2. La ética es una expresión de la cultura, es una forma de dominio de la razón sobre el instinto.
Racionalmente [el hombre] y las sociedades humanas han establecido valores
fundamentales, tanto individuales como sociales. De ahí se han derivado deberes morales,
que en general han sido coincidentes con los que recogen los diversos sistemas jurídicos, en
rigor, los valores éticos están consignados en el derecho.
La ética y el derecho en vez de ubicarse en ámbitos distintos, son coincidentes respecto de la
conducta deseable. Una trabaja sobre las motivaciones internas y pretende establecer también
un sistema de sanción interna. El segundo concreta postulados generales de la ética en
disposiciones específicas, a las que fija sanciones externas en caso de incumplimiento y
además incluye la posibilidad coactiva.
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3. La importancia de la labor que realiza el servidor público demanda que ella se desempeñe con
estricto apego a las normas morales, con un acendrado espíritu del deber, con eficiencia y con
un claro sentido de la dignidad y la nobleza que su función implica.
A los servidores públicos corresponde salvaguardar la soberanía, procurar y administrar la
justicia, garantizar el orden, la seguridad y la paz; velar por el respeto de las libertades y los
derechos [del hombre]; asegurar la prestación de los servicios públicos y procurar el bienestar de
la sociedad y de las personas que la integran. La dignidad de un acto humano se mide por la
grandeza del fin que persigue. Los fines que el servicio público persigue se encuentran entre los
más elevados.
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4. Los servidores públicos, que se comportan indebidamente se traicionan a sí mismos y
traicionan a la ciudadanía que les ha otorgado su confianza. Tanto más condenable y dañina
será una conducta, cuanto mayores sean la autoridad o el poder de quienes incurren en ella.
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5. Valores tutelados por el sistema de responsabilidades
Legalidad:
La conducta de los servidores públicos no puede quedar orientada exclusivamente por sus
principios éticos individuales. El respeto al derecho y al principio a la legalidad es fundamental en
la actuación de los servidores públicos, porque en el derecho se encuentra la síntesis de la moral
social. Todo acto del servicio público debe de estar fundado.
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6. Honradez:
A partir del concepto que identifica a un servidor honesto como aquel que procedo con
rectitud e integridad, la honradez es un valor o cualidad que debe estar permanentemente
presente en él y que se manifiesta en conductas diversas. La honradez está relacionada con
su probidad, decencia, integridad, lealtad, rectitud, y honorabilidad y por ende imparcialidad.
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7. Lealtad:
En el servicio público la lealtad es un deber con la comunidad a la que se sirve. No implica ser fiel
e incondicional servidor del superior jerárquico, menos aun cuando éste ordene actos ilícitos e
infundados. La lealtad implica observar respeto y subordinación legítimas con respecto a sus
superiores jerárquicos inmediatos o mediatos, cumpliendo las disposiciones que estos dicten en el
ejercicio de sus atribuciones.
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8. Imparcialidad:
Un servidor público debe de informar a su superior de un hecho que puedan resultar gravemente
afectados el patrimonio o los intereses de la administración pública, o excusarse de intervenir en la
atención de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, informando por
escrito su caso al superior jerárquico.
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9. Eficiencia:
Los deberes de proporcionar en forma oportuna y veraz toda la información solicitada por la
institución a la que legalmente compete la defensa de los derechos humanos. La aceptación de
cargos públicos que rebasan la capacidad personal puede tener graves consecuencias. La
improvisación en el ejercicio del cargo representa un riesgo para la nación, las decisiones poco
atinadas suelen tener consigo resultados graves. También implica una falta de ética tomar
decisiones precipitadas, es decir, sin medir detenidamente sus efectos. Aún en los casos más
apremiantes, las decisiones que habrán de afectar a una comunidad deben meditarse.
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10. La ética en el servicio público también está relacionada con la ética de las personas a la que
presta el servicio. El particular contribuye muchas veces a fomentar el incumplimiento de las
normas, cuando a él mismo conviene no ajustarse a derecho. Por ello, al ciudadano también
corresponde actuar dentro de los cauces legales, no alentar el cohecho y formular las
denuncias que proceden para apoyar la buena marcha de la función pública.
Alcanzar los valores fundamentales de la convivencia humana es indudablemente una tarea
ardua. Ha sido ésta la preocupación de los que interesan por el estudio de la Ética y de
quienes todos los días resisten los embates de la inmoralidad y dignifican así al servicio
público.
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