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Etapa 4. Curso propedéutico para el aprendizaje autogestivo en
un ambiente virtual 2017.
Aspirante: Aidet Patricia Flores Garcia
Matricula: AS172079632
Docente en línea: Baldemar Ríos Ortiz
Institución: Universidad Abierta y a Distancia de México
Evidencia: S8. Actividad 1: Integración y redacción del informe final
“Cultura de la legalidad”
Septiembre, 2017
2
Contenido
CULTURA DE LEGALIDAD .........................................................................................................................3
Efectos adversos sobre los oficiales de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México
ante la falta de una cultura de legalidad. .................................................................................................3
Introducción.........................................................................................................................................3
Objetivos..............................................................................................................................................5
Objetivo general: .............................................................................................................................5
Objetivos específicos: ......................................................................................................................5
Marco Teórico......................................................................................................................................6
Estado de derecho: elemento fundamental para una cultura de la legalidad. ...............................6
Panorama de la cultura de la legalidad mexicana. ..........................................................................7
La seguridad pública dentro de la Ciudad de México......................................................................8
Policía y ciudadanía en la Ciudad de México.................................................................................10
Obligaciones y derechos de los policías.........................................................................................10
Efectos adversos en la policía de la Ciudad de México..................................................................18
Metodología.......................................................................................................................................22
Diario de campo.............................................................................................................................22
Entrevistas. ....................................................................................................................................22
Encuesta.........................................................................................................................................23
Conclusiones......................................................................................................................................23
Anexos................................................................................................................................................27
3
CULTURA DE LEGALIDAD
Efectos adversos sobre los oficiales de la Secretaria de Seguridad Pública de la
Ciudad de México ante la falta de una cultura de legalidad.
Introducción
México está sufriendo un alza alarmante en su índice delictivo. En una visión rápida, muchos
aluden que este crecimiento es efecto de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia
Penal Acusatorio, muchos otros culpan a las diversas instituciones encargadas de impartir
seguridad y justicia, mientras que otros tantos apuntan como factor principal a la pobreza y sus
derivados, como es el caso de la corrupción. Aunque no se puede negar que estos elementos
son los detonantes de la tasa de criminalidad, existe un eslabón entre todos ellos que fortalece
la cadena de la inseguridad. Se trata del conjunto de patrones tolerantes a la violencia. Por
mencionar un ejemplo tenemos el comportamiento renuente que adquieren los infractores o
probables responsables al no asumir las consecuencias de sus actos arbitrarios e intentan
evadir la sanción correspondiente por encima de cualquier cosa. Esta actitud evasiva es
activada por una cuadrilla de razones en las que podemos destacar las emociones negativas
(miedo, aversión, enfado…) hacia el castigo por la falta cometida, el porfiar por sus derechos
más no por sus obligaciones, estar bajo el influjo del alcohol o sustancias psicotrópicas, el
egocentrismo, el uso arraigado de la “ley del más fuerte” y el actuar equívoco de los servidores
públicos.
La mayoría hemos sido testigos de la actuación de personas agresivamente renuentes y
ahora con la ayuda de las redes sociales estos hechos pueden ser viralizados a nivel global
con motivos de mofa o desaprobación. Podemos encontrar que la conducta indebida de sus
protagonistas repercute a terceros. Algunas de las victimas optan por tomar sus teléfonos
inteligentes y comenzar a grabar lo sucedido para obtener elementos de prueba y mostrarlas
4
ante las instancias gubernamentales o de carácter civil, en búsqueda de apoyo. Pero ¿qué
sucede cuando los efectos adversos de una acción arbitraria recaen sobre un integrante de la
policía?
Tan sólo en el mes de Julio del presente año, según fuentes internas y extraoficiales de la
Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México, se han registrado 36 policías
lesionados y 04 fallecimientos en el cumplimiento de su deber; estos últimos son enterrados
bajo el peso del resentimiento social que vienen sufriendo desde hace algunas décadas debido
a la correlación generalizada de su empleo con el virus de la corrupción. Además, los ultrajes
no sólo se limitan a la vía pública. Dentro de las bases operativas empieza el fenómeno.
Desigualdad, discriminación, abuso de autoridad, acoso sexual, extorsión, falta de
oportunidades y de crecimiento… son algunas de las tantas formas de maltrato que tienen que
soportar los y las policías de la Ciudad de México, derivado de la deficiente gestión y falta de
apoyo de las instituciones, la presión exhaustiva para lograr un determinado número de
infracciones, detenciones, supervisiones, evaluaciones, cursos, etc.; las jornadas laborales
excesivas, los sueldos bajos, la falta de profesionalización, equipo y uniformes necesarios, y
por la subordinación mal empleada por parte de los mandos insuficientemente capacitados
para el cargo que ostentan. Sumado a ello, los propios elementos llegan a incurrir en la falta de
práctica de la cultura de la legalidad, ya sea dentro o fuera de sus funciones.
En este tenor, cuando existe una debida actuación policial no se justifican las agresiones
contra los cuerpos de seguridad pública, sin embargo, no hay grandes textos que traten de
disminuir este estigma. En virtud de lo anteriormente expuesto, el presente informe está
encaminado hacía el análisis de la cultura de la legalidad y cómo repercute negativamente su
falta de práctica en los oficiales de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México,
apuntando a este territorio ya que es la zona céntrica y por lo tanto la de mayor ángulo de
enfoque.
5
Objetivos
Objetivo general:
Exponer los efectos adversos que ponen en riesgo la integridad de los cuerpos de seguridad
pública ante una adecuada actuación policial y derivados de una falta de ética y cumplimiento
de las normas jurídicas, administrativas y civiles.
Objetivos específicos:
Elaborar un marco teórico que ayude a entender el tema abordado.
Mediante entrevistas y encuestas obtener el enfoque ciudadano y los indicadores que
desencadenen resentimiento social hacía los cuerpos de seguridad pública y su actuación; así
mismo percibir los hábitos frente a la cultura de legalidad.
Realizar entrevistas a policías de distintos sectores de la Ciudad de México para tener una
perspectiva sobre la situación actual dentro de la SSP-CDMX.
Entrevistar a Mandos dentro de la SSP-CDMX para valorar el nivel de capacitación y
compromiso ante el cargo que ostentan.
Graficar y realizar un análisis de los resultados, correlacionándolo con el marco teórico.
6
Marco Teórico
Estado de derecho: elemento fundamental para una cultura de la legalidad.
Las normas sirven para regular el comportamiento de las personas dentro de una sociedad,
así como para proteger sus Derechos Humanos, dando con ello los parámetros para una
convivencia pacífica. (Salazar Ugarte, 2006) Tenemos dos tipos: las normas sociales y las
normas jurídicas. Sobre las primeras no hay una sanción penal por su incumplimiento, sólo el
rechazo de otras personas que imponen un mínimo castigo para corregir el comportamiento.
Podemos verlas reflejadas dentro de los espacios públicos, escuelas y en la familia y trabajo.
Las segundas se establecen de forma democrática por nuestros representantes, centrados en
los intereses de la población y con el propósito de proteger los derechos de todos.
El cumplimiento de las normas son motivadas por tres razones:
• Evitar sanciones civiles, administrativas o penales.
• Evitar consecuencias adversas.
• El pensamiento democrático. Las personas moldeadas bajo este razonamiento
comprenden sus derechos y obligaciones, saben que deben respetar a los demás,
conocen las limitaciones de su conducta y entienden que detrás de cada norma hay
importantes valores socialmente compartidos.
El respeto a las normas permite la construcción de una cultura de la legalidad y el
fortalecimiento del Estado de Derecho, puesto que el objetivo de este último es ofrecer las
condiciones estables y favorables al desarrollo de todos los seres humanos que se encuentran
en su territorio.
En cuanto a la cultura de la legalidad de una sociedad determinada, se define como el
conjunto de creencias, valores, normas y acciones que promueve que la población crea en el
Estado de derecho, lo defienda y no tolere la ilegalidad. Su importancia radica en la regulación
7
de la conducta de las personas, el respeto mutuo hacia los demás para convivir de manera
armónica y sin su presencia no habría orden, paz ni un Estado de Derecho. (Tello & Garza,
2000)
La existencia de una cultura de la legalidad es posible cuando la mayoría de los ciudadanos
conocen las normas para convivir en paz y las respetan; son capaces de rechazar los actos
ilegales y no se vuelven cómplices, y muestran confianza a las autoridades, colaborando con
ellas. Por lo tanto los principios que conforman una cultura de la legalidad son:
• Conocer las leyes que nos rigen, así como nuestros derechos y obligaciones y a
quienes nos representan.
• Respetar la integridad de las demás personas sin importar raza, religión, género,
edad, condición social, etc.
• Exigir a las autoridades, instituciones y al resto de la sociedad que muestren apego y
respeto a las normas.
Panorama de la cultura de la legalidad mexicana.
Tener una cultura de la legalidad significa llevar a cabo el estricto cumplimiento de las
obligaciones que la ley impone para garantizar la convivencia social. Dicho concepto no tendría
sentido sin la ética desarrollada bajo el seno moralista, la cual contribuye en la formación de
los individuos con expectativas positivas, pero dentro de la sociedad mexicana este contexto es
una simple aspiración ya que la falta de honradez y honestidad son cualidades que se han
adherido a nuestra identidad nacional. Gracias a ello el cumplimiento de la ley no es vista como
una práctica arraigada a nuestra vida cotidiana ni difundida y se traduce como una
desconfianza entre todos los integrantes de la sociedad, bloqueando así el espíritu de
cooperación que es fundamental para lograr el Estado de derecho democrático que se viene
buscando desde hace años.
Gran porcentaje de la opinión ciudadana hace énfasis en que aquellos que están en las altas
esferas del poder son los que encabezan esta realidad y los señalan como los únicos culpables
8
de las deficiencias que aquejan al país. Este criterio tiene cierto grado de validez puesto que
aquellos que ostentan un destacado cargo son más susceptibles a cometer actos arbitrarios
que traigan como consecuencia el aumento de la corrupción, violencia e impunidad,
favorecidos por la ausencia de una legalidad universalista y eficaz. Sin embargo, como
reproche a sus gobernadores y por la decadencia del civismo, la población fue generalizando la
práctica de transgresión de las normas, lo que hace que resulte más costoso cumplir con la ley
que infringirla y así ver a la virtud ética como con una actitud funesta por los pocos beneficios
que conlleva su uso. (Antonio Crespo, 1990)
A pesar de que somos capaces de distinguir lo que está bien a lo que está mal,
discernimiento que concierne a todos sin distinción de cualquier índole; tenemos tan arraigada
la tradición de la falta de apego a las normas y un modo de vida relajado, precario y deficiente
hacia la legalidad, que nos impide como sociedad alcanzar una plena democracia bajo una
justa y pacífica convivencia.
La seguridad pública dentro de la Ciudad de México.
La palabra seguridad proviene del vocablo latino “securitas”, que significa calidad de seguro.
En materia de administración pública, este término hace referencia a una función a cargo del
Estado y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las
personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, misma que comprende
la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la
persecución de los delitos, la reinserción social del individuo y la sanción de las infracciones
administrativas, en las competencias respectivas en términos de esta Ley y demás
ordenamientos jurídicos aplicables. Dicha función viene expresada jurídicamente en el Artículo
21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, dentro de esta
norma, en su décimo párrafo del Artículo 21, añade: …- “La actuación de las instituciones de
seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
9
profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta
Constitución.”
El antecedente más antiguo de la seguridad pública en la Ciudad de México, refiere
Alejandro Iñigo en su libro Bitácora de un Policía, 1500 -1982 (Ensayo Histórico, Grupo Editorial
Siete, México, 1994), aparece alrededor del año 1500 en tres figuras principales: los
denominados calpullec, personajes encargados de mantener el orden de los calpulli; los
teachcacauhtin, guerreros que se hacían cargo de la situación interna de los barrios en
tiempos de guerra; y los tianquizpan, guardianes de los mercados.
Actualmente se gestiona a través de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de
México, dependencia fundada en el año 1968 y actualmente bajo el mando del Lic. Hiram
Almeida Estrada con un estado de fuerza de 66,000 elementos aproximadamente.
La estructura orgánica, funciones, actuación y régimen disciplinario de esta institución
policiaca están establecidos en los siguientes ordenamientos jurídicos y administrativos:
• Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
• Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
• Ley Federal de Uso de Armas y Explosivos
• Código Nacional de Procedimientos Penales
• Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito
Federal
• Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública
• Ley de Seguridad Pública
• Reglamento de Tránsito Metropolitano
• Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal
• Reglas para el Establecimientos de la Carrera Policial de la Policía del Distrito
Federal
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• Protocolos de Actuación Policial vigentes, en total 16.
• Manual Administrativo
• Manual de Organización
Policía y ciudadanía en la Ciudad de México.
La corrupción se ha extendido prácticamente a todos los niveles de la administración pública
y a otros sectores de la sociedad civil, por lo que a la sociedad se le dificulta prescindir de ella
pues no quieren dejar de gozar de los beneficios que otorga o son obligados a caer en sus
garras porque sólo con ella puede llegar a un resultado esperado. (Antonio Crespo, 1990)
Entre las instituciones apuntadas como representantes de este mal que aqueja a México, es
sin dudar a algunas, las encargadas de la seguridad pública u homologas. Cuando se pregunta
a un ciudadano al azar “¿Qué te viene a la mente cuando escuchas la palabra policía?”, en
respuesta, los adjetivos más comunes son: rateros, ignorantes, corruptos, y abusivos. Inclusive
unos cuantos infantes los describen como malos y se les ha contagiado el miedo y desprecio
por ellos. El fundamento de los prejuicios generalizados hacia esta profesión es la mala imagen
que se ha guardado en la memoria de la población por el indebido actuar de algunos oficiales,
es por ello que las corporaciones policiales mexicanas no gozan de la confianza de la sociedad,
lo que refleja una mínima cooperación por parte de los ciudadanos y, por ende, hay un bajo
registro de denuncias e inconformidades entre ambas partes que pueden llegar a resultar en
acciones arbitrarias.
Obligaciones y derechos de los policías.
Concatenado a la observancia de lo establecido en dicho texto, el Artículo 40 de la Ley del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece:
[…] Con el objeto de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de
legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos,
los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública se sujetarán a las siguientes
obligaciones:
11
I. Conducirse siempre con dedicación y disciplina, así como con apego al orden jurídico y
respeto a las garantías individuales y derechos humanos reconocidos en la Constitución;
II. Preservar la secrecía de los asuntos que por razón del desempeño de su función
conozcan, en términos de las disposiciones aplicables;
III. Prestar auxilio a las personas amenazadas por algún peligro o que hayan sido víctimas u
ofendidos de algún delito, así como brindar protección a sus bienes y derechos. Su actuación
será congruente, oportuna y proporcional al hecho;
IV. Cumplir sus funciones con absoluta imparcialidad y sin discriminación alguna;
V. Abstenerse en todo momento de infligir o tolerar actos de tortura, aún cuando se trate de
una orden superior o se argumenten circunstancias especiales, tales como amenaza a la
Seguridad Pública, urgencia de las investigaciones o cualquier otra; al conocimiento de ello, lo
denunciará inmediatamente ante la autoridad competente;
VI. Observar un trato respetuoso con todas las personas, debiendo abstenerse de todo acto
arbitrario y de limitar indebidamente las acciones o manifestaciones que en ejercicio de sus
derechos constitucionales y con carácter pacífico realice la población;
VII. Desempeñar su misión sin solicitar ni aceptar compensaciones, pagos o gratificaciones
distintas a las previstas legalmente. En particular se opondrán a cualquier acto de corrupción y,
en caso de tener conocimiento de alguno, deberán denunciarlo;
VIII. Abstenerse de ordenar o realizar la detención de persona alguna sin cumplir con los
requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables;
IX. Velar por la vida e integridad física de las personas detenidas;
X. Actualizarse en el empleo de métodos de investigación que garanticen la recopilación
técnica y científica de evidencias;
XI. Utilizar los protocolos de investigación y de cadena de custodia adoptados por las
Instituciones de Seguridad Pública;
12
XII. Participar en operativos y mecanismos de coordinación con otras Instituciones de
Seguridad Pública, así como brindarles, en su caso, el apoyo que conforme a derecho proceda;
XIII. Preservar, conforme a las disposiciones aplicables, las pruebas e indicios de probables
hechos delictivos o de faltas administrativas de forma que no pierdan su calidad probatoria y se
facilite la correcta tramitación del procedimiento correspondiente;
XIV. Abstenerse de disponer de los bienes asegurados para beneficio propio o de terceros;
XV. Someterse a evaluaciones periódicas para acreditar el cumplimiento de sus requisitos
de permanencia, así como obtener y mantener vigente la certificación respectiva;
XVI. Informar al superior jerárquico, de manera inmediata, las omisiones, actos indebidos o
constitutivos de delito, de sus subordinados o iguales en categoría jerárquica;
XVII. Cumplir y hacer cumplir con diligencia las órdenes que reciba con motivo del
desempeño de sus funciones, evitando todo acto u omisión que produzca deficiencia en su
cumplimiento;
XVIII. Fomentar la disciplina, responsabilidad, decisión, integridad, espíritu de cuerpo y
profesionalismo, en sí mismo y en el personal bajo su mando;
XIX. Inscribir las detenciones en el Registro Administrativo de Detenciones conforme a las
disposiciones aplicables;
XX. Abstenerse de sustraer, ocultar, alterar o dañar información o bienes en perjuicio de las
Instituciones;
XXI. Abstenerse, conforme a las disposiciones aplicables, de dar a conocer por cualquier
medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas,
reportes o cualquier otra información reservada o confidencial de la que tenga conocimiento en
ejercicio y con motivo de su empleo, cargo o comisión;
XXII. Atender con diligencia la solicitud de informe, queja o auxilio de la ciudadanía, o de sus
propios subordinados, excepto cuando la petición rebase su competencia, en cuyo caso deberá
turnarlo al área que corresponda;
13
XXIII. Abstenerse de introducir a las instalaciones de sus instituciones bebidas
embriagantes, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de
carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo cuando sean producto de detenciones, cateos,
aseguramientos u otros similares, y que previamente exista la autorización correspondiente;
XXIV. Abstenerse de consumir, dentro o fuera del servicio, sustancias psicotrópicas,
estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo los
casos en que el consumo de los medicamentos controlados sea autorizado mediante
prescripción médica, avalada por los servicios médicos de las Instituciones;
XXV. Abstenerse de consumir en las instalaciones de sus instituciones o en actos del
servicio, bebidas embriagantes;
XXVI. Abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de las
Instituciones, dentro o fuera del servicio;
XXVII. No permitir que personas ajenas a sus instituciones realicen actos inherentes a las
atribuciones que tenga encomendadas. Asimismo, no podrá hacerse acompañar de dichas
personas al realizar actos del servicio, y
XXVIII. Los demás que establezcan las disposiciones legales aplicables. […]
El incumplimiento a las primordiales obligaciones conlleva a una sanción expuesta en el
Artículo 44 de la misma normativa:
[…] Las legislaciones de la Federación, el Distrito Federal y los estados establecerán las
sanciones aplicables al incumplimiento de los deberes previstos en esta ley, los procedimientos
y los órganos competentes que conocerán de éstos. Las sanciones serán al menos, las
siguientes:
Amonestación;
Suspensión, y
Remoción […]
14
Siendo que cada estado se administran con sus propias normas locales, en la Ciudad de
México se decretaron las “Reglas para el establecimiento de la Carrera Policial”, que con el
objeto de establecer las disposiciones normativas para regular la organización y
funcionamiento de la Carrera Policial de la policía de la Ciudad de México, hace énfasis en
su artículo 87 sobre las sanciones correspondientes hacía las posibles conductas
improcedentes en las que puedan incurrir los cuerpos de seguridad pública capitalina:
[…] Los correctivos disciplinarios serán independientes de cualquier otra responsabilidad
civil, penal o administrativa en que incurra el elemento operativo infractor y se aplicarán,
de conformidad con las disposiciones del Capítulo I del Título Sexto de la Ley y demás
disposiciones aplicables. […]
Enlazado al anterior texto, en el Artículo 42 de la Ley de Seguridad Pública, establece:
[…] En atención a la gravedad de la falta, se aplicarán los siguientes correctivos
disciplinarios.
I.- Amonestación
II.- Arresto hasta de treinta y seis horas, y
III.- Cambio de adscripción.
La amonestación es el acto por el cual el superior advierte al subalterno la omisión o falta en
el cumplimiento de sus deberes, invitándolo a corregirse. La amonestación será de palabra y
constara por escrito. El arresto es la reclusión que sufre un subalterno por haber incurrido en
faltas considerables o por haber acumulado cinco amonestaciones en un año de calendario. En
todo caso, la orden de arresto deberá hacerse por escrito, especificando el motivo y duración
del mismo. El cambio de adscripción se decretara cuando el comportamiento del elemento
afecte la disciplina y buena marcha del grupo al que este adscrito, o bien sea necesario para
mantener una buena relación e imagen con la comunidad donde se desempeña. Los superiores
jerárquicos informaran al Consejo de Honor y Justicia sobre los correctivos disciplinarios que
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impongan, dentro de los tres días hábiles siguientes a su aplicación, exponiendo las causas
que los motivaron. […]
En el mismo tenor, el Artículo 91 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera
Policial, describe:
[…] En términos de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley corresponde al Consejo de
Honor y Justicia conocer y resolver de aquellos asuntos que ameriten la imposición de las
sanciones siguientes:
Suspensión, y
Destitución. […]
Regularmente se opina que los integrantes de la policía capitalina gozan de una fuerte
protección por parte del gobierno por el simple hecho de pertenecer a su administración púbica,
sin embargo, contrario a lo que se piensa, hay un control del comportamiento mediante un
régimen disciplinario y castigos por su incumplimiento.
En cuanto a los derechos de los policías, el Articulo 40 de la Ley de Seguridad Pública,
menciona:
[…] Sin perjuicio de lo previsto en los ordenamientos de carácter laboral y de seguridad
social respectivos, los elementos delos Cuerpos de Seguridad Pública, tendrán los siguientes
derechos:
I.- Percibir un salario digno y remunerador acorde con las características del servicio, el cual
tienda a satisfacer las necesidades esenciales de un jefe de familia en el orden material, social,
cultural y recreativo:
II.- Gozar de un trato digno y decoroso por parte de sus superiores jerárquicos:
III.- Recibir el respeto y la atención de la comunidad a la que sirven;
IV.- Contar con la capacitación y adiestramiento necesarios para ser un policía de carrera;
V.- Recibir tanto el equipo como el uniforme reglamentarios sin costo alguno;
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VI.- Participar en los concursos de promoción o someterse a evaluación curricular para
ascender a la jerarquía inmediata superior;
VII.- Ser sujeto de condecoraciones, estímulos y recompensas cuando su conducta y
desempeño así lo ameriten;
VIII.- Tener jornadas de trabajo acordes con las necesidades del servicio así como disfrutar
de prestaciones tales como aguinaldo, vacaciones, licencias o descanso semanal;
IX.- Ser asesorados y defendidos jurídicamente por el Departamento o la Procuraduría,
según sea el caso, en forma gratuita, en el supuesto en que, por motivos del servicio y a
instancia de un particular, sean sujetos a algún procedimiento que tenga por objeto fincarles
responsabilidad penal o civil;
X.- Recibir oportuna atención médica, sin costo alguno para el elemento policial, cuando
sean lesionados en cumplimiento de su deber; en casos de extrema urgencia o gravedad,
deberán ser atendidos en la institución médica pública o privada más cercana al lugar donde se
produjeron los hechos;
XI.- Ser recluidos en áreas especiales para policías en los casos en que sean sujetos a
prisión preventiva
XII.- En caso de maternidad gozar de las prestaciones laborales establecidas en el artículo
123 Constitucional para ese supuesto. […]
Bajo el mismo concepto, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, detalla que los
derechos de un policía son:
• Gozar sin excepción de los derechos humanos y sus garantías, establecidos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que le son reconocidos a
todos los ciudadanos y personas que se encuentran en nuestro país.
• Percibir un salario digno, justo y remunerador acorde con las características del
servicio que realizan, así como de las demás prestaciones que por ley se
establezcan en su beneficio.
17
• Recibir el respeto y la consideración de la comunidad a la que sirven.
• Recibir la capacitación inicial y continua para el desarrollo de destrezas, habilidades
y conocimientos teóricos y prácticos, que conlleven a la profesionalización de su
función, enfatizando, de manera específica, los derechos humanos y el uso legítimo
de la fuerza, necesarios para ser un policía de carrera.
• Recibir equipo y uniformes reglamentarios sin costo alguno.
• Gozar de un trato digno y respetuoso por parte de sus superiores jerárquicos, iguales
o subalternos.
• Ser sujetos de ascensos, condecoraciones, estímulos y recompensas en los términos
de las disposiciones reglamentarias respectivas y conforme a la suficiencia
presupuestal.
• Participar en los concursos de promoción o someterse a evaluación curricular para
ascender a la jerarquía inmediata superior
• Tener jornadas de trabajo acordes con las necesidades del servicio, así como
disfrutar de prestaciones como aguinaldo, vacaciones, licencias y descanso semanal.
• Ser asesorados y defendidos jurídicamente por la Secretaría de Seguridad Pública, o
equivalentes, en forma gratuita, en el supuesto que, por motivos del servicio y a
instancia de un particular, sean sujetos de algún procedimiento que tenga por objeto
fincarles responsabilidad penal o civil.
• En caso de ser indiciados o sentenciados y encontrarse sujetos a prisión preventiva o
a pena privativa de la libertad, deberán permanecer en los establecimientos
ordinarios, pero ubicados en áreas especiales para policías, separadas y diferentes a
las que se destinen para el resto de los procesados o sentenciados.
• Recibir oportuna atención médica y tratamiento adecuado, cuando sean lesionados
en cumplimiento de su deber; en caso de extrema urgencia o gravedad, deberán ser
18
atendidos en la institución médica privada o pública más cercana al lugar donde se
produjeron los hechos, sin costo alguno.
• En caso de maternidad, gozar de las prestaciones laborales establecidas en el
artículo 123 constitucional para ese supuesto.
• No podrán ser arrestados por más de 36 horas, por la comisión de alguna falta de
carácter administrativo, ni ser incomunicados por ninguna circunstancia.
• No podrán ser sancionados colectivamente por el sólo hecho de pertenecer al mismo
grupo de acción en donde alguno de sus integrantes haya cometido una falta y no
pueda ser identificado.
• Podrán presentar solicitudes o quejas ante sus superiores antes de acudir a otras
instituciones, en forma respetuosa y pacífica, de preferencia por escrito
• Interponer el recurso de rectificación dentro de los cinco días siguientes a su
aplicación contra el arresto o contra el cambio de adscripción que apliquen los
superiores jerárquicos de manera injustificada.
• Interponer el recurso de revisión ante el Secretario de Seguridad Pública o su
equivalente dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la resolución
del Consejo de Honor y Justicia.
• Sólo podrán ser sancionados internamente después de haber sido escuchados
dentro de un procedimiento de responsabilidad administrativa.
• No ser discriminados o relegados en cualquier forma por favoritismos o preferencias
injustas realizadas por sus superiores jerárquicos.
Efectos adversos en la policía de la Ciudad de México.
El estudio de la seguridad pública y su correlación con la cultura de la legalidad es un asunto
tan extenso como relevante en México que se ha hecho desde el aspecto político, civil y
académico. Por mencionar algunos temas tratados en los textos de análisis e investigación
19
están el combate a la delincuencia, la prevención del delito y la actuación y sanciones hacia los
servidores públicos. Pero de tales puntos se desglosa uno que debería resaltar con el mismo
grado de importancia puesto que podría ser un punto estratégico para la resolución de las
problemáticas relativas a inseguridad y corrupción: las consecuencias negativas que aquejan a
los integrantes de las instituciones policiales por la omisión propia y/o de terceros de llevar a
cabo una debida cultura de la legalidad.
En los procesos de democratización para cubrir las necesidades de la ciudadanía en materia
de Derechos Humanos, el gobierno ha puesto en marcha distintos proyectos, uno de los cuales
está enfocado en el control de la actuación policial mediante la implementación de un régimen
disciplinario bajo la supervisión de una Unidad de Asuntos Internos en cada corporación
encargada del orden público. Es cierto que es imprescindible que los actos de corrupción
desaparezcan y dejen de formar parte de los cuerpos de seguridad pública, pero el combate a
este mal no puede hacerse sólo castigando a los oficiales que deshonran al uniforme. Debe
haber también especial atención a las medidas que favorezcan el debido cumplimiento de sus
funciones. Las medidas podrían ser una profesionalización de calidad, designar una mejor
gratificación económica por el nivel de riesgo que representa su trabajo, y el respeto a los
derechos de los policías ya que ellos igualmente son humanos y forman parte del Estado de
derecho al que pertenecemos. (Montes de Oca Mercado, Carballo Solís, & Barrera Cruz, 2016)
La mentalidad de un ciudadano mexicano promedio ante el dilema de apegarse a las
normas o no, está regida por 3 juicios:
“No pasa nada”
“Es la primera vez”
“Nadie me ve”
Nadie está excluido de estar atraído por un razonamiento de esta clase pues se carece de
reflexión sobre la importancia del respeto a los ordenamientos sociales y jurídicos y debido a
20
ello, no medimos el alcance de nuestras acciones aunque el daño que podamos causar llegue
a ser grande. Los cuerpos de seguridad pública no están exentos de este trio ideológico, ya
que ellos son el reflejo de la sociedad pues crecieron y se formaron dentro de ella. Por eso
puede haber ejemplos claros de faltas cometidas por estos servidores públicos. Sin embargo,
en ocasiones la conducta del elemento puede ser equívoca más no arbitraria.
Pensemos en un ejemplo. Hoy en día las redes sociales virilizan un sinfín de situaciones,
entre ellos encontramos la documentación de la conducta policial. Imaginen que entre los
videos masivos de la red encuentran uno donde se muestra a un policía deteniendo a una
persona masculina. Alrededor de ellos hay una horda enardecida. El que graba alardea que el
oficial está utilizando un exceso de fuerza, los familiares acusan un abuso de autoridad y tú
como espectador, crees que esa persona es inocente por el apoyo ajeno recibido. Tal vez
tengan razón, piensas, y te viene a la mente la generalización de la palabra “Policía”. Miles de
personas están siguiendo la transmisión y al igual que tú, ahora observan que parte de la
muchedumbre se lanza contra el oficial, agrediéndolo físicamente. Luego de mucho suplicar su
liberación puesto que él “no había hecho nada”, el hombre detenido logra escapar y echando la
carrera entra a una vecindad para esconderse. Ante la presión el policía suelta algunas
palabras altisonantes al grupo que lo ataca y por defensa a su integridad trata de evadirlos
entre empujones y uno que otro golpe. Por el nivel del riesgo llegan algunas patrullas el apoyo,
por lo que las personas se dispersan. No es posible señalar a alguien porque siendo una
trifulca se llega a dar la confusión. Mediante los comentarios de la transmisión, la gente
celebra. Y probablemente tú también lo hagas.
Uno de los factores que desencadenan los patrones tolerantes a la violencia son los
prejuicios. Desconocer los antecedentes de un hecho y actuar mediante la subjetividad o bajo
un supuesto, es un error grave que solemos cometer. En el ejemplo dado, no sabemos cómo y
porque inicio la gresca. Hay muchas opiniones de por medio, cada una bajo un interés, pero tú
no estás presente. ¿Qué tal que esa persona fue detenida por haber cometido un robo, un
21
homicidio o un secuestro? No lo sabemos. Tampoco sabemos sobre los protocolos de la
actuación policial ni de los ordenamientos donde se establecen los niveles del uso de la fuerza.
¿Y si los familiares son solapadores de los actos delictivos de esa persona? Este
comportamiento es más común en las colonias populares, ya que los sentimientos pueden
llegar a influenciar en nosotros para poner a salvo a un ser querido aunque sepamos que
cometió un error. ¿Y los vecinos, sólo intervienen por interés o para mostrar su odio rezagado
hacia los cuerpos de seguridad pública?
Ahora imaginemos que el video ya llego a manos del jefe del policía. Conforme a la
reglamentación, el elemento debe hacerse responsable de sus actos, aunque le hayan
entorpecido su trabajo. Penalmente, se nos establece que nadie está obligado a lo imposible,
sin embargo el policía posiblemente será sancionado por permitir que la persona escapara, por
dirigirse a sus agresores con palabras altisonantes y por los golpes que ocupo contra ellos. ¿Y
las personas involucrada? Probablemente no tengan una sanción.
Pensemos en otros ejemplos. Esto es muy común verlo en las actividades en los agentes de
tránsito, pero casi a la mayoría de oficiales les ha sucedido. Al momento de marcarle el alto a
un automovilista para aplicar una infracción o indicarle mediante ademanes una orden por
motivos de agilización de vialidad, los conductores renuentes se niegan a obedecer lo solicitado
y en un acto de evasión, entre impulsos de prepotencia y rechazo a la autoridad, vulneran la
integridad de los policías, sin importarles que los daños sean graves. Podremos mencionar el
caso de una agente del Programa “Conduce sin Alcohol” que fue atropellada por un sujeto que
se negó a detener su vehículo para que le fuera aplicada la prueba de ingesta de alcohol. La
agente quedo en estado de coma por las lesiones.
El resentimiento social es un impedimento para que la sociedad pueda empatizarse con los
cuerpos de seguridad pública, y sin ello no puede haber un acercamiento entre ambas partes
para intentar recuperar la confianza en los ciudadanos. Entre los factores que siguen causando
esta percepción de los cuerpos de la seguridad pública se encuentran:
22
Falta de capacitación de calidad en los oficiales
Nivel de escolaridad básico como requerimiento de ingreso
Poca sensibilización de la sociedad hacía su labor
Mala administración y gestión de las instituciones
Mandos impuestos por relaciones personales, más no por sus conocimientos, preparación ni
esfuerzo personal
Poco reconocimiento moral y económico ante acciones de impacto positivo
Desconocimiento u omisión por cumplir las leyes, reglamentos y demás normas vigentes por
parte de la ciudadanía
Metodología
Diario de campo.
Fecha: Martes, 15 de Agosto de 2017
Horario: 10:00 – 16:00 HRS
Lugar: Ciudad de México
Objetivo: Observar la actuación en hechos rutinarios en cuestión de la aplicación de una
cultura de la legalidad de dos muestras: ciudadanía y cuerpos de seguridad pública.
Entrevistas.
Escogeré a un ciudadano(a) de manera aleatoria sin distinguir edad, genero, ocupación,
vestimenta, y en relación a su lugar de residencia, no puedo descartar participantes solo
porque no tengan su domicilio en la Ciudad de México. Un importante porcentaje de la
población (sobre todo en zonas de alto impacto turístico y comercial como la que escogí) son
flotantes, y si no lo discrimino, demorare más en recabar y concluir con mis entrevistas, siendo
que tengo el tiempo encima. Tomare en cuenta que estén dentro del territorio de estudio de mi
investigación.
En relación con las entrevistas a oficiales de policía, durante mi trayecto y por experiencia
propia, es preciso acatar que no puedo interrumpir la labor de los elementos que se encuentran
23
en la vía pública, ya que estos están desempeñando importantes funciones como agilizar el
tránsito vehicular, atender emergencias, recorrer el perímetro, y una distracción como una
entrevista de un mínimo de 5 minutos, puede perjudicarlos, así que no puedo exponerlos a un
castigo o a una situación de fuerza mayor. En las Estaciones de Policía el movimiento es más
tranquilo, no están tan presionados como en las calles llenas de ajetreado movimiento de
automóviles y peatones. Así que los elementos de dichas estaciones son los indicados para
poder entrevistarlos.
En la estructura de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México, las
principales son:
- 1 Secretario de Seguridad Púbica de la Ciudad de México
- 5 Subsecretarios
De ellas se desprenden cientos de Dirección Generales y Ejecutivas, enfocadas en cierta
área de la administración policial. Con mi tema de investigación hay dos mandos claves: El
Director General de Prevención del Delito y la Directora General del Instituto Técnico de
Formación Policial. Las entrevistas serán también dirigidas a ellos.
Encuesta.
Debe estar enfocada en una percepción más universalista de la cultura de la legalidad y la
percepción del actuar policial.
Conclusiones
Como ya lo habíamos analizado, la ciudadanía se deslinda de responsabilidad en relación a
una falta de cultura de la legalidad en México, lo cierto tanto gobernadores, autoridades y
ciudadanos, todos estamos obligados a conocer, respetar y poner en práctica la serie de
normas que nos rigen, aunque no respondan a nuestros intereses personales. Esta toma de
decisiones debe hacerse un hábito, una tradición, un estilo de vida. La mejor manera de
empezar el cambio con visión al futuro seria moldeando a los más pequeños bajo el respeto de
las normas y la capacitación de afrontar las consecuencias al incumplirlas. En cuanto al resto
24
de la población sólo nos queda entender que nuestras acciones, por muy pequeñas que sean,
influyen para que exista o no una cultura de la legalidad. De cada uno de nosotros depende
que las normas se cumplan.
Manejar un cambio en la ciudadanía debe ser prioridad puesto que somos mayoría. Dejar a
un lado la victimización para zafarse de los problemas y aceptar que se cometió un error sería
un gran avance. Apliquemos latentemente los principios de la Cultura de la legalidad.
Empecemos por uno mismo, y esa trascendencia debe reflejarse en la familia, en la escuela, en
el trabajo, en espacios públicos. También es preciso dejar a un lado la supuesta buena
percepción personal y dejar de señalar a los demás como los responsables de la delincuencia,
corrupción, impunidad y demás males. Recuperar la confianza entre todos los integrantes del
Estado de Derecho es un factor que nos ayudara a convivir en armonía, es difícil, pero no
imposible, somos una nación que lo tiene todo.
En cuanto a las consecuencias adversas, debemos aprender que el respeto al prójimo es un
modo hacer valer su dignidad, de sentir empatía hacia su persona, sus sentimientos, sus
temores y demás cuestiones que la describen. No podemos castigar a unos por las acciones de
otros. Es verdad que la corrupción ha quitado autoridad a los cuerpos de seguridad pública,
pero debemos entender que como hay policías buenos como policías malos. Si un agente
actúa bajo los ordenamientos jurídicos, su comportamiento es adecuado y respetuoso y maneja
correctamente los protocolos, entonces el del comportamiento erróneo es la otra parte. Cierra
los ojos e imagina esto:
Tu trabajo tiene horario de entrada, más no de salida. Como puedes salir a tu hora
reglamentaria como puedes salir muchas horas después y al siguiente día debes repetirlo.
Sales de casa sin saber si volverás a ver a tus seres queridos y solo te queda encomendarte a
la divinidad de tu preferencia. En tu trabajo los días festivos no existen. Navidad, Año Nuevo, el
cumpleaños de tus hijos, sus festivales, todos aquellos momentos de convivencia familiar
debes pasarlos laborando. Eres humano y sientes necesidades fisiológicas, pero no puedes
25
hacerlas cuando debas sino cuando tengas un chance. Tu hora de comida es mal vista puesto
que deberías estar trabajando más no comiendo como “puerco”, apodo con el que comúnmente
conocen a los de tu profesión. Ya estás acostumbrado a esta clase de ofensas, pero quisieras
que se acaben, no hay necesidad de generalizar tu profesión. Estas sujeto a un sinfín de
obligaciones, pero tus derechos ni siquiera puedes hacerlos valer por el miedo a las represalias
que puedes recibir por parte de los mandos que te impusieron, solo porque son el amigo, el
familiar, el conocido de alguien que esta hasta arriba de la dependencia, y quien no tiene la
capacidad, los conocimientos y la actitud para el puesto. Estos mandos te exigen demasiado, y
por más que cumples tu trabajo nunca es suficiente. Eres solo un número más. Tu buen trabajo
nunca es reconocido, pero tus errores salen hasta en primera plana del periódico. Tienes
encima la opresión de los mandos, de la ciudadanía, de asuntos internos y debes estarte
cuidando las espaldas. Algunos son corteses, pero la mayoría te miran con desprecio, te
insulta, intenta agredirte y cuando cumples con tu deber, debes poner por encima la integridad
de ellos sobre la tuya. Si te lesionan, gajes del oficio; si lesionas a alguien para proteger algo o
alguien o en defensa propia, abuso de autoridad en las redes sociales. Estas expuesto a un
conjunto de peligros, pero es tu trabajo salir a proteger a la ciudadanía. Si falleces, tus mandos
cargaran tu ataúd hasta el hoyo en el que te enterraran con indiferencia.
Si alguien trabaja bajo vocación de servicio, seguramente hará un gran trabajo. Hay que
mostrar una actitud más cooperativa para con nuestras autoridades para poder disminuir la
delincuencia y sobre todo, evitemos caer en la tentación de la corrupción, la cual se encuentra
arraigada en todos los ámbitos de la administración, de la sociedad y sobre todo, en nuestra
identidad nacional. Tomemos decisiones apegadas a las leyes. Hay que recordar que las
pequeñas acciones influyen para que exista o no una cultura de la legalidad. De cada uno de
nosotros depende que las normas se cumplan y podamos convivir en armonía.
26
Bibliografía
Antonio Crespo, J. (1990). Hacía una cultura de la legalidad. Nueva Antropología, 121-129.
Haro Reyes, D. J. (2013). Reflexión sobre los derechos de los policías en México.
Criminalidad, 153-164.
Montes de Oca Mercado, A., Carballo Solís, L., & Barrera Cruz, J. (2016). Factores de apoyo
para la seguridad pública en México. Prospectiva Jurídica, 85-102.
Salazar Ugarte, P. (2006). Democracia y (Cultura de la) Legalidad (Primera ed.). México:
Instituto Federal Electoral.
Tello, N., & Garza, C. (2000). La cultura de la legalidad - antídoto de la inseguridad. Este
País, 34.
Páginas web:
http://www.culturadelalegalidad.org.mx
http://www.ipesad.edu.mx/repositorio1/TSUSP-TSUSP18-5.pdf
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2264/12.pdf
Videos:
https://www.youtube.com/watch?v=Cg9UPdRmzlw
https://www.youtube.com/watch?v=yK40cIXdPeQ
https://www.youtube.com/watch?v=21TfstuUgUE
https://www.youtube.com/watch?v=_Giwh_-RhLA
27
Anexos
Resultados de la encuesta: https://goo.gl/9T7GGd
Entrevista a ciudadanos:
Nombre:
Edad:
Escolaridad:
Ocupación:
¿Cuál es el propósito de las leyes y reglamentos?
¿En qué porcentaje (crees) que tanto autoridades como sociedad, cumplen con las leyes y
reglamentos?
¿Cuál es el principal factor que impide a los mexicanos el respetar y cumplir las leyes?
¿Quiénes deberían ser los primeros en mostrar un estricto apego a las leyes, sociedad o
autoridades? ¿Por qué?
¿Cuánto conoces las normas jurídicas que nos rigen?
¿Las respetas en toda ocasión o las discriminas en ciertos momentos?
¿Qué razones te motivan a cumplir con las leyes?
¿En tu colonia existen programas vecinales que promuevan la observancia hacia las normas
para una mejor convivencia?
¿Cómo se podría alentar a la sociedad para que respeten y cumplan con las leyes y
reglamentos?
28
En el supuesto de que un familiar estuviese involucrado en un hecho delictivo o falta
administrativa, ¿dejaría que cumpliese su castigo o vería la forma de “llegar a un acuerdo” con
la autoridad correspondiente?
¿Qué opinión tienes sobre la actuación policial?
¿Cómo calificarías la capacitación de la policía para proteger a la sociedad y mantener el
orden público?
¿Qué obstáculos impiden un buen desempeño policial?
¿Qué más influye en el resentimiento social hacia los elementos de seguridad pública?
¿Has sido víctima o testigo de algún abuso policial?
¿Qué consejo le darías al Secretario de Seguridad Pública para mejorar el cuerpo policiaco
que está a su mando?
¿Crees que los ciudadanos deban involucrarse en temas de Seguridad Pública?
¿Cómo deberían hacerlo?
Entrevista a policías:
Nombre:
Edad:
Escolaridad:
Sector:
Zona:
Antigüedad en la SSP:
¿Cuál es el propósito de las leyes y reglamentos?
¿Cuál es el principal factor que impide a los mexicanos el respetar y cumplir totalmente las
leyes y reglamentos?
29
¿Quiénes deberían ser los primeros en mostrar un estricto apego a las leyes, sociedad o
autoridades? ¿Por qué?
¿Considera usted que posee el nivel de conocimientos, en cuestión de leyes y reglamentos,
necesario para llevar a cabo su función policial?
¿Cómo es el comportamiento de la ciudadanía hacía las funciones de su profesión?
Fuera de servicio ¿Respeta las leyes en toda ocasión u omite obedecerlas en ciertos
momentos?
¿Qué opinión tiene sobre la eficiencia y calidad de la capacitación que otorga la SSP-CDMX
en la carrera policial?
¿Qué punto de vista tiene acerca de los mandos de la SSP-CDMX?
¿Qué aspectos considera importantes para hacer más eficiente el área de Asuntos Internos
de la SSP-CDMX?
¿Qué repercusiones recaen sobre usted cuando los ciudadanos evitan respetar y cumplir las
leyes?
Si tuviera la posibilidad ¿Qué mejoraría de su institución?
¿Considera que el grado de estudios de los policías influye en el desempeño de sus
funciones?
¿Usted considera mejorar su grado de estudios y que factores influyen para realizarlo en
caso afirmativo?
¿Cómo podría lograrse una mejor convivencia entre ciudadanos y elementos de Seguridad
Pública?

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  • 1. 1 Etapa 4. Curso propedéutico para el aprendizaje autogestivo en un ambiente virtual 2017. Aspirante: Aidet Patricia Flores Garcia Matricula: AS172079632 Docente en línea: Baldemar Ríos Ortiz Institución: Universidad Abierta y a Distancia de México Evidencia: S8. Actividad 1: Integración y redacción del informe final “Cultura de la legalidad” Septiembre, 2017
  • 2. 2 Contenido CULTURA DE LEGALIDAD .........................................................................................................................3 Efectos adversos sobre los oficiales de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México ante la falta de una cultura de legalidad. .................................................................................................3 Introducción.........................................................................................................................................3 Objetivos..............................................................................................................................................5 Objetivo general: .............................................................................................................................5 Objetivos específicos: ......................................................................................................................5 Marco Teórico......................................................................................................................................6 Estado de derecho: elemento fundamental para una cultura de la legalidad. ...............................6 Panorama de la cultura de la legalidad mexicana. ..........................................................................7 La seguridad pública dentro de la Ciudad de México......................................................................8 Policía y ciudadanía en la Ciudad de México.................................................................................10 Obligaciones y derechos de los policías.........................................................................................10 Efectos adversos en la policía de la Ciudad de México..................................................................18 Metodología.......................................................................................................................................22 Diario de campo.............................................................................................................................22 Entrevistas. ....................................................................................................................................22 Encuesta.........................................................................................................................................23 Conclusiones......................................................................................................................................23 Anexos................................................................................................................................................27
  • 3. 3 CULTURA DE LEGALIDAD Efectos adversos sobre los oficiales de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México ante la falta de una cultura de legalidad. Introducción México está sufriendo un alza alarmante en su índice delictivo. En una visión rápida, muchos aluden que este crecimiento es efecto de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, muchos otros culpan a las diversas instituciones encargadas de impartir seguridad y justicia, mientras que otros tantos apuntan como factor principal a la pobreza y sus derivados, como es el caso de la corrupción. Aunque no se puede negar que estos elementos son los detonantes de la tasa de criminalidad, existe un eslabón entre todos ellos que fortalece la cadena de la inseguridad. Se trata del conjunto de patrones tolerantes a la violencia. Por mencionar un ejemplo tenemos el comportamiento renuente que adquieren los infractores o probables responsables al no asumir las consecuencias de sus actos arbitrarios e intentan evadir la sanción correspondiente por encima de cualquier cosa. Esta actitud evasiva es activada por una cuadrilla de razones en las que podemos destacar las emociones negativas (miedo, aversión, enfado…) hacia el castigo por la falta cometida, el porfiar por sus derechos más no por sus obligaciones, estar bajo el influjo del alcohol o sustancias psicotrópicas, el egocentrismo, el uso arraigado de la “ley del más fuerte” y el actuar equívoco de los servidores públicos. La mayoría hemos sido testigos de la actuación de personas agresivamente renuentes y ahora con la ayuda de las redes sociales estos hechos pueden ser viralizados a nivel global con motivos de mofa o desaprobación. Podemos encontrar que la conducta indebida de sus protagonistas repercute a terceros. Algunas de las victimas optan por tomar sus teléfonos inteligentes y comenzar a grabar lo sucedido para obtener elementos de prueba y mostrarlas
  • 4. 4 ante las instancias gubernamentales o de carácter civil, en búsqueda de apoyo. Pero ¿qué sucede cuando los efectos adversos de una acción arbitraria recaen sobre un integrante de la policía? Tan sólo en el mes de Julio del presente año, según fuentes internas y extraoficiales de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México, se han registrado 36 policías lesionados y 04 fallecimientos en el cumplimiento de su deber; estos últimos son enterrados bajo el peso del resentimiento social que vienen sufriendo desde hace algunas décadas debido a la correlación generalizada de su empleo con el virus de la corrupción. Además, los ultrajes no sólo se limitan a la vía pública. Dentro de las bases operativas empieza el fenómeno. Desigualdad, discriminación, abuso de autoridad, acoso sexual, extorsión, falta de oportunidades y de crecimiento… son algunas de las tantas formas de maltrato que tienen que soportar los y las policías de la Ciudad de México, derivado de la deficiente gestión y falta de apoyo de las instituciones, la presión exhaustiva para lograr un determinado número de infracciones, detenciones, supervisiones, evaluaciones, cursos, etc.; las jornadas laborales excesivas, los sueldos bajos, la falta de profesionalización, equipo y uniformes necesarios, y por la subordinación mal empleada por parte de los mandos insuficientemente capacitados para el cargo que ostentan. Sumado a ello, los propios elementos llegan a incurrir en la falta de práctica de la cultura de la legalidad, ya sea dentro o fuera de sus funciones. En este tenor, cuando existe una debida actuación policial no se justifican las agresiones contra los cuerpos de seguridad pública, sin embargo, no hay grandes textos que traten de disminuir este estigma. En virtud de lo anteriormente expuesto, el presente informe está encaminado hacía el análisis de la cultura de la legalidad y cómo repercute negativamente su falta de práctica en los oficiales de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México, apuntando a este territorio ya que es la zona céntrica y por lo tanto la de mayor ángulo de enfoque.
  • 5. 5 Objetivos Objetivo general: Exponer los efectos adversos que ponen en riesgo la integridad de los cuerpos de seguridad pública ante una adecuada actuación policial y derivados de una falta de ética y cumplimiento de las normas jurídicas, administrativas y civiles. Objetivos específicos: Elaborar un marco teórico que ayude a entender el tema abordado. Mediante entrevistas y encuestas obtener el enfoque ciudadano y los indicadores que desencadenen resentimiento social hacía los cuerpos de seguridad pública y su actuación; así mismo percibir los hábitos frente a la cultura de legalidad. Realizar entrevistas a policías de distintos sectores de la Ciudad de México para tener una perspectiva sobre la situación actual dentro de la SSP-CDMX. Entrevistar a Mandos dentro de la SSP-CDMX para valorar el nivel de capacitación y compromiso ante el cargo que ostentan. Graficar y realizar un análisis de los resultados, correlacionándolo con el marco teórico.
  • 6. 6 Marco Teórico Estado de derecho: elemento fundamental para una cultura de la legalidad. Las normas sirven para regular el comportamiento de las personas dentro de una sociedad, así como para proteger sus Derechos Humanos, dando con ello los parámetros para una convivencia pacífica. (Salazar Ugarte, 2006) Tenemos dos tipos: las normas sociales y las normas jurídicas. Sobre las primeras no hay una sanción penal por su incumplimiento, sólo el rechazo de otras personas que imponen un mínimo castigo para corregir el comportamiento. Podemos verlas reflejadas dentro de los espacios públicos, escuelas y en la familia y trabajo. Las segundas se establecen de forma democrática por nuestros representantes, centrados en los intereses de la población y con el propósito de proteger los derechos de todos. El cumplimiento de las normas son motivadas por tres razones: • Evitar sanciones civiles, administrativas o penales. • Evitar consecuencias adversas. • El pensamiento democrático. Las personas moldeadas bajo este razonamiento comprenden sus derechos y obligaciones, saben que deben respetar a los demás, conocen las limitaciones de su conducta y entienden que detrás de cada norma hay importantes valores socialmente compartidos. El respeto a las normas permite la construcción de una cultura de la legalidad y el fortalecimiento del Estado de Derecho, puesto que el objetivo de este último es ofrecer las condiciones estables y favorables al desarrollo de todos los seres humanos que se encuentran en su territorio. En cuanto a la cultura de la legalidad de una sociedad determinada, se define como el conjunto de creencias, valores, normas y acciones que promueve que la población crea en el Estado de derecho, lo defienda y no tolere la ilegalidad. Su importancia radica en la regulación
  • 7. 7 de la conducta de las personas, el respeto mutuo hacia los demás para convivir de manera armónica y sin su presencia no habría orden, paz ni un Estado de Derecho. (Tello & Garza, 2000) La existencia de una cultura de la legalidad es posible cuando la mayoría de los ciudadanos conocen las normas para convivir en paz y las respetan; son capaces de rechazar los actos ilegales y no se vuelven cómplices, y muestran confianza a las autoridades, colaborando con ellas. Por lo tanto los principios que conforman una cultura de la legalidad son: • Conocer las leyes que nos rigen, así como nuestros derechos y obligaciones y a quienes nos representan. • Respetar la integridad de las demás personas sin importar raza, religión, género, edad, condición social, etc. • Exigir a las autoridades, instituciones y al resto de la sociedad que muestren apego y respeto a las normas. Panorama de la cultura de la legalidad mexicana. Tener una cultura de la legalidad significa llevar a cabo el estricto cumplimiento de las obligaciones que la ley impone para garantizar la convivencia social. Dicho concepto no tendría sentido sin la ética desarrollada bajo el seno moralista, la cual contribuye en la formación de los individuos con expectativas positivas, pero dentro de la sociedad mexicana este contexto es una simple aspiración ya que la falta de honradez y honestidad son cualidades que se han adherido a nuestra identidad nacional. Gracias a ello el cumplimiento de la ley no es vista como una práctica arraigada a nuestra vida cotidiana ni difundida y se traduce como una desconfianza entre todos los integrantes de la sociedad, bloqueando así el espíritu de cooperación que es fundamental para lograr el Estado de derecho democrático que se viene buscando desde hace años. Gran porcentaje de la opinión ciudadana hace énfasis en que aquellos que están en las altas esferas del poder son los que encabezan esta realidad y los señalan como los únicos culpables
  • 8. 8 de las deficiencias que aquejan al país. Este criterio tiene cierto grado de validez puesto que aquellos que ostentan un destacado cargo son más susceptibles a cometer actos arbitrarios que traigan como consecuencia el aumento de la corrupción, violencia e impunidad, favorecidos por la ausencia de una legalidad universalista y eficaz. Sin embargo, como reproche a sus gobernadores y por la decadencia del civismo, la población fue generalizando la práctica de transgresión de las normas, lo que hace que resulte más costoso cumplir con la ley que infringirla y así ver a la virtud ética como con una actitud funesta por los pocos beneficios que conlleva su uso. (Antonio Crespo, 1990) A pesar de que somos capaces de distinguir lo que está bien a lo que está mal, discernimiento que concierne a todos sin distinción de cualquier índole; tenemos tan arraigada la tradición de la falta de apego a las normas y un modo de vida relajado, precario y deficiente hacia la legalidad, que nos impide como sociedad alcanzar una plena democracia bajo una justa y pacífica convivencia. La seguridad pública dentro de la Ciudad de México. La palabra seguridad proviene del vocablo latino “securitas”, que significa calidad de seguro. En materia de administración pública, este término hace referencia a una función a cargo del Estado y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, misma que comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la persecución de los delitos, la reinserción social del individuo y la sanción de las infracciones administrativas, en las competencias respectivas en términos de esta Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables. Dicha función viene expresada jurídicamente en el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, dentro de esta norma, en su décimo párrafo del Artículo 21, añade: …- “La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
  • 9. 9 profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.” El antecedente más antiguo de la seguridad pública en la Ciudad de México, refiere Alejandro Iñigo en su libro Bitácora de un Policía, 1500 -1982 (Ensayo Histórico, Grupo Editorial Siete, México, 1994), aparece alrededor del año 1500 en tres figuras principales: los denominados calpullec, personajes encargados de mantener el orden de los calpulli; los teachcacauhtin, guerreros que se hacían cargo de la situación interna de los barrios en tiempos de guerra; y los tianquizpan, guardianes de los mercados. Actualmente se gestiona a través de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México, dependencia fundada en el año 1968 y actualmente bajo el mando del Lic. Hiram Almeida Estrada con un estado de fuerza de 66,000 elementos aproximadamente. La estructura orgánica, funciones, actuación y régimen disciplinario de esta institución policiaca están establecidos en los siguientes ordenamientos jurídicos y administrativos: • Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos • Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos • Ley Federal de Uso de Armas y Explosivos • Código Nacional de Procedimientos Penales • Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal • Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública • Ley de Seguridad Pública • Reglamento de Tránsito Metropolitano • Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal • Reglas para el Establecimientos de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal
  • 10. 10 • Protocolos de Actuación Policial vigentes, en total 16. • Manual Administrativo • Manual de Organización Policía y ciudadanía en la Ciudad de México. La corrupción se ha extendido prácticamente a todos los niveles de la administración pública y a otros sectores de la sociedad civil, por lo que a la sociedad se le dificulta prescindir de ella pues no quieren dejar de gozar de los beneficios que otorga o son obligados a caer en sus garras porque sólo con ella puede llegar a un resultado esperado. (Antonio Crespo, 1990) Entre las instituciones apuntadas como representantes de este mal que aqueja a México, es sin dudar a algunas, las encargadas de la seguridad pública u homologas. Cuando se pregunta a un ciudadano al azar “¿Qué te viene a la mente cuando escuchas la palabra policía?”, en respuesta, los adjetivos más comunes son: rateros, ignorantes, corruptos, y abusivos. Inclusive unos cuantos infantes los describen como malos y se les ha contagiado el miedo y desprecio por ellos. El fundamento de los prejuicios generalizados hacia esta profesión es la mala imagen que se ha guardado en la memoria de la población por el indebido actuar de algunos oficiales, es por ello que las corporaciones policiales mexicanas no gozan de la confianza de la sociedad, lo que refleja una mínima cooperación por parte de los ciudadanos y, por ende, hay un bajo registro de denuncias e inconformidades entre ambas partes que pueden llegar a resultar en acciones arbitrarias. Obligaciones y derechos de los policías. Concatenado a la observancia de lo establecido en dicho texto, el Artículo 40 de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece: […] Con el objeto de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública se sujetarán a las siguientes obligaciones:
  • 11. 11 I. Conducirse siempre con dedicación y disciplina, así como con apego al orden jurídico y respeto a las garantías individuales y derechos humanos reconocidos en la Constitución; II. Preservar la secrecía de los asuntos que por razón del desempeño de su función conozcan, en términos de las disposiciones aplicables; III. Prestar auxilio a las personas amenazadas por algún peligro o que hayan sido víctimas u ofendidos de algún delito, así como brindar protección a sus bienes y derechos. Su actuación será congruente, oportuna y proporcional al hecho; IV. Cumplir sus funciones con absoluta imparcialidad y sin discriminación alguna; V. Abstenerse en todo momento de infligir o tolerar actos de tortura, aún cuando se trate de una orden superior o se argumenten circunstancias especiales, tales como amenaza a la Seguridad Pública, urgencia de las investigaciones o cualquier otra; al conocimiento de ello, lo denunciará inmediatamente ante la autoridad competente; VI. Observar un trato respetuoso con todas las personas, debiendo abstenerse de todo acto arbitrario y de limitar indebidamente las acciones o manifestaciones que en ejercicio de sus derechos constitucionales y con carácter pacífico realice la población; VII. Desempeñar su misión sin solicitar ni aceptar compensaciones, pagos o gratificaciones distintas a las previstas legalmente. En particular se opondrán a cualquier acto de corrupción y, en caso de tener conocimiento de alguno, deberán denunciarlo; VIII. Abstenerse de ordenar o realizar la detención de persona alguna sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables; IX. Velar por la vida e integridad física de las personas detenidas; X. Actualizarse en el empleo de métodos de investigación que garanticen la recopilación técnica y científica de evidencias; XI. Utilizar los protocolos de investigación y de cadena de custodia adoptados por las Instituciones de Seguridad Pública;
  • 12. 12 XII. Participar en operativos y mecanismos de coordinación con otras Instituciones de Seguridad Pública, así como brindarles, en su caso, el apoyo que conforme a derecho proceda; XIII. Preservar, conforme a las disposiciones aplicables, las pruebas e indicios de probables hechos delictivos o de faltas administrativas de forma que no pierdan su calidad probatoria y se facilite la correcta tramitación del procedimiento correspondiente; XIV. Abstenerse de disponer de los bienes asegurados para beneficio propio o de terceros; XV. Someterse a evaluaciones periódicas para acreditar el cumplimiento de sus requisitos de permanencia, así como obtener y mantener vigente la certificación respectiva; XVI. Informar al superior jerárquico, de manera inmediata, las omisiones, actos indebidos o constitutivos de delito, de sus subordinados o iguales en categoría jerárquica; XVII. Cumplir y hacer cumplir con diligencia las órdenes que reciba con motivo del desempeño de sus funciones, evitando todo acto u omisión que produzca deficiencia en su cumplimiento; XVIII. Fomentar la disciplina, responsabilidad, decisión, integridad, espíritu de cuerpo y profesionalismo, en sí mismo y en el personal bajo su mando; XIX. Inscribir las detenciones en el Registro Administrativo de Detenciones conforme a las disposiciones aplicables; XX. Abstenerse de sustraer, ocultar, alterar o dañar información o bienes en perjuicio de las Instituciones; XXI. Abstenerse, conforme a las disposiciones aplicables, de dar a conocer por cualquier medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas, reportes o cualquier otra información reservada o confidencial de la que tenga conocimiento en ejercicio y con motivo de su empleo, cargo o comisión; XXII. Atender con diligencia la solicitud de informe, queja o auxilio de la ciudadanía, o de sus propios subordinados, excepto cuando la petición rebase su competencia, en cuyo caso deberá turnarlo al área que corresponda;
  • 13. 13 XXIII. Abstenerse de introducir a las instalaciones de sus instituciones bebidas embriagantes, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo cuando sean producto de detenciones, cateos, aseguramientos u otros similares, y que previamente exista la autorización correspondiente; XXIV. Abstenerse de consumir, dentro o fuera del servicio, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo los casos en que el consumo de los medicamentos controlados sea autorizado mediante prescripción médica, avalada por los servicios médicos de las Instituciones; XXV. Abstenerse de consumir en las instalaciones de sus instituciones o en actos del servicio, bebidas embriagantes; XXVI. Abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de las Instituciones, dentro o fuera del servicio; XXVII. No permitir que personas ajenas a sus instituciones realicen actos inherentes a las atribuciones que tenga encomendadas. Asimismo, no podrá hacerse acompañar de dichas personas al realizar actos del servicio, y XXVIII. Los demás que establezcan las disposiciones legales aplicables. […] El incumplimiento a las primordiales obligaciones conlleva a una sanción expuesta en el Artículo 44 de la misma normativa: […] Las legislaciones de la Federación, el Distrito Federal y los estados establecerán las sanciones aplicables al incumplimiento de los deberes previstos en esta ley, los procedimientos y los órganos competentes que conocerán de éstos. Las sanciones serán al menos, las siguientes: Amonestación; Suspensión, y Remoción […]
  • 14. 14 Siendo que cada estado se administran con sus propias normas locales, en la Ciudad de México se decretaron las “Reglas para el establecimiento de la Carrera Policial”, que con el objeto de establecer las disposiciones normativas para regular la organización y funcionamiento de la Carrera Policial de la policía de la Ciudad de México, hace énfasis en su artículo 87 sobre las sanciones correspondientes hacía las posibles conductas improcedentes en las que puedan incurrir los cuerpos de seguridad pública capitalina: […] Los correctivos disciplinarios serán independientes de cualquier otra responsabilidad civil, penal o administrativa en que incurra el elemento operativo infractor y se aplicarán, de conformidad con las disposiciones del Capítulo I del Título Sexto de la Ley y demás disposiciones aplicables. […] Enlazado al anterior texto, en el Artículo 42 de la Ley de Seguridad Pública, establece: […] En atención a la gravedad de la falta, se aplicarán los siguientes correctivos disciplinarios. I.- Amonestación II.- Arresto hasta de treinta y seis horas, y III.- Cambio de adscripción. La amonestación es el acto por el cual el superior advierte al subalterno la omisión o falta en el cumplimiento de sus deberes, invitándolo a corregirse. La amonestación será de palabra y constara por escrito. El arresto es la reclusión que sufre un subalterno por haber incurrido en faltas considerables o por haber acumulado cinco amonestaciones en un año de calendario. En todo caso, la orden de arresto deberá hacerse por escrito, especificando el motivo y duración del mismo. El cambio de adscripción se decretara cuando el comportamiento del elemento afecte la disciplina y buena marcha del grupo al que este adscrito, o bien sea necesario para mantener una buena relación e imagen con la comunidad donde se desempeña. Los superiores jerárquicos informaran al Consejo de Honor y Justicia sobre los correctivos disciplinarios que
  • 15. 15 impongan, dentro de los tres días hábiles siguientes a su aplicación, exponiendo las causas que los motivaron. […] En el mismo tenor, el Artículo 91 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial, describe: […] En términos de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley corresponde al Consejo de Honor y Justicia conocer y resolver de aquellos asuntos que ameriten la imposición de las sanciones siguientes: Suspensión, y Destitución. […] Regularmente se opina que los integrantes de la policía capitalina gozan de una fuerte protección por parte del gobierno por el simple hecho de pertenecer a su administración púbica, sin embargo, contrario a lo que se piensa, hay un control del comportamiento mediante un régimen disciplinario y castigos por su incumplimiento. En cuanto a los derechos de los policías, el Articulo 40 de la Ley de Seguridad Pública, menciona: […] Sin perjuicio de lo previsto en los ordenamientos de carácter laboral y de seguridad social respectivos, los elementos delos Cuerpos de Seguridad Pública, tendrán los siguientes derechos: I.- Percibir un salario digno y remunerador acorde con las características del servicio, el cual tienda a satisfacer las necesidades esenciales de un jefe de familia en el orden material, social, cultural y recreativo: II.- Gozar de un trato digno y decoroso por parte de sus superiores jerárquicos: III.- Recibir el respeto y la atención de la comunidad a la que sirven; IV.- Contar con la capacitación y adiestramiento necesarios para ser un policía de carrera; V.- Recibir tanto el equipo como el uniforme reglamentarios sin costo alguno;
  • 16. 16 VI.- Participar en los concursos de promoción o someterse a evaluación curricular para ascender a la jerarquía inmediata superior; VII.- Ser sujeto de condecoraciones, estímulos y recompensas cuando su conducta y desempeño así lo ameriten; VIII.- Tener jornadas de trabajo acordes con las necesidades del servicio así como disfrutar de prestaciones tales como aguinaldo, vacaciones, licencias o descanso semanal; IX.- Ser asesorados y defendidos jurídicamente por el Departamento o la Procuraduría, según sea el caso, en forma gratuita, en el supuesto en que, por motivos del servicio y a instancia de un particular, sean sujetos a algún procedimiento que tenga por objeto fincarles responsabilidad penal o civil; X.- Recibir oportuna atención médica, sin costo alguno para el elemento policial, cuando sean lesionados en cumplimiento de su deber; en casos de extrema urgencia o gravedad, deberán ser atendidos en la institución médica pública o privada más cercana al lugar donde se produjeron los hechos; XI.- Ser recluidos en áreas especiales para policías en los casos en que sean sujetos a prisión preventiva XII.- En caso de maternidad gozar de las prestaciones laborales establecidas en el artículo 123 Constitucional para ese supuesto. […] Bajo el mismo concepto, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, detalla que los derechos de un policía son: • Gozar sin excepción de los derechos humanos y sus garantías, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que le son reconocidos a todos los ciudadanos y personas que se encuentran en nuestro país. • Percibir un salario digno, justo y remunerador acorde con las características del servicio que realizan, así como de las demás prestaciones que por ley se establezcan en su beneficio.
  • 17. 17 • Recibir el respeto y la consideración de la comunidad a la que sirven. • Recibir la capacitación inicial y continua para el desarrollo de destrezas, habilidades y conocimientos teóricos y prácticos, que conlleven a la profesionalización de su función, enfatizando, de manera específica, los derechos humanos y el uso legítimo de la fuerza, necesarios para ser un policía de carrera. • Recibir equipo y uniformes reglamentarios sin costo alguno. • Gozar de un trato digno y respetuoso por parte de sus superiores jerárquicos, iguales o subalternos. • Ser sujetos de ascensos, condecoraciones, estímulos y recompensas en los términos de las disposiciones reglamentarias respectivas y conforme a la suficiencia presupuestal. • Participar en los concursos de promoción o someterse a evaluación curricular para ascender a la jerarquía inmediata superior • Tener jornadas de trabajo acordes con las necesidades del servicio, así como disfrutar de prestaciones como aguinaldo, vacaciones, licencias y descanso semanal. • Ser asesorados y defendidos jurídicamente por la Secretaría de Seguridad Pública, o equivalentes, en forma gratuita, en el supuesto que, por motivos del servicio y a instancia de un particular, sean sujetos de algún procedimiento que tenga por objeto fincarles responsabilidad penal o civil. • En caso de ser indiciados o sentenciados y encontrarse sujetos a prisión preventiva o a pena privativa de la libertad, deberán permanecer en los establecimientos ordinarios, pero ubicados en áreas especiales para policías, separadas y diferentes a las que se destinen para el resto de los procesados o sentenciados. • Recibir oportuna atención médica y tratamiento adecuado, cuando sean lesionados en cumplimiento de su deber; en caso de extrema urgencia o gravedad, deberán ser
  • 18. 18 atendidos en la institución médica privada o pública más cercana al lugar donde se produjeron los hechos, sin costo alguno. • En caso de maternidad, gozar de las prestaciones laborales establecidas en el artículo 123 constitucional para ese supuesto. • No podrán ser arrestados por más de 36 horas, por la comisión de alguna falta de carácter administrativo, ni ser incomunicados por ninguna circunstancia. • No podrán ser sancionados colectivamente por el sólo hecho de pertenecer al mismo grupo de acción en donde alguno de sus integrantes haya cometido una falta y no pueda ser identificado. • Podrán presentar solicitudes o quejas ante sus superiores antes de acudir a otras instituciones, en forma respetuosa y pacífica, de preferencia por escrito • Interponer el recurso de rectificación dentro de los cinco días siguientes a su aplicación contra el arresto o contra el cambio de adscripción que apliquen los superiores jerárquicos de manera injustificada. • Interponer el recurso de revisión ante el Secretario de Seguridad Pública o su equivalente dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la resolución del Consejo de Honor y Justicia. • Sólo podrán ser sancionados internamente después de haber sido escuchados dentro de un procedimiento de responsabilidad administrativa. • No ser discriminados o relegados en cualquier forma por favoritismos o preferencias injustas realizadas por sus superiores jerárquicos. Efectos adversos en la policía de la Ciudad de México. El estudio de la seguridad pública y su correlación con la cultura de la legalidad es un asunto tan extenso como relevante en México que se ha hecho desde el aspecto político, civil y académico. Por mencionar algunos temas tratados en los textos de análisis e investigación
  • 19. 19 están el combate a la delincuencia, la prevención del delito y la actuación y sanciones hacia los servidores públicos. Pero de tales puntos se desglosa uno que debería resaltar con el mismo grado de importancia puesto que podría ser un punto estratégico para la resolución de las problemáticas relativas a inseguridad y corrupción: las consecuencias negativas que aquejan a los integrantes de las instituciones policiales por la omisión propia y/o de terceros de llevar a cabo una debida cultura de la legalidad. En los procesos de democratización para cubrir las necesidades de la ciudadanía en materia de Derechos Humanos, el gobierno ha puesto en marcha distintos proyectos, uno de los cuales está enfocado en el control de la actuación policial mediante la implementación de un régimen disciplinario bajo la supervisión de una Unidad de Asuntos Internos en cada corporación encargada del orden público. Es cierto que es imprescindible que los actos de corrupción desaparezcan y dejen de formar parte de los cuerpos de seguridad pública, pero el combate a este mal no puede hacerse sólo castigando a los oficiales que deshonran al uniforme. Debe haber también especial atención a las medidas que favorezcan el debido cumplimiento de sus funciones. Las medidas podrían ser una profesionalización de calidad, designar una mejor gratificación económica por el nivel de riesgo que representa su trabajo, y el respeto a los derechos de los policías ya que ellos igualmente son humanos y forman parte del Estado de derecho al que pertenecemos. (Montes de Oca Mercado, Carballo Solís, & Barrera Cruz, 2016) La mentalidad de un ciudadano mexicano promedio ante el dilema de apegarse a las normas o no, está regida por 3 juicios: “No pasa nada” “Es la primera vez” “Nadie me ve” Nadie está excluido de estar atraído por un razonamiento de esta clase pues se carece de reflexión sobre la importancia del respeto a los ordenamientos sociales y jurídicos y debido a
  • 20. 20 ello, no medimos el alcance de nuestras acciones aunque el daño que podamos causar llegue a ser grande. Los cuerpos de seguridad pública no están exentos de este trio ideológico, ya que ellos son el reflejo de la sociedad pues crecieron y se formaron dentro de ella. Por eso puede haber ejemplos claros de faltas cometidas por estos servidores públicos. Sin embargo, en ocasiones la conducta del elemento puede ser equívoca más no arbitraria. Pensemos en un ejemplo. Hoy en día las redes sociales virilizan un sinfín de situaciones, entre ellos encontramos la documentación de la conducta policial. Imaginen que entre los videos masivos de la red encuentran uno donde se muestra a un policía deteniendo a una persona masculina. Alrededor de ellos hay una horda enardecida. El que graba alardea que el oficial está utilizando un exceso de fuerza, los familiares acusan un abuso de autoridad y tú como espectador, crees que esa persona es inocente por el apoyo ajeno recibido. Tal vez tengan razón, piensas, y te viene a la mente la generalización de la palabra “Policía”. Miles de personas están siguiendo la transmisión y al igual que tú, ahora observan que parte de la muchedumbre se lanza contra el oficial, agrediéndolo físicamente. Luego de mucho suplicar su liberación puesto que él “no había hecho nada”, el hombre detenido logra escapar y echando la carrera entra a una vecindad para esconderse. Ante la presión el policía suelta algunas palabras altisonantes al grupo que lo ataca y por defensa a su integridad trata de evadirlos entre empujones y uno que otro golpe. Por el nivel del riesgo llegan algunas patrullas el apoyo, por lo que las personas se dispersan. No es posible señalar a alguien porque siendo una trifulca se llega a dar la confusión. Mediante los comentarios de la transmisión, la gente celebra. Y probablemente tú también lo hagas. Uno de los factores que desencadenan los patrones tolerantes a la violencia son los prejuicios. Desconocer los antecedentes de un hecho y actuar mediante la subjetividad o bajo un supuesto, es un error grave que solemos cometer. En el ejemplo dado, no sabemos cómo y porque inicio la gresca. Hay muchas opiniones de por medio, cada una bajo un interés, pero tú no estás presente. ¿Qué tal que esa persona fue detenida por haber cometido un robo, un
  • 21. 21 homicidio o un secuestro? No lo sabemos. Tampoco sabemos sobre los protocolos de la actuación policial ni de los ordenamientos donde se establecen los niveles del uso de la fuerza. ¿Y si los familiares son solapadores de los actos delictivos de esa persona? Este comportamiento es más común en las colonias populares, ya que los sentimientos pueden llegar a influenciar en nosotros para poner a salvo a un ser querido aunque sepamos que cometió un error. ¿Y los vecinos, sólo intervienen por interés o para mostrar su odio rezagado hacia los cuerpos de seguridad pública? Ahora imaginemos que el video ya llego a manos del jefe del policía. Conforme a la reglamentación, el elemento debe hacerse responsable de sus actos, aunque le hayan entorpecido su trabajo. Penalmente, se nos establece que nadie está obligado a lo imposible, sin embargo el policía posiblemente será sancionado por permitir que la persona escapara, por dirigirse a sus agresores con palabras altisonantes y por los golpes que ocupo contra ellos. ¿Y las personas involucrada? Probablemente no tengan una sanción. Pensemos en otros ejemplos. Esto es muy común verlo en las actividades en los agentes de tránsito, pero casi a la mayoría de oficiales les ha sucedido. Al momento de marcarle el alto a un automovilista para aplicar una infracción o indicarle mediante ademanes una orden por motivos de agilización de vialidad, los conductores renuentes se niegan a obedecer lo solicitado y en un acto de evasión, entre impulsos de prepotencia y rechazo a la autoridad, vulneran la integridad de los policías, sin importarles que los daños sean graves. Podremos mencionar el caso de una agente del Programa “Conduce sin Alcohol” que fue atropellada por un sujeto que se negó a detener su vehículo para que le fuera aplicada la prueba de ingesta de alcohol. La agente quedo en estado de coma por las lesiones. El resentimiento social es un impedimento para que la sociedad pueda empatizarse con los cuerpos de seguridad pública, y sin ello no puede haber un acercamiento entre ambas partes para intentar recuperar la confianza en los ciudadanos. Entre los factores que siguen causando esta percepción de los cuerpos de la seguridad pública se encuentran:
  • 22. 22 Falta de capacitación de calidad en los oficiales Nivel de escolaridad básico como requerimiento de ingreso Poca sensibilización de la sociedad hacía su labor Mala administración y gestión de las instituciones Mandos impuestos por relaciones personales, más no por sus conocimientos, preparación ni esfuerzo personal Poco reconocimiento moral y económico ante acciones de impacto positivo Desconocimiento u omisión por cumplir las leyes, reglamentos y demás normas vigentes por parte de la ciudadanía Metodología Diario de campo. Fecha: Martes, 15 de Agosto de 2017 Horario: 10:00 – 16:00 HRS Lugar: Ciudad de México Objetivo: Observar la actuación en hechos rutinarios en cuestión de la aplicación de una cultura de la legalidad de dos muestras: ciudadanía y cuerpos de seguridad pública. Entrevistas. Escogeré a un ciudadano(a) de manera aleatoria sin distinguir edad, genero, ocupación, vestimenta, y en relación a su lugar de residencia, no puedo descartar participantes solo porque no tengan su domicilio en la Ciudad de México. Un importante porcentaje de la población (sobre todo en zonas de alto impacto turístico y comercial como la que escogí) son flotantes, y si no lo discrimino, demorare más en recabar y concluir con mis entrevistas, siendo que tengo el tiempo encima. Tomare en cuenta que estén dentro del territorio de estudio de mi investigación. En relación con las entrevistas a oficiales de policía, durante mi trayecto y por experiencia propia, es preciso acatar que no puedo interrumpir la labor de los elementos que se encuentran
  • 23. 23 en la vía pública, ya que estos están desempeñando importantes funciones como agilizar el tránsito vehicular, atender emergencias, recorrer el perímetro, y una distracción como una entrevista de un mínimo de 5 minutos, puede perjudicarlos, así que no puedo exponerlos a un castigo o a una situación de fuerza mayor. En las Estaciones de Policía el movimiento es más tranquilo, no están tan presionados como en las calles llenas de ajetreado movimiento de automóviles y peatones. Así que los elementos de dichas estaciones son los indicados para poder entrevistarlos. En la estructura de la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México, las principales son: - 1 Secretario de Seguridad Púbica de la Ciudad de México - 5 Subsecretarios De ellas se desprenden cientos de Dirección Generales y Ejecutivas, enfocadas en cierta área de la administración policial. Con mi tema de investigación hay dos mandos claves: El Director General de Prevención del Delito y la Directora General del Instituto Técnico de Formación Policial. Las entrevistas serán también dirigidas a ellos. Encuesta. Debe estar enfocada en una percepción más universalista de la cultura de la legalidad y la percepción del actuar policial. Conclusiones Como ya lo habíamos analizado, la ciudadanía se deslinda de responsabilidad en relación a una falta de cultura de la legalidad en México, lo cierto tanto gobernadores, autoridades y ciudadanos, todos estamos obligados a conocer, respetar y poner en práctica la serie de normas que nos rigen, aunque no respondan a nuestros intereses personales. Esta toma de decisiones debe hacerse un hábito, una tradición, un estilo de vida. La mejor manera de empezar el cambio con visión al futuro seria moldeando a los más pequeños bajo el respeto de las normas y la capacitación de afrontar las consecuencias al incumplirlas. En cuanto al resto
  • 24. 24 de la población sólo nos queda entender que nuestras acciones, por muy pequeñas que sean, influyen para que exista o no una cultura de la legalidad. De cada uno de nosotros depende que las normas se cumplan. Manejar un cambio en la ciudadanía debe ser prioridad puesto que somos mayoría. Dejar a un lado la victimización para zafarse de los problemas y aceptar que se cometió un error sería un gran avance. Apliquemos latentemente los principios de la Cultura de la legalidad. Empecemos por uno mismo, y esa trascendencia debe reflejarse en la familia, en la escuela, en el trabajo, en espacios públicos. También es preciso dejar a un lado la supuesta buena percepción personal y dejar de señalar a los demás como los responsables de la delincuencia, corrupción, impunidad y demás males. Recuperar la confianza entre todos los integrantes del Estado de Derecho es un factor que nos ayudara a convivir en armonía, es difícil, pero no imposible, somos una nación que lo tiene todo. En cuanto a las consecuencias adversas, debemos aprender que el respeto al prójimo es un modo hacer valer su dignidad, de sentir empatía hacia su persona, sus sentimientos, sus temores y demás cuestiones que la describen. No podemos castigar a unos por las acciones de otros. Es verdad que la corrupción ha quitado autoridad a los cuerpos de seguridad pública, pero debemos entender que como hay policías buenos como policías malos. Si un agente actúa bajo los ordenamientos jurídicos, su comportamiento es adecuado y respetuoso y maneja correctamente los protocolos, entonces el del comportamiento erróneo es la otra parte. Cierra los ojos e imagina esto: Tu trabajo tiene horario de entrada, más no de salida. Como puedes salir a tu hora reglamentaria como puedes salir muchas horas después y al siguiente día debes repetirlo. Sales de casa sin saber si volverás a ver a tus seres queridos y solo te queda encomendarte a la divinidad de tu preferencia. En tu trabajo los días festivos no existen. Navidad, Año Nuevo, el cumpleaños de tus hijos, sus festivales, todos aquellos momentos de convivencia familiar debes pasarlos laborando. Eres humano y sientes necesidades fisiológicas, pero no puedes
  • 25. 25 hacerlas cuando debas sino cuando tengas un chance. Tu hora de comida es mal vista puesto que deberías estar trabajando más no comiendo como “puerco”, apodo con el que comúnmente conocen a los de tu profesión. Ya estás acostumbrado a esta clase de ofensas, pero quisieras que se acaben, no hay necesidad de generalizar tu profesión. Estas sujeto a un sinfín de obligaciones, pero tus derechos ni siquiera puedes hacerlos valer por el miedo a las represalias que puedes recibir por parte de los mandos que te impusieron, solo porque son el amigo, el familiar, el conocido de alguien que esta hasta arriba de la dependencia, y quien no tiene la capacidad, los conocimientos y la actitud para el puesto. Estos mandos te exigen demasiado, y por más que cumples tu trabajo nunca es suficiente. Eres solo un número más. Tu buen trabajo nunca es reconocido, pero tus errores salen hasta en primera plana del periódico. Tienes encima la opresión de los mandos, de la ciudadanía, de asuntos internos y debes estarte cuidando las espaldas. Algunos son corteses, pero la mayoría te miran con desprecio, te insulta, intenta agredirte y cuando cumples con tu deber, debes poner por encima la integridad de ellos sobre la tuya. Si te lesionan, gajes del oficio; si lesionas a alguien para proteger algo o alguien o en defensa propia, abuso de autoridad en las redes sociales. Estas expuesto a un conjunto de peligros, pero es tu trabajo salir a proteger a la ciudadanía. Si falleces, tus mandos cargaran tu ataúd hasta el hoyo en el que te enterraran con indiferencia. Si alguien trabaja bajo vocación de servicio, seguramente hará un gran trabajo. Hay que mostrar una actitud más cooperativa para con nuestras autoridades para poder disminuir la delincuencia y sobre todo, evitemos caer en la tentación de la corrupción, la cual se encuentra arraigada en todos los ámbitos de la administración, de la sociedad y sobre todo, en nuestra identidad nacional. Tomemos decisiones apegadas a las leyes. Hay que recordar que las pequeñas acciones influyen para que exista o no una cultura de la legalidad. De cada uno de nosotros depende que las normas se cumplan y podamos convivir en armonía.
  • 26. 26 Bibliografía Antonio Crespo, J. (1990). Hacía una cultura de la legalidad. Nueva Antropología, 121-129. Haro Reyes, D. J. (2013). Reflexión sobre los derechos de los policías en México. Criminalidad, 153-164. Montes de Oca Mercado, A., Carballo Solís, L., & Barrera Cruz, J. (2016). Factores de apoyo para la seguridad pública en México. Prospectiva Jurídica, 85-102. Salazar Ugarte, P. (2006). Democracia y (Cultura de la) Legalidad (Primera ed.). México: Instituto Federal Electoral. Tello, N., & Garza, C. (2000). La cultura de la legalidad - antídoto de la inseguridad. Este País, 34. Páginas web: http://www.culturadelalegalidad.org.mx http://www.ipesad.edu.mx/repositorio1/TSUSP-TSUSP18-5.pdf https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2264/12.pdf Videos: https://www.youtube.com/watch?v=Cg9UPdRmzlw https://www.youtube.com/watch?v=yK40cIXdPeQ https://www.youtube.com/watch?v=21TfstuUgUE https://www.youtube.com/watch?v=_Giwh_-RhLA
  • 27. 27 Anexos Resultados de la encuesta: https://goo.gl/9T7GGd Entrevista a ciudadanos: Nombre: Edad: Escolaridad: Ocupación: ¿Cuál es el propósito de las leyes y reglamentos? ¿En qué porcentaje (crees) que tanto autoridades como sociedad, cumplen con las leyes y reglamentos? ¿Cuál es el principal factor que impide a los mexicanos el respetar y cumplir las leyes? ¿Quiénes deberían ser los primeros en mostrar un estricto apego a las leyes, sociedad o autoridades? ¿Por qué? ¿Cuánto conoces las normas jurídicas que nos rigen? ¿Las respetas en toda ocasión o las discriminas en ciertos momentos? ¿Qué razones te motivan a cumplir con las leyes? ¿En tu colonia existen programas vecinales que promuevan la observancia hacia las normas para una mejor convivencia? ¿Cómo se podría alentar a la sociedad para que respeten y cumplan con las leyes y reglamentos?
  • 28. 28 En el supuesto de que un familiar estuviese involucrado en un hecho delictivo o falta administrativa, ¿dejaría que cumpliese su castigo o vería la forma de “llegar a un acuerdo” con la autoridad correspondiente? ¿Qué opinión tienes sobre la actuación policial? ¿Cómo calificarías la capacitación de la policía para proteger a la sociedad y mantener el orden público? ¿Qué obstáculos impiden un buen desempeño policial? ¿Qué más influye en el resentimiento social hacia los elementos de seguridad pública? ¿Has sido víctima o testigo de algún abuso policial? ¿Qué consejo le darías al Secretario de Seguridad Pública para mejorar el cuerpo policiaco que está a su mando? ¿Crees que los ciudadanos deban involucrarse en temas de Seguridad Pública? ¿Cómo deberían hacerlo? Entrevista a policías: Nombre: Edad: Escolaridad: Sector: Zona: Antigüedad en la SSP: ¿Cuál es el propósito de las leyes y reglamentos? ¿Cuál es el principal factor que impide a los mexicanos el respetar y cumplir totalmente las leyes y reglamentos?
  • 29. 29 ¿Quiénes deberían ser los primeros en mostrar un estricto apego a las leyes, sociedad o autoridades? ¿Por qué? ¿Considera usted que posee el nivel de conocimientos, en cuestión de leyes y reglamentos, necesario para llevar a cabo su función policial? ¿Cómo es el comportamiento de la ciudadanía hacía las funciones de su profesión? Fuera de servicio ¿Respeta las leyes en toda ocasión u omite obedecerlas en ciertos momentos? ¿Qué opinión tiene sobre la eficiencia y calidad de la capacitación que otorga la SSP-CDMX en la carrera policial? ¿Qué punto de vista tiene acerca de los mandos de la SSP-CDMX? ¿Qué aspectos considera importantes para hacer más eficiente el área de Asuntos Internos de la SSP-CDMX? ¿Qué repercusiones recaen sobre usted cuando los ciudadanos evitan respetar y cumplir las leyes? Si tuviera la posibilidad ¿Qué mejoraría de su institución? ¿Considera que el grado de estudios de los policías influye en el desempeño de sus funciones? ¿Usted considera mejorar su grado de estudios y que factores influyen para realizarlo en caso afirmativo? ¿Cómo podría lograrse una mejor convivencia entre ciudadanos y elementos de Seguridad Pública?