El Derecho Financiero tiene por objeto reglamentar la actuación financiera de las actividades del Estado y otros entes públicos con administración propia.
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
Derecho Financiero, Analisis y su relación con otras Disciplinas
1. Anais Virginia Flores Giménez.
C.I: 18.526.485
SAIA-A
Derecho Tributario.
Barquisimeto, Agosto 2016.
Ensayo.
Tema 2. Derecho Financiero.
Universidad Fermín Toro.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho.
2. Derecho Financiero.
El Derecho Financiero se remonta a principios del siglo XX, cuando se
señalaba que eran normas de derecho público que reglamentaban las finanzas
del estado, es decir destinadas a atender
intereses de la administración pública. Con
un sentido de autonomía discutible, puesto
que esta ceñida y con dependencia
absolutas de otras ramas. Al respecto, (Belisario
Villegas, 2002), “La autonomía en cualquier sentido que se tome no puede
concebirse de manera absoluta, sino que cada rama del derecho forma parte
de un conjunto del cual es porción solidaria” (Pág. 85, 86)
El Derecho Financiero es considerado para (Pugliese, Año 1996, citador
por (Belisario Villegas, 2002), como “la disciplina que tiene por objeto el estudio
sistemático del conjunto de normas que reglamentan la recaudación, gestión
y la erogación de los medios económicos que necesita el Estado y los entes
públicos para el desarrollo de sus actividades y el estudio de las relaciones
jurídicas entre los poderes y los órganos del Estado, entre los ciudadanos y el
estado y entre los mismos ciudadanos”.
El Derecho Financiero, pudiera afirmarse que está caracterizado en
primer lugar, por atender las necesidades del poder estatal relacionado al
3. campo financiero de este y en segundo lugar, es considerado como una norma
que regula la actuación financiera del estado.
El contenido del Derecho Financiero, se
basa en una ordenación jurídica de los
recursos económicos del Estado; así
también se estudia las normas que
regulan la gestión financiera del estado;
sigue un plan jurídico que inicia con la
preparación y finaliza con la aprobación de la ejecución de ese plan y por último
el Derecho Financiero esta enlazado con el Gasto Publico, relacionado con la
administración del estado.
Las Fuentes del Derecho Financiero, están constituidas por diversos
procesos que ocurren en un momento, cuando se ejecuta o pone en
funcionamiento el Derecho Financiero.
a) Constitución, como primer eslabón de las fuentes directa del derecho
financiero, se hace mención a la importancia que reside en esta fuente,
ya que en ella se señalan los principios básicos y disposiciones en
materia de fijación de los diferentes ingresos, así como los gastos a
realizar en el desenvolvimiento de la actividad financiera del estado.
Estos preceptos de los que señala la constitución, se refieren a, la
satisfacción de las necesidades públicas, prosperidad del país, justicia
social, progreso económico, generación de empleo, entre otros
aspectos.
4. b) La Ley, al respecto (Moya Edgar, 2009), señala que “Es la fuente
inmediata de mayor importancia del derecho financiero. Sin ella no
puede existir la actividad financiera, tributos, penas, sanciones”
Dentro de la Ley, está enmarcado el destino legal que se le puede dar
a los ingresos y gastos productos de la actividad financiera del Estado.
El Poder Legislativo es el órgano
encargado de cumplir con la tarea d
legislar y de crear leyes destinadas
a la prosecución del objeto del
Estado, procurando que la materia
y fondo de las mismas, sean justas,
sean de orden general, para
satisfacer el bien público y de
obligatorio cumplimiento.
c) Decretos Ley, Esta función de sancionar leyes, es en principio del Poder
Legislativo, sin embargo, en casos excepcionales esta función la puede
ejecutar el Poder Ejecutivo a través de Leyes Habilitantes, donde se
otorga Poder Especial de Sanción de Leyes, en caso de suma urgencia
que no se pueda esperar el proceso de formación de las leyes. Estos
decretos-ley, no regulan la materia tributaria, penal y electoral.
d) Reglamentos, Nuestra Constitución Nacional, en su artículo 236, señala
“Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta,
reglamentar total o parcialmente leyes, sin alterar su espíritu, propósito
y razón”. El reglamento no proviene del Poder Legislativo sino del
Ejecutivo, no siendo necesaria una ley habilitante para dictar
reglamentos.
5. e) Tratados Internacionales, Clasificado como una fuente directa del
derecho financiero, ya que los tratados que se firmen con países
extranjeros deben respetar los principios del derecho público
expresados en la constitución, es decir, lo que se dicte y firme en los
tratados internacionales serán ley suprema para las naciones que firman
el tratado. Nuestra carta magna señala en su artículo 154 “Los tratados
celebrados por la Republica deben ser aprobados por la Asamblea
Nacional antes de su ratificación por el Presidente o Presidenta, a
excepción de aquellos mediante los cuales se trate de ejecutar o
perfeccionar obligaciones preexistentes de la Republica, aplicar
principios expresamente reconocidos por ella o ejecutar actos ordinarios
en las relaciones internacionales que la ley atribuya al ejecutivo
nacional”
f) Tenemos con Fuentes Indirectas del Derecho Financiero: La Doctrina y
la Jurisprudencia, el uso y la costumbre, a pesar de que no son
reconocidas como fuentes del derecho financiero, algunos autores las
aceptan como una cualidad secundaria
El derecho financiero se relaciona con otras ramas del derecho y entre ella
tenemos: la relación con el Derecho Constitucional, la actividad financiera del
estado no se podría llevar con el equilibrio adecuado si no existiesen normas,
leyes que regulen la actividad administrativa de los recursos por parte del
estado. Para ello debe establecer un sistema tributario y financiero que
constituya un pilar y enlace entre las actividades del estado y la ley; con el
Derecho Administrativo, la relación existente es que ambos regulan, organizan
y ejecutan actividades de la administración pública, cumple objetivos para
6. satisfacer necesidades de particulares, cumpliendo un orden general; con el
Derecho Procesal, mientras que uno regula el ordenamiento de la actividad
financiera, de los tributos, que en un momento se convertirán en ingresos para
el Estado, el otro, regula y sanciona de manera coercitiva el cumplimiento de
esas actividades generadora de impuestos, el cual se ciñe al cumplimiento y
pago de los mismos; con el Derecho Penal, tiene relación en el incumplimiento
de las leyes y normas financieras y su correspondiente sanción y pena; por
último se dice que existe una relación entre el derecho financiero y el derecho
tributario, el primero comprende las normas que regulan la actuación del
estado en todo lo relativo a la obtención de recursos (Tributarios, patrimoniales
y crediticios) y el segundo regula las relaciones que se generan con esa
actividad y el estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce
su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que
sirvan para invertir en el gasto público. Se puede decir que el derecho tributario
es una rama del derecho financiero y comprende el estudio de la regulación de
la actividad del estado destinado a la obtención de recursos, a través de la cual
se impone a los particulares la obligación de contribuir a gasto público de
acuerdo a su capacidad contributiva.
7. Referencia Bibliográficas.
√ Belisario Villegas Hector. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario.
2002. 8va edición actualizada y ampliada. Editorial Astrea.
√ Moya Millan Edgar Jose. Elementos de Finanzas Públicas y Derecho
Tributario. Caracas 2009. Mobilibros.