (d) del
Estatuto de Roma, olefinas qui años siendo blanco accesorio Contribuir
como "[e] n cualquier otro modo[...] a la Comisión [...] de [...] un crimen por
un grupo de personas que actúe con un propósito común". Germain
Katanga fue encontrado culpable, como accesorio da le sentido del artículo
25 (3) (d) del Estatuto de Roma, por los delitos de asesinato Constituyendo
un crimen contra crimen humanoide y una guerra y el crimen de dirigir un
ataque contra la población civil tienen, tanto responsabilidad institucional
(militar) como o individual contra civiles , dado que tomo parte activa en las
hostilidades, así como en la destrucción de bienes del enemigo y
saqueando los crímenes de guerra que lo conforman. 16
En ese sentido, por lo tanto, siempre una cámara de prueba
no sobrepasar los hechos y descritos en los cargos circunstanciales marco
de regulación 55 permite que se modificar la calificación jurídica de los
hechos para hacer frente a los delitos comprendidos en el Estatuto o que
están de acuerdo con la forma de participación del acusado en los delitos
15
OP.cit
16
Ídem
11. 10
previstos en los artículos 25 y 28 del Estatuto. Bajo la regulación 55 (1) del
reglamento, la calificación jurídica de los hechos puede ser modificado en
una decisión prestados por una cámara en virtud del artículo 74 del
Estatuto. Sin embargo, como la regulación 55 (2) establece, si "en
cualquier momento durante el juicio," A la cámara le preocupa
calificación jurídica de los hechos estas pueden estar sujetos a cambios, y
se `notificará a los participantes en el procedimiento de tal posibilidad deja
lagunas, un propósito que es totalmente compatible con el Estatuto "y
observó que" la interpretación del Sr. Lubanga Dyilo del artículo 61 (9) del
Estatuto asume el riesgo simplemente de absoluciones que son el resultado
de las calificaciones legales confirmados en la preventiva etapa que resulta
ser incorrecta, en particular, basado en el Las pruebas presentadas en el
juicio" .26 ,aun así se corrobora que después de haber escuchado la
evidencia, `deberá, a una formación adecuada, dar al participante la
oportunidad de hacer presentaciones. Reglamento 55 establece a fin de
salvaguardar los derechos del acusado a disponer del tiempo y los medios
adecuados para la preparación eficaz de su defensa, y se le dará la
oportunidad de solicitar la presentación de Cualquier testigo o pruebas de
que él o ella considere necesario, conforme a lo establecido Sección 67 (1)
(e) .23.
Por lo que se hace preciso traer a colación el caos Lubanga, la
Sala de Apelaciones y claramente sostenido por unanimidad la legalidad
del Reglamento 55, a la luz de las disposiciones del Estatuto, haciendo
hincapié en que las normas de derechos humanos aplicables permiten al
modificación de la calificación jurídica durante el juicio, siempre y cuando
este no afecta negativamente a la equidad del juicio y sobre todo por cuanto
se ha hecho hincapié con vista ", el propósito principal de un Reglamento
55 es cerrar la rendición de cuentas.
12. 11
Determinándose en esta fase de la jurisprudencia un avance
en relación a la necesidad de establecer juicios justos y debido proceso y
la permisividad e cambiar la calificación jurídica para adecuada a los
hechos debatidos, con la preminente garantía del respeto a los derechos
humanos del justiciable.
En lo atinente a los otros cargos prestados contra Germain
Katanga. La Sala de Primera Instancia Katanga absuelto de la violación y
la esclavitud sexual como crimen contra la humanidad y los crímenes de
guerra de la utilización de los niños menores de quince años para participar
activamente en las hostilidades, la esclavitud sexual y violación.17
"La contribución del acusado en la milicia tuvo una considerable
influencia en la comisión de los crímenes", ha dicho el juez Bruno Cotte
durante la lectura de la sentencia. La CPI ha explicado en un comunicado
que había tomado "por mayoría" esa decisión.18
Los jueces han explicado "estar convencidos más allá de la
duda razonable de que Katanga fue cómplice en la comisión de un crimen
contra la humanidad y de otros cuatro crímenes de guerra (asesinato,
ataque contra la población civil, destrucción de bienes y pillaje) el 24 febrero
de 2003 durante un ataque contra el pueblo de Bogoro, en el distrito Ituri
de la República Democrática del Congo.
La "contribución" a la que Cotte se refería especialmente era el
transporte de armas que abastecía a la milicia liderada por Katanga, quien
17
Ibidem
18
La Haya declara culpable de crímenes de guerra y contra la humanidad al exlíder congoleño Kat
anga - RTVE.es. acceso 16/07/2017. 2:00am
13. 12
según los jueces era uno de los principales "intermediarios" con los
proveedores.
La Fiscalía acusó inicialmente a Katanga de haber tenido
responsabilidad de mando en crímenes de guerra y lesa humanidad
cometidos en esa localidad, en una ofensiva dirigida contra la etnia 'hema'.
En concreto, mantuvo que, entre enero de 2002 y diciembre de 2003, más
de 8.000 civiles murieron y más de medio millón de personas se vieron
forzadas a dejar sus casas en Ituri por el conflicto étnico en esa región.
Sin embargo, los jueces les permitieron cambiar la naturaleza legal
de los cargos iniciales para que pudieran "recaracterizar" la acusación y
demostrar no tanto la responsabilidad del acusado en los crímenes sino
solamente su "contribución significativa" a los mismos.
La jueza Christine van en Wyngaert disintió este viernes con la
opinión mayoritaria de la Sala Primera al aceptar esa "recaracterización" de
los cargos y mantuvo además que, hecho ese cambio, el acusado no tuvo
tiempo de preparar su defensa, cuestión que fue ampliamente debatida y a
mi modo de ver un retroceso en las intuiciones de defensa, así como a un
juicio justo y al debido proceso, al afirmar que tuvo tiempo para hacerlos,
cuando el cambio se estaba dando en ese momento.
El tribunal ve premeditación en los crímenes La mayoría
de la terna, compuesta por tres jueces, estableció la culpabilidad de
Katanga basándose en su "contribución significativa" al cargo de asesinato.
Igualmente determinó la Sala determinó que no había
pruebas más allá de toda duda razonable Que le delitos de violación y la
esclavitud sexual estaban, la mayoría de los jueces consideraron que pese
a que ese delito fue cometido por miembros de la milicia Fuerzas Patrióticas
14. 13
de Resistencia (FPRI), dirigida por Katanga, el papel del acusado no afectó
directamente a su comisión.
En cuanto al delito de utilización de niños soldados, se encontró
que había niños armados en milicias y ngiti, entre los combatientes que
estaban en Bogoro en el día del ataque. Sin embargo, la Sala concluyó Que
la evidencia presentada en apoyo de la culpabilidad del acusado No
satisfizo más allá de toda duda razonable de la responsabilidad de los
crímenes conforme la tesis del acusante.19 Toda vez que los jueces
establecieron que, aunque había soldados en la milicia, "no se ha
podido demostrar que Katanga los utilizara en las hostilidades".
Igualmente se debe traer a colación que los jueces también
rechazaron el argumento de la defensa de que el ataque a Bogoro
tuviese fines militares y careciese de objetivos civiles. "La forma en la
que se perpetró el ataque, con mujeres, ancianos y niños entre las
víctimas, demuestra que uno de los objetivos era acabar con
miembros de la etnia 'hema', predominante en Bogoro", según la
sentencia.
Contra la sentencia fue prestada apelación, la cual fue
interrumpida la defesa de Germain Katanga y la Fiscal el 25 de junio de
2014, dado el trámite de la CPI de para reducir el tiempo privado de libertad
dela condena, toda vez que se ponen en juego las instituciones de
derechos humanos del juicio justo y debido proceso, sobre todo al haberse
extendido el juico sin culpa del procesado.
En definitiva, GERMAIN KATANGA, valoradas todas y cada
uno de los elementos probatorios decantados durante el proceso del juicio
y aplicada la docimasia de las penas, fue condenado a 12 años de prisión,
siendo designados el 03 de agosto del año 2015 decisión de nombramiento
19
OP.cit
15. 14
de tres jueces de la Sala de Apelaciones para la reducción de la pena
impuesta a Germain Katanga. ICC-01 / 04-01 / 07-3572. De allí que la Sala
de apelaciones entra a conocer y 13 de noviembre del año 2015 emite la
decisión sobre la reducción de la pena que le concernían al Sr. Germain
Katanga ICC-01 / 04-01 / 07-3615 | Sala de apelaciones le descontó el
tiempo de detención de la CPI - entre el 18 de septiembre de 2007 y el 23
de mayo de 2014. valga decir 6 años 8 meses 5 días, por lo cual le faltaría
cumplir 5 años 3 meses 25 días.
En lo concerniente a la reparación de las víctimas El 24 de
marzo de 2017, la Sala II año emitió la Orden de Adjudicación reparaciones
individuales y colectivas a las víctimas de crímenes cometidos por Germain
Katanga. Los jueces otorgaron 297 víctimas con una compensación
simbólica de 250 dólares por víctima, así como colectivas reparaciones en la
forma de apoyo a la vivienda, soporte para las actividades de generación
de ingresos, ayuda a la educación y apoyo psicológico. Debido a la pobreza
del Sr. Katanga, el Fondo Fiduciario para las Víctimas fue invitado a
Considere el uso de recursos de las TIC para las reparaciones y para este
Plan de implementación años el 27 de junio 2017.
Es de hacer notar que en principio las personas condenadas
por la CPI, no cumplen sus sentencias en los Países Bajos, la sede de la
CPI, sino en otros Estados que aceptan recibir a las personas acusadas. El
19 de diciembre de 2015, Germain Katanga fue transferido a la RDC para
cumplir con su sentencia. Igualmente, la Corte Penal Internacional (CPI)
transfirió al exlíder rebelde congolés Thomas Lubanga Dyilo a una prisión
de la República Democrática del Congo (RDC) para que cumplan allí el
resto de sus penas de cárcel por crímenes de guerra o lesa humanidad.20
20
http://www.lavanguardia.com/vida/20151219/30914626787/la-cpi-transfiere-a-lubanga-y-
katanga-a-rd-congo-para-que-cumplan-sus-penas.html.aceso 18/07/2017. 10:00pm
16. 15
Respecto a ello el tribunal, con sede en La Haya, explicó en
un comunicado que ésta es la primera vez que designa a un país para hacer
cumplir sentencias de cárcel. En virtud de ello y conforme al artículo 103
del ER, llego a un acuerdo con la RDC en relación a la aplicación de las
sentencias, ello en principio sustentado en el derecho humano detener
contacto con sus familias y ser visitados tal como lo establecen Conjunto
de Principios para la Protección de Todas las Personas sometidas a
cualquier forma de Detención o Prisión (Conjunto de Principios el capítulo
7 de los principios aplicables a las personas robadas de libertad21 Adoptado
por la Asamblea General en su resolución 43/173, de 9 de diciembre de
1988
7. El derecho a comunicarse con la familia
El Principio 16 dispone que «prontamente después de su arresto y
después de cada traslado de un lugar de detención o prisión a otro,
la persona detenida o presa tendrá derecho a notificar, o a pedir que
la autoridad competente notifique, a su familia o a otras personas
que él designe, según proceda, su arresto, detención o prisión o su
traslado y el lugar en que se encuentra bajo custodia». Dicha
notificación deberá hacerse «sin demora»; aunque «la autoridad
competente podrá retrasar una notificación por un periodo razonable
en los casos en que las necesidades excepcionales de la
investigación así lo requieran». Sin embargo, el Principio 15 exige
que ni siquiera en estas circunstancias excepcionales «se
mantendrá a la persona presa o detenida incomunicada del mundo
exterior, en particular de su familia o su abogado, por más de
algunos días».
El Principio 19 dispone que toda persona detenida o presa «tendrá
el derecho a ser visitada, en particular por sus familiares, y de tener
correspondencia con ellos y tendrá oportunidad adecuada de
comunicarse con el mundo exterior, con sujeción a las condiciones
y restricciones razonables determinadas por ley o reglamentos
dictados conforme a derecho».
El Principio 20 estipula que «si lo solicita la persona detenida o
presa, será mantenida en lo posible en un lugar de detención o
prisión situado a una distancia razonable de su lugar de residencia
habitual».
Entre las demás normas internacionales que regulan la
comunicación con la familia figuran las RMTR, en especial las
Reglas 37, 38 y 92. La Regla 37 exige que se permitan las visitas de
familiares y amigos de buena reputación «periódicamente». La
Regla 92 dispone que el detenido «deberá poder informar
21
http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/Personasdetenidas.pdf.acceso
17</07/2071.3.00pm
17. 16
inmediatamente a su familia de su detención», lo que es preferible
al Principio 16 por dos motivos: la notificación debe realizarla el
detenido (el Principio 16 permite la alternativa de que la notificación
sea hecha por la «autoridad competente»), y debe ser inmediata (el
Principio 16 establece que «sin demora» y permite «retrasar [...] por
un periodo razonable» la misma en circunstancias excepcionales).
En consonancia con los principios se encentra Reglas Mínimas
de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas
Nelson Mandela) Adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones
Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente,
celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y
Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII)
de 13 de mayo de 1977
Contacto con el mundo exterior
Regla 58
1. Los reclusos estarán autorizados a comunicarse periódicamente,
bajo la debida vigilancia, con sus familiares y amigos: a) por
correspondencia escrita y por los medios de telecomunicaciones,
electrónicos, digitales o de otra índole que haya disponibles; y b)
recibiendo visitas .2. En caso de que se permitan las visitas
conyugales, este derecho se aplicará sin discriminación y las
reclusas podrán ejercerlo en igualdad de condiciones que los
reclusos. Se contará con procedimientos y locales que garanticen el
acceso equitativo e igualitario y se prestará la debida atención a la
seguridad y dignidad.
Igualmente, la corte señaló que supervisará el cumplimiento
de las sentencias, que deberá ser consistente con los estándares
aceptados a nivel internacional sobre el trato a presos., toda vez que los
traslados de Lubanga y Katanga se desarrolló "en estrecha cooperación"
con las autoridades de la RDC y el apoyo de las autoridades holandesas y
francesas. Acuerdo este que se concluyó, el 24 de noviembre la CPI y la
RDC concluyeron un acuerdo para aplicar cada sentencia, en el que quedó
18. 17
patente la voluntad de las autoridades congolesas de aceptar a los dos reos
para que cumplieran su sentencia en su territorio.
En relación a Germain Katanga debía ser liberado el 18 de
enero de 2016 de acuerdo con la decisión de la CPI de reducir su sentencia.
Sin embargo, las autoridades congolesas han decidido presentar cargos en
su contra ante la Corte Suprema Militar de Kinshasa y actualmente lo tienen
detenido. Katanga no podrá volver a ser jugado por los hechos que lo juzgo
la CPI, pero si debe responder a ante su país por otros delitos cometidos
en su condición de militar.
Para finalizar es oportuno señalar que las sentencias
emitidas por la CPI la primera CONDENATORIA contra THOMAS
Lubanga Dylo, la segunda Absolutoria contra Mathieu Ngudjolo Chui y la
tercera contra Germain Katanga CONDENATORIA, absuelven por los
delitos sexuales, lo cual llevo a la CPI a solicitar mayor cooperación a los
estados para las investigaciones y tomar otra series de medidas para
proteger a la víctimas, siendo estas efectivas y demostradas con la
condenatoria contra JEAN PIER BEMBA, quien fue encontrado culpable,
es del 21 de marzo de 2016, de dos cargos de crímenes contra la
humanidad (asesinato y violación) y tres cargos de crímenes de guerra
(asesinato, violación y saqueo). Los crímenes fueron cometidos en la
República Centroafricana (“CAR") desde el o alrededor del 26 octubre 2002
a 15 marzo 2003 (“CAR 2002-2003 Operación") por un contingente del
Movimiento de Liberación de Congo (“CTM") tropas. Sr. Bemba fue una
persona que actúe efectivamente como una orden militar con autoridad y
control efectivo de la fuerza que cometió los crímenes. Condenado allí 21
de junio de 2016, a 18 años de prisión, caso en el cual también se acordó
la reparación a las víctimas.
19. 18
ANEXO
RELACIÓN DE DECISIONES CASO GERMAIN KATANKA
7 de marzo de 2014
Sentencia de conformidad con el artículo 74 del Estatuto
23 de mayo de 2014
timas Oficina de Asesoramiento
Defensa
Representantes de los Estados
REGISTRO- Sección de Apoyo al Abogado
Registrador Sra. Silvana Arbia
Unidad de Víctimas y Testigos-Sra. Maria-Luisa Martinod-Jacome
Participación y Reparaciones de las Víctimas
Sección de Apoyo al Abogado
Asesoría Apoyo- Sección de Detención.Sr. Patrick Craig
CC-01 / 04-01 / 07-3436-Anxa, Apéndice A: Sentencia de conformidad con el artículo 74 del
Estatuto
Francés (1.38 MB | 38 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3436-AnxC, Apéndice C: Sentencia de conformidad
con el artículo 74 del Estatuto
Francés (0.42 MB | 3 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3436-AnxB, Apéndice B: Sentencia de conformidad
con el artículo 74 del Estatuto
Francés (0,92 MB | 2 Páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3436-Anxi, la minoría de la Jueza Christine Van den
Wyngaert
Inglés (1.2 MB | 170 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3436-AnxD, Apéndice D: Sentencia de conformidad
con el artículo 74 del Estatuto
Francés (4.22 MB | 4 páginas)
20. 19
ICC-01 / 04-01 / 07-3436-AnxII-Teng, opinión concurrente de los jueces
Fatoumata Diarra y Bruno Cotte
Inglés (0,09 MB | 3 páginas)
documentos relacionados
09 abril de 2014, Aviso de Defensa de apelación contra la decisión de
convicción 'Juicio en virtud del artículo 74 del Estatuto "dictada por la Sala
II, 7 de marzo de 2014 (0.39 MB | 4 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3459 | defensa
28 de agosto de 2014 Solicitar Instruir a la Secretaría de reportarlo para
aplicaciones de reparación (0.16 MB | 7 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3508 | Sala II
05 abril de 2014, los comentarios sobre la solvencia del registro,
compensación a las víctimas y la conducta detención de Germain
Katanga (0.14 MB | 4 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3453 | registrador
08 de abril de 2014 Solicitud de la Defensa de la Sala de Apelaciones
para requerir el registro para establecer en las TIC Mapa de detalle para
la aplicación del juicio concernant Mathieu Ngudjolo, se entrega 7 de
marzo de 2014 en el caso del Fiscal vs. Katanga (0,1 MB | 5 páginas)
ICC-01 / 04-02 / 12-172-Teng | defensa
25 de marzo de 2014 Decisión sobre el Juez Presidente de la Cámara de
Apelación en la apelación del Sr. Germain Katanga contra la decisión de
la Sala II, titulado '' Juicio en virtud del artículo 74 del Estatuto "(0.06 MB |
3 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3449 | Sala de apelaciones
21. 20
13 de marzo de 2014 Solicitud de defensa respecto de la traducción y la
notificación de la decisión de la Regla 74 o, alternativamente, una
prórroga del plazo para presentar una apelación (0.42 MB | 8 páginas)
ICC-01/04-01/07-3440 | Defence
24 de julio de 2014 la concesión o denegación de las víctimas a participar
en el procedimiento de recurso (0.38 MB | 8 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3505 | Sala de apelaciones
Apelación 09 de abril de 2014 de la Fiscalía contre de la Sala II "Juicio de
conformidad con el artículo 74 del Estatuto" (0,15 MB | 4 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3462 | Oficina del Fiscal
09 de marzo de 2014 Programación orden del procedimiento para la
determinación de la pena (artículo 76 del Estatuto) (1.91 MB | 7 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3437 | Sala II
30 de mayo de 2014 Solicitud de búsqueda de la inhabilitación del juez C.
Van den Wyngaert (0.83 MB | 19 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3487 | Los representantes legales de las víctimas
09 de octubre del año 2015 Corrección de errores del anexo de la
decisión de traducción premiamos con arreglo al artículo 76 del Estatuto
(0.02 MB | 2 Páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3484-Teng-Corr-Anx | Sala II
25 de junio de 2014 Aviso de Defensa de la descontinuación de apelación
en contra del 'Juicio en virtud del artículo 74 del Estatuto "dictada por la
Sala II es de 7 de abril de 2014 (0,07 MB | 3 páginas)
22. 21
ICC-01 / 04-01 / 07-3497 | defensa
13 de noviembre del año 2015 Decisión sobre la reducción de la pena
concernant opinión del Sr. Germain Katanga (2.02 MB | 43 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3615 | Sala de apelaciones
23 de mayo de 2014 Corrección de errores de traducción de la Decisión
sobre la adjudicación de conformidad con el artículo 76 del Estatuto (1.37
MB | 67 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3484-Teng-Corr | Sala II
23 de mayo de 2014 que sentencia de decisión de conformidad con el
artículo 76 del Estatuto (0.56 MB | 67 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3484-Teng | Sala II
10 de abril de 2014 Decisión sobre el Juez Presidente de la Cámara de
Apelación en la apelación del Fiscal contra la decisión de la Sala II,
titulado "Juicio de conformidad con el artículo 74 del Estatuto" (0,06 MB |
3 páginas)
ICC-01 / 04-01 / 07-3464 | Sala de apelaciones