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EL PATRIMONIO

patrimonio s. m.
1 Conjunto de bienes que una persona adquiere por herencia familiar:
su patrimonio se calcula en millones de euros.
2 Conjunto de bienes que posee una persona o una institución y que
son susceptibles de estimación económica: el patrimonio histórico-
artístico de un país; muchas obras de arte pertenecen al patrimonio de la
Iglesia; las playas forman parte del patrimonio del estado.
3 Cosa material o inmaterial que es propia de algo o de alguien: las
tradiciones forman parte de nuestro patrimonio cultural.
Diccionario Manual de la Lengua Española Vox. © 2007 Larousse
Editorial, S.L.
EL PATRIMONIO
http://es.thefreedictionary.com/patrimon
io

El patrimonio es el conjunto de los bienes y derechos pertenecientes a
una persona, física o jurídica. Históricamente la idea de patrimonio
estaba ligada a la de herencia. Así, por ejemplo, la RAE da como
primera acepción del término hacienda que alguien ha heredado de sus
ascendientes.
La palabra es también utilizada para referirse a la propiedad de un
individuo, independientemente como sea que la haya adquirido.[nota 1]
Desde este punto de vista, el individuo puede ser ya sea una persona
natural o jurídica. Así se habla de Patrimonio empresarial: El conjunto
de bienes, derechos y obligaciones, pertenecientes a una empresa —
como persona jurídica— y que constituyen los medios económicos y
financieros a través de los cuales ésta puede cumplir sus objetivos.[1]
(ver Patrimonio neto contable y Masas patrimoniales en contabilidad).
EL PATRIMONIO
http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio

En referencia a personas reales —y desde un punto de vista de uso
amplio, menos preciso del término— “lo heredado” generalmente se
refiere a los bienes y derechos a los que los individuos acceden como
miembros de alguna comunidad. Así por ejemplo, se suele hablar del
patrimonio como la herencia debido a la pertenencia a una familia. Pero
también hay “patrimonios” a los cuales los individuos tienen acceso
como miembros de comunidades más amplias, tales como los
patrimonios regionales y/o nacionales (por ejemplo: Patrimonio
industrial; Patrimonio Nacional de España; Patrimonio histórico
(España)), pero además hay los denominados patrimonios culturales
(ver también Patrimonio Cultural Inmaterial, Patrimonio arquitectónico,
etc.); e incluso Patrimonio de la humanidad.
EL PATRIMONIO
http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio

En el ámbito legal el concepto significa algo así como «el
conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una
persona, que tienen una utilidad económica y por ello son
susceptibles de estimación pecuniaria, y cuya relaciones
jurídicas están constituidas por deberes y derechos»(activos
y pasivos).[2] Desde este punto de vista la consideración del
valor de un bien patrimonial se descontará del mismo el
valor de las cargas que se hallen gravando los bienes
patrimoniales.
EL PATRIMONIO
http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio

La palabra patrimonio viene del latín patri („padre‟) y onium („recibido‟),
que significa «lo recibido por línea paterna».
El concepto de patrimonio se remonta al derecho romano temprano
(durante la República romana), periodo en el cual significaba algo así como
la propiedad familiar y heredable de los patricios (de pater, „padre‟) que se
transmitía de generación a generación y a la cual todos los miembros de
una gens o familia amplia tenían derecho.[3]
A pesar que el dominio —entendido como derecho sobre la esencia de la
cosa, es decir, el derecho absoluto sobre ella—[nota 2] sobre esa propiedad no
era de ningún individuo en particular, sino de la familia como tal a través
de las generaciones, en ese periodo se entendía que estaba bajo el control o
administración del pater familias, quien podía disponer de los bienes
libremente pero estaba bajo la obligación de preservarla y aumentarla en la
medida de lo posible: Guillermo Borda resume la situación así: «El pater
familiae preside una comunidad constituida por su mujer, hijos, parientes
y esclavos. Tenía sobre todos poder de vida y muerte... Era el dueño de
todos los bienes familiares y disponía libremente de ellos, quienquiera los
hubiera adquirido con su trabajo».[4]
ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL TÉRMINO
http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio

Así, por ejemplo, Procopio de Cesarea escribe (alrededor del 540 DC): “Pero
mientras esas cosas sucedían como lo he explicado, Teodato fue denunciado frente
a Amalasunta por númerosos tuscanos, quienes afirmaron que el había hecho
violencia a todos los habitantes de esa región, habiéndose, sin causa, apropiado de
sus estados, tomando no solo los privados pero especialmente aquellos que
pertenecían a la familia real, lo que los romanos están acostumbrados a llamar
“patrimonio”.[5]
Ese doble —y más bien confuso— sentido del término se mantuvo en la tradición
legal hasta aproximadamente la promulgación del Código Napoleónico. Si bien el
código mismo trata el concepto de manera superficial,[6] es la perspectiva —
fuertemente influenciada por la visión liberal— desde la que el término adquirió su
connotación de propiedad individual. Comentaristas interesados originaran lo que
ha llegado a llamarse la “Teoría del patrimonio”.[7] La “ruptura” con la concepción
tradicional de patrimonio fue tal que algunas autoridades trazan el origen del
concepto a este momento.[8]
Dado que las disciplinas sociales modernas tienden a considerar la propiedad
comobc un conjunto de derechos, esa “teoría del patrimonio” tiende a referirse a
derechos más que a cosas: patrimonio es «el conjunto de derechos y obligaciones de
una persona jurídica».[9]
ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL TÉRMINO PATRIMONIO
http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio

Una de las tareas más difíciles es definir el Patrimonio. Esto se debe a que hablar
de el patrimonio involucra discutir sobre las diversas acepciones del concepto,
que va desde la concepción jurídica estricta pasando por el contable y
económico hasta llegar a conceptos calificados como patrimonio cultural,
patrimonio de la humanidad, patrimonio colectivo o corporativo. No es fácil
desligarlo del tema como capacidad patrimonial que es la legitima posibilidad
que tiene el sujeto de adquirir derechos y obligaciones de carácter patrimonial, y
otra es el patrimonio mismo, que es el conjunto de los derechos y obligaciones
patrimoniales de los cuales es titular una persona.
Para poder estudiar el Patrimonio y establecer una definición mas preciso, es
necesario establecer las teorías que tratan acerca del patrimonio, que son los
patrimonios separados, la clasificación del patrimonio, el patrimonio autónomo
y que es la responsabilidad patrimonial en cuanto a los diferentes mecanismo de
acción que tiene.
EL PATRIMONIO

EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO Y DE LA SIGNIFICACIÓN
SOCIAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
JOSUÉ LLULL PEÑALBA Escuela Universitaria "Cardenal Cisneros"
Universidad de Alcalá. josue.llull@www.cardenalcisneros.com
EL PATRIMONIO CULTURAL :
Como el conjunto de manifestaciones u objetos nacidos de la
producción humana, que una sociedad ha recibido como herencia
histórica, y que constituyen elementos significativos de su identidad
como pueblo.
Tales manifestaciones u objetos constituyen testimonios importantes
del progreso de la civilización y ejercen una función modélica o
referencial para toda la sociedad, de ahí su consideración como bienes
culturales.

La función referencial de los bienes culturales influye en la percepción
del destino histórico de cada comunidad, en sus sentimientos de
identidad nacional, en sus potencialidades de desarrollo, en el sentido
de sus relaciones sociales, y en el modo en que interacciona con el
medio ambiente.
EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO Y DE LA SIGNIFICACIÓN
SOCIAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
JOSUÉ LLULL PEÑALBA Escuela Universitaria "Cardenal Cisneros"
Universidad de Alcalá. josue.llull@www.cardenalcisneros.com
El valor que se les atribuye va más allá de su antigüedad o su estética,
puesto que se consideran bienes culturales los que son de carácter
histórico y artístico, pero también los de carácter archivístico,
documental, bibliográfico, material y etnográfico, junto con las
creaciones y aportaciones del momento presente y el denominado
legado inmaterial.

Aunque el organismo que más ha hecho por el patrimonio es la UNESCO,
esta institución no es la única, ni la primera, surgida en defensa de los
bienes culturales mundiales.
Ya la Sociedad de Naciones, creada tras la I Guerra Mundial, contaba con
la «Oficina Internacional de Museos» y el «Instituto de Cooperación
Internacional», dos instituciones dependientes de la denominada
«Comisión Internacional de Cooperación Internacional» de la que eran
filiales. Uno de los trabajos más importantes llevados a cabo por la
primera de aquellas filiales fue la realización de la Conferencia de Atenas
en octubre de 1931, cuyas conclusiones se plamaron en la llamada «Carta
de Atenas», dedicada a la conservación del patrimonio arquitectónico.
HISTORIA
EL PATRIMONIO EN EL MUNDO

Más tarde se organizó un grupo internacional de expertos
que tenía como tarea el preparar un texto de un tratado
internacional para la protección de obras de tipo histórico y
artístico, pero debido al estallido de la II Guerra Mundial
los trabajos quedaron paralizados. La preparación de aquel
texto se basó en el «Pacto Roerich», tratado multilateral
firmado en Washington, DC en 1935 que tenía como
objetivo la protección en caso de guerra de determinados
bienes muebles e inmuebles.
HISTORIA
EL PATRIMONIO EN EL MUNDO

La creación de la ONU tras la II Guerra Mundial implicaría un nuevo
avance en la protección de los bienes culturales, pues cinco meses
después de su fundación en junio de 1945, la ONU crea un organismo
especializado en temas de cultura, la UNESCO, que tiene entre sus
principales cometidos la conservación del patrimonio cultural. Para ello
cuenta con la colaboración de diversas organizaciones no
gubernamentales especializadas, entre las que se hayan la «Oficina
Internacional de Museos» (heredera de la que existió con la Sociedad de
Naciones y conocida por sus siglas en inglés: ICOM), el «Consejo
Internacional de Monumentos y Sitios» (ICOMOS) y el «Centro
Internacional de Estudios para la Conservación y Restauración de los
Bienes Culturales» (ICCROM).
HISTORIA
EL PATRIMONIO EN EL MUNDO

Sin duda una de las medidas tomadas por la UNESCO que
han tenido más repercusión ha sido la creación en 1972 de la
figura de «Patrimonio Mundial Cultural y Natural» y la
inclusión de numerosos bienes mundiales excepcionales en
esta categoría, también conocida como «Patrimonio Cultural
de la Humanidad», «Patrimonio Común» y más
coloquialmente como «Patrimonio de la Humanidad», y en
el que tienen cabida desde obras humanas a parajes naturales
de singular importancia.
HISTORIA
EL PATRIMONIO EN EL MUNDO
Definición de Bienes Culturales. Tomado del Convenio para la protección de
los Bienes Culturales en caso de conflicto armado, La Haya, UNESCO 1954, primer
texto en el aparecen definidos con este término con carácter internacional:
Son Bienes Culturales:
(a) los bienes, muebles o inmuebles, que tengan gran importancia
para el patrimonio cultural de los pueblos, tales como los
monumentos de arquitectura, de arte o de historia, religiosos o
seculares, los campos arqueológicos, los grupos de construcciones
que por su conjunto ofrezcan un gran interés histórico o artístico,
las obras de arte, manuscritos, libros y otros objetos de interés
histórico, artístico o arqueológico, así como las colecciones científicas
y las colecciones importantes de libros, de archivos o de
reproducciones de los bienes antes definidos.
BIENES CULTURALES
EL PATRIMONIO

(b) Los edificios cuyo destino principal y efectivo sea conservar o
exponer los bienes culturales muebles definidos en el apartado a),
tales como los museos, las grandes bibliotecas, los depósitos de
archivos, así como los refugios estimados a proteger en caso de
conflicto armado los bienes culturales muebles definidos en el
apartado a).
(c) Los centros que comprendan un número considerable de
bienes culturales
definidos en los apartados a) y b), que se denominarán centros
monumentales”.
BIENES CULTURALES
EL PATRIMONIO

El objeto artístico … es una imagen creada por las
técnicas y procedimientos artísticos, que se hace con la
intención de comunicar algo: el mundo mental de la cultura
que lo produce. Este objeto se destruye cuando ya no sirve,
o se conserva de forma privada (colección) o pública
(museos).
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-
José Fernández Arenas.-
Introducción a la conservación del patrimonio y técnicas artísticas.-
Ariel Historia del Arte.- Barcelona 1996. Págs. 117-118

Pero estos objetos son signos, y no herramientas o útiles
que puedan tener un valor como una máquina, un solar,
propiedad urbana o rural, y ni siquiera como un producto
industrial o técnico, aunque sean el resultado de una técnica
ellos mismos.
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

Son simplemente objetos descontextualizados de su
función primera, que se nos presentan en museos y
colecciones como objetos culturales o documentos
históricos y que llamamos, sin serlo ya, obras de arte, y
que constituyen el patrimonio artístico y cultural.
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

De cara a su propiedad y comercio, preferimos
llamarlos objetos especiales, porque dependen de una
jurisprudencia referente al derecho de propiedad y de
comercio diferencial.
¿Quién es el propietario de las obras de arte? ¿Quién
puede gestionarlas y quién puede venderlas y comprarlas?
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

Desde el campo de las ciencias sociales, puede
establecerse que el patrimonio artístico y cultural ha de
cumplir una cuádruple finalidad aceptada en la Ley de
Patrimonio Histórico Español de 1985: el estudio y
disfrute de las obras de arte; preservar el legado cultural e
histórico; ser estímulo creativo para las generaciones
siguientes; y constituir el marco adecuado para la
integración del hombre en la sociedad que le presta sus
señas de identidad.
La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.-
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

De donde se deduce que el patrimonio artístico y de
bienes culturales pertenece a la comunidad y ésta, por
medio de los poderes públicos, ejerce un derecho de
propiedad, de defensa y de gestión sobre ellos. Lo cual
hace que los objetos artísticos se sitúen en el limite entre
la propiedad privada y la publica: podríamos decir que
son de propiedad privada, al mismo tiempo que de
titularidad pública.
La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.-
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

Desde un punto de vista de la más reciente teoría de
los bienes culturales, los objetos artísticos, los
monumentos, los conjuntos, los sitios y lugares naturales,
son objetos especiales de cara a la propiedad. Cada vez se
asienta más el principio de la propiedad compartida entre
dominio directo del objeto y dominio útil del mismo,
puesto que los objetos de los que hablamos tienen una
doble naturaleza: la cosa como soporte físico, y el bien
como utilidad que el objeto reporta.
La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.-
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

El objeto pertenece, como propiedad privada, a su
poseedor (creador, comprador, coleccionista), y el bien,
como propiedad colectiva, gestionado por el poder
publico, pertenece a la comunidad.
El reto del moderno derecho del patrimonio histórico,
artístico y cultural, está en aclarar y fijar esta interferencia
entre el disfrute colectivo y la pertenencia económica
individual. Es una consecuencia de la evolución teórica del
derecho de la propiedad y cuya solución depende de las
diferentes concepciones socioeconómicas.
La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.-
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

En todo caso, hemos de hacer notar que la gestión
sobre el patrimonio se ejerce sobre los objetos o bienes
culturales, no sobre la actividad productiva de los
mismos, que es un derecho a la expresión libre, no
interferible por los poderes, como tantas veces se ha
hecho en ciertos regímenes políticos (…).
La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.-
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-
• Armas
• Muebles
• Arqueología
• Objetos religiosos-litúrgicos
• Dibujos
• Orfebrería-joyas
• Elementos arquitectónicos
• Escultura
• Pintura
• Grabados
• Relojes
• Libros y documentos
• Tapices
• Monedas y medallas
• Vajilla
• Otros
La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.-
EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los
objetos artísticos.-

El patrimonio cultural abarca todo lo realizado por el hombre en
épocas pasadas que ha quedado como prueba para demostrar su
presencia dentro de la sociedad; demuestra también la transformación
cultural que el hombre ha experimentado desde el momento que le
toco vivir a la época actual.
EL patrimonio cultural comprende desde las artes tradicionales
populares, incluyendo el lenguaje, hasta las manifestaciones
individuales del arte y la literatura. También pertenecen al patrimonio
los monumentos naturales, escultóricos, arquitectónicos, pictóricos,
mitos, leyendas, cuentos y fábulas. Todo esto lo va creando el hombre
con el pasar de los años, y se va transmitiendo de generación en
generación.
VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A
SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN

BIEN CULTURAL
Es todo aquello que el hombre ha hecho en algún momento preciso de la
historia y que se toma como testigo fiel de una época.
Bienes culturales son: la música, la danza,
el teatro, la pintura, los monumentos, la escultura, entre otros.
Los bienes se clasifican de acuerdo a su tangibilidad y su movilidad. Por su
Tangibilidad en: Tangibles e Intangibles
VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A
SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN

VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A
SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN
De a cuerdo a su Movilidad tenemos:
Muebles: corresponden a todos aquellos bienes que
pueden ser trasladados de un lugar a otro, siempre y
cuando su estructura física lo permita. Podemos
clasificar como bienes culturales muebles a: todos
aquellos documentos que han dejado nuestros
antepasados y que son de gran importancia para
nuestra historia, como lo es el Acta de la
Independencia; también son bienes muebles la
cerámica, la pintura y cierto tipo de escultura.
Manuscrito

Inmuebles: son todos aquellos bienes culturales, que a pesar de ser
tangibles (palpables), no se pueden trasladar debido a su estructura y a
sus proporciones físicas. Tenemos como bienes culturales inmuebles a
los yacimientos arqueológicos, las iglesias, monumentos
arquitectónicos.
VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A
SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN
Campo de Carabobo
También están los llamados :
Bienes culturales por destino
Son todos aquellos bienes culturales muebles que necesariamente deben
dejarse en un solo sitio a pesar de que se puedan trasladar, ya que estos
forman un conjunto de piezas y si son sacados del mismo pierden su valor.
Podemos dar como ejemplo el de la casa natal del Libertador; allí se
encuentran una serie de objetos representativos de una época específica, por
esto, vistos en conjunto forman un escenario histórico, pero si se llegara a
sacar algún objeto de ese conjunto éste perdería su valor.
VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A
SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN
Casa Natal del Libertador

Además se encuentran las zonas de reservas naturales, que
son las consideradas de gran valor debido a su paisaje, a su
fauna y a la flora; las cuales forman un medio ecológico. .
Pico Bolívar
VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A
SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN
Patrimonio plástico -artístico
Este tipo de patrimonio puede ser nacional o internacional y lo constituyen todas
aquellas obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura y piezas arqueológicas
que poseen destacado valor estético dentro de la cultura.
En Venezuela las obras que conforman el patrimonio plástico - artístico se
encuentran en museos, institutos oficiales, consejos municipales, gobernaciones,
iglesias, colecciones privadas, entre otros. Otras de ellas se encuentran en el medio
ambiente, es decir, al aire libre, tales como: monumentos, esculturas (en plazas,
avenidas, estaciones del metro) o forman parte de la arquitectura como: murales,
mosaicos, vitrales, etc.
Aeropuerto Internacional de Maiquetía
Textos básicos
Para comprender y profundizar más acerca de la Convención sobre la
protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, el Centro de
Patrimonio Mundial ha editado una serie de textos básicos que se van
actualizando año a año con las decisiones que aprueba el Comité de Patrimonio
Mundial.
http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/BienesDec/Textos
Basicos.html
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL DE LA HUMANIDAD
Estos textos son:
Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural. (descarga pdf)
Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial. (descarga pdf)
Declaración de Budapest sobre el Patrimonio Mundial. (descarga pdf)
Reglamento del Comité Intergubernamental para la protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural.
(descarga pdf)
Reglamento de la Conferencia, Asamblea General de los Estados Parte en la Convención sobre la
Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural. (descarga pdf)
Reglamento Financiero del Fondo del Patrimonio Mundial. (descarga pdf)

Presentación
La declaración de Patrimonio Mundial es una distinción que otorga la UNESCO
a aquellos bienes con características de excepcional valor que los hacen únicos
en el mundo. España, con un total de 44 bienes inscritos en la Lista de
Patrimonio Mundial es el segundo país con más bienes declarados.
Desde los remotos tiempos de Atapuerca hasta la originalidad del modernismo
catalán, pasando por la biodiversidad de Ibiza o la poesía de la Alhambra, los
bienes declarados Patrimonio Mundial nos permiten hacer un recorrido por la
historia de nuestro territorio, poniendo de relieve los elementos más
sobresalientes que se han producido. El pensamiento y la forma de actuar de
cada momento se reflejan en los restos arqueológicos, en los monumentos, en
nuestros cascos históricos o en el paisaje que fruto de la labor del ser humano se
ha ido modelando a lo largo del tiempo. Este legado del pasado es el que nos
permite comprender las líneas decisorias que han forjado nuestra cultura, con
todas sus influencias y raíces.
http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/index.html
La riqueza natural y la biodiversidad forman igualmente parte de nuestro
patrimonio común, ya que cultura y naturaleza forman parte de nuestra vida.
Nuestra obligación es conservarlas y mantenerlas, para que este testigo del
tiempo llegue a las generaciones futuras.
La inclusión de bienes en la Lista de Patrimonio Mundial pone de manifiesto
nuestra riqueza patrimonial, al tiempo que constituye una muestra del
compromiso de las administraciones por su conservación. Debemos tener en
cuenta que la declaración de Patrimonio Mundial no es un fin en sí mismo, sino
el principio de un camino de responsabilidades y compromisos cuya finalidad
es el mantenimiento del valor universal excepcional de estas manifestaciones en
el futuro.
Carta del Ministro sobre la conmemoración del Día Internacional del Patrimonio
Mundial
http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/index.html

La declaración de bienes como Patrimonio Mundial es un reconocimiento que
otorga la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura (UNESCO) a los sitios que poseen un valor universal excepcional. Por
medio de esta distinción se califican estos bienes como universales, y su disfrute,
protección y cuidado pasa a ser reconocido por todos los pueblos del mundo,
independientemente del territorio en el que estén localizados.
Entre los cometidos que tiene la UNESCO está promover la identificación, la
protección y la preservación del patrimonio cultural y natural de todo el mundo
considerado especialmente valioso para la humanidad. Con este objetivo surge la
idea de redactar un tratado de carácter internacional que cristalizó en la
Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural,
aprobado por la UNESCO en 1972.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html
Hasta ahora 190 países han ratificado este documento, reconociendo que los
sitios localizados en su territorio e inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial,
sin perjuicio de la soberanía o la propiedad nacionales, constituyen un
patrimonio universal en cuya protección la comunidad internacional entera tiene
el deber de cooperar.
Gracias a esta Convención se ha podido proteger sitios con valor cultural o valor
natural que se hubieran deteriorado o desaparecido debido a la falta de recursos
para preservarlos. Las Pirámides de Egipto, la Gran Muralla China, los canales
de Venecia, las cataratas de Iguazú,… son ejemplo, entre muchos otros, de los
962 bienes declarados Patrimonio Mundial que están distribuidos en 157 países.
España, con 44 bienes, es el segundo país con mayor número de sitios inscritos en
la Lista de Patrimonio Mundial. Estos bienes se dividen en tres categorías, en
función de sus características: bienes culturales, bienes naturales y bienes mixtos
(estos últimos poseen valores tanto culturales como naturales). En la actualidad
hay declarados 745 bienes culturales, 188 naturales y 29 mixtos.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html
La Convención de Patrimonio Mundial busca proteger y conservar tanto el
patrimonio cultural como el patrimonio natural.
La idea de proteger a nivel internacional el Patrimonio Cultural surge vinculada
al proyecto de la Presa de Asuán en Egipto, cuya construcción iba a provocar la
inundación de los templos faraónicos de Abu-Simbel. Para conservarlos la
UNESCO promovió una campaña de cooperación internacional de protección.
Los templos fueron levantados, trasladados a un emplazamiento más elevado y
reconstruidos. El proyecto costó aproximadamente 80 millones de dólares
estadounidenses y fue financiado por 50 países. La participación de los
diferentes países para salvaguardar estos monumentos fue un éxito y sirvió para
que por primera vez se tomara conciencia de que la protección del patrimonio es
una responsabilidad compartida. A continuación se diseñaron nuevas campañas
de protección, como la de salvar Venecia y su laguna, las ruinas de Mohenjo-
Daro en Pakistán o el templo Borobudur en Indonesia.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html
ORIGENES
Los primeros movimientos para salvaguardar el Patrimonio Natural en el mismo
ámbito de responsabilidad internacional se iniciaron en Estados Unidos. La
Conferencia de la Casa Blanca en Washington de 1965 propuso la creación de
una "Fundación del Patrimonio Mundial" que potenciara la cooperación
internacional para la protección de "zonas naturales y paisajísticas maravillosas
del mundo y los sitios históricos para el presente y para el futuro de toda la
humanidad". A esta iniciativa se adhirió la Unión Internacional para la
Conservación de la Naturaleza (UICN) en 1968.
Uno de los principales méritos de la Convención para la Protección del
Patrimonio Mundial, Cultural y Natural , aprobada en París el 16 de noviembre
de 1972, consiste en haber sido el primero documento internacional en el que
ambos conceptos se fusionan al mimo nivel bajo un mismo instrumento de
protección.
España ratificó la Convención en 1982 y hoy en día es, con 44 bienes inscritos
en la Lista del Patrimonio Mundial, el segundo Estado del mundo en número de
bienes declarados.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html

El Comité de Patrimonio Mundial
El Comité de Patrimonio Mundial está compuesto por 21 Estados Parte elegidos
en la Asamblea General por un mandato máximo de seis años. Su composición
se renueva por partes periódicamente y es el Órgano responsable de la aplicación
de la Convención. La tarea fundamental del Comité consiste en examinar el
estado de conservación de los sitios inscritos en la lista de Patrimonio Mundial,
decidir la inscripción o no de nuevos bienes candidatos y la inscripción o retirada
de aquellos bienes amenazados en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.
Igualmente el Comité es el encargado de asignar las distintas partidas
económicas del Fondo de Patrimonio Mundial según las necesidades.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION

Para cumplir este cometido, el Comité celebra una reunión anual,
habitualmente en uno de los Estados Parte que lo integran en ese
momento. A esta reunión asisten tanto los representantes de los 21
estados miembros del Comité, como aquellos Estados Parte que así lo
deseen en calidad de observadores, los Órganos Consultivos y el
Centro de Patrimonio Mundial.
España fue miembro del Comité entre los años 1991 y 1997, y de nuevo
entre 2005 y 2009, año en el que acogió la celebración de su 33ª
Sesión, que tuvo lugar en la ciudad de Sevilla.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION
El Centro de Patrimonio Mundial
El Centro de Patrimonio Mundial es el punto de enlace central y
coordinador en la UNESCO de todos los asuntos relacionados con el
Patrimonio Mundial. Realiza las funciones de Secretaría Permanente del
Comité de Patrimonio Mundial. Entre sus cometidos está la
implementación diaria de la Convención, la organización de las reuniones
del Comité, asesorar a los Estados Partes en la preparación de las
candidaturas de sitios, organizar la demanda de asistencia técnica,
emprender acciones de emergencia de bienes en peligro, organizar los
seminarios técnicos y talleres; y es el responsable de administrar, de
acuerdo con las decisiones previas tomadas por el Comité, del Fondo del
Patrimonio Mundial.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION

Los Estado Parte
Se denomina Estados Parte a aquellos países que han ratificado la
Convención. Actualmente, con 189 países signatarios, la Convención de
Patrimonio Mundial es una de las convenciones internacionales con
mayor número miembros, siendo su ratificación casi universal.
Mediante su ratificación, los Estados pueden proponer bienes para su
inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial, así como una serie de
compromisos, tales como la identificación y proposición de los bienes
que se encuentran en su territorio que son susceptibles de ser inscritos
en la Lista de Patrimonio Mundial.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION
Cuando un Estado Parte propone un bien para ser inscrito, debe
presentar un completo expediente de candidatura que contenga detallada
información acerca su estado de conservación, su nivel de protección, la
existencia de un plan de gestión o la suficiente protección a nivel jurídico,
entre otros requisitos. Por otra parte, también debe verificar
periódicamente el estado de conservación de aquellos lugares ya
inscritos en la Lista y la protección de los valores que les hicieron
merecedores de este reconocimiento internacional. Existen mecanismos
previstos al efecto, como el de la redacción de detallados informes que
son enviados a la UNESCO para su evaluación.
Los Estados Parte se reúnen cada dos años en la Asamblea General
(durante la reunión ordinaria de la Conferencia General de la UNESCO)
para llevar a cabo, entre otros asuntos, la elección de los miembros del
Comité de Patrimonio Mundial.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION
Los Organismos Consultivos
El Comité, para el cumplimiento de las funciones que le han sido
encomendadas, cuenta con el apoyo de organismos consultivos establecidos en
la Convención. Su tarea fundamental es la evaluación de nuevas candidaturas
así como informar sobre el seguimiento del estado de conservación de los
bienes declarados.
Los organismos consultivos del Comité del Patrimonio Mundial son:
ICCROM
El Centro Internacional de Estudios de Conservación y Restauración de los
Bienes Culturales (ICCROM) es una organización intergubernamental
internacional con sede en Roma. Fue creado por la UNESCO en 1956 y, de
acuerdo con sus estatutos, sus funciones consisten en llevar a cabo programas
de investigación, documentación, asistencia técnica, formación y sensibilización
pública para fomentar la conservación de los bienes muebles e inmuebles del
patrimonio cultural.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION

Dentro del marco de la Convención la función del ICCROM
consiste en ser el colaborador prioritario en la formación
sobre patrimonio cultural, supervisar el estado de
conservación de los bienes culturales del Patrimonio Mundial,
estudiar las solicitudes de asistencia internacional
presentadas por los Estados Parte y prestar su contribución y
apoyo a las actividades de formación de capacidades.
http://www.iccrom.org/
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION
ICOMOS
El Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) es una
organización no gubernamental con sede en París. Se fundó en 1965 y su
objetivo consiste en promover la aplicación de la teoría, la metodología y las
técnicas científicas a la conservación del patrimonio arquitectónico y
arqueológico. Su labor se basa en los principios de la Carta Internacional
sobre la Conservación y la Restauración de Monumentos y Sitios (la Carta de
Venecia) de 1964.
Dentro del marco de la Convención la función de ICOMOS consiste en
evaluar los bienes propuestos para ser incluidos en la Lista del Patrimonio
Mundial, supervisar el estado de conservación de los bienes culturales del
Patrimonio Mundial, estudiar las solicitudes de asistencia internacional
presentadas por los Estados Parte y prestar su contribución y apoyo a las
actividades de formación de capacidades.
http://www.icomos.org/
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION
UICN
La UICN, la Unión Mundial para la Naturaleza (anteriormente, Unión
Internacional para la Conservación de la Naturaleza y sus Recursos) fue
fundada en 1948 y reúne a gobiernos nacionales, ONG y científicos en una
asociación mundial. Su misión consiste en influir, alentar y ayudar a las
sociedades de todo el mundo a conservar la integridad y la diversidad de la
naturaleza y velar por que el uso de los recursos naturales sea equitativo y
sustentable desde un punto de vista ecológico. La sede de la UICN se
encuentra en Gland (Suiza).
Dentro del marco de la Convención la función de la UICN consiste en evaluar
los bienes propuestos para su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial,
supervisar el estado de conservación de los bienes naturales del Patrimonio
Mundial, estudiar las solicitudes de asistencia internacional presentadas por los
Estados Parte y prestar su contribución y apoyo a las actividades de formación
de capacidades.
http://www.iucn.org
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
ORGANIZACION

Pasos previos a la propuesta: La Lista Indicativa
El primer paso que debe llevar a cabo un Estado es la realización de un
inventario de los bienes susceptibles de ser declarados Patrimonio Mundial en
un futuro.
Este inventario se denomina Lista Indicativa y en base a ésta se seleccionan las
candidaturas de sitios para su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial.
Es un paso de suma importancia dado que no se podrá considerar una
propuesta de inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial a menos que el
bien haya figurado como mínimo un año en la Lista Indicativa del Estado Parte.
Los Estados Parte podrán actualizar esta Lista en cualquier momento, aunque
las Directrices Prácticas de la Convención recomiendan hacerlo al menos una
vez cada 10 años. La primera versión de Lista Indicativa Española es de 1984, y
la última se actualizó en el Consejo de Patrimonio Histórico de noviembre de
2011.
Propuesta y procedimiento de Inscripción
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

Elaboración de Expediente de propuesta de inscripción
Tras preparar la Lista Indicativa, el Estado Parte planifica en qué momento
desea presentar cada propuesta de inscripción. Las propuestas consisten en la
preparación de un expediente de inscripción, que deberá ser lo más exhaustivo
posible, asegurándose de que contiene toda la documentación necesaria, escrita
y gráfica, que requiere la UNESCO. La propuesta de inscripción se presenta al
Centro del Patrimonio Mundial, donde se examina el documento y se verifica
que toda la documentación requerida cumple los requisitos formales exigidos.
Una vez que el expediente está completo, el Centro del Patrimonio Mundial lo
transmite a los Organismos Asesores para su evaluación. Este proceso dura al
menos un año y medio, antes de que la candidatura sea examinada por primera
vez por el Comité de Patrimonio Mundial.
Propuesta y procedimiento de Inscripción
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

Misión de Evaluación
Además de estudiar en profundidad el expediente de candidatura del bien
elaborado por el Estado Parte, los Organismos Consultivos (ICOMOS para
Patrimonio Cultural, UICN para Patrimonio Natural) deberán examinar in situ
el bien en cuestión, para verificar el contenido del expediente.
Los Organismos Consultivos designan a uno o más evaluadores, que durante la
misión de evaluación analizan en profundidad el bien, mantienen encuentros
con todos los agentes implicados en su gestión y a las comunidades que habitan
el bien. Con esta visión, que completa la información del expediente, los
Órganismos Consultivos emiten un informe que sirve de base en la valoración
que sobre la propuesta de candidatura realice el Comité de Patrimonio
Mundial.
Propuesta y procedimiento de Inscripción
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

Propuesta y procedimiento de Inscripción
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
El Comité de Patrimonio Mundial
El Comité de Patrimonio Mundial está compuesto por representantes de 21 Estados
Parte, que se mantienen en el cargo por un periodo máximo de seis años. El Comité
es quien adopta la decisión final sobre la inscripción de las candidaturas en la Lista
de Patrimonio Mundial. El Comité se reúne anualmente en una Sesión en la que,
entre otros muchos asuntos, se decide qué bienes son inscritos en la Lista de
Patrimonio Mundial. Las Decisiones pueden ser de cuatro tipos diferentes:
• Inscripción del Bien en la Lista de Patrimonio Mundial: El Comité considera que
el Bien posee un valor excepcional universal.
• No inscripción del Bien en la Lista de Patrimonio Mundial: tras esta decisión el
Estado Parte no podrá volver a presentar la candidatura, salvo circunstancias
excepcionales.
• Devolución del Expediente al Estado Parte: cuando sea necesario aportar alguna
información adicional necesaria para que el Comité pueda tomar una decisión.
La información deberá entregarse antes del 1 de febrero del año siguiente y se
volverá a discutir sobre el mismo bien en la siguiente reunión del Comité.
• Aplazamiento: cuando el expediente requiere una revisión sustancial o de fondo
que permita replantear el expediente y poder volverlo a presentar. En este caso,
el plazo para volverlo a presentar es de un año y medio, pues se debe iniciar el
ciclo desde el principio.
Para ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial, los bienes deben tener un
valor universal excepcional y cumplir por lo menos, con uno de los diez criterios
de selección.
(i) representar una obra de arte del genio creador humano;
(ii) atestiguar un intercambio de influencias considerable, durante un periodo
concreto o en un área cultural o determinada, en los ámbitos de la arquitectura o
la tecnología, las artes monumentales, la planificación urbana o la creación de
paisajes;
(iii) aportar un testimonio único, o al menos excepcional, sobre una tradición
cultural o una civilización viva o desaparecida;
(iv) constituir un ejemplo eminentemente representativo de un tipo de
construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre
uno o varios periodos significativos de la historia humana;
(v) ser un ejemplo eminente de formas tradicionales de asentamiento humano o
de utilización tradicional de las tierras o del mar, representativas de una cultura
(o de culturas), o de la interacción entre el hombre y su entorno natural,
especialmente cuando son vulnerables debido a mutaciones irreversibles;
Los criterios de selección
Propuesta y procedimiento de Inscripción
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

(vi) estar directa o materialmente asociado con acontecimientos o tradiciones
vivas, con ideas, creencias u obras artísticas y literarias que tengan un
significado universal excepcional. (El Comité considera que este criterio debería
ser utilizado preferiblemente de manera concomitante con otros criterios);
(vii) representar fenómenos naturales o áreas de belleza natural e importancia
estética excepcionales;
(viii) ser ejemplos eminentemente representativos de las grandes fases de la
historia de la tierra, incluido el testimonio de la vida, de procesos geológicos en
curso en la evolución de las formas terrestres o de elementos geomórficos o
fisiográficos de mucha significación;
(ix) ser ejemplos eminentemente representativos de procesos ecológicos y
biológicos en curso en la evolución y el desarrollo de los ecosistemas y en las
comunidades de plantas y animales, terrestres, acuáticos, costeros y marinos ;
(x) contener los hábitats naturales más representativos y más importantes para
la conservación in situ de la diversidad biológica, comprendidos aquellos en los
que sobreviven especies amenazadas que tienen un valor universal excepcional
desde el punto de vista de la ciencia o de la conservación.
Propuesta y procedimiento de Inscripción
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO
Cronograma Procedimientos
Año
1
La candidatura a Patrimonio Mundial deberá permanecer al menos un año en la Lista Indicativa.
Año
2
La CA que desee presentar una candidatura (que ya figura en la Lista Indicativa) envía la propuesta
al MECD.
El MECD remite la propuesta al Grupo I de Patrimonio Mundial para que éste la analice según los
criterios de inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial acordados por el Consejo de Patrimonio
Histórico (Fichas A, B y C).
El MECD remite la propuesta que incorpora las anotaciones técnicas realizadas en el Grupo de
Trabajo I de Patrimonio Mundial a la CA para su revisión
La CA presenta la propuesta final de candidatura a la Lista de Patrimonio Mundial ante el Consejo
de Patrimonio Histórico, para su aprobación.
Una vez ha sido aprobada por el Consejo, la CA remite el expediente al MECD, que lo enviará al
Centro de Patrimonio Mundial en las fechas que se indican a continuación.
Año
2
1 de agosto El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte puede, a petición de la CA, presentar en este
momento el expediente ante el Centro de Patrimonio Mundial (presentación voluntaria, como se
indica en el siguiente punto).
CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE
PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO

CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE
PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO
Año
2
1 de septiembre Fecha límite para que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte presente ante el Centro de
Patrimonio Mundial el expediente de la candidatura, vía Delegación Permanente de España ante la
UNESCO. Aunque se trata de una presentación voluntaria, es recomendable, ya que el Centro de
Patrimonio Mundial realiza observaciones útiles para mejorar el expediente definitivo.
Año
2
15 de
noviembre
La Secretaría habrá respondido al Estado Parte indicando si el expediente de candidatura está completo.
En el caso de que no lo estuviera, se señalaría qué información faltaría para completar la propuesta.
Año
2
15 de diciembre Fecha límite para que el Ministerio remita al Centro de Patrimonio Mundial el expediente de inscripción
completo.
Las propuestas de inscripción recibidas después de esta fecha, serán examinadas en el siguiente ciclo.
Año
2
Del 1 de febrero
al 1 de marzo
El Centro de Patrimonio Mundial registra cada expediente de inscripción, y acusa recibo al Estado Parte
vía Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
También informa acerca de si la propuesta está completa o no.
Las propuestas de inscripción que no estén completas no serán transmitidas para que las evalúen los
órganos consultivos competentes.
Las propuestas de inscripción completas son transmitidas a los organismos consultivos competentes
para su evaluación.
La fecha límite para esta comunicación es el 1 de marzo.

CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE
PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO
Añ
o 2
Del 1 de
marzo
a mayo del
año siguiente
Evaluación por parte de los organismos consultivos.
Tendrá lugar la misión de evaluación por uno o varios expertos de los Organismos
Consultivos.Añ
o 3
Añ
o 3
31 de enero Si fuera necesario, los organismos competentes podrán solicitar al Estado Parte, vía
MECD, información complementaria antes y durante la evaluación y a más tardar el 31
de enero del año 3.
Añ
o 3
15 de febrero Fecha límite para que los Estados Parte presenten al Centro de Patrimonio Mundial, vía
MECD y Delegación Permanente, la información complementaria solicitada por los
organismos consultivos competentes.
Añ
o 3
Antes de la
sesión anual
del Comité
del
Patrimonio
Mundial
(en torno a 4
ó 5 semanas)
Los organismos consultivos competentes entregan sus evaluaciones y recomendaciones
al Centro de Patrimonio Mundial para que las transmita al Comité del Patrimonio
Mundial y a los Estados Parte.

CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE
PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO
Año
3
Al menos dos
días hábiles
antes
de la apertura de
la sesión anual
del Comité del
Patrimonio
Mundial (esta
fecha está en
proceso de
revisión por
parte del
Comité)
Corrección de errores menores de forma y/o contenido por los Estados Partes.
El MECD contactará con la CA para entregar la evaluación de los organismos consultivos y el borrador de
decisión para el Comité de Patrimonio Mundial (inscripción, refer, defer, no inscripción).
El MECD podrá enviar, al menos dos días hábiles antes de la apertura de la sesión del Comité, una carta al
Presidente del Comité, con copia a los organismos consultivos, en la que enumeren los errores menores de
forma que puedan haberse detectado en la evaluación de su propuesta realizada por los organismos
consultivos.
Año
3
Sesión anual del
Comité del
Patrimonio
Mundial
(junio/julio)
El Comité estudia las propuestas de inscripción y toma sus decisiones.
Durante las sesiones del Comité, el Organismo Consultivo expone las conclusiones del informe y se da lectura a
la propuesta de Decisión que podrá ser debatida por los miembros del Comité realizando, en su caso,
preguntas concretas para ampliar la información al Estado Parte.
El Comité puede adoptar una de las siguientes decisiones:
1.Inscripción del bien en la Lista de Patrimonio Mundial.
2.No inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial (esto supone que la candidatura no podrá volverse a
presentar)
3.Refer ( se pide al Estado Parte que amplíe la información del expediente de la candidatura, se puede
presentar el 1 de febrero del año anterior y no hay misión de evaluación)
4.Defer ( se pide al Estado Parte que realice una reformulación en profundidad de la candidatura, puede
volverse a presentar siguiendo el ciclo de año y medio y habrá una nueva misión de evaluación)

CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE
PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO
Añ
o 3
Inmediata
mente
después de
la clausura
del Comité
Se publica la Lista actualizada de los bienes incorporados y de las decisiones.
Lista de Patrimonio Mundial
Actualmente en la Lista de Patrimonio Mundial hay inscritos 962 bienes
situados en 157 países. Se trata de una Lista abierta en la que cada año se
incorporan nuevos bienes de valor universal excepcional.
La Convención del Patrimonio Mundial reconoce tres tipos de bienes:
Bienes culturales: son los monumentos, conjuntos o lugares que posean un
valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, el arte, la
ciencia, la antropología o la etnología.
Bienes naturales: son los monumentos naturales, las formaciones geológicas o
los lugares naturales que tengan un valor universal excepcional desde el punto
de vista de estético, científico, de la conservación o de la belleza natural.
Bienes mixtos: son aquellos que poseen elementos culturales y naturales de
valor universal excepcional.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

Zona
geográfica
Natural Cultural Mixto Total %
África 33 45 4 82 9%
Estados
Árabes
4 64 2 70 7%
Asia-
Pacífico
53 143 9 205 22%
Europa y
América
del Norte
58 384 10 452 48%
América
Latina y el
Caribe
35 89 3 127 14%
TOTAL 188 745 29 962 100%
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Entre 1987 y 1993 se realizó un estudio analítico de los diferentes tipos de bienes
inscritos y su localización geográfica. Este estudio sirvió para detectar un fuerte
desequilibrio entre los diferentes tipos de bienes, así como en su reparto
geográfico, con una gran concentración en unas áreas, en detrimento de otras. De
los 410 bienes inscritos, 304 eran bienes culturales y sólo 90 naturales y 16 mixtos,
la gran mayoría estaban situados en regiones desarrolladas del mundo, en
particular en Europa.
Ante esta situación se lanzó en 1994 la denominada Estrategia Global, cuyo
objetivo es establecer una Lista de Patrimonio Mundial más equilibrada,
representativa y creíble. Se busca reflejar de mejor manera la enorme diversidad
de tesoros culturales y naturales de nuestro planeta. Para cumplir con la Estrategia
Global es necesario incitar a los países que elaboren listas indicativas y presentar
propuestas de bienes de categorías y regiones que no estén suficientemente
representadas en la Lista de Patrimonio Mundial.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

La implantación de la Estrategia Global ha logrado que nuevos países se
adhirieran a la Convención del Patrimonio Mundial, muchos son pequeños
estados insulares del Pacífico, países de Europa Oriental, de África y países
árabes. También se ha promovido la inclusión de nuevas categorías de sitios del
Patrimonio Mundial, tales como paisajes culturales, itinerarios culturales,
patrimonio industrial, desiertos y lugares en costas marítimas e islas pequeñas,
así como las propuestas de inscripción trasnacionales.
Formar parte de la Lista de Patrimonio Mundial conlleva una serie de
compromisos. La inscripción en la Lista no debe ser el fin de la declaración, sino
que es solo el principio para su mejor conservación, y es necesario que los
gestores del sitio y autoridades competentes sigan trabajando en la gestión
supervisión, preservación y difusión del bien declarado.
Enlace a la Lista de Patrimonio Mundial: http://whc.unesco.org/en/list/
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL

Con la inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial no concluye el
proceso. Los gestores de los bienes declarados y las administraciones
deben seguir trabajando en la gestión, supervisión y preservación de los
bienes del Patrimonio Mundial a largo plazo.
La UNESCO ha establecido varios mecanismos de seguimiento del
estado de conservación de los bienes. Por un lado están los informes
periódicos que se llevan a cabo cada seis años. Por otra parte, se ha
establecido el mecanismo de monitoreo reactivo, consistente en
seguimiento de un bien que se encuentra amenazado por alguna
circunstancia. Por último, para casos de máxima urgencia se lleva a cabo
un seguimiento reforzado más continuado y constante.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Estado de conservación
Los Estados Parte, junto con los gestores de los bienes y las administraciones
implicadas, tienen la obligación de preparar los denominados informes periódicos
acerca del estado de conservación y gestión de los bienes, así como de las diversas
medidas de protección adoptadas en ellos. Estos informes permiten al Comité de
Patrimonio Mundial evaluar el estado real de los sitios y, llegado el caso, decidir si
es necesario tomar medidas específicas para resolver problemas recurrentes,
incluida la inscripción de un bien en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.
El proceso de información periódica proporciona una evaluación acerca de la
aplicación de la Convención de Patrimonio Mundial por los Estados Parte.
También suministra información actualizada acerca de los bienes para registrar
posibles cambios en su estado de conservación.
Los informes periódicos, que serán presentados por los Estados Partes, son
examinados por el Comité de Patrimonio Mundial según un calendario
preestablecido basado en un ciclo de seis años. Los resultados se incluyen en el
informe que el Comité del Patrimonio Mundial presenta a la Conferencia General
de la UNESCO.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Estado de conservación

El procedimiento de monitoreo reactivo se activa cuando existe un
peligro, real o potencial, de pérdida o afección al Valor Universal
Excepcional en un bien incluido en la Lista de Patrimonio Mundial.
Cuando una amenaza es detectada, el Comité de Patrimonio Mundial
solicita al Estado Parte un informe sobre el estado de conservación del
bien, que se presenta ante el Centro de Patrimonio Mundial antes del día
1 de febrero de cada año. En caso de que la información proporcionada
requiera una verificación sobre el terreno, el Comité puede decidir enviar
una misión al lugar afectado. En estas misiones participan miembros del
Centro de Patrimonio Mundial y de sus Organismos Consultivos, con la
cooperación del Estado Parte y gestores implicados, responsables de
proponer el programa y la logística de la misión.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Estado de conservación
Los expertos de la misión emiten un informe con las principales conclusiones y
recomendaciones conducentes a la mejora o recuperación de los valores de ese
bien. Dicho informe será evaluado posteriormente por el Comité, teniendo en
cuenta las observaciones que haya hecho al mismo el Estado Parte.
El Comité adoptará una Decisión en la que reflejará lo que se estime en cada
caso: que el bien no está amenazado, o bien, que si existe amenaza, se adopten las
medidas necesarias para evitar el deterioro o empeoramiento de la situación.
En casos extremos, cuando el bien haya perdido sus valores o esté en alto riesgo
de hacerlo, puede ser incluido en la lista de Patrimonio Mundial en Peligro. En
caso de que la situación no mejore, en último término el bien puede ser excluido
de la Lista de Patrimonio Mundial.
Por último, el mecanismo de seguimiento reforzado se creó en el año 2007 para
garantizar la aplicación efectiva de las decisiones del Comité relativas al estado
de conservación de los bienes en casos excepcionales y específico, en la que el
Centro de Patrimonio Mundial coopera estrechamente con el Estado Parte al que
se le aplique este mecanismo de vigilancia constante.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Estado de conservación
Los desastres naturales, los conflictos armados, la urbanización descontrolada, las
guerras o el excesivo desarrollo turístico, plantean enormes problemas de
conservación en los Sitios declarados del Patrimonio Mundial.
La inscripción de los bienes en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro permite al
Comité asignar inmediatamente asistencia de emergencia al bien amenazado con
cargo al Fondo de Patrimonio Mundial.
En ocasiones, la inclusión de un bien en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro
se hace a solicitud del propio Estado Parte afectado, ya que esta inscripción le
ayuda a centrar la atención internacional sobre sus problemas y obtener con
mayor facilidad ayuda para resolverlos.
La inscripción de bienes en la Lista en Peligro, no debe entenderse como una
sanción sino como un mecanismo, previsto por la Convención, para la mayor
protección sobre determinados bienes y la implicación de la comunidad
internacional.
Actualmente hay 38 bienes en la Lista de Patrimonio Mundial en peligro.
http://whc.unesco.org/en/danger/
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Lista del Patrimonio Mundial en Peligro
Los Estados Parte, junto con los gestores de los bienes y las administraciones
implicadas, elaboran los denominados informes periódicos acerca del estado de
conservación y gestión de los bienes, así como de las diversas medidas de
protección adoptadas en ellos. Estos informes permiten al Comité del Patrimonio
Mundial evaluar el estado de conservación de los sitios Patrimonio Mundial.
Estos informes reportan información sobre las disposiciones legislativas y
administrativas que hayan adoptado para la protección y gestión de los bienes
Patrimonio Mundial. También se informa de las medidas que haya tomado el
Estado Parte para implementar la Convención.
La presentación de informes periódicos tiene cuatro objetivos principales:
Proporcionar una evaluación de la implementación de la Convención del
Patrimonio Mundial por el Estado Parte.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Informes Periódicos

Crear un mecanismo de cooperación regional y de intercambio de información
y de experiencias entre los Estados Parte, relativo a la implementación de la
Convención y la conservación del Patrimonio Mundial.
El Comité del Patrimonio Mundial adoptó un formato para los informes
periódicos de los Estados Parte que consta de dos secciones:
La Sección I se refiere a las disposiciones legislativas y administrativas
adoptadas por el Estado Parte, así como a otras medidas tomadas para
implementar la Convención y a detalles sobre la experiencia adquirida en este
terreno. Alude especialmente a las obligaciones generales definidas en
artículos concretos de la Convención.
Proporcionar una evaluación sobre si el Valor Universal Excepcional de los
bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial se está manteniendo en el
tiempo.
Suministrar datos actualizados sobre los bienes del Patrimonio Mundial para
registrar los cambios en sus condiciones y el estado de conservación de los
bienes.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Informes Periódicos

La Sección II se refiere al estado de conservación de determinados bienes del
Patrimonio Mundial situados en el territorio del Estado Parte interesado. Esta
Sección completará según las problemáticas y naturaleza de cada uno de los
bienes declarados.
Los Estados Parte presentarán informes periódicos cada seis años y serán
presentados y estudiados por región. España pertenece a la región de Europa
y América del Norte.
España presentó por primera vez los informes periódicos de sus bienes
Patrimonio Mundial entre 2005 y 2006. Se analizaron los bienes inscritos en la
Lista desde 1984 hasta 1997.
Para más información ver anexo 7 de las Directrices Prácticas.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Informes Periódicos

Crear un mecanismo de cooperación regional y de intercambio de
información y de experiencias entre los Estados Parte, relativo a la
implementación de la Convención y la conservación del Patrimonio
Mundial.
El Comité del Patrimonio Mundial adoptó un formato para los informes
periódicos de los Estados Parte que consta de dos secciones:
La Sección I se refiere a las disposiciones legislativas y administrativas
adoptadas por el Estado Parte, así como a otras medidas tomadas para
implementar la Convención y a detalles sobre la experiencia adquirida
en este terreno. Alude especialmente a las obligaciones generales
definidas en artículos concretos de la Convención.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
Informes Periódicos
La Sección II se refiere al estado de conservación de determinados
bienes del Patrimonio Mundial situados en el territorio del Estado Parte
interesado. Esta Sección completará según las problemáticas y
naturaleza de cada uno de los bienes declarados.
Los Estados Parte presentarán informes periódicos cada seis años y
serán presentados y estudiados por región. España pertenece a la
región de Europa y América del Norte.
España presentó por primera vez los informes periódicos de sus
bienes Patrimonio Mundial entre 2005 y 2006. Se analizaron los bienes
inscritos en la Lista desde 1984 hasta 1997.
Para más información ver anexo 7 de las Directrices Prácticas.
UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
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Evolución del concepto patrimonio

  • 2.  patrimonio s. m. 1 Conjunto de bienes que una persona adquiere por herencia familiar: su patrimonio se calcula en millones de euros. 2 Conjunto de bienes que posee una persona o una institución y que son susceptibles de estimación económica: el patrimonio histórico- artístico de un país; muchas obras de arte pertenecen al patrimonio de la Iglesia; las playas forman parte del patrimonio del estado. 3 Cosa material o inmaterial que es propia de algo o de alguien: las tradiciones forman parte de nuestro patrimonio cultural. Diccionario Manual de la Lengua Española Vox. © 2007 Larousse Editorial, S.L. EL PATRIMONIO http://es.thefreedictionary.com/patrimon io
  • 3.  El patrimonio es el conjunto de los bienes y derechos pertenecientes a una persona, física o jurídica. Históricamente la idea de patrimonio estaba ligada a la de herencia. Así, por ejemplo, la RAE da como primera acepción del término hacienda que alguien ha heredado de sus ascendientes. La palabra es también utilizada para referirse a la propiedad de un individuo, independientemente como sea que la haya adquirido.[nota 1] Desde este punto de vista, el individuo puede ser ya sea una persona natural o jurídica. Así se habla de Patrimonio empresarial: El conjunto de bienes, derechos y obligaciones, pertenecientes a una empresa — como persona jurídica— y que constituyen los medios económicos y financieros a través de los cuales ésta puede cumplir sus objetivos.[1] (ver Patrimonio neto contable y Masas patrimoniales en contabilidad). EL PATRIMONIO http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio
  • 4.  En referencia a personas reales —y desde un punto de vista de uso amplio, menos preciso del término— “lo heredado” generalmente se refiere a los bienes y derechos a los que los individuos acceden como miembros de alguna comunidad. Así por ejemplo, se suele hablar del patrimonio como la herencia debido a la pertenencia a una familia. Pero también hay “patrimonios” a los cuales los individuos tienen acceso como miembros de comunidades más amplias, tales como los patrimonios regionales y/o nacionales (por ejemplo: Patrimonio industrial; Patrimonio Nacional de España; Patrimonio histórico (España)), pero además hay los denominados patrimonios culturales (ver también Patrimonio Cultural Inmaterial, Patrimonio arquitectónico, etc.); e incluso Patrimonio de la humanidad. EL PATRIMONIO http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio
  • 5.  En el ámbito legal el concepto significa algo así como «el conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona, que tienen una utilidad económica y por ello son susceptibles de estimación pecuniaria, y cuya relaciones jurídicas están constituidas por deberes y derechos»(activos y pasivos).[2] Desde este punto de vista la consideración del valor de un bien patrimonial se descontará del mismo el valor de las cargas que se hallen gravando los bienes patrimoniales. EL PATRIMONIO http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio
  • 6.  La palabra patrimonio viene del latín patri („padre‟) y onium („recibido‟), que significa «lo recibido por línea paterna». El concepto de patrimonio se remonta al derecho romano temprano (durante la República romana), periodo en el cual significaba algo así como la propiedad familiar y heredable de los patricios (de pater, „padre‟) que se transmitía de generación a generación y a la cual todos los miembros de una gens o familia amplia tenían derecho.[3] A pesar que el dominio —entendido como derecho sobre la esencia de la cosa, es decir, el derecho absoluto sobre ella—[nota 2] sobre esa propiedad no era de ningún individuo en particular, sino de la familia como tal a través de las generaciones, en ese periodo se entendía que estaba bajo el control o administración del pater familias, quien podía disponer de los bienes libremente pero estaba bajo la obligación de preservarla y aumentarla en la medida de lo posible: Guillermo Borda resume la situación así: «El pater familiae preside una comunidad constituida por su mujer, hijos, parientes y esclavos. Tenía sobre todos poder de vida y muerte... Era el dueño de todos los bienes familiares y disponía libremente de ellos, quienquiera los hubiera adquirido con su trabajo».[4] ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL TÉRMINO http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio
  • 7.  Así, por ejemplo, Procopio de Cesarea escribe (alrededor del 540 DC): “Pero mientras esas cosas sucedían como lo he explicado, Teodato fue denunciado frente a Amalasunta por númerosos tuscanos, quienes afirmaron que el había hecho violencia a todos los habitantes de esa región, habiéndose, sin causa, apropiado de sus estados, tomando no solo los privados pero especialmente aquellos que pertenecían a la familia real, lo que los romanos están acostumbrados a llamar “patrimonio”.[5] Ese doble —y más bien confuso— sentido del término se mantuvo en la tradición legal hasta aproximadamente la promulgación del Código Napoleónico. Si bien el código mismo trata el concepto de manera superficial,[6] es la perspectiva — fuertemente influenciada por la visión liberal— desde la que el término adquirió su connotación de propiedad individual. Comentaristas interesados originaran lo que ha llegado a llamarse la “Teoría del patrimonio”.[7] La “ruptura” con la concepción tradicional de patrimonio fue tal que algunas autoridades trazan el origen del concepto a este momento.[8] Dado que las disciplinas sociales modernas tienden a considerar la propiedad comobc un conjunto de derechos, esa “teoría del patrimonio” tiende a referirse a derechos más que a cosas: patrimonio es «el conjunto de derechos y obligaciones de una persona jurídica».[9] ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL TÉRMINO PATRIMONIO http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio
  • 8.  Una de las tareas más difíciles es definir el Patrimonio. Esto se debe a que hablar de el patrimonio involucra discutir sobre las diversas acepciones del concepto, que va desde la concepción jurídica estricta pasando por el contable y económico hasta llegar a conceptos calificados como patrimonio cultural, patrimonio de la humanidad, patrimonio colectivo o corporativo. No es fácil desligarlo del tema como capacidad patrimonial que es la legitima posibilidad que tiene el sujeto de adquirir derechos y obligaciones de carácter patrimonial, y otra es el patrimonio mismo, que es el conjunto de los derechos y obligaciones patrimoniales de los cuales es titular una persona. Para poder estudiar el Patrimonio y establecer una definición mas preciso, es necesario establecer las teorías que tratan acerca del patrimonio, que son los patrimonios separados, la clasificación del patrimonio, el patrimonio autónomo y que es la responsabilidad patrimonial en cuanto a los diferentes mecanismo de acción que tiene. EL PATRIMONIO
  • 9.  EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO Y DE LA SIGNIFICACIÓN SOCIAL DEL PATRIMONIO CULTURAL JOSUÉ LLULL PEÑALBA Escuela Universitaria "Cardenal Cisneros" Universidad de Alcalá. josue.llull@www.cardenalcisneros.com EL PATRIMONIO CULTURAL : Como el conjunto de manifestaciones u objetos nacidos de la producción humana, que una sociedad ha recibido como herencia histórica, y que constituyen elementos significativos de su identidad como pueblo. Tales manifestaciones u objetos constituyen testimonios importantes del progreso de la civilización y ejercen una función modélica o referencial para toda la sociedad, de ahí su consideración como bienes culturales.
  • 10.  La función referencial de los bienes culturales influye en la percepción del destino histórico de cada comunidad, en sus sentimientos de identidad nacional, en sus potencialidades de desarrollo, en el sentido de sus relaciones sociales, y en el modo en que interacciona con el medio ambiente. EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO Y DE LA SIGNIFICACIÓN SOCIAL DEL PATRIMONIO CULTURAL JOSUÉ LLULL PEÑALBA Escuela Universitaria "Cardenal Cisneros" Universidad de Alcalá. josue.llull@www.cardenalcisneros.com El valor que se les atribuye va más allá de su antigüedad o su estética, puesto que se consideran bienes culturales los que son de carácter histórico y artístico, pero también los de carácter archivístico, documental, bibliográfico, material y etnográfico, junto con las creaciones y aportaciones del momento presente y el denominado legado inmaterial.
  • 11.  Aunque el organismo que más ha hecho por el patrimonio es la UNESCO, esta institución no es la única, ni la primera, surgida en defensa de los bienes culturales mundiales. Ya la Sociedad de Naciones, creada tras la I Guerra Mundial, contaba con la «Oficina Internacional de Museos» y el «Instituto de Cooperación Internacional», dos instituciones dependientes de la denominada «Comisión Internacional de Cooperación Internacional» de la que eran filiales. Uno de los trabajos más importantes llevados a cabo por la primera de aquellas filiales fue la realización de la Conferencia de Atenas en octubre de 1931, cuyas conclusiones se plamaron en la llamada «Carta de Atenas», dedicada a la conservación del patrimonio arquitectónico. HISTORIA EL PATRIMONIO EN EL MUNDO
  • 12.  Más tarde se organizó un grupo internacional de expertos que tenía como tarea el preparar un texto de un tratado internacional para la protección de obras de tipo histórico y artístico, pero debido al estallido de la II Guerra Mundial los trabajos quedaron paralizados. La preparación de aquel texto se basó en el «Pacto Roerich», tratado multilateral firmado en Washington, DC en 1935 que tenía como objetivo la protección en caso de guerra de determinados bienes muebles e inmuebles. HISTORIA EL PATRIMONIO EN EL MUNDO
  • 13.  La creación de la ONU tras la II Guerra Mundial implicaría un nuevo avance en la protección de los bienes culturales, pues cinco meses después de su fundación en junio de 1945, la ONU crea un organismo especializado en temas de cultura, la UNESCO, que tiene entre sus principales cometidos la conservación del patrimonio cultural. Para ello cuenta con la colaboración de diversas organizaciones no gubernamentales especializadas, entre las que se hayan la «Oficina Internacional de Museos» (heredera de la que existió con la Sociedad de Naciones y conocida por sus siglas en inglés: ICOM), el «Consejo Internacional de Monumentos y Sitios» (ICOMOS) y el «Centro Internacional de Estudios para la Conservación y Restauración de los Bienes Culturales» (ICCROM). HISTORIA EL PATRIMONIO EN EL MUNDO
  • 14.  Sin duda una de las medidas tomadas por la UNESCO que han tenido más repercusión ha sido la creación en 1972 de la figura de «Patrimonio Mundial Cultural y Natural» y la inclusión de numerosos bienes mundiales excepcionales en esta categoría, también conocida como «Patrimonio Cultural de la Humanidad», «Patrimonio Común» y más coloquialmente como «Patrimonio de la Humanidad», y en el que tienen cabida desde obras humanas a parajes naturales de singular importancia. HISTORIA EL PATRIMONIO EN EL MUNDO
  • 15. Definición de Bienes Culturales. Tomado del Convenio para la protección de los Bienes Culturales en caso de conflicto armado, La Haya, UNESCO 1954, primer texto en el aparecen definidos con este término con carácter internacional: Son Bienes Culturales: (a) los bienes, muebles o inmuebles, que tengan gran importancia para el patrimonio cultural de los pueblos, tales como los monumentos de arquitectura, de arte o de historia, religiosos o seculares, los campos arqueológicos, los grupos de construcciones que por su conjunto ofrezcan un gran interés histórico o artístico, las obras de arte, manuscritos, libros y otros objetos de interés histórico, artístico o arqueológico, así como las colecciones científicas y las colecciones importantes de libros, de archivos o de reproducciones de los bienes antes definidos. BIENES CULTURALES EL PATRIMONIO
  • 16.  (b) Los edificios cuyo destino principal y efectivo sea conservar o exponer los bienes culturales muebles definidos en el apartado a), tales como los museos, las grandes bibliotecas, los depósitos de archivos, así como los refugios estimados a proteger en caso de conflicto armado los bienes culturales muebles definidos en el apartado a). (c) Los centros que comprendan un número considerable de bienes culturales definidos en los apartados a) y b), que se denominarán centros monumentales”. BIENES CULTURALES EL PATRIMONIO
  • 17.  El objeto artístico … es una imagen creada por las técnicas y procedimientos artísticos, que se hace con la intención de comunicar algo: el mundo mental de la cultura que lo produce. Este objeto se destruye cuando ya no sirve, o se conserva de forma privada (colección) o pública (museos). EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.- José Fernández Arenas.- Introducción a la conservación del patrimonio y técnicas artísticas.- Ariel Historia del Arte.- Barcelona 1996. Págs. 117-118
  • 18.  Pero estos objetos son signos, y no herramientas o útiles que puedan tener un valor como una máquina, un solar, propiedad urbana o rural, y ni siquiera como un producto industrial o técnico, aunque sean el resultado de una técnica ellos mismos. EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 19.  Son simplemente objetos descontextualizados de su función primera, que se nos presentan en museos y colecciones como objetos culturales o documentos históricos y que llamamos, sin serlo ya, obras de arte, y que constituyen el patrimonio artístico y cultural. EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 20.  De cara a su propiedad y comercio, preferimos llamarlos objetos especiales, porque dependen de una jurisprudencia referente al derecho de propiedad y de comercio diferencial. ¿Quién es el propietario de las obras de arte? ¿Quién puede gestionarlas y quién puede venderlas y comprarlas? EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 21.  Desde el campo de las ciencias sociales, puede establecerse que el patrimonio artístico y cultural ha de cumplir una cuádruple finalidad aceptada en la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985: el estudio y disfrute de las obras de arte; preservar el legado cultural e histórico; ser estímulo creativo para las generaciones siguientes; y constituir el marco adecuado para la integración del hombre en la sociedad que le presta sus señas de identidad. La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.- EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 22.  De donde se deduce que el patrimonio artístico y de bienes culturales pertenece a la comunidad y ésta, por medio de los poderes públicos, ejerce un derecho de propiedad, de defensa y de gestión sobre ellos. Lo cual hace que los objetos artísticos se sitúen en el limite entre la propiedad privada y la publica: podríamos decir que son de propiedad privada, al mismo tiempo que de titularidad pública. La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.- EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 23.  Desde un punto de vista de la más reciente teoría de los bienes culturales, los objetos artísticos, los monumentos, los conjuntos, los sitios y lugares naturales, son objetos especiales de cara a la propiedad. Cada vez se asienta más el principio de la propiedad compartida entre dominio directo del objeto y dominio útil del mismo, puesto que los objetos de los que hablamos tienen una doble naturaleza: la cosa como soporte físico, y el bien como utilidad que el objeto reporta. La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.- EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 24.  El objeto pertenece, como propiedad privada, a su poseedor (creador, comprador, coleccionista), y el bien, como propiedad colectiva, gestionado por el poder publico, pertenece a la comunidad. El reto del moderno derecho del patrimonio histórico, artístico y cultural, está en aclarar y fijar esta interferencia entre el disfrute colectivo y la pertenencia económica individual. Es una consecuencia de la evolución teórica del derecho de la propiedad y cuya solución depende de las diferentes concepciones socioeconómicas. La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.- EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 25.  En todo caso, hemos de hacer notar que la gestión sobre el patrimonio se ejerce sobre los objetos o bienes culturales, no sobre la actividad productiva de los mismos, que es un derecho a la expresión libre, no interferible por los poderes, como tantas veces se ha hecho en ciertos regímenes políticos (…). La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.- EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 26. • Armas • Muebles • Arqueología • Objetos religiosos-litúrgicos • Dibujos • Orfebrería-joyas • Elementos arquitectónicos • Escultura • Pintura • Grabados • Relojes • Libros y documentos • Tapices • Monedas y medallas • Vajilla • Otros La propiedad de los objetos artísticos y su gestión.- EL PATRIMONIO HISTÓRICO: La gestión social de los objetos artísticos.-
  • 27.  El patrimonio cultural abarca todo lo realizado por el hombre en épocas pasadas que ha quedado como prueba para demostrar su presencia dentro de la sociedad; demuestra también la transformación cultural que el hombre ha experimentado desde el momento que le toco vivir a la época actual. EL patrimonio cultural comprende desde las artes tradicionales populares, incluyendo el lenguaje, hasta las manifestaciones individuales del arte y la literatura. También pertenecen al patrimonio los monumentos naturales, escultóricos, arquitectónicos, pictóricos, mitos, leyendas, cuentos y fábulas. Todo esto lo va creando el hombre con el pasar de los años, y se va transmitiendo de generación en generación. VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN
  • 28.  BIEN CULTURAL Es todo aquello que el hombre ha hecho en algún momento preciso de la historia y que se toma como testigo fiel de una época. Bienes culturales son: la música, la danza, el teatro, la pintura, los monumentos, la escultura, entre otros. Los bienes se clasifican de acuerdo a su tangibilidad y su movilidad. Por su Tangibilidad en: Tangibles e Intangibles VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN
  • 29.  VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN De a cuerdo a su Movilidad tenemos: Muebles: corresponden a todos aquellos bienes que pueden ser trasladados de un lugar a otro, siempre y cuando su estructura física lo permita. Podemos clasificar como bienes culturales muebles a: todos aquellos documentos que han dejado nuestros antepasados y que son de gran importancia para nuestra historia, como lo es el Acta de la Independencia; también son bienes muebles la cerámica, la pintura y cierto tipo de escultura. Manuscrito
  • 30.  Inmuebles: son todos aquellos bienes culturales, que a pesar de ser tangibles (palpables), no se pueden trasladar debido a su estructura y a sus proporciones físicas. Tenemos como bienes culturales inmuebles a los yacimientos arqueológicos, las iglesias, monumentos arquitectónicos. VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN Campo de Carabobo
  • 31. También están los llamados : Bienes culturales por destino Son todos aquellos bienes culturales muebles que necesariamente deben dejarse en un solo sitio a pesar de que se puedan trasladar, ya que estos forman un conjunto de piezas y si son sacados del mismo pierden su valor. Podemos dar como ejemplo el de la casa natal del Libertador; allí se encuentran una serie de objetos representativos de una época específica, por esto, vistos en conjunto forman un escenario histórico, pero si se llegara a sacar algún objeto de ese conjunto éste perdería su valor. VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN Casa Natal del Libertador
  • 32.  Además se encuentran las zonas de reservas naturales, que son las consideradas de gran valor debido a su paisaje, a su fauna y a la flora; las cuales forman un medio ecológico. . Pico Bolívar VALORAR EL PATRIMONIO CULTURAL Y ARTÍSTICO EN CUANTO A SU APRECIACIÓN, ESTUDIO Y CONSERVACIÓN
  • 33. Patrimonio plástico -artístico Este tipo de patrimonio puede ser nacional o internacional y lo constituyen todas aquellas obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura y piezas arqueológicas que poseen destacado valor estético dentro de la cultura. En Venezuela las obras que conforman el patrimonio plástico - artístico se encuentran en museos, institutos oficiales, consejos municipales, gobernaciones, iglesias, colecciones privadas, entre otros. Otras de ellas se encuentran en el medio ambiente, es decir, al aire libre, tales como: monumentos, esculturas (en plazas, avenidas, estaciones del metro) o forman parte de la arquitectura como: murales, mosaicos, vitrales, etc. Aeropuerto Internacional de Maiquetía
  • 34. Textos básicos Para comprender y profundizar más acerca de la Convención sobre la protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, el Centro de Patrimonio Mundial ha editado una serie de textos básicos que se van actualizando año a año con las decisiones que aprueba el Comité de Patrimonio Mundial. http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/BienesDec/Textos Basicos.html UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL DE LA HUMANIDAD Estos textos son: Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural. (descarga pdf) Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial. (descarga pdf) Declaración de Budapest sobre el Patrimonio Mundial. (descarga pdf) Reglamento del Comité Intergubernamental para la protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural. (descarga pdf) Reglamento de la Conferencia, Asamblea General de los Estados Parte en la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural. (descarga pdf) Reglamento Financiero del Fondo del Patrimonio Mundial. (descarga pdf)
  • 35.  Presentación La declaración de Patrimonio Mundial es una distinción que otorga la UNESCO a aquellos bienes con características de excepcional valor que los hacen únicos en el mundo. España, con un total de 44 bienes inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial es el segundo país con más bienes declarados. Desde los remotos tiempos de Atapuerca hasta la originalidad del modernismo catalán, pasando por la biodiversidad de Ibiza o la poesía de la Alhambra, los bienes declarados Patrimonio Mundial nos permiten hacer un recorrido por la historia de nuestro territorio, poniendo de relieve los elementos más sobresalientes que se han producido. El pensamiento y la forma de actuar de cada momento se reflejan en los restos arqueológicos, en los monumentos, en nuestros cascos históricos o en el paisaje que fruto de la labor del ser humano se ha ido modelando a lo largo del tiempo. Este legado del pasado es el que nos permite comprender las líneas decisorias que han forjado nuestra cultura, con todas sus influencias y raíces. http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/index.html
  • 36. La riqueza natural y la biodiversidad forman igualmente parte de nuestro patrimonio común, ya que cultura y naturaleza forman parte de nuestra vida. Nuestra obligación es conservarlas y mantenerlas, para que este testigo del tiempo llegue a las generaciones futuras. La inclusión de bienes en la Lista de Patrimonio Mundial pone de manifiesto nuestra riqueza patrimonial, al tiempo que constituye una muestra del compromiso de las administraciones por su conservación. Debemos tener en cuenta que la declaración de Patrimonio Mundial no es un fin en sí mismo, sino el principio de un camino de responsabilidades y compromisos cuya finalidad es el mantenimiento del valor universal excepcional de estas manifestaciones en el futuro. Carta del Ministro sobre la conmemoración del Día Internacional del Patrimonio Mundial http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/index.html
  • 37.  La declaración de bienes como Patrimonio Mundial es un reconocimiento que otorga la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) a los sitios que poseen un valor universal excepcional. Por medio de esta distinción se califican estos bienes como universales, y su disfrute, protección y cuidado pasa a ser reconocido por todos los pueblos del mundo, independientemente del territorio en el que estén localizados. Entre los cometidos que tiene la UNESCO está promover la identificación, la protección y la preservación del patrimonio cultural y natural de todo el mundo considerado especialmente valioso para la humanidad. Con este objetivo surge la idea de redactar un tratado de carácter internacional que cristalizó en la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, aprobado por la UNESCO en 1972. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html
  • 38. Hasta ahora 190 países han ratificado este documento, reconociendo que los sitios localizados en su territorio e inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial, sin perjuicio de la soberanía o la propiedad nacionales, constituyen un patrimonio universal en cuya protección la comunidad internacional entera tiene el deber de cooperar. Gracias a esta Convención se ha podido proteger sitios con valor cultural o valor natural que se hubieran deteriorado o desaparecido debido a la falta de recursos para preservarlos. Las Pirámides de Egipto, la Gran Muralla China, los canales de Venecia, las cataratas de Iguazú,… son ejemplo, entre muchos otros, de los 962 bienes declarados Patrimonio Mundial que están distribuidos en 157 países. España, con 44 bienes, es el segundo país con mayor número de sitios inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial. Estos bienes se dividen en tres categorías, en función de sus características: bienes culturales, bienes naturales y bienes mixtos (estos últimos poseen valores tanto culturales como naturales). En la actualidad hay declarados 745 bienes culturales, 188 naturales y 29 mixtos. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html
  • 39. La Convención de Patrimonio Mundial busca proteger y conservar tanto el patrimonio cultural como el patrimonio natural. La idea de proteger a nivel internacional el Patrimonio Cultural surge vinculada al proyecto de la Presa de Asuán en Egipto, cuya construcción iba a provocar la inundación de los templos faraónicos de Abu-Simbel. Para conservarlos la UNESCO promovió una campaña de cooperación internacional de protección. Los templos fueron levantados, trasladados a un emplazamiento más elevado y reconstruidos. El proyecto costó aproximadamente 80 millones de dólares estadounidenses y fue financiado por 50 países. La participación de los diferentes países para salvaguardar estos monumentos fue un éxito y sirvió para que por primera vez se tomara conciencia de que la protección del patrimonio es una responsabilidad compartida. A continuación se diseñaron nuevas campañas de protección, como la de salvar Venecia y su laguna, las ruinas de Mohenjo- Daro en Pakistán o el templo Borobudur en Indonesia. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html ORIGENES
  • 40. Los primeros movimientos para salvaguardar el Patrimonio Natural en el mismo ámbito de responsabilidad internacional se iniciaron en Estados Unidos. La Conferencia de la Casa Blanca en Washington de 1965 propuso la creación de una "Fundación del Patrimonio Mundial" que potenciara la cooperación internacional para la protección de "zonas naturales y paisajísticas maravillosas del mundo y los sitios históricos para el presente y para el futuro de toda la humanidad". A esta iniciativa se adhirió la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) en 1968. Uno de los principales méritos de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural , aprobada en París el 16 de noviembre de 1972, consiste en haber sido el primero documento internacional en el que ambos conceptos se fusionan al mimo nivel bajo un mismo instrumento de protección. España ratificó la Convención en 1982 y hoy en día es, con 44 bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial, el segundo Estado del mundo en número de bienes declarados. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL http://www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/UnescoPM.html
  • 41.  El Comité de Patrimonio Mundial El Comité de Patrimonio Mundial está compuesto por 21 Estados Parte elegidos en la Asamblea General por un mandato máximo de seis años. Su composición se renueva por partes periódicamente y es el Órgano responsable de la aplicación de la Convención. La tarea fundamental del Comité consiste en examinar el estado de conservación de los sitios inscritos en la lista de Patrimonio Mundial, decidir la inscripción o no de nuevos bienes candidatos y la inscripción o retirada de aquellos bienes amenazados en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro. Igualmente el Comité es el encargado de asignar las distintas partidas económicas del Fondo de Patrimonio Mundial según las necesidades. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 42.  Para cumplir este cometido, el Comité celebra una reunión anual, habitualmente en uno de los Estados Parte que lo integran en ese momento. A esta reunión asisten tanto los representantes de los 21 estados miembros del Comité, como aquellos Estados Parte que así lo deseen en calidad de observadores, los Órganos Consultivos y el Centro de Patrimonio Mundial. España fue miembro del Comité entre los años 1991 y 1997, y de nuevo entre 2005 y 2009, año en el que acogió la celebración de su 33ª Sesión, que tuvo lugar en la ciudad de Sevilla. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 43. El Centro de Patrimonio Mundial El Centro de Patrimonio Mundial es el punto de enlace central y coordinador en la UNESCO de todos los asuntos relacionados con el Patrimonio Mundial. Realiza las funciones de Secretaría Permanente del Comité de Patrimonio Mundial. Entre sus cometidos está la implementación diaria de la Convención, la organización de las reuniones del Comité, asesorar a los Estados Partes en la preparación de las candidaturas de sitios, organizar la demanda de asistencia técnica, emprender acciones de emergencia de bienes en peligro, organizar los seminarios técnicos y talleres; y es el responsable de administrar, de acuerdo con las decisiones previas tomadas por el Comité, del Fondo del Patrimonio Mundial. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 44.  Los Estado Parte Se denomina Estados Parte a aquellos países que han ratificado la Convención. Actualmente, con 189 países signatarios, la Convención de Patrimonio Mundial es una de las convenciones internacionales con mayor número miembros, siendo su ratificación casi universal. Mediante su ratificación, los Estados pueden proponer bienes para su inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial, así como una serie de compromisos, tales como la identificación y proposición de los bienes que se encuentran en su territorio que son susceptibles de ser inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 45. Cuando un Estado Parte propone un bien para ser inscrito, debe presentar un completo expediente de candidatura que contenga detallada información acerca su estado de conservación, su nivel de protección, la existencia de un plan de gestión o la suficiente protección a nivel jurídico, entre otros requisitos. Por otra parte, también debe verificar periódicamente el estado de conservación de aquellos lugares ya inscritos en la Lista y la protección de los valores que les hicieron merecedores de este reconocimiento internacional. Existen mecanismos previstos al efecto, como el de la redacción de detallados informes que son enviados a la UNESCO para su evaluación. Los Estados Parte se reúnen cada dos años en la Asamblea General (durante la reunión ordinaria de la Conferencia General de la UNESCO) para llevar a cabo, entre otros asuntos, la elección de los miembros del Comité de Patrimonio Mundial. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 46. Los Organismos Consultivos El Comité, para el cumplimiento de las funciones que le han sido encomendadas, cuenta con el apoyo de organismos consultivos establecidos en la Convención. Su tarea fundamental es la evaluación de nuevas candidaturas así como informar sobre el seguimiento del estado de conservación de los bienes declarados. Los organismos consultivos del Comité del Patrimonio Mundial son: ICCROM El Centro Internacional de Estudios de Conservación y Restauración de los Bienes Culturales (ICCROM) es una organización intergubernamental internacional con sede en Roma. Fue creado por la UNESCO en 1956 y, de acuerdo con sus estatutos, sus funciones consisten en llevar a cabo programas de investigación, documentación, asistencia técnica, formación y sensibilización pública para fomentar la conservación de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio cultural. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 47.  Dentro del marco de la Convención la función del ICCROM consiste en ser el colaborador prioritario en la formación sobre patrimonio cultural, supervisar el estado de conservación de los bienes culturales del Patrimonio Mundial, estudiar las solicitudes de asistencia internacional presentadas por los Estados Parte y prestar su contribución y apoyo a las actividades de formación de capacidades. http://www.iccrom.org/ UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 48. ICOMOS El Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) es una organización no gubernamental con sede en París. Se fundó en 1965 y su objetivo consiste en promover la aplicación de la teoría, la metodología y las técnicas científicas a la conservación del patrimonio arquitectónico y arqueológico. Su labor se basa en los principios de la Carta Internacional sobre la Conservación y la Restauración de Monumentos y Sitios (la Carta de Venecia) de 1964. Dentro del marco de la Convención la función de ICOMOS consiste en evaluar los bienes propuestos para ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial, supervisar el estado de conservación de los bienes culturales del Patrimonio Mundial, estudiar las solicitudes de asistencia internacional presentadas por los Estados Parte y prestar su contribución y apoyo a las actividades de formación de capacidades. http://www.icomos.org/ UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 49. UICN La UICN, la Unión Mundial para la Naturaleza (anteriormente, Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y sus Recursos) fue fundada en 1948 y reúne a gobiernos nacionales, ONG y científicos en una asociación mundial. Su misión consiste en influir, alentar y ayudar a las sociedades de todo el mundo a conservar la integridad y la diversidad de la naturaleza y velar por que el uso de los recursos naturales sea equitativo y sustentable desde un punto de vista ecológico. La sede de la UICN se encuentra en Gland (Suiza). Dentro del marco de la Convención la función de la UICN consiste en evaluar los bienes propuestos para su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial, supervisar el estado de conservación de los bienes naturales del Patrimonio Mundial, estudiar las solicitudes de asistencia internacional presentadas por los Estados Parte y prestar su contribución y apoyo a las actividades de formación de capacidades. http://www.iucn.org UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL ORGANIZACION
  • 50.  Pasos previos a la propuesta: La Lista Indicativa El primer paso que debe llevar a cabo un Estado es la realización de un inventario de los bienes susceptibles de ser declarados Patrimonio Mundial en un futuro. Este inventario se denomina Lista Indicativa y en base a ésta se seleccionan las candidaturas de sitios para su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial. Es un paso de suma importancia dado que no se podrá considerar una propuesta de inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial a menos que el bien haya figurado como mínimo un año en la Lista Indicativa del Estado Parte. Los Estados Parte podrán actualizar esta Lista en cualquier momento, aunque las Directrices Prácticas de la Convención recomiendan hacerlo al menos una vez cada 10 años. La primera versión de Lista Indicativa Española es de 1984, y la última se actualizó en el Consejo de Patrimonio Histórico de noviembre de 2011. Propuesta y procedimiento de Inscripción UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 51.  Elaboración de Expediente de propuesta de inscripción Tras preparar la Lista Indicativa, el Estado Parte planifica en qué momento desea presentar cada propuesta de inscripción. Las propuestas consisten en la preparación de un expediente de inscripción, que deberá ser lo más exhaustivo posible, asegurándose de que contiene toda la documentación necesaria, escrita y gráfica, que requiere la UNESCO. La propuesta de inscripción se presenta al Centro del Patrimonio Mundial, donde se examina el documento y se verifica que toda la documentación requerida cumple los requisitos formales exigidos. Una vez que el expediente está completo, el Centro del Patrimonio Mundial lo transmite a los Organismos Asesores para su evaluación. Este proceso dura al menos un año y medio, antes de que la candidatura sea examinada por primera vez por el Comité de Patrimonio Mundial. Propuesta y procedimiento de Inscripción UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 52.  Misión de Evaluación Además de estudiar en profundidad el expediente de candidatura del bien elaborado por el Estado Parte, los Organismos Consultivos (ICOMOS para Patrimonio Cultural, UICN para Patrimonio Natural) deberán examinar in situ el bien en cuestión, para verificar el contenido del expediente. Los Organismos Consultivos designan a uno o más evaluadores, que durante la misión de evaluación analizan en profundidad el bien, mantienen encuentros con todos los agentes implicados en su gestión y a las comunidades que habitan el bien. Con esta visión, que completa la información del expediente, los Órganismos Consultivos emiten un informe que sirve de base en la valoración que sobre la propuesta de candidatura realice el Comité de Patrimonio Mundial. Propuesta y procedimiento de Inscripción UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 53.  Propuesta y procedimiento de Inscripción UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL El Comité de Patrimonio Mundial El Comité de Patrimonio Mundial está compuesto por representantes de 21 Estados Parte, que se mantienen en el cargo por un periodo máximo de seis años. El Comité es quien adopta la decisión final sobre la inscripción de las candidaturas en la Lista de Patrimonio Mundial. El Comité se reúne anualmente en una Sesión en la que, entre otros muchos asuntos, se decide qué bienes son inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial. Las Decisiones pueden ser de cuatro tipos diferentes: • Inscripción del Bien en la Lista de Patrimonio Mundial: El Comité considera que el Bien posee un valor excepcional universal. • No inscripción del Bien en la Lista de Patrimonio Mundial: tras esta decisión el Estado Parte no podrá volver a presentar la candidatura, salvo circunstancias excepcionales. • Devolución del Expediente al Estado Parte: cuando sea necesario aportar alguna información adicional necesaria para que el Comité pueda tomar una decisión. La información deberá entregarse antes del 1 de febrero del año siguiente y se volverá a discutir sobre el mismo bien en la siguiente reunión del Comité. • Aplazamiento: cuando el expediente requiere una revisión sustancial o de fondo que permita replantear el expediente y poder volverlo a presentar. En este caso, el plazo para volverlo a presentar es de un año y medio, pues se debe iniciar el ciclo desde el principio.
  • 54. Para ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial, los bienes deben tener un valor universal excepcional y cumplir por lo menos, con uno de los diez criterios de selección. (i) representar una obra de arte del genio creador humano; (ii) atestiguar un intercambio de influencias considerable, durante un periodo concreto o en un área cultural o determinada, en los ámbitos de la arquitectura o la tecnología, las artes monumentales, la planificación urbana o la creación de paisajes; (iii) aportar un testimonio único, o al menos excepcional, sobre una tradición cultural o una civilización viva o desaparecida; (iv) constituir un ejemplo eminentemente representativo de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre uno o varios periodos significativos de la historia humana; (v) ser un ejemplo eminente de formas tradicionales de asentamiento humano o de utilización tradicional de las tierras o del mar, representativas de una cultura (o de culturas), o de la interacción entre el hombre y su entorno natural, especialmente cuando son vulnerables debido a mutaciones irreversibles; Los criterios de selección Propuesta y procedimiento de Inscripción UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 55.  (vi) estar directa o materialmente asociado con acontecimientos o tradiciones vivas, con ideas, creencias u obras artísticas y literarias que tengan un significado universal excepcional. (El Comité considera que este criterio debería ser utilizado preferiblemente de manera concomitante con otros criterios); (vii) representar fenómenos naturales o áreas de belleza natural e importancia estética excepcionales; (viii) ser ejemplos eminentemente representativos de las grandes fases de la historia de la tierra, incluido el testimonio de la vida, de procesos geológicos en curso en la evolución de las formas terrestres o de elementos geomórficos o fisiográficos de mucha significación; (ix) ser ejemplos eminentemente representativos de procesos ecológicos y biológicos en curso en la evolución y el desarrollo de los ecosistemas y en las comunidades de plantas y animales, terrestres, acuáticos, costeros y marinos ; (x) contener los hábitats naturales más representativos y más importantes para la conservación in situ de la diversidad biológica, comprendidos aquellos en los que sobreviven especies amenazadas que tienen un valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia o de la conservación. Propuesta y procedimiento de Inscripción UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 56.  CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO Cronograma Procedimientos Año 1 La candidatura a Patrimonio Mundial deberá permanecer al menos un año en la Lista Indicativa. Año 2 La CA que desee presentar una candidatura (que ya figura en la Lista Indicativa) envía la propuesta al MECD. El MECD remite la propuesta al Grupo I de Patrimonio Mundial para que éste la analice según los criterios de inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial acordados por el Consejo de Patrimonio Histórico (Fichas A, B y C). El MECD remite la propuesta que incorpora las anotaciones técnicas realizadas en el Grupo de Trabajo I de Patrimonio Mundial a la CA para su revisión La CA presenta la propuesta final de candidatura a la Lista de Patrimonio Mundial ante el Consejo de Patrimonio Histórico, para su aprobación. Una vez ha sido aprobada por el Consejo, la CA remite el expediente al MECD, que lo enviará al Centro de Patrimonio Mundial en las fechas que se indican a continuación. Año 2 1 de agosto El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte puede, a petición de la CA, presentar en este momento el expediente ante el Centro de Patrimonio Mundial (presentación voluntaria, como se indica en el siguiente punto). CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO
  • 57.  CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO Año 2 1 de septiembre Fecha límite para que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte presente ante el Centro de Patrimonio Mundial el expediente de la candidatura, vía Delegación Permanente de España ante la UNESCO. Aunque se trata de una presentación voluntaria, es recomendable, ya que el Centro de Patrimonio Mundial realiza observaciones útiles para mejorar el expediente definitivo. Año 2 15 de noviembre La Secretaría habrá respondido al Estado Parte indicando si el expediente de candidatura está completo. En el caso de que no lo estuviera, se señalaría qué información faltaría para completar la propuesta. Año 2 15 de diciembre Fecha límite para que el Ministerio remita al Centro de Patrimonio Mundial el expediente de inscripción completo. Las propuestas de inscripción recibidas después de esta fecha, serán examinadas en el siguiente ciclo. Año 2 Del 1 de febrero al 1 de marzo El Centro de Patrimonio Mundial registra cada expediente de inscripción, y acusa recibo al Estado Parte vía Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. También informa acerca de si la propuesta está completa o no. Las propuestas de inscripción que no estén completas no serán transmitidas para que las evalúen los órganos consultivos competentes. Las propuestas de inscripción completas son transmitidas a los organismos consultivos competentes para su evaluación. La fecha límite para esta comunicación es el 1 de marzo.
  • 58.  CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO Añ o 2 Del 1 de marzo a mayo del año siguiente Evaluación por parte de los organismos consultivos. Tendrá lugar la misión de evaluación por uno o varios expertos de los Organismos Consultivos.Añ o 3 Añ o 3 31 de enero Si fuera necesario, los organismos competentes podrán solicitar al Estado Parte, vía MECD, información complementaria antes y durante la evaluación y a más tardar el 31 de enero del año 3. Añ o 3 15 de febrero Fecha límite para que los Estados Parte presenten al Centro de Patrimonio Mundial, vía MECD y Delegación Permanente, la información complementaria solicitada por los organismos consultivos competentes. Añ o 3 Antes de la sesión anual del Comité del Patrimonio Mundial (en torno a 4 ó 5 semanas) Los organismos consultivos competentes entregan sus evaluaciones y recomendaciones al Centro de Patrimonio Mundial para que las transmita al Comité del Patrimonio Mundial y a los Estados Parte.
  • 59.  CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO Año 3 Al menos dos días hábiles antes de la apertura de la sesión anual del Comité del Patrimonio Mundial (esta fecha está en proceso de revisión por parte del Comité) Corrección de errores menores de forma y/o contenido por los Estados Partes. El MECD contactará con la CA para entregar la evaluación de los organismos consultivos y el borrador de decisión para el Comité de Patrimonio Mundial (inscripción, refer, defer, no inscripción). El MECD podrá enviar, al menos dos días hábiles antes de la apertura de la sesión del Comité, una carta al Presidente del Comité, con copia a los organismos consultivos, en la que enumeren los errores menores de forma que puedan haberse detectado en la evaluación de su propuesta realizada por los organismos consultivos. Año 3 Sesión anual del Comité del Patrimonio Mundial (junio/julio) El Comité estudia las propuestas de inscripción y toma sus decisiones. Durante las sesiones del Comité, el Organismo Consultivo expone las conclusiones del informe y se da lectura a la propuesta de Decisión que podrá ser debatida por los miembros del Comité realizando, en su caso, preguntas concretas para ampliar la información al Estado Parte. El Comité puede adoptar una de las siguientes decisiones: 1.Inscripción del bien en la Lista de Patrimonio Mundial. 2.No inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial (esto supone que la candidatura no podrá volverse a presentar) 3.Refer ( se pide al Estado Parte que amplíe la información del expediente de la candidatura, se puede presentar el 1 de febrero del año anterior y no hay misión de evaluación) 4.Defer ( se pide al Estado Parte que realice una reformulación en profundidad de la candidatura, puede volverse a presentar siguiendo el ciclo de año y medio y habrá una nueva misión de evaluación)
  • 60.  CRONOGRAMA PARA INSCRIBIR UN BIEN EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE LA UNESCO Añ o 3 Inmediata mente después de la clausura del Comité Se publica la Lista actualizada de los bienes incorporados y de las decisiones.
  • 61. Lista de Patrimonio Mundial Actualmente en la Lista de Patrimonio Mundial hay inscritos 962 bienes situados en 157 países. Se trata de una Lista abierta en la que cada año se incorporan nuevos bienes de valor universal excepcional. La Convención del Patrimonio Mundial reconoce tres tipos de bienes: Bienes culturales: son los monumentos, conjuntos o lugares que posean un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, el arte, la ciencia, la antropología o la etnología. Bienes naturales: son los monumentos naturales, las formaciones geológicas o los lugares naturales que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de estético, científico, de la conservación o de la belleza natural. Bienes mixtos: son aquellos que poseen elementos culturales y naturales de valor universal excepcional. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 62.  Zona geográfica Natural Cultural Mixto Total % África 33 45 4 82 9% Estados Árabes 4 64 2 70 7% Asia- Pacífico 53 143 9 205 22% Europa y América del Norte 58 384 10 452 48% América Latina y el Caribe 35 89 3 127 14% TOTAL 188 745 29 962 100% UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 63. Entre 1987 y 1993 se realizó un estudio analítico de los diferentes tipos de bienes inscritos y su localización geográfica. Este estudio sirvió para detectar un fuerte desequilibrio entre los diferentes tipos de bienes, así como en su reparto geográfico, con una gran concentración en unas áreas, en detrimento de otras. De los 410 bienes inscritos, 304 eran bienes culturales y sólo 90 naturales y 16 mixtos, la gran mayoría estaban situados en regiones desarrolladas del mundo, en particular en Europa. Ante esta situación se lanzó en 1994 la denominada Estrategia Global, cuyo objetivo es establecer una Lista de Patrimonio Mundial más equilibrada, representativa y creíble. Se busca reflejar de mejor manera la enorme diversidad de tesoros culturales y naturales de nuestro planeta. Para cumplir con la Estrategia Global es necesario incitar a los países que elaboren listas indicativas y presentar propuestas de bienes de categorías y regiones que no estén suficientemente representadas en la Lista de Patrimonio Mundial. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 64.  La implantación de la Estrategia Global ha logrado que nuevos países se adhirieran a la Convención del Patrimonio Mundial, muchos son pequeños estados insulares del Pacífico, países de Europa Oriental, de África y países árabes. También se ha promovido la inclusión de nuevas categorías de sitios del Patrimonio Mundial, tales como paisajes culturales, itinerarios culturales, patrimonio industrial, desiertos y lugares en costas marítimas e islas pequeñas, así como las propuestas de inscripción trasnacionales. Formar parte de la Lista de Patrimonio Mundial conlleva una serie de compromisos. La inscripción en la Lista no debe ser el fin de la declaración, sino que es solo el principio para su mejor conservación, y es necesario que los gestores del sitio y autoridades competentes sigan trabajando en la gestión supervisión, preservación y difusión del bien declarado. Enlace a la Lista de Patrimonio Mundial: http://whc.unesco.org/en/list/ UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL
  • 65.  Con la inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial no concluye el proceso. Los gestores de los bienes declarados y las administraciones deben seguir trabajando en la gestión, supervisión y preservación de los bienes del Patrimonio Mundial a largo plazo. La UNESCO ha establecido varios mecanismos de seguimiento del estado de conservación de los bienes. Por un lado están los informes periódicos que se llevan a cabo cada seis años. Por otra parte, se ha establecido el mecanismo de monitoreo reactivo, consistente en seguimiento de un bien que se encuentra amenazado por alguna circunstancia. Por último, para casos de máxima urgencia se lleva a cabo un seguimiento reforzado más continuado y constante. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Estado de conservación
  • 66. Los Estados Parte, junto con los gestores de los bienes y las administraciones implicadas, tienen la obligación de preparar los denominados informes periódicos acerca del estado de conservación y gestión de los bienes, así como de las diversas medidas de protección adoptadas en ellos. Estos informes permiten al Comité de Patrimonio Mundial evaluar el estado real de los sitios y, llegado el caso, decidir si es necesario tomar medidas específicas para resolver problemas recurrentes, incluida la inscripción de un bien en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro. El proceso de información periódica proporciona una evaluación acerca de la aplicación de la Convención de Patrimonio Mundial por los Estados Parte. También suministra información actualizada acerca de los bienes para registrar posibles cambios en su estado de conservación. Los informes periódicos, que serán presentados por los Estados Partes, son examinados por el Comité de Patrimonio Mundial según un calendario preestablecido basado en un ciclo de seis años. Los resultados se incluyen en el informe que el Comité del Patrimonio Mundial presenta a la Conferencia General de la UNESCO. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Estado de conservación
  • 67.  El procedimiento de monitoreo reactivo se activa cuando existe un peligro, real o potencial, de pérdida o afección al Valor Universal Excepcional en un bien incluido en la Lista de Patrimonio Mundial. Cuando una amenaza es detectada, el Comité de Patrimonio Mundial solicita al Estado Parte un informe sobre el estado de conservación del bien, que se presenta ante el Centro de Patrimonio Mundial antes del día 1 de febrero de cada año. En caso de que la información proporcionada requiera una verificación sobre el terreno, el Comité puede decidir enviar una misión al lugar afectado. En estas misiones participan miembros del Centro de Patrimonio Mundial y de sus Organismos Consultivos, con la cooperación del Estado Parte y gestores implicados, responsables de proponer el programa y la logística de la misión. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Estado de conservación
  • 68. Los expertos de la misión emiten un informe con las principales conclusiones y recomendaciones conducentes a la mejora o recuperación de los valores de ese bien. Dicho informe será evaluado posteriormente por el Comité, teniendo en cuenta las observaciones que haya hecho al mismo el Estado Parte. El Comité adoptará una Decisión en la que reflejará lo que se estime en cada caso: que el bien no está amenazado, o bien, que si existe amenaza, se adopten las medidas necesarias para evitar el deterioro o empeoramiento de la situación. En casos extremos, cuando el bien haya perdido sus valores o esté en alto riesgo de hacerlo, puede ser incluido en la lista de Patrimonio Mundial en Peligro. En caso de que la situación no mejore, en último término el bien puede ser excluido de la Lista de Patrimonio Mundial. Por último, el mecanismo de seguimiento reforzado se creó en el año 2007 para garantizar la aplicación efectiva de las decisiones del Comité relativas al estado de conservación de los bienes en casos excepcionales y específico, en la que el Centro de Patrimonio Mundial coopera estrechamente con el Estado Parte al que se le aplique este mecanismo de vigilancia constante. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Estado de conservación
  • 69. Los desastres naturales, los conflictos armados, la urbanización descontrolada, las guerras o el excesivo desarrollo turístico, plantean enormes problemas de conservación en los Sitios declarados del Patrimonio Mundial. La inscripción de los bienes en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro permite al Comité asignar inmediatamente asistencia de emergencia al bien amenazado con cargo al Fondo de Patrimonio Mundial. En ocasiones, la inclusión de un bien en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro se hace a solicitud del propio Estado Parte afectado, ya que esta inscripción le ayuda a centrar la atención internacional sobre sus problemas y obtener con mayor facilidad ayuda para resolverlos. La inscripción de bienes en la Lista en Peligro, no debe entenderse como una sanción sino como un mecanismo, previsto por la Convención, para la mayor protección sobre determinados bienes y la implicación de la comunidad internacional. Actualmente hay 38 bienes en la Lista de Patrimonio Mundial en peligro. http://whc.unesco.org/en/danger/ UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Lista del Patrimonio Mundial en Peligro
  • 70. Los Estados Parte, junto con los gestores de los bienes y las administraciones implicadas, elaboran los denominados informes periódicos acerca del estado de conservación y gestión de los bienes, así como de las diversas medidas de protección adoptadas en ellos. Estos informes permiten al Comité del Patrimonio Mundial evaluar el estado de conservación de los sitios Patrimonio Mundial. Estos informes reportan información sobre las disposiciones legislativas y administrativas que hayan adoptado para la protección y gestión de los bienes Patrimonio Mundial. También se informa de las medidas que haya tomado el Estado Parte para implementar la Convención. La presentación de informes periódicos tiene cuatro objetivos principales: Proporcionar una evaluación de la implementación de la Convención del Patrimonio Mundial por el Estado Parte. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Informes Periódicos
  • 71.  Crear un mecanismo de cooperación regional y de intercambio de información y de experiencias entre los Estados Parte, relativo a la implementación de la Convención y la conservación del Patrimonio Mundial. El Comité del Patrimonio Mundial adoptó un formato para los informes periódicos de los Estados Parte que consta de dos secciones: La Sección I se refiere a las disposiciones legislativas y administrativas adoptadas por el Estado Parte, así como a otras medidas tomadas para implementar la Convención y a detalles sobre la experiencia adquirida en este terreno. Alude especialmente a las obligaciones generales definidas en artículos concretos de la Convención. Proporcionar una evaluación sobre si el Valor Universal Excepcional de los bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial se está manteniendo en el tiempo. Suministrar datos actualizados sobre los bienes del Patrimonio Mundial para registrar los cambios en sus condiciones y el estado de conservación de los bienes. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Informes Periódicos
  • 72.  La Sección II se refiere al estado de conservación de determinados bienes del Patrimonio Mundial situados en el territorio del Estado Parte interesado. Esta Sección completará según las problemáticas y naturaleza de cada uno de los bienes declarados. Los Estados Parte presentarán informes periódicos cada seis años y serán presentados y estudiados por región. España pertenece a la región de Europa y América del Norte. España presentó por primera vez los informes periódicos de sus bienes Patrimonio Mundial entre 2005 y 2006. Se analizaron los bienes inscritos en la Lista desde 1984 hasta 1997. Para más información ver anexo 7 de las Directrices Prácticas. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Informes Periódicos
  • 73.  Crear un mecanismo de cooperación regional y de intercambio de información y de experiencias entre los Estados Parte, relativo a la implementación de la Convención y la conservación del Patrimonio Mundial. El Comité del Patrimonio Mundial adoptó un formato para los informes periódicos de los Estados Parte que consta de dos secciones: La Sección I se refiere a las disposiciones legislativas y administrativas adoptadas por el Estado Parte, así como a otras medidas tomadas para implementar la Convención y a detalles sobre la experiencia adquirida en este terreno. Alude especialmente a las obligaciones generales definidas en artículos concretos de la Convención. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Informes Periódicos
  • 74. La Sección II se refiere al estado de conservación de determinados bienes del Patrimonio Mundial situados en el territorio del Estado Parte interesado. Esta Sección completará según las problemáticas y naturaleza de cada uno de los bienes declarados. Los Estados Parte presentarán informes periódicos cada seis años y serán presentados y estudiados por región. España pertenece a la región de Europa y América del Norte. España presentó por primera vez los informes periódicos de sus bienes Patrimonio Mundial entre 2005 y 2006. Se analizaron los bienes inscritos en la Lista desde 1984 hasta 1997. Para más información ver anexo 7 de las Directrices Prácticas. UNESCO PATRIMONIO MUNDIAL Informes Periódicos