Presentación de nuestro proyecto, que tiene como objetivo acercar a jóvenes, padres y docentes toda la información necesaria (legislación, jurisprudencia y principales plataformas web de apoyo) para hacer frente al ciberacoso y el ciberbullying
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
Forteam ciberacoso y ciberbullying
1.
2. ¿POR QUÉ CIBERACOSO?
ALARMA SOCIAL
Las nuevas tecnologías que permiten una
PERMANENTE CONEXIÓN generan un riesgo
continuo y sin límites para nuestros menores.
Necesidad de crear una herramienta que aglutine
toda la información posible sobre este problema.
3. OBJETIVO
¿QUÉ ES FORTEAM?
Plataforma que facilita el acceso a herramientas para
luchar contra el ciberacoso y ciberbullying.
¿CUÁL ES EL PRINCIPAL OBJETIVO?
Acercar toda la información de interés sobre Ciberbullying o
Ciberacoso de manera comprensible.
¿QUÉ HERRAMIENTAS PODRÁS ENCONTRAR?
Legislación, jurisprudencia y páginas web de apoyo.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?
Padres, educadores y jovenes.
4. INTRODUCCIÓN
Con la entrada de las nuevas tecnologías, el bullying y el acoso escolar a traspasado las aulas.
Nuestros adolescentes ya no son susceptibles de ser víctimas solamente en el aula, ahora están en
un riesgo continuo y sin límites. Y de esta transformación ha surgido el concepto CIBERBULLYING y
CIBERACOSO.
De ahí, la importancia de que el sistema jurídico haya introducido reformas para poder atender esta
evolución y que cualquier chico y chica tenga herramientas para poder gestionar estas situaciones.
Por este motivo, en FORTEAM nos hemos comprometido con esta plataforma a recoger las
principales herramientas con las que pueden contar tanto padres, profesores y alumnos para hacer
frente a esta corriente incívica.
En esta web encontrarán analizada la principal legislación, jurisprudencia y plataformas web de
apoyo.
Nuestro objetivo acercar toda la información de interés sobre CIBERBULLYING y CIBERACOSO a
padres, profesores y alumnos de una manera fácil de comprender
5. LEGISLACIÓN
Artículo 183 Ter CP: La utilidad de la tipificación del delito de “child grooming”.
Artículo 197.7.2º CP: La utilidad de este precepto se basa en el incremento de la protección de
aquellas personas que hayan creado con su consentimiento imágenes propias con contenido
sexual, de modo que se sancione a aquellos que difundan videos o fotos en las que se reflejen
esas imágenes.
Artículo 172 Ter del Código Penal: Este precepto ha llegado a ser bastante útil, en la medida en
que ofrece un adelantamiento de la protección en casos en los que podrían terminar
produciéndose daños para el largo plazo.
Artículo 8 del RD 732/1995: La utilidad de este precepto se encuentra en la posibilidad que
ofrece para poder adoptar medidas frente a los casos de acoso escolar.
Artículo 183 bis del Código Penal: El artículo doctrinal es esclarecedor en muchos aspectos en
los que el delito de “child grooming” puede llevar a confusión. Concretamente, el trabajo
determina el origen del delito, el bien jurídico protegido y su estructura típica, mostrando las
razones, vinculadas a la mayor exposición de los menores ante Internet, para establecer ese
delito.
6. JURISPRUDENCIA
STS 109/2017: comprende delitos de carácter sexual previos al “child goorming” finalizando en un
acto delictivo contra la indemnidad sexual con acceso carnal.
SAP de Ávila 146/2008, de 20 de octubre: trata un concurso de delitos de acoso sexual con
actos de amenaza y violencia.
SAP de. Málaga 452/2009, de 16 de septiembre: Diferencia diferentes castigos por delitos
diferentes, entre acoso mediante agresiones vejaciones y descubrimiento y revelación de secretos
difundiendo imágenes.
Sentencia Nº 163/2016 de AP Castellón,Sección 1ª 20 de Mayo de 2016: persigue a
aquellos que coaccionan jóvenes a realizar actos de índole sexual contra su voluntad, utilizando
medios móviles.
STS 5809/2015 Tribunal Supremo. Sala de lo Penal: Acoge el delito de” Child Grooming” ,
acoso sexual a menores a través de redes sociales, Se considera legítima la intromisión de los padres
para la intromisión de los padres en la esfera privada de sus hijos, en caso de sospechas de abusos
sexuales.
7. PLATAFORMAS WEB
CIBERBULLYING.COM : Web de información sobre CIBERBULLYING. Destaca por su
guía práctica para padres y profesores, canal de youtube con vídeos explicativos y
recursos de prevención para trabajar tanto en casa como en el aula.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN : Web del Ministerio de Educación que contiene un
apartado donde trata el ciberacoso y en el que destaca las guías para padres,
profesores y jóvenes y una guía legal de seguridad en la red.
FUNDACIÓN ANAR : organización en defensa de los derechos de los niños y
adolescentes. Destaca por el enlace para su línea telefónica y acciones formativas
para realizar en los centros educativos sobre el ciberacoso.
E-LEGALES : Web donde encontraremos casos judiciales y policiales relacionados
con Internet, la telefonía móvil u otras TIC. Destaca por su guía legal en tema de
ciberacoso y por el apartado de casos reales.
CIBEREXPERTO : Web de la Policia Nacional donde encontrar información y
ayuda sobre ciberseguridad. Destaca la página donde incluye un test para que los
jóvenes puedan detectar si son víctimas de ciberacoso.
8. CONCLUSIONES
Con la herramienta que hemos desarrollado, intentamos ayudar a todos los agentes sociales
implicados en el tema.
En nuestra opinión, uno de los elementos importantes que sería digno de mencionar, es la dificultad a
la hora de detectar el acoso. Por tal motivo, hemos incluido en el apartado de plataformas web el
enlace a un test para que los menores puedan saber si son víctimas o no de ciberacoso. En edades
tan tempranas resulta lógico que sea difícil para ellos detectar si realmente son víctimas de este acoso
o simplemente son comportamientos propios de esa edad.
Otra herramienta que creemos que puede ayudar es la información legal, para que los padres sepan a
qué atenerse y que medios de apoyo tienen para gestionar el problema. Resulta fundamental crear
espacios y foros donde los padres puedan compartir sus dudas y temores acerca de esta
problemática. Un mayor conocimiento del tema legal puede ayudar a los padres en la detección del
problema y aportar posibles soluciones.
Por último, también se ha intentado trabajar para que el profesorado disponga de herramientas y guías
que le orienten en dicha problemática. No podemos obviar que la escuela actúa como segundo
eslabón en la labor educativa de los menores.