El notario Gabriel Estuardo Bosarrelles Ovalle redactó un acta notarial en Puerto Barrios, Izabal el 13 de febrero de 2018. Juan Perico de los Palotes compareció como mandatario general administrativo y judicial de Sofía Verónica y Silvia Marilu de la Farra para aceptar la herencia de Juana Tomasa de la Farra según su testamento abierto. Sofía Verónica y Silvia Marilu de la Farra son las herederas universales designadas en el testamento.
Junta de herederos proceso sucesorio extrajudicial testamentario Juana Tomasa de la Farra
1. En el municipio de Puerto Barrios, Izabal, siendo las diez horas, el trece de febrero de
dosmil Dieciocho, ANTE MÍ: Gabriel Estuardo Bosarrelles Ovalle, Notario, en mi oficina
profesional ubicada en la calzada Justo Rufino Barrios y dieciocho calle , del municipio
de Puerto Barrios, del departamento de Izabal. Soy requerido por el Señor Juan Perico
De Los Palotes, guatemalteco, de treinta y siete años de edad, soltero, estudiante, de
este domicilio quien se identifica con documento personal de identificación numero
dos mil seiscientos; ochenta y cuatro mil setecientos; un mil ochocientos cinco,
extendido por el Registro Nacional de las Personas dela República de Guatemala; quien
actúa en su calidad de MANDATARIO GENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL CON
REPRESENTACION, extremos que acredita con: a) fotocopia legalizada del primer
testimonio de la Escritura Publica número seis, autorizada por el infrascrito Notario, en
el municipio de Puerto Barrios, departamento de Izabal, el doce de junio del dos mil
diecisiete, la cual se encuentra debidamente inscrita con el número del poder ciento
cuarenta mil quinientos guion E, en el Registro Electrónico de Poderes del Archivo
General de Protocolos de la Corte Suprema de Justicia: y b) Fotocopia legalizada del
Primer Testimonio de la Escritura Publica número diez, autorizada por el infrascrito
Notario, en el municipio de Puerto Barrios, del departamento de Izabal, el diez de junio
del dosmil diecisiete, la cual se encuentradebidamenteinscrita conel número de Poder
ciento cuarenta mil quinientos uno guion E, en el Registro Electrónico de Poderes del
Archivo General de Protocolos de la Corte Suprema deJusticia; las cuales se encuentran
incorporadas a las presentes diligencias, y siendo el día y la hora señalada para la
JUNTA DE HEREDEROS, dentro del PROCESO SUCESORIO EXTRAJUDICIAL
TESTAMENTARIO de: JUANA TOMASA DE LA FARRA, TENIENDOSE A LA VISTA LAS
2. PUBLICACIONES REALIZADAS EN EL Diario Oficial de Centro América, los días
veintiuno, veintiocho de febrero y cuatro de marzo del año dos mil dieciocho, las cuales
procedo a incorporar al expediente, juramento al compareciente en forma legal y
advierto de lo relativo al perjurio, para el efecto procedo de la siguiente manera:
PRIMERO: El infrascrito Notario verifico que únicamente comparecieron a ejercitar
derechos con motivo de Junta de Herederos convoca para el día hoy trece de marzo del
año dos mil dieciocho, a las catorce horas el señor JUAN PERICO DE LOS PALOTES,
quien actúa en su calidad de MANDATARIO GENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL
CON REPRESENTACIONM de SOFIA VERONICA Y SILVIAMARILU AMVASDE APELLIDO
DE LA FARRA, calidad debidamente acreditadas y reconocidas. SEGUNDO: El Notario
procedeadarlelectura al Testamento ComúnAbierto de JUANATOMASA DE LAFARRA,
que está contenido en la Escritura Publica número doscientos catorce, autorizada por
el Notario GABRIEL ESTUARDO BOSARRELLES OVALLE, en el municipio de PUERTO
BARRIOS, departamento de Izabal, el trece de febrero del año dos mil dieciocho, el cual
contiene las formalidades esenciales y especiales de dicha declaración de voluntad,
según testimonio de fecha trece de febrero del año dos mil dieciocho, el cual se
encuentra inscrito en el tomo trecientos dos, folio doscientos noventa, de avisos
Notariales del Registro General de la Propiedad de Guatemala. TERCERO: al haber
concluido la lectura del Testamento procedo a preguntarle a JUAN PERICO DE LOS
PALOTES, quien actúa en calidad de MANDATARIO GENERAL ADMINISTRATIVO Y
JUDICIAL CON REPRESENTACION, de SOFIA VERONICA Y SILVIA MARILU DE LA
FARRA, que de conformidad con lo estipulado por la testadora, SOFIA VERONICA Y
SILVIA MARILU DE LA FARRA, son las Herederas Universales, por lo que JUAN PERICO
3. DE LOS PALOTES, en calidad con que actúa, manifiesta expresamente que: En
Representación de SOFIA VERONICA Y SILVIA MARILU DE LA FARRA, ACEPTA LA
HERENCIA TAL COMO LO EXPRESO LA TESTADORA. CUARTO: Una vez más el Notario
procede a verificar la presencia de otras personas a la presente diligencia notarial,
independientemente del que comparece en la presente acta y se confirma que
únicamente el nombrado está presente. QUINTO: El Notaria procede a incorporar al
expediente las publicaciones del edicto y le hago saber al solicitante que deberá
presentar la documentación pertinente para efectos de elaborar el inventario de los
bienesde la testadoraycausante.se termina la presenteacta notarial, unahoradespués
de haber iniciado, constando en dos hojas papel bond, impresa la primera en ambos
lados y la segunda únicamente en su lado anverso. Leo lo escrito al requirente, quien,
enterado de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo acepta, ratifica y
firma. DOY FE.
f)
ANTE MÍ: