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ESCUELA VILLA LAS PEÑAS
MULCHEN
“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 1
ESCUELA VILLA LAS PEÑAS
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ESCOLAR
1. DISPOSICIONES GENERALES
La Escuela “ Villa las Peñas,” en el cumplimiento de las políticas
educacionales del Supremo Gobierno, entrega a la comunidad escolar
el Reglamento de Evaluación Y Promoción Escolar de los niños y
niñas que reciben formación e instrucción en este Establecimiento.
El presente Reglamento está orientado para Educación Básica, de
acuerdo a las normas establecidas por los decretos 107/03 (de 1º a 4º
básico), 511/97 (de 5º a 8º básico), el proyecto Educativo del
Establecimiento, los planes y programas de Estudios vigentes,
elaborados sobre la base del Decreto Supremo Nº 40/96, y los
principios rectores de la Reforma Educacional.
Artículo 1º
Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán a la
escuela Villa las Peñas,
Que imparte educación desde prebásica a básica, la
finalidad del presente, es normar los procesos de evaluación y
promoción de los alumnos del establecimiento.
Artículo 2º
La dirección del establecimiento decidirá previo conocimiento
del Consejo General de Profesores, la planificación del proceso de
evaluación y la determinación de todos los aspectos administrativos,
los que serán comunicados al inicio del año escolar a los padres,
apoderados, alumnos y alumnas y al Departamento Provincial
de educación de los Ángeles.
Artículo 3º
Los alumnos (as) serán evaluados en periodos
Semestrales Educación Pre- básica ( NT1- NT2 ) y en periodos
trimestrales para la educación básica, según la decisión tomada por
el establecimiento de acuerdo a los planes y programas
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MULCHEN
“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 2
Artículo 4º
Trascurrido el periodo acordado se procederá a
verificar las calificaciones registradas en cada curso y subsector
durante el consejo de evaluación trimestral .Posteriormente, cada
profesor jefe deberá informar a los padres y apoderados
.
II. DE LA EVALUACIÓN
Estrategias de evaluación de los aprendizajes
Artículo 5º
Los docentes del establecimiento prepararán diversos
instrumentos evaluativos con el objeto de adquirir información
sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos (as). Estos
instrumentos deberán entregar información sobre la situación
en que se encuentra el alumno (a) antes de iniciar la acción educativa
durante ella y al finalizar. Para ello el o la profesora realizará
evaluaciones de carácter diagnóstico, formativo y /o sumativo.
De esta forma, durante todo el proceso el docente podrá.
- Conocer los logros, avances y dificultades que presentan
los alumnos (as) en relación a los objetivos planteados.
- Orientar y adaptar sus estrategias de enseñanza con mayor
precisión según las
- Necesidades educativas de los alumnos (as).
- Tomar medidas especiales para reforzar a los alumnos que
presenten dificultades de modo que logren el aprendizaje
esperado.
- Conocer el grado de adecuación de las estrategias
pedagógicas empleadas .para ello :
a) Realizará evaluaciones diagnósticas frente a todo nuevo
aprendizaje, utilizando diversos métodos evaluativos.
b) Hará revisiones de cuadernos, trabajos, controles,
interrogaciones orales, disertaciones, pruebas parciales y
otros medios que estén a su alcance, para obtener
información durante el proceso.
c) Realizará, finalizado el proceso de aprendizaje de una o
varias unidades, pruebas
Individuales o grupales, interrogaciones u otros.
Artículo 6º
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 3
El docente, al iniciar una unidad de trabajo,
entregará a los alumnos información clara sobre los objetivos de
ésta, lo que espera que ellos aprendan en cada unidad de
aprendizaje y la forma en que serán evaluados.
Artículo 7º
El docente realizará una evaluación sistemática del
proceso de aprendizaje de los alumnos (as) y los irá
retroalimentando permanentemente de modo que éste tenga
oportunidad de rectificar y encauzar sus esfuerzos. Para ello:
a) Mantendrá un registro de calificaciones,
observaciones y apreciaciones sobre el desempeño,
actitud nivel de conocimiento y capacidad de cada
alumno (a).
b) Utilizará diversas modalidades de evaluación de modo de
obtener información sobre el proceso de aprendizaje de los
alumnos (as).
c) Dará un mayor apoyo o refuerza a aquellos alumnos (as)
que lo requieran.
d) Realizará actividades dirigidas (guías de ejercicios,
cuestionarios, etc.) en que usará la auto evaluación o la co-
evaluación, método que también se utilizara en las disertaciones del
alumno (a).
Artículo 8 º
Realizado un trabajo individual o colectivo por parte de
los alumnos (as), el profesor deberá entregar el resultado de la
evaluación de éste dentro de un periodo de no más de 7 días después
de presentado.
El docente deberá conversar con los alumnos (as) sobre el
trabajo realizado, corregir Los errores y aclarar dudas. Los
alumnos (as) deben conocer cuales fueron sus errores y las razones
de la calificación obtenida
Artículo 9 º
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 4
En cuanto al diseño de los instrumentos evaluativos escritos
deberán contener tanto items objetivos como de desarrollo, con
instrucciones precisas para evitar confusiones en la interpretación,
indicando a su vez el respectivo puntaje. Las evaluaciones no
escritas, tales como rúbricas o listas de cotejo deberán estar en
concordancia a los objetivos propuestos. Ambos instrumentos serán
revisados oportunamente por el jefe de U.T.P en primera instancia, sin
prejuicio que puedan ser evaluados por el director (a)
Artículo 10º
Las pruebas serán calendarizadas por el profesor de
asignatura en conjunto con UTP para una equitativa aplicación al inicio
de cada trimestre, debiendo confirmar las fechas y contenidos con a
lo menos una semana de anticipación los cursos no podrán tener
más de dos evaluaciones el mismo día. Se exceptúan los alumnos que
tengan evaluaciones pendientes
Artículo 11 º
Si el curso obtiene porcentaje superior al 30% de notas
deficientes, el docente junto Al jefe de UTP analizaran las causas
para poder adoptar las remediales Correspondientes
Artículo 12º
La evaluación obtenida por los alumnos (as) en el subsector
de religión no afectara Su promoción y se expresara en forma
cualitativa (MB: muy bueno, B: bueno, S: suficiente, I: insuficiente).
Artículo 13º
Los resultados de las evaluaciones serán informados a los
padres y apoderados en forma cuantitativa. Además de la información
general otorgada por el profesor jefe, el docente de asignatura
también podrá citar e informar a los apoderados cuando sea
necesario, para buscar estrategias remediales de las situaciones de
aprendizaje deficitarias. la comunicación de las evaluaciones será
mensual dentro de las reuniones de curso
Artículo 14º
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 5
Los alumnos (as) que por encontrarse enfermos no
puedan asistir a una o más evaluaciones fijadas con anterioridad,
deberán presentar un certificado médico dentro de las siguientes 48
horas desde que ocurrió la inasistencia .al momento de su
reincorporación, el profesor con quien tenga la evaluación
pendiente le indicara una nueva fecha, mientras que quienes no
se presenten con justificativo realizarán la evaluación en la fecha
indicada, partiendo con nota máxima de cinco. Con el objeto de no
entorpecer las clases, los docentes podrán fijar las evaluaciones
pendientes con la siguiente preferencia: en el primer ciclo en
horario después de clases, en el segundo ciclo en la última clase del
trimestre de la asignatura pendientes
Artículo 15º
De acuerdo a las características de la escuela y a los fines
que ésta persigue, la dirección en conjunto con UTP y los
profesores de aula, podrán autorizar la eximición de hasta un
subsector para aquellos alumnos (as) que presenten
problemas de salud o de aprendizaje debidamente fundamentados,
a excepción de las asignaturas fundamentales: Lenguaje y
Comunicación, Estudio de la naturaleza y de la Sociedad Con
respecto a la asignatura de Educación Física, podrán eximirse
aquellos alumnos que acrediten con un certificado médico, la
imposibilidad de realizar las actividades físicas, debiendo ser
evaluado en aspectos teóricos relacionados con el subsector.
Artículo 16º
Los OFT son objetivos orientados al desarrollo personal,
valórico y social. La escuela los asume dentro del su PEI y del
curriculum que imparte, dentro de tres dimensiones: Formación ética,
crecimiento y auto evaluación personal y la persona y su entorno.
El logro de los objetivos fundamentales transversales, se
registrará en el informa de desarrollo personal y social del alumno
(a), en términos cualitativos, el que se entregará anualmente a los
apoderados junto con el informe de calificaciones. la
evaluación de estos objetivos la llevará a cabo el profesor
jefe con la participación del resto de los profesores que trabajan
con el alumno no incidiendo en sus calificaciones.
Se evaluará en los siguientes contextos: clases, consejo de
curso, actividades de la escuela, actos, clima organizacional,
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 6
conversaciones espontáneas, celebraciones espontáneas,
celebraciones, etc.
El nivel de logro de los OFT será con la siguiente escala:
siempre (S), generalmente (G), ocasionalmente (O), y nunca (N).
Artículo 17º
Evaluación diferenciada
A los alumnos (as) que, debidamente certificados por un
especialista, o aquellos Confirmados por la educadora diferencial
del colegio, presenten dificultades o Impedimentos para cursar en
forma regular un subsector de aprendizaje o asignatura . Se les
aplicarán procedimientos de evaluación diferenciada y tendrán, si el
caso lo requiere, ayuda psicopedagógica por parte del colegio, para
los niños que cursan. Entre prekinder a 8º básico, pudiendo ser
atendidos en integración o en grupo Diferencial.
En cuanto a la evaluación diferenciada se considerarán las
siguientes estrategias:
a) Modificar el tiempo previsto para el logro de los objetivos
propuestos y dar
Mayor tiempo para responder las evaluaciones.
b) Modificar o readecuar los objetivos y contenidos
planteados para el curso,
Priorizando los objetivos fundamentales y contenidos
mínimos.
c) Definir menores niveles de exigencia , cuidando el logro de
los contenidos
Mínimos.
d) Utilizar diversas formas de evaluación de modo que los
alumnos (as) puedan producir, de un mismo contenido
respuestas de diferentes tipos.
III.-DE LAS CALIFICACIONES
ESCUELA VILLA LAS PEÑAS
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 7
Artículo 18º
Los alumnos serán calificados en todos los
subsectores de aprendizaje Asignaturas o módulos del plan de
estudio, en período trimestral, con un Numero de calificaciones igual
al número de horas de cada asignatura, siendo Tres el mínimo de
notas y seis el máximo. La cantidad mínima de calificaciones por
trimestre será Subsector con dos horas de clases: 3 notas por trimestre
Subsector con tres horas de clases: 3 notas por trimestre Subsector
con cuatro horas de clases: 4 notas por trimestre Subsector con cinco
o más horas de clases: 5 notas por trimestre
Artículo 19º
El resultado de las evaluaciones, expresados como
calificaciones de los alumnos Se anotará en una escala numérica
del 1.0 al 7.0, con un decimal. La calificación. Mínima de
aprobación es 4.0 y se obtendrá del logro del 60% de los objetivos
Evaluados .Excepto en la asignatura de religión pues, su evaluación
se expresará en concepto, así como el informe de desarrollo
personal y social.
Artículo 20º
El resultado de las calificaciones no se podrá registrar,
cuando la calificación Colectiva de un curso obtenida en un
subsector de aprendizaje sea menor a 3.5 Superando el 30% de
notas deficientes. En tal caso, se analizará la situación para buscar
remediales. Sin embargo, podrá registrarse cuando el resultado
de las Calificaciones no sean consecuencias de la metodología
estilo de la prueba, aviso oportuno de la evaluación o cuando se
haya reforzado oportunamente el objetivo a evaluar.
Artículo 21º
La situación trimestral de los alumnos (as) de 1º básico a 8º
básico, se determina mediante el promedio aritmético de las notas
parciales obtenidas por el alumno durante ese período , en una
escala numérica del 1 al 7 , con cálculo a la centésima y
aproximación a la décima superior.
Artículo 22º
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 8
La calificación anual de cada sector de aprendizaje para los
alumnos (as) de 1º a 8º básico será el promedio de los tres
trimestres en una escala numérica del 1 al 7, con cálculo a la
centésima y aproximación a la décima superior, a excepción del
sector de religión.
IV.- DE LA PROMOCIÓN
Artículo 23º
Para la promoción al curso inmediatamente
superior se considerará conjuntamente la asistencia y el
rendimiento de los alumnos (as).
Artículo 24º
La situación final de los alumnos (as) quedará resuelta a
más tardar al 31 de diciembre del año escolar respectivo.
Artículo 25º
Los alumnos (as) serán promovidos de acuerdo a los
decretos de evaluación vigentes: 511/97 y sus modificaciones
158/99 y 107/03.
Artículo 26º
Para ser promovidos los alumnos(as) de 1º básico a 8º
básico deberán asistir a lo menos, al 85% de las clases
establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por
razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el
director/a del colegio, consultado el consejo de profesores y tomado
en cuenta la solicitud entregada por escrita por parte del
apoderado titular en la primera quincena de diciembre, podrá
autorizar la promoción de los alumnos (as) con porcentajes
menores de asistencia.
Artículo 27º
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 9
Respecto del logro de los objetivos serán promovidos:
a) Los alumnos (as) de 1º básico a 8º básico que hayan
aprobado todos los Subsectores, asignaturas o
actividades de aprendizaje de sus respectivos Programas
de estudio.
b) L os alumnos (as) de 1º básico a 8º básico que no
hubiesen aprobado un asignatura o actividad de
aprendizaje, siempre que su nivel general de logro
corresponda a un promedio igual o superior a 4.5
incluido el subsector reprobado.
c) Igualmente ,serán promovidos los alumnos de 1º básico a
8º básico que no Hubiesen aprobado dos subsectores,
asignaturas o actividades de aprendizaje siempre que su
nivel general de logro corresponda a un promedio igual o
superior a 5.0, incluidos los reprobados, los que no
deberán tener un promedio inferior a 3.0.
Artículo 28º
El director (a) del establecimiento junto con el profesor
(res) respectivo (s) deberán resolver las situaciones especiales de
evaluación y promoción de 1º a 4º básico. Para los alumnos (as)
de 5º a 8º año básico, esta resolución deberá ser aprobada por
el consejo de profesores. Entre otros resolverán los casos de
alumnos (as) que por motivos justificados requieran ingresar
tardíamente a clases, ausentarse por periodos prolongados, finalizar
el período escolar anticipadamente u otros semejantes.
Artículo 29º
Al término del año escolar, el establecimiento extenderá a sus
alumnos (as) un certificado anual de estudios que indique los
sectores estudiados, las calificaciones obtenidas, el porcentaje
anual de asistencia y la situación final correspondiente. el certificado
anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.
Artículo 30º
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“ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 10
Las actas de registro de calificaciones y promoción escolar,
consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada
subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, la situación
final de los alumnos (as) y cédula nacional de identificación
de cada uno de ellos .Estas actas serán firmadas por cada uno de
los profesores correspondientes.
Al término del año escolar se enviará el original y dos
copias a la secretaría Ministerial de Educación.
Las situaciones de evaluación no previstas en este reglamento,
serán resueltas por la Secretaría Regional de Educación de la
Región correspondiente en conjunto con la Dirección del
Establecimiento.

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  • 1. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 1 ESCUELA VILLA LAS PEÑAS REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR 1. DISPOSICIONES GENERALES La Escuela “ Villa las Peñas,” en el cumplimiento de las políticas educacionales del Supremo Gobierno, entrega a la comunidad escolar el Reglamento de Evaluación Y Promoción Escolar de los niños y niñas que reciben formación e instrucción en este Establecimiento. El presente Reglamento está orientado para Educación Básica, de acuerdo a las normas establecidas por los decretos 107/03 (de 1º a 4º básico), 511/97 (de 5º a 8º básico), el proyecto Educativo del Establecimiento, los planes y programas de Estudios vigentes, elaborados sobre la base del Decreto Supremo Nº 40/96, y los principios rectores de la Reforma Educacional. Artículo 1º Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán a la escuela Villa las Peñas, Que imparte educación desde prebásica a básica, la finalidad del presente, es normar los procesos de evaluación y promoción de los alumnos del establecimiento. Artículo 2º La dirección del establecimiento decidirá previo conocimiento del Consejo General de Profesores, la planificación del proceso de evaluación y la determinación de todos los aspectos administrativos, los que serán comunicados al inicio del año escolar a los padres, apoderados, alumnos y alumnas y al Departamento Provincial de educación de los Ángeles. Artículo 3º Los alumnos (as) serán evaluados en periodos Semestrales Educación Pre- básica ( NT1- NT2 ) y en periodos trimestrales para la educación básica, según la decisión tomada por el establecimiento de acuerdo a los planes y programas
  • 2. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 2 Artículo 4º Trascurrido el periodo acordado se procederá a verificar las calificaciones registradas en cada curso y subsector durante el consejo de evaluación trimestral .Posteriormente, cada profesor jefe deberá informar a los padres y apoderados . II. DE LA EVALUACIÓN Estrategias de evaluación de los aprendizajes Artículo 5º Los docentes del establecimiento prepararán diversos instrumentos evaluativos con el objeto de adquirir información sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos (as). Estos instrumentos deberán entregar información sobre la situación en que se encuentra el alumno (a) antes de iniciar la acción educativa durante ella y al finalizar. Para ello el o la profesora realizará evaluaciones de carácter diagnóstico, formativo y /o sumativo. De esta forma, durante todo el proceso el docente podrá. - Conocer los logros, avances y dificultades que presentan los alumnos (as) en relación a los objetivos planteados. - Orientar y adaptar sus estrategias de enseñanza con mayor precisión según las - Necesidades educativas de los alumnos (as). - Tomar medidas especiales para reforzar a los alumnos que presenten dificultades de modo que logren el aprendizaje esperado. - Conocer el grado de adecuación de las estrategias pedagógicas empleadas .para ello : a) Realizará evaluaciones diagnósticas frente a todo nuevo aprendizaje, utilizando diversos métodos evaluativos. b) Hará revisiones de cuadernos, trabajos, controles, interrogaciones orales, disertaciones, pruebas parciales y otros medios que estén a su alcance, para obtener información durante el proceso. c) Realizará, finalizado el proceso de aprendizaje de una o varias unidades, pruebas Individuales o grupales, interrogaciones u otros. Artículo 6º
  • 3. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 3 El docente, al iniciar una unidad de trabajo, entregará a los alumnos información clara sobre los objetivos de ésta, lo que espera que ellos aprendan en cada unidad de aprendizaje y la forma en que serán evaluados. Artículo 7º El docente realizará una evaluación sistemática del proceso de aprendizaje de los alumnos (as) y los irá retroalimentando permanentemente de modo que éste tenga oportunidad de rectificar y encauzar sus esfuerzos. Para ello: a) Mantendrá un registro de calificaciones, observaciones y apreciaciones sobre el desempeño, actitud nivel de conocimiento y capacidad de cada alumno (a). b) Utilizará diversas modalidades de evaluación de modo de obtener información sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos (as). c) Dará un mayor apoyo o refuerza a aquellos alumnos (as) que lo requieran. d) Realizará actividades dirigidas (guías de ejercicios, cuestionarios, etc.) en que usará la auto evaluación o la co- evaluación, método que también se utilizara en las disertaciones del alumno (a). Artículo 8 º Realizado un trabajo individual o colectivo por parte de los alumnos (as), el profesor deberá entregar el resultado de la evaluación de éste dentro de un periodo de no más de 7 días después de presentado. El docente deberá conversar con los alumnos (as) sobre el trabajo realizado, corregir Los errores y aclarar dudas. Los alumnos (as) deben conocer cuales fueron sus errores y las razones de la calificación obtenida Artículo 9 º
  • 4. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 4 En cuanto al diseño de los instrumentos evaluativos escritos deberán contener tanto items objetivos como de desarrollo, con instrucciones precisas para evitar confusiones en la interpretación, indicando a su vez el respectivo puntaje. Las evaluaciones no escritas, tales como rúbricas o listas de cotejo deberán estar en concordancia a los objetivos propuestos. Ambos instrumentos serán revisados oportunamente por el jefe de U.T.P en primera instancia, sin prejuicio que puedan ser evaluados por el director (a) Artículo 10º Las pruebas serán calendarizadas por el profesor de asignatura en conjunto con UTP para una equitativa aplicación al inicio de cada trimestre, debiendo confirmar las fechas y contenidos con a lo menos una semana de anticipación los cursos no podrán tener más de dos evaluaciones el mismo día. Se exceptúan los alumnos que tengan evaluaciones pendientes Artículo 11 º Si el curso obtiene porcentaje superior al 30% de notas deficientes, el docente junto Al jefe de UTP analizaran las causas para poder adoptar las remediales Correspondientes Artículo 12º La evaluación obtenida por los alumnos (as) en el subsector de religión no afectara Su promoción y se expresara en forma cualitativa (MB: muy bueno, B: bueno, S: suficiente, I: insuficiente). Artículo 13º Los resultados de las evaluaciones serán informados a los padres y apoderados en forma cuantitativa. Además de la información general otorgada por el profesor jefe, el docente de asignatura también podrá citar e informar a los apoderados cuando sea necesario, para buscar estrategias remediales de las situaciones de aprendizaje deficitarias. la comunicación de las evaluaciones será mensual dentro de las reuniones de curso Artículo 14º
  • 5. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 5 Los alumnos (as) que por encontrarse enfermos no puedan asistir a una o más evaluaciones fijadas con anterioridad, deberán presentar un certificado médico dentro de las siguientes 48 horas desde que ocurrió la inasistencia .al momento de su reincorporación, el profesor con quien tenga la evaluación pendiente le indicara una nueva fecha, mientras que quienes no se presenten con justificativo realizarán la evaluación en la fecha indicada, partiendo con nota máxima de cinco. Con el objeto de no entorpecer las clases, los docentes podrán fijar las evaluaciones pendientes con la siguiente preferencia: en el primer ciclo en horario después de clases, en el segundo ciclo en la última clase del trimestre de la asignatura pendientes Artículo 15º De acuerdo a las características de la escuela y a los fines que ésta persigue, la dirección en conjunto con UTP y los profesores de aula, podrán autorizar la eximición de hasta un subsector para aquellos alumnos (as) que presenten problemas de salud o de aprendizaje debidamente fundamentados, a excepción de las asignaturas fundamentales: Lenguaje y Comunicación, Estudio de la naturaleza y de la Sociedad Con respecto a la asignatura de Educación Física, podrán eximirse aquellos alumnos que acrediten con un certificado médico, la imposibilidad de realizar las actividades físicas, debiendo ser evaluado en aspectos teóricos relacionados con el subsector. Artículo 16º Los OFT son objetivos orientados al desarrollo personal, valórico y social. La escuela los asume dentro del su PEI y del curriculum que imparte, dentro de tres dimensiones: Formación ética, crecimiento y auto evaluación personal y la persona y su entorno. El logro de los objetivos fundamentales transversales, se registrará en el informa de desarrollo personal y social del alumno (a), en términos cualitativos, el que se entregará anualmente a los apoderados junto con el informe de calificaciones. la evaluación de estos objetivos la llevará a cabo el profesor jefe con la participación del resto de los profesores que trabajan con el alumno no incidiendo en sus calificaciones. Se evaluará en los siguientes contextos: clases, consejo de curso, actividades de la escuela, actos, clima organizacional,
  • 6. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 6 conversaciones espontáneas, celebraciones espontáneas, celebraciones, etc. El nivel de logro de los OFT será con la siguiente escala: siempre (S), generalmente (G), ocasionalmente (O), y nunca (N). Artículo 17º Evaluación diferenciada A los alumnos (as) que, debidamente certificados por un especialista, o aquellos Confirmados por la educadora diferencial del colegio, presenten dificultades o Impedimentos para cursar en forma regular un subsector de aprendizaje o asignatura . Se les aplicarán procedimientos de evaluación diferenciada y tendrán, si el caso lo requiere, ayuda psicopedagógica por parte del colegio, para los niños que cursan. Entre prekinder a 8º básico, pudiendo ser atendidos en integración o en grupo Diferencial. En cuanto a la evaluación diferenciada se considerarán las siguientes estrategias: a) Modificar el tiempo previsto para el logro de los objetivos propuestos y dar Mayor tiempo para responder las evaluaciones. b) Modificar o readecuar los objetivos y contenidos planteados para el curso, Priorizando los objetivos fundamentales y contenidos mínimos. c) Definir menores niveles de exigencia , cuidando el logro de los contenidos Mínimos. d) Utilizar diversas formas de evaluación de modo que los alumnos (as) puedan producir, de un mismo contenido respuestas de diferentes tipos. III.-DE LAS CALIFICACIONES
  • 7. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 7 Artículo 18º Los alumnos serán calificados en todos los subsectores de aprendizaje Asignaturas o módulos del plan de estudio, en período trimestral, con un Numero de calificaciones igual al número de horas de cada asignatura, siendo Tres el mínimo de notas y seis el máximo. La cantidad mínima de calificaciones por trimestre será Subsector con dos horas de clases: 3 notas por trimestre Subsector con tres horas de clases: 3 notas por trimestre Subsector con cuatro horas de clases: 4 notas por trimestre Subsector con cinco o más horas de clases: 5 notas por trimestre Artículo 19º El resultado de las evaluaciones, expresados como calificaciones de los alumnos Se anotará en una escala numérica del 1.0 al 7.0, con un decimal. La calificación. Mínima de aprobación es 4.0 y se obtendrá del logro del 60% de los objetivos Evaluados .Excepto en la asignatura de religión pues, su evaluación se expresará en concepto, así como el informe de desarrollo personal y social. Artículo 20º El resultado de las calificaciones no se podrá registrar, cuando la calificación Colectiva de un curso obtenida en un subsector de aprendizaje sea menor a 3.5 Superando el 30% de notas deficientes. En tal caso, se analizará la situación para buscar remediales. Sin embargo, podrá registrarse cuando el resultado de las Calificaciones no sean consecuencias de la metodología estilo de la prueba, aviso oportuno de la evaluación o cuando se haya reforzado oportunamente el objetivo a evaluar. Artículo 21º La situación trimestral de los alumnos (as) de 1º básico a 8º básico, se determina mediante el promedio aritmético de las notas parciales obtenidas por el alumno durante ese período , en una escala numérica del 1 al 7 , con cálculo a la centésima y aproximación a la décima superior. Artículo 22º
  • 8. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 8 La calificación anual de cada sector de aprendizaje para los alumnos (as) de 1º a 8º básico será el promedio de los tres trimestres en una escala numérica del 1 al 7, con cálculo a la centésima y aproximación a la décima superior, a excepción del sector de religión. IV.- DE LA PROMOCIÓN Artículo 23º Para la promoción al curso inmediatamente superior se considerará conjuntamente la asistencia y el rendimiento de los alumnos (as). Artículo 24º La situación final de los alumnos (as) quedará resuelta a más tardar al 31 de diciembre del año escolar respectivo. Artículo 25º Los alumnos (as) serán promovidos de acuerdo a los decretos de evaluación vigentes: 511/97 y sus modificaciones 158/99 y 107/03. Artículo 26º Para ser promovidos los alumnos(as) de 1º básico a 8º básico deberán asistir a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el director/a del colegio, consultado el consejo de profesores y tomado en cuenta la solicitud entregada por escrita por parte del apoderado titular en la primera quincena de diciembre, podrá autorizar la promoción de los alumnos (as) con porcentajes menores de asistencia. Artículo 27º
  • 9. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 9 Respecto del logro de los objetivos serán promovidos: a) Los alumnos (as) de 1º básico a 8º básico que hayan aprobado todos los Subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos Programas de estudio. b) L os alumnos (as) de 1º básico a 8º básico que no hubiesen aprobado un asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio igual o superior a 4.5 incluido el subsector reprobado. c) Igualmente ,serán promovidos los alumnos de 1º básico a 8º básico que no Hubiesen aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio igual o superior a 5.0, incluidos los reprobados, los que no deberán tener un promedio inferior a 3.0. Artículo 28º El director (a) del establecimiento junto con el profesor (res) respectivo (s) deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de 1º a 4º básico. Para los alumnos (as) de 5º a 8º año básico, esta resolución deberá ser aprobada por el consejo de profesores. Entre otros resolverán los casos de alumnos (as) que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por periodos prolongados, finalizar el período escolar anticipadamente u otros semejantes. Artículo 29º Al término del año escolar, el establecimiento extenderá a sus alumnos (as) un certificado anual de estudios que indique los sectores estudiados, las calificaciones obtenidas, el porcentaje anual de asistencia y la situación final correspondiente. el certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo. Artículo 30º
  • 10. ESCUELA VILLA LAS PEÑAS MULCHEN “ LA EDUCACIÓN ES A LAS PERSONAS COMO EL PERFUME A LAS FLORES” 10 Las actas de registro de calificaciones y promoción escolar, consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, la situación final de los alumnos (as) y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos .Estas actas serán firmadas por cada uno de los profesores correspondientes. Al término del año escolar se enviará el original y dos copias a la secretaría Ministerial de Educación. Las situaciones de evaluación no previstas en este reglamento, serán resueltas por la Secretaría Regional de Educación de la Región correspondiente en conjunto con la Dirección del Establecimiento.