SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
1
CIRCULAR 5/14
A través del Real Decreto-Ley 8/2014, y según se establece la exposición de motivos del citado
texto legal, se incorporan en el ámbito tributario una serie de medidas de carácter urgente, que
tienen por objeto estimular la actividad económica, al tiempo que van dirigidas a paliar los efectos
de la crisis.
En particular, por su importancia y relevancia práctica inmediata, a continuación comentaremos,
con mayor detalle, las modificiones que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
e Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, del IRPF:
1.1.- Nueva exención en la dación de pago de la vivienda habitual
• Con efectos desde 1/01/2014 y ejercicios anteriores no prescritos, se añade una nueva
letra d) al apartado 4 del artículo 33, que queda redactada de la siguiente forma:
“d) Con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor o garante del
deudor, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la
misma, contraídas con entidades de crédito o de cualquier otra entidad que, de manera
profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios”.
Asimismo estarán exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con
ocasión de la transmisión de la vivienda en que concurran los requisitos anteriores,
realizada en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.
REAL DECRETO-LEY 8/2014, DE 4 DE JULIO, DE APROBACIÓN DE MEDIDAS
URGENTES PARA EL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA EFICIENCIA
(BOE 5/07/2014)
2
En todo caso será necesario que el propietario de la vivienda habitual no disponga de otros
bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda y evitar la
enajenación de la vivienda.»
1.2.- Compensación e integración de rentas negativas derivadas de deuda subordinada
o de participaciones preferentes
Con efectos desde 1/01/2014, se añade una nueva disposición adicional trigésima novena, relativa
a la compensación e integración de rentas negativas derivadas de deuda subordinada o de
participaciones preferentes generadas con anterioridad a 1/01/2015.
Según dicha disposición adicional:
La parte de los saldos negativos a que se refieren las letras a) y b) del apartado 1 del
artículo 49 que procedan de rendimientos del capital mobiliario negativos derivados de
valores de deuda subordinada o de participaciones preferentes emitidas en las condiciones
establecidas en la disposición adicional segunda de la Ley 13/1985, de coeficientes de
inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros,
o de rendimientos del capital mobiliario negativos o pérdidas patrimoniales derivados de la
transmisión de valores recibidos por operaciones de recompra y suscripción o canje de los
citados valores, que se hayan generado con anterioridad a 1/01/2015, se podrá compensar
con el saldo positivo a que se refieren las citadas letras b) o a), respectivamente.
Si tras dicha compensación quedase saldo negativo, su importe se podrá compensar en los
cuatro años siguientes en la forma establecida en el párrafo anterior.
La parte del saldo negativo a que se refieren las letras a) y b) anteriormente señaladas
correspondiente a los períodos impositivos 2010, 2011, 2012 y 2013 que se encuentre
pendiente de compensación a 1/01/2014 y proceda de las rentas previstas en el primer
párrafo de este apartado, se podrá compensar con el saldo positivo a que se refieren las
citadas letras b) o a), respectivamente, que se ponga de manifiesto a partir del periodo
impositivo 2014, siempre que no hubiera finalizado el plazo de cuatro años previsto en el
apartado 1 del artículo 49 de esta Ley.
A efectos de determinar qué parte del saldo negativo procede de las rentas señaladas en el
párrafo primero de este apartado, cuando para su determinación se hubieran tenido en
cuenta otras rentas de distinta naturaleza y dicho saldo negativo se hubiera compensado
parcialmente con posterioridad, se entenderá que la compensación afectó en primer lugar
a la parte del saldo correspondiente a las rentas de distinta naturaleza.
3
En el periodo impositivo 2014, si tras la compensación a que nos hemos referido en el apartado
anterior quedase saldo negativo, su importe se podrá compensar con el saldo positivo de las
rentas previstas en el párrafo b) del artículo 48 de la LIRPF, hasta el importe de dicho saldo
positivo que se corresponda con ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión
de transmisiones de elementos patrimoniales.
Si tras dicha compensación quedase nuevamente saldo negativo, su importe se podrá compensar
en ejercicios posteriores con arreglo a lo señalado anteriormente.
1.3.- Retención actividades profesionales
Con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley (el día 5/07/2014, esto es, el
mismo día de la publicación en el BOE), se añade una disposición adicional cuadragésima,
mediante la cual se establece que no obstante lo dispuesto en la letra a) del apartado 5 del
artículo 101 de esta Ley, el porcentaje de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los
rendimientos derivados de actividades profesionales será el 15% cuando el volumen de
rendimientos íntegros de tales actividades correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea
inferior a 15.000€ y represente más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de
actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.
Para la aplicación del tipo de retención previsto en el párrafo anterior, los contribuyentes deberán
comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando
obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada.
Este porcentaje se reducirá a la mitad cuando los rendimientos tengan derecho a la deducción en
la cuota prevista en el artículo 68.4 LIRPF (rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla).
2. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
(Is/IVTNU), conocido también como “plusvalía municipal”.
Se introducen las siguientes modificaciones en el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Con efectos desde el 1/01/2014, así como para los hechos imponibles anteriores a dicha
fecha no prescritos, se añade una letra c) en el apartado 1 del artículo 105, mediante la
que se establece una nueva exención aplicable a:
4
“c) Las transmisiones realizadas con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual
del deudor hipotecario o garante del mismo, para la cancelación de deudas garantizadas
con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades de crédito o cualquier
otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o
créditos hipotecarios”.
Asimismo, estarán exentas las transmisiones de la vivienda en que concurran los requisitos
anteriores, realizadas en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.
No resultará de aplicación esta exención cuando el deudor o garante transmitente o
cualquier otro miembro de su unidad familiar disponga de otros bienes o derechos en
cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda hipotecaria y evitar la
enajenación de la vivienda.
A estos efectos, se considerará vivienda habitual aquella en la que haya figurado
empadronado el contribuyente de forma ininterrumpida durante, al menos, los 2 años
anteriores a la transmisión o desde el momento de la adquisición si dicho plazo fuese
inferior a los 2 años.
Respecto al concepto de unidad familiar, se estará a lo dispuesto en la Ley 35/2006, del
IRPF. A estos efectos, se equiparará el matrimonio con la pareja de hecho legalmente
inscrita.
La concurrencia de los requisitos previstos anteriormente se acreditará por el transmitente
ante la Administración tributaria municipal.
Respecto de esta exención, no resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 9.2 de
esta ley.
Asimismo, se establece que, con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, se
suprime el apartado 3 del artículo 106 (“sujetos pasivos” para el supuesto de transmisiones
realizadas por los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 2 del Real
Decreto-ley 6/2012).
Barcelona, a 7 de julio de 2014

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Nota Ley 7_12_sobre fraude_fiscal
Nota Ley 7_12_sobre fraude_fiscalNota Ley 7_12_sobre fraude_fiscal
Nota Ley 7_12_sobre fraude_fiscal
ManfredNolte
 
Decreto ley 7764 regl contabilidad
Decreto ley 7764 regl contabilidadDecreto ley 7764 regl contabilidad
Decreto ley 7764 regl contabilidad
gmnunez
 
Ley 26.417 movilidad de las prestaciones jubilatorias
Ley 26.417   movilidad de las prestaciones jubilatoriasLey 26.417   movilidad de las prestaciones jubilatorias
Ley 26.417 movilidad de las prestaciones jubilatorias
Escuela 46
 
Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013
reyna20121
 
Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...
Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...
Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...
cesarquiksilver
 
Unidad II La información fiscal en las empresas privadas
Unidad II La información fiscal en las empresas privadasUnidad II La información fiscal en las empresas privadas
Unidad II La información fiscal en las empresas privadas
cedfcas cedfcas
 

La actualidad más candente (20)

LEY 7/2012 de 29 de octubre
LEY 7/2012 de 29 de octubre LEY 7/2012 de 29 de octubre
LEY 7/2012 de 29 de octubre
 
Nota Ley 7_12_sobre fraude_fiscal
Nota Ley 7_12_sobre fraude_fiscalNota Ley 7_12_sobre fraude_fiscal
Nota Ley 7_12_sobre fraude_fiscal
 
Ley 27260 blanquero. sinceramiento fiscal y programa de reparación histórica ...
Ley 27260 blanquero. sinceramiento fiscal y programa de reparación histórica ...Ley 27260 blanquero. sinceramiento fiscal y programa de reparación histórica ...
Ley 27260 blanquero. sinceramiento fiscal y programa de reparación histórica ...
 
El Gobierno promulgó el pago de los juicios a los jubilados y el blanqueo de ...
El Gobierno promulgó el pago de los juicios a los jubilados y el blanqueo de ...El Gobierno promulgó el pago de los juicios a los jubilados y el blanqueo de ...
El Gobierno promulgó el pago de los juicios a los jubilados y el blanqueo de ...
 
D. leg. 892 11 11-96
D. leg. 892 11 11-96D. leg. 892 11 11-96
D. leg. 892 11 11-96
 
Decretos%20 vigentes
Decretos%20 vigentesDecretos%20 vigentes
Decretos%20 vigentes
 
Dictamen Pago Proporcional del PMGM
Dictamen Pago Proporcional del PMGMDictamen Pago Proporcional del PMGM
Dictamen Pago Proporcional del PMGM
 
Fallo CSJN Coparticipación Santa Fe
Fallo CSJN Coparticipación Santa FeFallo CSJN Coparticipación Santa Fe
Fallo CSJN Coparticipación Santa Fe
 
Decreto ley 7764 regl contabilidad
Decreto ley 7764 regl contabilidadDecreto ley 7764 regl contabilidad
Decreto ley 7764 regl contabilidad
 
Ley 26.417 movilidad de las prestaciones jubilatorias
Ley 26.417   movilidad de las prestaciones jubilatoriasLey 26.417   movilidad de las prestaciones jubilatorias
Ley 26.417 movilidad de las prestaciones jubilatorias
 
SNS1096 Aportes SGSSS de Contratistas
SNS1096 Aportes SGSSS de ContratistasSNS1096 Aportes SGSSS de Contratistas
SNS1096 Aportes SGSSS de Contratistas
 
DL 1257 Fraccionamiento Especial y Extinción de Deudas Tributarias
DL 1257 Fraccionamiento Especial y Extinción de Deudas TributariasDL 1257 Fraccionamiento Especial y Extinción de Deudas Tributarias
DL 1257 Fraccionamiento Especial y Extinción de Deudas Tributarias
 
Ley del ir (set2021)
Ley del ir (set2021)Ley del ir (set2021)
Ley del ir (set2021)
 
Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013
 
Ley 25
Ley 25Ley 25
Ley 25
 
Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...
Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...
Ley que-garantiza-el-cumplimiento-de-la-ley-29625-ley-de-de-ley-n-31173-19474...
 
Unidad II La información fiscal en las empresas privadas
Unidad II La información fiscal en las empresas privadasUnidad II La información fiscal en las empresas privadas
Unidad II La información fiscal en las empresas privadas
 
Ley de Reparacion Historica con los Jubilados y Sinceramiento Fiscales
Ley de Reparacion Historica con los Jubilados y Sinceramiento FiscalesLey de Reparacion Historica con los Jubilados y Sinceramiento Fiscales
Ley de Reparacion Historica con los Jubilados y Sinceramiento Fiscales
 
REDUCCION DE LA BASE IMPONIBLE
REDUCCION DE LA BASE IMPONIBLEREDUCCION DE LA BASE IMPONIBLE
REDUCCION DE LA BASE IMPONIBLE
 
NUEVOS Aportes del Taller Tributación cierre de balance2011 distexpac 2
NUEVOS Aportes del Taller Tributación cierre de balance2011 distexpac 2NUEVOS Aportes del Taller Tributación cierre de balance2011 distexpac 2
NUEVOS Aportes del Taller Tributación cierre de balance2011 distexpac 2
 

Similar a Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014

decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdfdecreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
josereyes697729
 
Proyecto decreto rebalanceo tarifas renta
Proyecto decreto rebalanceo tarifas rentaProyecto decreto rebalanceo tarifas renta
Proyecto decreto rebalanceo tarifas renta
EUROsociAL II
 
Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012
OBGEOTAN
 
Codigo fiscal federal en México
Codigo fiscal federal en MéxicoCodigo fiscal federal en México
Codigo fiscal federal en México
dompina
 
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludadesDs n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
OLIV1000
 
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
IVANANGULO14
 

Similar a Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014 (20)

Irpf de gipuzkoa y otras modificaciones tributarias
Irpf de gipuzkoa y otras modificaciones tributarias Irpf de gipuzkoa y otras modificaciones tributarias
Irpf de gipuzkoa y otras modificaciones tributarias
 
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdfLey_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
 
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdfdecreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
 
D 1808 ret islr
D 1808 ret islrD 1808 ret islr
D 1808 ret islr
 
Proyecto decreto rebalanceo tarifas renta
Proyecto decreto rebalanceo tarifas rentaProyecto decreto rebalanceo tarifas renta
Proyecto decreto rebalanceo tarifas renta
 
Anexos notas estratégicas pe 2011
Anexos notas estratégicas pe 2011Anexos notas estratégicas pe 2011
Anexos notas estratégicas pe 2011
 
Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012
 
Reforma tributaria
Reforma tributariaReforma tributaria
Reforma tributaria
 
Decretos 5770 En Word
Decretos 5770 En WordDecretos 5770 En Word
Decretos 5770 En Word
 
Codigo fiscal federal en México
Codigo fiscal federal en MéxicoCodigo fiscal federal en México
Codigo fiscal federal en México
 
Ley-29173.doc
Ley-29173.docLey-29173.doc
Ley-29173.doc
 
Ley 29173 (1)
Ley 29173 (1)Ley 29173 (1)
Ley 29173 (1)
 
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludadesDs n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
 
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
 
Ley percepcion
Ley percepcionLey percepcion
Ley percepcion
 
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a losExtracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
 
Novedades Real Decreto 828/2.013
Novedades Real Decreto 828/2.013Novedades Real Decreto 828/2.013
Novedades Real Decreto 828/2.013
 
Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
 
Modificaciones al código fiscal y los tributos en la provincia de Buenos Aire...
Modificaciones al código fiscal y los tributos en la provincia de Buenos Aire...Modificaciones al código fiscal y los tributos en la provincia de Buenos Aire...
Modificaciones al código fiscal y los tributos en la provincia de Buenos Aire...
 
2016 05
2016 052016 05
2016 05
 

Más de Planartús

Más de Planartús (20)

Circular 10 14 LGT Anteproyecto de ley de reforma
Circular 10 14  LGT  Anteproyecto de ley de reformaCircular 10 14  LGT  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 10 14 LGT Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 9 14 IRNR Anteproyecto de ley de reforma
Circular 9 14  IRNR  Anteproyecto de ley de reformaCircular 9 14  IRNR  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 9 14 IRNR Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 8 14 IRPF. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 8 14  IRPF.  Anteproyecto de ley de reformaCircular 8 14  IRPF.  Anteproyecto de ley de reforma
Circular 8 14 IRPF. Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reformaCircular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 7 14. ISS. Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reformaCircular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
Circular 6 14. IVA. Anteproyecto de ley de reforma
 
Circular 4-14. Nuevo modelo 303
Circular 4-14. Nuevo modelo 303Circular 4-14. Nuevo modelo 303
Circular 4-14. Nuevo modelo 303
 
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en CatalunyaCircular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en Catalunya
 
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
Circular 2 14. Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014
 
Circular 1 14. Comunicaciones Banco de España
Circular 1 14. Comunicaciones Banco de EspañaCircular 1 14. Comunicaciones Banco de España
Circular 1 14. Comunicaciones Banco de España
 
Circular 17 13 Proyecto modificacion ISD catalunya
Circular 17 13  Proyecto modificacion ISD catalunyaCircular 17 13  Proyecto modificacion ISD catalunya
Circular 17 13 Proyecto modificacion ISD catalunya
 
Circular 11 13 Medidas de apoyo al emprendedor
Circular 11 13  Medidas de apoyo al emprendedorCircular 11 13  Medidas de apoyo al emprendedor
Circular 11 13 Medidas de apoyo al emprendedor
 
Circular 10 13. Actualización de balances
Circular 10 13. Actualización de balancesCircular 10 13. Actualización de balances
Circular 10 13. Actualización de balances
 
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivoCircular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
Circular 9 13.IVA. Ejecuciones de obra. Inversion sujeto pasivo
 
Circular 8 13. Cuentas y valores negociables en el exterior
Circular 8 13. Cuentas y valores negociables en el exteriorCircular 8 13. Cuentas y valores negociables en el exterior
Circular 8 13. Cuentas y valores negociables en el exterior
 
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscalCircular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
Circular 7 13. Retribucion administradores-Alta Direccion. Tratamiento fiscal
 
Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
Circular 5-13 Modelo 720. Declaración informativa bienes y derechos situados ...
 
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativasCircular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
Circular 4 13. Novedades en las declaraciones informativas
 
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
Circular 3 13. Catalunya. Impuesto sobre el Patrimonio 2012
 
Circular 2 13. LPGE 2013
Circular 2 13. LPGE 2013Circular 2 13. LPGE 2013
Circular 2 13. LPGE 2013
 
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
Circular 1 13. Síntesis Ley 16-2012
 

Último

PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhPARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
angelorihuela4
 
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqutad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
iceokey158
 
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
lucerito39
 
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptxPresentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
JulissaValderramos
 

Último (20)

Presentación Seccion 6 - Estado de cambios en el patrimonio y estado de resul...
Presentación Seccion 6 - Estado de cambios en el patrimonio y estado de resul...Presentación Seccion 6 - Estado de cambios en el patrimonio y estado de resul...
Presentación Seccion 6 - Estado de cambios en el patrimonio y estado de resul...
 
AUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGE
AUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGEAUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGE
AUDITORÍA FINANCIERAS AL ELEMENTO 5 DEL PCGE
 
Procedimiento no contencioso tributario no vinculado
Procedimiento no contencioso tributario no vinculadoProcedimiento no contencioso tributario no vinculado
Procedimiento no contencioso tributario no vinculado
 
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhPARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
 
Seguridad Ciudadana.pptx situación actual del país
Seguridad Ciudadana.pptx situación actual del paísSeguridad Ciudadana.pptx situación actual del país
Seguridad Ciudadana.pptx situación actual del país
 
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
COMPRENSION HISTORICA DEL IMPACTO DEL CAPITALISMO EN LA ECONOMIA DE VENEZUELA...
 
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampasflujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
flujogramadepoliconsultorio-policlínico-pampas
 
CLASIFICACION ECONOMICA INGRESOS Y GASTOS.ppt
CLASIFICACION ECONOMICA  INGRESOS Y GASTOS.pptCLASIFICACION ECONOMICA  INGRESOS Y GASTOS.ppt
CLASIFICACION ECONOMICA INGRESOS Y GASTOS.ppt
 
Que son y los tipos de costos predeterminados
Que son y los tipos de costos predeterminadosQue son y los tipos de costos predeterminados
Que son y los tipos de costos predeterminados
 
GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdf
GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdfGESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdf
GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO.pdf
 
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqutad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
 
Guia appto bancor para creditos inmobiliarios en Cordoba
Guia appto bancor para creditos inmobiliarios en CordobaGuia appto bancor para creditos inmobiliarios en Cordoba
Guia appto bancor para creditos inmobiliarios en Cordoba
 
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
Doctrina y Filosofía contable - Epistemología contable, fundamentos, conceptu...
 
TEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdf
TEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y  EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdfTEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y  EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdf
TEMA: LA DEMANDA , LA OFERTA Y EL PUNTO DE EQUILIBRIO.pdf
 
DIAPOSITIVAS TEMA 13 COMERCIO INTERNACIONAL I.pdf
DIAPOSITIVAS TEMA 13 COMERCIO INTERNACIONAL I.pdfDIAPOSITIVAS TEMA 13 COMERCIO INTERNACIONAL I.pdf
DIAPOSITIVAS TEMA 13 COMERCIO INTERNACIONAL I.pdf
 
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español ITema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
 
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptxPresentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
Presentación Seccion 5 -Estado de Resultado Integral y Estado de Resultados.pptx
 
1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS
1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS
1 PRESENTACION MERCADO DE COMPRAS PUBLICAS
 
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxJOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
 
Procedimientos Concursales y Disoluciones
Procedimientos Concursales y DisolucionesProcedimientos Concursales y Disoluciones
Procedimientos Concursales y Disoluciones
 

Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014

  • 1. 1 CIRCULAR 5/14 A través del Real Decreto-Ley 8/2014, y según se establece la exposición de motivos del citado texto legal, se incorporan en el ámbito tributario una serie de medidas de carácter urgente, que tienen por objeto estimular la actividad económica, al tiempo que van dirigidas a paliar los efectos de la crisis. En particular, por su importancia y relevancia práctica inmediata, a continuación comentaremos, con mayor detalle, las modificiones que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. 1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, del IRPF: 1.1.- Nueva exención en la dación de pago de la vivienda habitual • Con efectos desde 1/01/2014 y ejercicios anteriores no prescritos, se añade una nueva letra d) al apartado 4 del artículo 33, que queda redactada de la siguiente forma: “d) Con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor o garante del deudor, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades de crédito o de cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios”. Asimismo estarán exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de la vivienda en que concurran los requisitos anteriores, realizada en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales. REAL DECRETO-LEY 8/2014, DE 4 DE JULIO, DE APROBACIÓN DE MEDIDAS URGENTES PARA EL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA EFICIENCIA (BOE 5/07/2014)
  • 2. 2 En todo caso será necesario que el propietario de la vivienda habitual no disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda y evitar la enajenación de la vivienda.» 1.2.- Compensación e integración de rentas negativas derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes Con efectos desde 1/01/2014, se añade una nueva disposición adicional trigésima novena, relativa a la compensación e integración de rentas negativas derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes generadas con anterioridad a 1/01/2015. Según dicha disposición adicional: La parte de los saldos negativos a que se refieren las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 49 que procedan de rendimientos del capital mobiliario negativos derivados de valores de deuda subordinada o de participaciones preferentes emitidas en las condiciones establecidas en la disposición adicional segunda de la Ley 13/1985, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, o de rendimientos del capital mobiliario negativos o pérdidas patrimoniales derivados de la transmisión de valores recibidos por operaciones de recompra y suscripción o canje de los citados valores, que se hayan generado con anterioridad a 1/01/2015, se podrá compensar con el saldo positivo a que se refieren las citadas letras b) o a), respectivamente. Si tras dicha compensación quedase saldo negativo, su importe se podrá compensar en los cuatro años siguientes en la forma establecida en el párrafo anterior. La parte del saldo negativo a que se refieren las letras a) y b) anteriormente señaladas correspondiente a los períodos impositivos 2010, 2011, 2012 y 2013 que se encuentre pendiente de compensación a 1/01/2014 y proceda de las rentas previstas en el primer párrafo de este apartado, se podrá compensar con el saldo positivo a que se refieren las citadas letras b) o a), respectivamente, que se ponga de manifiesto a partir del periodo impositivo 2014, siempre que no hubiera finalizado el plazo de cuatro años previsto en el apartado 1 del artículo 49 de esta Ley. A efectos de determinar qué parte del saldo negativo procede de las rentas señaladas en el párrafo primero de este apartado, cuando para su determinación se hubieran tenido en cuenta otras rentas de distinta naturaleza y dicho saldo negativo se hubiera compensado parcialmente con posterioridad, se entenderá que la compensación afectó en primer lugar a la parte del saldo correspondiente a las rentas de distinta naturaleza.
  • 3. 3 En el periodo impositivo 2014, si tras la compensación a que nos hemos referido en el apartado anterior quedase saldo negativo, su importe se podrá compensar con el saldo positivo de las rentas previstas en el párrafo b) del artículo 48 de la LIRPF, hasta el importe de dicho saldo positivo que se corresponda con ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales. Si tras dicha compensación quedase nuevamente saldo negativo, su importe se podrá compensar en ejercicios posteriores con arreglo a lo señalado anteriormente. 1.3.- Retención actividades profesionales Con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley (el día 5/07/2014, esto es, el mismo día de la publicación en el BOE), se añade una disposición adicional cuadragésima, mediante la cual se establece que no obstante lo dispuesto en la letra a) del apartado 5 del artículo 101 de esta Ley, el porcentaje de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales será el 15% cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000€ y represente más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio. Para la aplicación del tipo de retención previsto en el párrafo anterior, los contribuyentes deberán comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada. Este porcentaje se reducirá a la mitad cuando los rendimientos tengan derecho a la deducción en la cuota prevista en el artículo 68.4 LIRPF (rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla). 2. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Is/IVTNU), conocido también como “plusvalía municipal”. Se introducen las siguientes modificaciones en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Con efectos desde el 1/01/2014, así como para los hechos imponibles anteriores a dicha fecha no prescritos, se añade una letra c) en el apartado 1 del artículo 105, mediante la que se establece una nueva exención aplicable a:
  • 4. 4 “c) Las transmisiones realizadas con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o garante del mismo, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades de crédito o cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios”. Asimismo, estarán exentas las transmisiones de la vivienda en que concurran los requisitos anteriores, realizadas en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales. No resultará de aplicación esta exención cuando el deudor o garante transmitente o cualquier otro miembro de su unidad familiar disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda hipotecaria y evitar la enajenación de la vivienda. A estos efectos, se considerará vivienda habitual aquella en la que haya figurado empadronado el contribuyente de forma ininterrumpida durante, al menos, los 2 años anteriores a la transmisión o desde el momento de la adquisición si dicho plazo fuese inferior a los 2 años. Respecto al concepto de unidad familiar, se estará a lo dispuesto en la Ley 35/2006, del IRPF. A estos efectos, se equiparará el matrimonio con la pareja de hecho legalmente inscrita. La concurrencia de los requisitos previstos anteriormente se acreditará por el transmitente ante la Administración tributaria municipal. Respecto de esta exención, no resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 9.2 de esta ley. Asimismo, se establece que, con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, se suprime el apartado 3 del artículo 106 (“sujetos pasivos” para el supuesto de transmisiones realizadas por los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 2 del Real Decreto-ley 6/2012). Barcelona, a 7 de julio de 2014