Este documento es un extracto de una resolución judicial emitida por el Juzgado Décimo Civil Especializado en Materia Mercantil de Tijuana, Baja California. La resolución ordena la cancelación de varios títulos de crédito (acciones) a nombre de Juana María Muñoz Campos en Norma del Noroeste, S.A. de C.V. y la expedición de nuevos títulos a su nombre, resolviendo así de manera procedente la demanda de cancelación y reposición de títulos de crédito promovida por
1. DOF: 13/02/2018
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Baja California
Juzgado Décimo Civil Especializado en Materia Mercantil
Tijuana, B.C.
EDICTO CON EXTRACTO DE RESOLUCION
DICTADA EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE NÚMERO 130/2017 RADICADO EN EL JUZGADO DECIMO CIVIL
ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA RELATIVO AL
JUICIO ESPECIAL MERCANTIL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TITULO DE CRÉDITO (ACCIONES) PROMOVIDO
POR JUANA MARÍA MUÑOZ CAMPOS también conocida como JUANA MA. MUÑOZ C. DE LAPOSEE EN CONTRA DE
NORMA DEL NOROESTE, S.A. DE C.V., SE ORDENÓ PUBLICAR POR UNA VEZ EXTRACTO DE LA SENTENCIA DEFINITIVA
DICTADA EN FECHA VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN, SIENDO EL SIGUIENTE:
RESUELVE:
PRIMERO.- Ha sido procedente la ESPECIAL MERCANTIL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TITULO DE CRÉDITO
(ACCIONES), en Ia que la parte actora acreditó los elementos constitutivos de su acción, y la demandada se allano a las
prestaciones.
SEGUNDO.- En consecuencia, se ordena la cancelación de los títulos siguientes:
El título No. 17 que ampara 500 (quinientas) acciones de la Serie "A" del Capital Fijo, con valor nominal de $1.00 peso cada
una, representativas del capital social de Ia empresa denominada NORMA DEL NOROESTE, S.A. DE C.V., el cual fue expedido
originalmente a favor de mi padre, el Sr. Marco Antonio Muñoz, mismo que en fecha 8 de junio de 2000 fuera endosado en
propiedad a favor de Ia suscrita JUANA MARÍA MUÑOZ CAMPOS, también conocida como Juana Ma. Muñoz C. de Laposse.
El título No. 17 que ampara 51,152 (cincuenta y un mil ciento cincuenta y dos) acciones de la Serie "B" del Capital Variable,
con valor nominal de $1.00 peso cada una, representativas del capital social de la empresa denominada NORMA DEL
NOROESTE, S.A. DE C.V., el cual fue expedido originalmente a favor de mi padre el Sr. Marco Antonio Muñoz, mismo que en
fecha 8 de junio de 2000 fuera endosado en propiedad a favorde Ia suscrita JUANA MARÍA MUÑOZ CAMPOS, también conocida
como Juana Ma. Muñoz C. de Laposse.
El título No. 17 que ampara 3,886 (tres mil ochocientos ochenta y seis) acciones de Ia Serie "C" del Capital Variable, con valor
nominal de $1.00 peso cada una, representativas del capital social de Ia empresa denominada NORMA DEL NOROESTE, S.A.
DE C.V., el cual fue expedido originalmente a favor de mi padre el Sr. Marco Antonio Muñoz, mismo que en fecha 8 de junio de
2000 fuera endosado en propiedad a favor de la suscrita JUANA MARÍA MUÑOZ CAMPOS, también conocida como Juana Ma.
Muñoz C. de Laposse.
Así como Ia expedición de los siguientes títulos de crédito en virtud de Ia escisión de la empresa demandada NORMA DEL
NOROESTE, S.A. DE C.V. a favor de JUANA MARÍA MUÑOZ CAMPOS también conocida como JUANA MA. MUÑOZ C. de los
títulos siguientes:
El título respectivo que ampare 500 (quinientas) acciones de la Serie "A" del Capital Fijo, con valor nominal de $1.00 peso
cada una, representativas del capital social de la empresa denominada NORMA DEL NOROESTE, S.A. DE C.V. a favor de Ia
suscrita JUANA MARÍA MUÑOZ CAMPOS.
El titulo respectivo que ampare 42,106 (cuarenta y dos mil ciento seis) acciones de Ia Serie "B" del Capital Variable, con valor
nominal de $1.00 peso cada una, representativas del capital social de la empresa denominada NORMA DEL NOROESTE, S.A.
DE C.V. a favor de la suscrita JUANA MARÍA MUÑOZ CAMPOS."
TERCERO.- Publíquese por una vez extracto de esta resolución en el Diario Oficial de la Federación.
CUARTO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.- Así, definitivamente juzgando lo sentenció y firma la C. JUEZ DÉCIMO DE
LO CIVIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, ESPECIALIZADA EN MATERIA MERCANTIL MAESTRA
MARÍA DE LOURDES MOLINA MORALES, ante su Secretaria de Acuerdos, Licenciada SHEILA DE LA MORA MENCHACA,
que autoriza y da fe.
DOF - Diario Oficial de la Federación http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5512963&fecha=13/02/201...
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2. PUBLÍQUESE EL PRESENTE EXTRACTO POR UNA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
Atentamente
Sufragio Efectivo, No Reelección
Tijuana, Baja California, a 11 de enero de 2018.
La C. Secretaria de Acuerdos del Juzgado Décimo de lo Civil Especializado en Materia Mercantil
Licenciada Sheila de la Mora Menchaca
Rúbrica.
(R.- 462355)
DOF - Diario Oficial de la Federación http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5512963&fecha=13/02/201...
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