El derecho financiero se divide en cuatro ramas principales: derecho tributario, derecho patrimonial público, derecho monetario y derecho presupuestario. También tiene dos fuentes principales: la constitución nacional y los tratados internacionales.
2. Pedro José
Rojas Chirinos
El derecho financiero se clasifica en las
siguientes subdivisiones o ramas:
• Derecho tributario.
Centrado en el área de los impuestos y
la recaudación de tributos estatales,
así como su exoneración y las políticas
arancelarias.
• Derecho patrimonial público.
Centrado en el área de, como su
nombre lo indica, la gestión del
patrimonio del Estado, es decir, la
administración de los bienes públicos,
que están en propiedad de todos.
3. Pedro José
Rojas Chirinos
• Derecho monetario.
Centrado en las normas que regulan la
emisión monetaria y el manejo del
crédito público.
• Derecho presupuestario.
Centrado en el modo en que el Estado
planifica, constituye y administra su
presupuesto.
4. Pedro José
Rojas Chirinos
El derecho financiero posee dos
fuentes claramente diferenciadas:
•La Constitución Nacional. La Carta
Magna y las demás reglas internas de
un país brindan el marco legal y
jurídico que regula los asuntos
financieros y que pueden ser
invocados tanto por la Administración,
como por los particulares. En ello
tienen particular importancia las
decisiones del Tribunal Constitucional,
encargado de interpretar dichas
normas para su aplicación a
situaciones reales específicas.
5. Pedro José
Rojas Chirinos
•Los tratados internacionales.
Similarmente, los tratados
internacionales que los distintos
Estados firman para acodar una
estrategia financiera (especialmente
arancelaria) común de alcance
mutuo, regional o mundial, son otra de
las fuentes del Derecho financiero.
Estos tratados son particularmente
importantes en la contemporaneidad,
en la que se dan actividades
económicas a distancia (por ejemplo,
a través de Internet) que requieren de
acuerdos respecto a impuestos,
contribuciones y exoneraciones.