SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 62
Reforma laboral 2012
Modalidades de las
obligaciones: a
prueba, capacitación
inicial, temporada
Se incorpora el
acoso y
hostigamiento
Se eleva a derecho
humano el trabajo
Surge la
subcontratación por
primera vez
Nuevos requisitos
del art. 25 LFT:
CURP, RFC, AVISO
DE PRIVACIDAD
Nuevas multas y
montos
Nuevas causales de
suspensión por
epidemia
Se incorpora la
remuneración por
unidad de tiempo
Nuevas obligaciones
y prohibiciones a los
trabajadores 132 y
133 de la lft
Nuevos supuestos y
metodología en
rescisión laboral del
art. 47
Descanso pre y pos
parto
Licencia de
paternidad
Tope a los salarios
caídos máximo 12 y
luego el 2%
Ptu del 127 fr. IV bis
Muerte por riesgo de
trabajo 5 mil días de
salario
REFORMAS ENGARZADAS
2012 REFORMAS
SUSTANCIALES
2015 NUEVO
PARADIGMA
CONSTITUCIONAL
2017 NUEVA FORMA
DE JUSTICIA
LABORAL
2019 JUSTICIA
LABORAL,
SINDICALISMO,
ESTRUCTURALES
2022 ELIMINACIÓN
SUBCONTRATACIÓN
2023
FISCALIZACIÓN
LABORAL Y
TRIBUTARIA
Marco conceptual y semántico
según la LFT
(Interpretación armónica, sistémica y teleológica en) los conceptos y alcances de:
• PATRÓN
• TRABAJADOR
• INTERMEDIARIO
• PATRÓN SUSTITUTO
• PATRÓN SUSTITUIDO
• PATRÓN DIRECTO
• PATRÓN SOLIDARIO
• BENEFICIARIO
• AGENCIA COLOCADORA
• EMPRESA, ESTABLECIMIENTO, AGENCIA, SUCURSAL
• SUBCONTRATANTE (HOY SERVICIOS ESPECIALIZADOS)
• SUBCONTRATISTA (IDEM)
ENTRANDO EN TEMA
FISCALIZACIÓN
TRIBUTARIA
FISCAL
LABORAL
PROTAGONISTAS: SUS FUNCIONES Y
COMPETENCIAS (COMO ¿OFA´S?)
SHCP
STPS
SAT
SRÍAS. DE
FINANZAS
IMSS
FISCALÍAS DE
JUSTICIA
DGIFT
NUEVO ÓRGANO
COLEGIADO DEL 5-A
DE CFF
UIF
PRELIMINARES
EL DERECHO
LABORAL ES UN
DERECHO
HUMANO
PROTEGIDO
POR LA CPEUM
POR TRATADOS
POR
CONVENCIONES
DERECHO
COMPARADO
NUEVA VISIÓN
PARA
RECLAMARLOS
LFT
• Artículo 6o.- Las Leyes respectivas y los tratados
celebrados y aprobados en los términos del artículo 133
de la Constitución serán aplicables a las relaciones de
trabajo en todo lo que beneficien al trabajador, a partir
de la fecha de la vigencia.
NUEVO PARADIGMA
JUNTAS LOCALES
Y FEDERALES
DE CONCILIACIÓN
Y ARBITRAJE
(YA NO EXISTEN SOLO PARA
CONCLUIR LOS JUICIOS
PENDIENTES)
NUEVO SISTEMA
JUSTICIA LABORAL
POR TRIBUNALES
JUDICIALES CON
SENTENCIAS
PLAZOS PARA SEPARACIÓN
REGLA: UN AÑO CON LAS EXCEPCIONES
SIGUIENTES:
• UN MES:
• Las acciones de los patrones respecto a sus trabajadoras o trabajadores para:
 Despedirlos justificadamente.
 Disciplinar sus faltas.
 Efectuar descuentos en sus salarios.
• Termino que empezará a correr a partir del día siguiente en que se tenga conocimiento de la
causa de la separación o de la falta, desde el momento en que se comprueben los errores
cometidos o las pérdidas o averías imputables o desde la fecha en que la deuda sea
exigible.
 Las acciones de las y los trabajadores:
 Para separarse del trabajo.
 Plazo que corre a partir de la fecha en que tengas conocimiento de la causa de la separación.
1
DOS MESES:
Las acciones de las y los trabajadores que:
Sean despedidos de su empleo de forma injustificada.
La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha
en que se seas despedido.
DOS AÑOS:
Reclamar el pago de indemnizaciones o incapacidades por riesgo de trabajo.
En los casos de muerte por riesgos de trabajo.
Para solicitar la ejecución de los laudos de la Juntas de Conciliación y Arbitraje y de los
convenios celebrados ante ellas.
Plazo que corre desde el momento en que se determine el grado de la incapacidad para el
trabajo; desde la fecha de la muerte de la persona trabajadora; desde el día siguiente al en que
hubiese quedado notificado el laudo de la Junta o aprobado el convenio, respectivamente.
• CINCO AÑOS:
 Devolución del fondo de ahorro para la vivienda que administra el INFONAVIT que hayas
acumulado del periodo de 1972 a 1992.
• DIEZ AÑOS:
 Devolución de aportaciones al SAR, administradas por las Afores, incluida la subcuenta de vivienda
del INFONAVIT o FOVISSSTE.
 Liberación de crédito, cancelación de hipoteca y adjudicación del inmueble a cargo del INFONAVIT
o FOVISSSTE, a favor de las y los beneficiarios de las personas trabajador, en caso de muerte de
estos.
•
PLAZO Y EJERCICIOS CON
REPARTO DE UTILIDADES
 UN AÑO PARA RECLAMAR.
 SI NO HAY COMSIÓN MIXTA DE REPARTO Y NO SE ENTREGÓ COPIA DE LA DECLARACIÓN
ANUAL A LOS TRABAJADORES CONOFORME A PROCEDIMIENTO, SE RTORNBA
IMPRESCRIPTIBLE.
 CRITERIO JUDICIAL:
2
ART. 5 L.F.T. VIGENTE
DESDE 2019.
• XIII. Renuncia por parte del trabajador de
cualquiera de los derechos o prerrogativas
consignados en las normas de trabajo.
3
L.F.T. ART. 5. VIGENTE
DESDE 2019.
• XIV. Encubrir una relación laboral con
actos jurídicos simulados para evitar el
cumplimiento de obligaciones laborales y/o
de seguridad social, y
4
ART. 5 LFT. VIGENTE DESDE
2019.
• XV. Registrar a un trabajador con
un salario menor al que realmente
recibe.
5
PRESTACIONES IGUALES CUANDO HAY UNIDAD ECONÓMICA
• Artículo 16.- Para los efectos de las normas de trabajo, se entiende por
empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o
servicios y por establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia
u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización
de los fines de la empresa.
• ART. 127:
• IV Bis. Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte
de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades;
• Fracción adicionada DOF 30-11-2012
6
FINIQUITOS Y LIQUIDACIONES
Artículo 33.- Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios
devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los
servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé.
Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener
una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos
comprendidos en él. Será ratificado ante los Centros de Conciliación o al Tribunal
según corresponda, que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los
derechos de los trabajadores.
Cuando el convenio sea celebrado sin la intervención de las autoridades, será
susceptible de ser reclamada la nulidad ante el Tribunal, solamente de aquello que
contenga renuncia de los derechos de los trabajadores, conservando su validez el
resto de las cláusulas convenidas.
7
ACTIVIDADES CONEXAS
• Artículo 56 Bis.- Los trabajadores podrán desempeñar labores o tareas
conexas o complementarias a su labor principal, por lo cual podrán recibir la
compensación salarial correspondiente.
• Para los efectos del párrafo anterior, se entenderán como labores o tareas
conexas o complementarias, aquellas relacionadas permanente y directamente
con las que estén pactadas en los contratos individuales y colectivos de trabajo
o, en su caso, las que habitualmente realice el trabajador.
• Artículo adicionado DOF 30-11-2012
8
ART. 101 TERCER PÁRRAFO, DESDE 2019
• En todos los casos, el trabajador deberá tener
acceso a la información detallada de los
conceptos y deducciones de pago. Los recibos de
pago deberán entregarse al trabajador en forma
impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio
de que el patrón lo deba entregar en documento
impreso cuando el trabajador así lo requiera.
9
ART. 110 DESCUENTOS AL SALARIO
• VI. Pago de las cuotas sindicales ordinarias
previstas en los estatutos de los sindicatos.
• El trabajador podrá manifestar por escrito su
voluntad de que no se le aplique la cuota
sindical, en cuyo caso el patrón no podrá
descontarla;
10
OBLIGACIONES DEL ART. 132 LFT
• VII.- Expedir cada quince días, a solicitud de los
trabajadores, una constancia escrita del número de días
trabajados y del salario percibido;
• VIII.- Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la
empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita
relativa a sus servicios;
11
DAR ESTUDIOS NACIONALES ESPECIALIZADOS
• XIV.- Hacer por su cuenta, cuando empleen más de cien y menos de mil
trabajadores, los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los
estudios técnicos, industriales o prácticos, en centros especiales, nacionales
o extranjeros, de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de éstos,
designado en atención a sus aptitudes, cualidades y dedicación, por los
mismos trabajadores y el patrón. Cuando tengan a su servicio más de mil
trabajadores deberán sostener tres becarios en las condiciones señaladas. El
patrón sólo podrá cancelar la beca cuando sea reprobado el becario en el
curso de un año o cuando observe mala conducta; pero en esos casos será
substituido por otro. Los becarios que hayan terminado sus estudios deberán
prestar sus servicios al patrón que los hubiese becado, durante un año, por
lo menos;
12
Artículo 133.- Queda prohibido a los patrones o a sus
representantes:
• I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de
origen étnico o nacional, género, edad,
discapacidad, condición social, condiciones de
salud, religión, opiniones, preferencias
sexuales, estado civil o cualquier otro criterio
que pueda dar lugar a un acto discriminatorio;
13
ART. 116 ÚLTIMO PÁRRAFO
• Para los efectos de esta Ley, son
bebidas embriagantes aquellas cuyo
contenido alcohólico exceda del cinco
por ciento.
14
ART. 132. PROHIBICION BOLETINAR
• IX.- Emplear el sistema de poner en el
índice a los trabajadores que se separen o
sean separados del trabajo para que no se les
vuelva a dar ocupación;
15
NOVEDOSOS
TEMA DE
COVID
TELETRABAJO
USO DE
TECNOLOGÍA
PROPIA Y DEL
PATRÓN
IMAGEN Y
PUBLICIDAD
NUEVAS
PRUEBAS (E
MAIL,
WHATSAPP,
REDES
SOCIALES)
TELETRABAJO DERECHOS EN ESA MODALIDAD.
• Artículo 330-B.- Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito
mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar.
Además de lo establecido en el artículo 25 de esta Ley, el contrato
contendrá:
• V. La descripción y monto que el patrón pagará a
la persona trabajadora bajo la modalidad de
teletrabajo por concepto de pago de servicios en
el domicilio relacionados con el teletrabajo;
Artículo 330-E.- En modalidad de teletrabajo, los patrones tendrán las obligaciones especiales
siguientes:
I. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo
como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros;
II. Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas;
III. Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su
caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad;
IV. Llevar registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras bajo la modalidad de
teletrabajo, en cumplimiento a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo
establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
V. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las
personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo;
VI. Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo
al término de la jornada laboral;
VII. Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la
seguridad social, y
VIII. Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación,
aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras
en la modalidad de teletrabajo, con especial énfasis en aquellas que cambien de modalidad
presencial a teletrabajo.
Referencia legal supletoriedad del derecho civil en el derecho
laboral y otros principios
Artículo 17.- A falta de disposición expresa en la Constitución, en esta Ley o en sus Reglamentos,
o en los tratados a que se refiere el artículo 6o., se tomarán en consideración sus disposiciones
que regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de dichos ordenamientos, los
principios generales del derecho, los principios generales de justicia social que derivan del
artículo 123 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.
Artículo 18.- En la interpretación de las normas de trabajo se tomarán en consideración sus
finalidades señaladas en los artículos 2o. y 3o. En caso de duda, prevalecerá la interpretación
más favorable al trabajador.
Contrato y convenio
-derecho civil-
•Art. 17, 18, 25
• Ley Federal del Trabajo
ARTICULO 1,792.- Convenio es el
acuerdo de dos o más personas
para crear, transferir, modificar o
extinguir obligaciones.
ARTICULO 1,793.- Los convenios
que producen o transfieren las
obligaciones y derechos toman el
nombre de contratos.
Derecho
internacional y
Tratados en la LFT o
Derecho Laboral
Mexicano
• Artículo 6. Las Leyes
respectivas y los tratados
celebrados y aprobados en los
términos del artículo 133 de la
Constitución serán aplicables a
las relaciones de trabajo en todo
lo que beneficien al trabajador, a
partir de la fecha de la vigencia.
Fundamento (Art. 25 LFT) para cambios en los contratos de trabajo y poder justificar el Teletrabajo,
la Jornada y Otras condiciones del servicio subordinado., INCLUYENDO LAS VACACIONES
DIGNAS DE 2023.
IV. El lugar o los
lugares donde
deba prestarse el
trabajo;
IX. Otras condiciones
de trabajo, tales como
días de descanso,
vacaciones y demás
que convengan el
trabajador y el patrón.
Requisitos
del
contrato de
trabajo art.
25 lft
Artículo 25.- El escrito en que consten
las condiciones de trabajo deberá
contener:
I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo,
estado civil, Clave Única de Registro de
Población, Registro Federal de
Contribuyentesy domicilio del trabajador
y del patrón;
Precisión
exacta de las
condiciones
II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo
determinado, por temporada, de capacitación
inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso,
si está sujeta a un periodo de prueba;
III. El servicio o servicios que deban prestarse,
los que se determinarán con la mayor precisión
posible;
Centro y lugar de trabajo diferencias
IV. EL LUGAR O LOS LUGARES DONDE DEBA
PRESTARSE EL TRABAJO;
 TELETRABAJO
 TRABAJO A DOMICILIO
 DOMICILIO DE LA EMPRESA
 LA CALLE (POSICIÓN MÓVIL)
 SMART OFFICE
…Contenido
del contrato
V. LA DURACIÓN DE
LA JORNADA;
VI. LA FORMA Y EL
MONTO DEL SALARIO;
…art. 25 de la lft
VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado
en los términos de los planes y programas establecidos o que se
establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y
VII. El día y el lugar de pago del salario;
Finalmente y de acuerdo al 25 de
la lft debe contener:
IX. Otras condiciones de
trabajo, tales como días de
descanso, vacaciones y
demás que convengan el
trabajador y el patrón.
X. La designación de beneficiarios
a los que refiere el artículo 501 de
esta ley, para el pago de los
salarios y prestaciones
devengadas y no cobradas a la
muerte de los trabajadores o las
que se generen por su
fallecimiento o desaparición
derivada de un acto delincuencial.
Maravilla de fundamento…del
art. 25
• IX. Otras condiciones de trabajo, tales
como días de descanso, vacaciones y
demás que convengan el trabajador y
el patrón.
Todo contrato de
trabajo estaría
entonces con la
posibilidad de un
Convenio que
modifique las
condiciones del art.
25 de la LFT, siempre
y cuando se tome en
cuenta:
QUE NO HAYA
RENUNCIA DE
DERECHOS PORQUE
SERÁ NULO
SEA CON EL
CONSENTIMIENTO
DEL TRABAJADOR Y/O
SINDICATO
POR ESCRITO Y EN
TÉRMINOS CLAROS
NO HAY QUE
REHACER EL
CONTRATO
DEBE SER TEMPORAL
Y CON UNA
RAZONABILIDAD
NO DEBE SER
FRAUDULENTO
DEBE PROBARSE O
SOPORTARSE LA
CAUSA BIEN
EXPLICADA E
INSTRUMENTADA
PODRÍA ESTAR
SUJETA A
RATIFICACIÓN ANTE
LA AUTORIDAD
LABORAL. TESIS DE J.
Experiencias antes, durante y después de la pandemia:
hacer los cambios siguientes:
Ajustar la relación laboral a
la figura del Teletrabajo,
con sus ajustes en riesgos
de trabajo, compensación
por insumos de internet,
luz, entre otros.
Modificar el Reglamento
Interior de Trabajo en
varios rubros para este fin.
Definir la política y Manual
de toda la incidencia a este
supuesto con base en la
experiencia internacional y
convencional.
Se pueden reducir los
Salarios y la Jornada
Laboral, según criterio del
Poder Judicial Federal en
la Sexta época.
Podemos prescindir por
ahora de la Ratificación
ante la Autoridad por los
criterios de jurisprudencia
por analogía.
Todo por escrito y previo
consentimiento del
trabajador.
No olvidar nunca que:
Todos los contratos o
convenios deben ser
“a la medida de las
necesidades”
Tienen un efecto
fiscal
Deben tener una
razón lógica de
negocios
Deben en lo posible
demostrarse su
existencia de
materialidad o
ejecución del mismo
Deben ser aptos para
servir de prueba o
base en un juicio o
ante autoridades
fiscalizadoras.
Deben estar por
escrito tanto el
original y sus
cambios
Atender el criterio
federal de Fecha
Cierta y la NOM-151-
SCFI-2016
En particular: ASIMILADOS A
SALARIOS
Los Asimilados a Salarios no son
contratos, sino un efecto fiscal del
tratamiento del ingreso para la
persona física que presta un
servicio profesional o
independiente, denominado como
de “honorarios” o Freelancer.
Los supuestos contratos
nominados así, son riesgos
laborales en caso de demandas.
Además, su abuso y falta de
razonabilidad y soporte, produce
inexistencia y son objeto de
rechazo por las autoridades
fiscales, por lo que en esta nueva
normalidad deben erradicarse o
ajustarse a una realidad cierta y
comprobable.
DEFINIR EN ESTA
etapa postpandemia (2022-
2023)
EL MODELO DE NEGOCIO EN:
• OUTSOURCING
• INSOURCING
• PRESTACIÓN DE SERVICIOS
INDEPENDIENTES
• ARRENDAMIENTOS
• INTERMEDIACIÓN
• SUSTITUCIÓN LABORAL
• PLATAFORMAS DIGITALES
• COMISIONISTAS
• REPSE-SERV
ESPECIALIZADOS
• RESICO
¿CÓMO ATENDER UNA
AUDITORIA O INSPECCIÓN?
PROGRAMA
VOLUNTARIO
QUEJAS DIRECTAS POR AUTORIDADES
ORDINARIAS Y
EXTRAORDINARIAS
CONDICIONES
GENERALES
SEGURIDAD E
HIGIENE
COMISIONES
MIXTAS
RESPONSABILIDAD
SOCIAL
CRUCE DE
INFORMACIÓN CON
SAT, IMSS, STPS,
OTRAS
PROCEDIMIENTO DE
AUDIENCIA
UTILIDAD PARA LA
AUTORIDAD
REFORMA LABORAL
2019 TRANSITORIO
DEL DECRETO
CONGRUENCIA
ENTRE LA BASES DE
DATOS DE VARIAS
FUENTES
RECOMENDACIONES
¿QUÉ HA
SUCEDIDO?
NUEVOS
DECRETOS
ESTRATÉGICOS
SECTOR
PRIMARIO
SECTOR
HOTELERO
LO QUE VIENE
CFDI
PRUEBA EN
JUICIOS
EXPERIENCIAS
2022-2023
DEDUCCIÓN Y
ACREDITAMIENTO
NUEVO
REQUISITO DE
DEDUCCIÓN
RIESGOS,
PREVENCIÓN Y
DEFENSA
MATERIALIDAD Y
EXISTENCIA
RAZÓN DE
NEGOCIOS
DECRETOS
ESPECIALES DE
LA STPS
VACACIONES
2023
ANÁLISIS EXCLUSIVO DE LOS ARTÍCULOS
TRANSITORIOS
( DEL DECRETO PUBLICADO EL 27 DE DICIEMBRE DE 2022 EN EL D.O.F.)
Ejes de análisis
54
A manera de
Introducción.
Las vacaciones, ahora llamadas dignas, siguen siendo
un derecho laboral y humano. México ha modificado su
legislación para incrementar más días a los periodos
que como mínimo eran de 6 para volverse al doble, y
dos días a los subsiguientes.
Habrá interpretaciones a muchos casos, pero
pretendemos dejar en claro las posiciones de cada
protagonista y hacer un esbozo de cómo se sustenta y
defendería ante una autoridad la decisión empresarial e
instrumentación adoptada para hacer frente a esta
nueva obligación patronal y derecho de
trabajadores(as).
55
Situación
actuales 31 de
diciembre de
2022 a enero
2023
La respuesta esta en el
segundo transitorio. Diferencia
entre periodo vacacional, de
goce y disfrute.
Caso 1
• ANTIGÜEDAD : 1 AÑO QUE SE CUMPLE EN CUALQUIER MES DE 2023.
• DÍAS CON REFORMA LFT: 12 (ART. 76)
• PERIODO VACACIONAL: COMPRENDIDO DENTRO DE CUALQUIERA DE LOS 6 MESES
SIGUIENTES A LA ANUALIDAD.
• PERIODO DE DISFRUTE: 12 DÍAS
Caso 2
• Ingreso: 26 de diciembre de 2021
• Antigüedad: 1 año al 26 de diciembre 2022.
• PERIODO VACACIONAL: 6 meses comprendidos del 27 de diciembre de 2022 al 26 de junio de
2023.
• Días por gozar o disfrutar: 6 días
Caso 3
• Ingreso: 29 de diciembre de 2022 (ya estaba en vigor el cambio)
• Antigüedad: 1 año al 29 de diciembre 2023.
• PERIODO VACACIONAL: 6 meses comprendidos del 30 de diciembre de 2023 al 26 de junio de
2024.
• Días por gozar: 12 días
Actualización necesaria:
Contratos
laborales o
anexos de
modificación
Reglamento
interior de
trabajo
Integración
de
comisiones
mixtas de
ptu, rit, seg
e higiene
Políticas del
art. 3 y 132
de la LFT
Soportes de
ingreso
antes
durante y
después de
la
contratación
CFDI y
nuevos
efectos
fiscales
Puntos claves
COMPLIANCE
LABORAL
PLANEACIÓN
LABORAL
CON EFECTO
FISCAL
CÓMO Y POR
DONDE
EMPEZAR.
CONCLUSIONES GENERALES
RECOMENDACIONES LEGALES,
PRÁCTICAS Y ÉTICAS CON RELACIÓN AL
TEMA.
UNA ÓPTICA EMPRESARIAL Y DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL.

Más contenido relacionado

Similar a laboral 2023.pptx

Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas. "LA. Juan Gerardo Al...
Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas.  "LA. Juan Gerardo Al...Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas.  "LA. Juan Gerardo Al...
Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas. "LA. Juan Gerardo Al...Gerardo Alcantar
 
Unidad 2 contrato de trabajo
Unidad 2 contrato de trabajoUnidad 2 contrato de trabajo
Unidad 2 contrato de trabajoPaola Pisano
 
Contrato de trabajo legislación laboral.
Contrato de trabajo legislación laboral.Contrato de trabajo legislación laboral.
Contrato de trabajo legislación laboral.KeilaMInca
 
Contratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de TrabajoContratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de TrabajoMaya Contadores S.C
 
CALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdf
CALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdfCALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdf
CALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdfnestorab485
 
ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...
ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...
ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...ENJ
 
PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2
PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2
PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2PwC Perú
 
Impacto de la Reforma Laboral a Empresas de Outsourcing
Impacto de la Reforma Laboral a Empresas de OutsourcingImpacto de la Reforma Laboral a Empresas de Outsourcing
Impacto de la Reforma Laboral a Empresas de OutsourcingCsoftmty Monterrey
 
LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...
LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...
LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...Albert Parsons
 
Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...
Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...
Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...
Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...
Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...Axel Dovidjenko Benavides
 
Contrato de trabajo oscar eduardo
Contrato de trabajo oscar eduardoContrato de trabajo oscar eduardo
Contrato de trabajo oscar eduardoDavid Ramirez
 
Obligaciones y prohibiciones del trabajador y empleador
Obligaciones y prohibiciones del trabajador y empleadorObligaciones y prohibiciones del trabajador y empleador
Obligaciones y prohibiciones del trabajador y empleadorEdwinPinduisaca1
 

Similar a laboral 2023.pptx (20)

Unidad 2.pdf
Unidad 2.pdfUnidad 2.pdf
Unidad 2.pdf
 
Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas. "LA. Juan Gerardo Al...
Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas.  "LA. Juan Gerardo Al...Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas.  "LA. Juan Gerardo Al...
Causales de Despido y las Responsabilidades Económicas. "LA. Juan Gerardo Al...
 
Ley de IMSS
Ley de IMSSLey de IMSS
Ley de IMSS
 
Unidad 2 contrato de trabajo
Unidad 2 contrato de trabajoUnidad 2 contrato de trabajo
Unidad 2 contrato de trabajo
 
Expoc cas
Expoc casExpoc cas
Expoc cas
 
Unidad iii registración
Unidad iii registraciónUnidad iii registración
Unidad iii registración
 
Contrato de trabajo legislación laboral.
Contrato de trabajo legislación laboral.Contrato de trabajo legislación laboral.
Contrato de trabajo legislación laboral.
 
Contratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de TrabajoContratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
 
CALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdf
CALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdfCALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdf
CALCULO DE PRESTACIONES Laborales Pn.pdf
 
Laboral
LaboralLaboral
Laboral
 
ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...
ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...
ENJ-300- Contenido del contrato individual de trabajo. Taller Recién designad...
 
Régimen obligatorio imss
Régimen obligatorio imssRégimen obligatorio imss
Régimen obligatorio imss
 
PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2
PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2
PwC Perú - Aptitus - Coleccionable "Consejos legales para ejecutivos" Nº 2
 
Impacto de la Reforma Laboral a Empresas de Outsourcing
Impacto de la Reforma Laboral a Empresas de OutsourcingImpacto de la Reforma Laboral a Empresas de Outsourcing
Impacto de la Reforma Laboral a Empresas de Outsourcing
 
LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...
LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...
LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JÓVENES AL MERCADO LABORAL Y A LA PROTECCIÓN SO...
 
Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...
Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...
Ley N° 30288 - Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a l...
 
Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...
Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...
Ley que promueve el acceso a los jóvenes al mercado laboral y a la protección...
 
Contrato de trabajo oscar eduardo
Contrato de trabajo oscar eduardoContrato de trabajo oscar eduardo
Contrato de trabajo oscar eduardo
 
Las planillas
Las planillasLas planillas
Las planillas
 
Obligaciones y prohibiciones del trabajador y empleador
Obligaciones y prohibiciones del trabajador y empleadorObligaciones y prohibiciones del trabajador y empleador
Obligaciones y prohibiciones del trabajador y empleador
 

Último

Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Públicavalderrama202
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfFlorenciaConstanzaOg
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfJULIOCESARPUMAALEJO
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...oscarzea5
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .pptARACELYMUOZ14
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFmilenamora37
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasGvHaideni
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssYaelAkim
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 

Último (20)

Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Pública
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 

laboral 2023.pptx

  • 1. Reforma laboral 2012 Modalidades de las obligaciones: a prueba, capacitación inicial, temporada Se incorpora el acoso y hostigamiento Se eleva a derecho humano el trabajo Surge la subcontratación por primera vez Nuevos requisitos del art. 25 LFT: CURP, RFC, AVISO DE PRIVACIDAD Nuevas multas y montos Nuevas causales de suspensión por epidemia Se incorpora la remuneración por unidad de tiempo Nuevas obligaciones y prohibiciones a los trabajadores 132 y 133 de la lft Nuevos supuestos y metodología en rescisión laboral del art. 47 Descanso pre y pos parto Licencia de paternidad Tope a los salarios caídos máximo 12 y luego el 2% Ptu del 127 fr. IV bis Muerte por riesgo de trabajo 5 mil días de salario
  • 2. REFORMAS ENGARZADAS 2012 REFORMAS SUSTANCIALES 2015 NUEVO PARADIGMA CONSTITUCIONAL 2017 NUEVA FORMA DE JUSTICIA LABORAL 2019 JUSTICIA LABORAL, SINDICALISMO, ESTRUCTURALES 2022 ELIMINACIÓN SUBCONTRATACIÓN 2023 FISCALIZACIÓN LABORAL Y TRIBUTARIA
  • 3. Marco conceptual y semántico según la LFT (Interpretación armónica, sistémica y teleológica en) los conceptos y alcances de: • PATRÓN • TRABAJADOR • INTERMEDIARIO • PATRÓN SUSTITUTO • PATRÓN SUSTITUIDO • PATRÓN DIRECTO • PATRÓN SOLIDARIO • BENEFICIARIO • AGENCIA COLOCADORA • EMPRESA, ESTABLECIMIENTO, AGENCIA, SUCURSAL • SUBCONTRATANTE (HOY SERVICIOS ESPECIALIZADOS) • SUBCONTRATISTA (IDEM)
  • 5. PROTAGONISTAS: SUS FUNCIONES Y COMPETENCIAS (COMO ¿OFA´S?) SHCP STPS SAT SRÍAS. DE FINANZAS IMSS FISCALÍAS DE JUSTICIA DGIFT NUEVO ÓRGANO COLEGIADO DEL 5-A DE CFF UIF
  • 6. PRELIMINARES EL DERECHO LABORAL ES UN DERECHO HUMANO PROTEGIDO POR LA CPEUM POR TRATADOS POR CONVENCIONES DERECHO COMPARADO NUEVA VISIÓN PARA RECLAMARLOS
  • 7. LFT • Artículo 6o.- Las Leyes respectivas y los tratados celebrados y aprobados en los términos del artículo 133 de la Constitución serán aplicables a las relaciones de trabajo en todo lo que beneficien al trabajador, a partir de la fecha de la vigencia.
  • 8. NUEVO PARADIGMA JUNTAS LOCALES Y FEDERALES DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE (YA NO EXISTEN SOLO PARA CONCLUIR LOS JUICIOS PENDIENTES) NUEVO SISTEMA JUSTICIA LABORAL POR TRIBUNALES JUDICIALES CON SENTENCIAS
  • 9.
  • 10. PLAZOS PARA SEPARACIÓN REGLA: UN AÑO CON LAS EXCEPCIONES SIGUIENTES: • UN MES: • Las acciones de los patrones respecto a sus trabajadoras o trabajadores para:  Despedirlos justificadamente.  Disciplinar sus faltas.  Efectuar descuentos en sus salarios. • Termino que empezará a correr a partir del día siguiente en que se tenga conocimiento de la causa de la separación o de la falta, desde el momento en que se comprueben los errores cometidos o las pérdidas o averías imputables o desde la fecha en que la deuda sea exigible.  Las acciones de las y los trabajadores:  Para separarse del trabajo.  Plazo que corre a partir de la fecha en que tengas conocimiento de la causa de la separación. 1
  • 11. DOS MESES: Las acciones de las y los trabajadores que: Sean despedidos de su empleo de forma injustificada. La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha en que se seas despedido.
  • 12. DOS AÑOS: Reclamar el pago de indemnizaciones o incapacidades por riesgo de trabajo. En los casos de muerte por riesgos de trabajo. Para solicitar la ejecución de los laudos de la Juntas de Conciliación y Arbitraje y de los convenios celebrados ante ellas. Plazo que corre desde el momento en que se determine el grado de la incapacidad para el trabajo; desde la fecha de la muerte de la persona trabajadora; desde el día siguiente al en que hubiese quedado notificado el laudo de la Junta o aprobado el convenio, respectivamente.
  • 13. • CINCO AÑOS:  Devolución del fondo de ahorro para la vivienda que administra el INFONAVIT que hayas acumulado del periodo de 1972 a 1992. • DIEZ AÑOS:  Devolución de aportaciones al SAR, administradas por las Afores, incluida la subcuenta de vivienda del INFONAVIT o FOVISSSTE.  Liberación de crédito, cancelación de hipoteca y adjudicación del inmueble a cargo del INFONAVIT o FOVISSSTE, a favor de las y los beneficiarios de las personas trabajador, en caso de muerte de estos. •
  • 14. PLAZO Y EJERCICIOS CON REPARTO DE UTILIDADES  UN AÑO PARA RECLAMAR.  SI NO HAY COMSIÓN MIXTA DE REPARTO Y NO SE ENTREGÓ COPIA DE LA DECLARACIÓN ANUAL A LOS TRABAJADORES CONOFORME A PROCEDIMIENTO, SE RTORNBA IMPRESCRIPTIBLE.  CRITERIO JUDICIAL: 2
  • 15.
  • 16. ART. 5 L.F.T. VIGENTE DESDE 2019. • XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo. 3
  • 17. L.F.T. ART. 5. VIGENTE DESDE 2019. • XIV. Encubrir una relación laboral con actos jurídicos simulados para evitar el cumplimiento de obligaciones laborales y/o de seguridad social, y 4
  • 18. ART. 5 LFT. VIGENTE DESDE 2019. • XV. Registrar a un trabajador con un salario menor al que realmente recibe. 5
  • 19. PRESTACIONES IGUALES CUANDO HAY UNIDAD ECONÓMICA • Artículo 16.- Para los efectos de las normas de trabajo, se entiende por empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa. • ART. 127: • IV Bis. Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades; • Fracción adicionada DOF 30-11-2012 6
  • 20. FINIQUITOS Y LIQUIDACIONES Artículo 33.- Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé. Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. Será ratificado ante los Centros de Conciliación o al Tribunal según corresponda, que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores. Cuando el convenio sea celebrado sin la intervención de las autoridades, será susceptible de ser reclamada la nulidad ante el Tribunal, solamente de aquello que contenga renuncia de los derechos de los trabajadores, conservando su validez el resto de las cláusulas convenidas. 7
  • 21. ACTIVIDADES CONEXAS • Artículo 56 Bis.- Los trabajadores podrán desempeñar labores o tareas conexas o complementarias a su labor principal, por lo cual podrán recibir la compensación salarial correspondiente. • Para los efectos del párrafo anterior, se entenderán como labores o tareas conexas o complementarias, aquellas relacionadas permanente y directamente con las que estén pactadas en los contratos individuales y colectivos de trabajo o, en su caso, las que habitualmente realice el trabajador. • Artículo adicionado DOF 30-11-2012 8
  • 22. ART. 101 TERCER PÁRRAFO, DESDE 2019 • En todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago. Los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera. 9
  • 23. ART. 110 DESCUENTOS AL SALARIO • VI. Pago de las cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los sindicatos. • El trabajador podrá manifestar por escrito su voluntad de que no se le aplique la cuota sindical, en cuyo caso el patrón no podrá descontarla; 10
  • 24. OBLIGACIONES DEL ART. 132 LFT • VII.- Expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido; • VIII.- Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios; 11
  • 25. DAR ESTUDIOS NACIONALES ESPECIALIZADOS • XIV.- Hacer por su cuenta, cuando empleen más de cien y menos de mil trabajadores, los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los estudios técnicos, industriales o prácticos, en centros especiales, nacionales o extranjeros, de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de éstos, designado en atención a sus aptitudes, cualidades y dedicación, por los mismos trabajadores y el patrón. Cuando tengan a su servicio más de mil trabajadores deberán sostener tres becarios en las condiciones señaladas. El patrón sólo podrá cancelar la beca cuando sea reprobado el becario en el curso de un año o cuando observe mala conducta; pero en esos casos será substituido por otro. Los becarios que hayan terminado sus estudios deberán prestar sus servicios al patrón que los hubiese becado, durante un año, por lo menos; 12
  • 26. Artículo 133.- Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: • I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio; 13
  • 27. ART. 116 ÚLTIMO PÁRRAFO • Para los efectos de esta Ley, son bebidas embriagantes aquellas cuyo contenido alcohólico exceda del cinco por ciento. 14
  • 28. ART. 132. PROHIBICION BOLETINAR • IX.- Emplear el sistema de poner en el índice a los trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para que no se les vuelva a dar ocupación; 15
  • 29. NOVEDOSOS TEMA DE COVID TELETRABAJO USO DE TECNOLOGÍA PROPIA Y DEL PATRÓN IMAGEN Y PUBLICIDAD NUEVAS PRUEBAS (E MAIL, WHATSAPP, REDES SOCIALES)
  • 30. TELETRABAJO DERECHOS EN ESA MODALIDAD. • Artículo 330-B.- Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar. Además de lo establecido en el artículo 25 de esta Ley, el contrato contendrá: • V. La descripción y monto que el patrón pagará a la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo por concepto de pago de servicios en el domicilio relacionados con el teletrabajo;
  • 31. Artículo 330-E.- En modalidad de teletrabajo, los patrones tendrán las obligaciones especiales siguientes: I. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros; II. Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas; III. Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad; IV. Llevar registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; V. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo; VI. Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al término de la jornada laboral; VII. Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social, y VIII. Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, con especial énfasis en aquellas que cambien de modalidad presencial a teletrabajo.
  • 32. Referencia legal supletoriedad del derecho civil en el derecho laboral y otros principios Artículo 17.- A falta de disposición expresa en la Constitución, en esta Ley o en sus Reglamentos, o en los tratados a que se refiere el artículo 6o., se tomarán en consideración sus disposiciones que regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de dichos ordenamientos, los principios generales del derecho, los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad. Artículo 18.- En la interpretación de las normas de trabajo se tomarán en consideración sus finalidades señaladas en los artículos 2o. y 3o. En caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador.
  • 33. Contrato y convenio -derecho civil- •Art. 17, 18, 25 • Ley Federal del Trabajo ARTICULO 1,792.- Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. ARTICULO 1,793.- Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos.
  • 34. Derecho internacional y Tratados en la LFT o Derecho Laboral Mexicano • Artículo 6. Las Leyes respectivas y los tratados celebrados y aprobados en los términos del artículo 133 de la Constitución serán aplicables a las relaciones de trabajo en todo lo que beneficien al trabajador, a partir de la fecha de la vigencia.
  • 35.
  • 36. Fundamento (Art. 25 LFT) para cambios en los contratos de trabajo y poder justificar el Teletrabajo, la Jornada y Otras condiciones del servicio subordinado., INCLUYENDO LAS VACACIONES DIGNAS DE 2023. IV. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo; IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.
  • 37. Requisitos del contrato de trabajo art. 25 lft Artículo 25.- El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener: I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentesy domicilio del trabajador y del patrón;
  • 38. Precisión exacta de las condiciones II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba; III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible;
  • 39. Centro y lugar de trabajo diferencias IV. EL LUGAR O LOS LUGARES DONDE DEBA PRESTARSE EL TRABAJO;  TELETRABAJO  TRABAJO A DOMICILIO  DOMICILIO DE LA EMPRESA  LA CALLE (POSICIÓN MÓVIL)  SMART OFFICE
  • 40. …Contenido del contrato V. LA DURACIÓN DE LA JORNADA; VI. LA FORMA Y EL MONTO DEL SALARIO;
  • 41. …art. 25 de la lft VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y VII. El día y el lugar de pago del salario;
  • 42. Finalmente y de acuerdo al 25 de la lft debe contener: IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón. X. La designación de beneficiarios a los que refiere el artículo 501 de esta ley, para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial.
  • 43. Maravilla de fundamento…del art. 25 • IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.
  • 44. Todo contrato de trabajo estaría entonces con la posibilidad de un Convenio que modifique las condiciones del art. 25 de la LFT, siempre y cuando se tome en cuenta: QUE NO HAYA RENUNCIA DE DERECHOS PORQUE SERÁ NULO SEA CON EL CONSENTIMIENTO DEL TRABAJADOR Y/O SINDICATO POR ESCRITO Y EN TÉRMINOS CLAROS NO HAY QUE REHACER EL CONTRATO DEBE SER TEMPORAL Y CON UNA RAZONABILIDAD NO DEBE SER FRAUDULENTO DEBE PROBARSE O SOPORTARSE LA CAUSA BIEN EXPLICADA E INSTRUMENTADA PODRÍA ESTAR SUJETA A RATIFICACIÓN ANTE LA AUTORIDAD LABORAL. TESIS DE J.
  • 45. Experiencias antes, durante y después de la pandemia: hacer los cambios siguientes: Ajustar la relación laboral a la figura del Teletrabajo, con sus ajustes en riesgos de trabajo, compensación por insumos de internet, luz, entre otros. Modificar el Reglamento Interior de Trabajo en varios rubros para este fin. Definir la política y Manual de toda la incidencia a este supuesto con base en la experiencia internacional y convencional. Se pueden reducir los Salarios y la Jornada Laboral, según criterio del Poder Judicial Federal en la Sexta época. Podemos prescindir por ahora de la Ratificación ante la Autoridad por los criterios de jurisprudencia por analogía. Todo por escrito y previo consentimiento del trabajador.
  • 46. No olvidar nunca que: Todos los contratos o convenios deben ser “a la medida de las necesidades” Tienen un efecto fiscal Deben tener una razón lógica de negocios Deben en lo posible demostrarse su existencia de materialidad o ejecución del mismo Deben ser aptos para servir de prueba o base en un juicio o ante autoridades fiscalizadoras. Deben estar por escrito tanto el original y sus cambios Atender el criterio federal de Fecha Cierta y la NOM-151- SCFI-2016
  • 47. En particular: ASIMILADOS A SALARIOS Los Asimilados a Salarios no son contratos, sino un efecto fiscal del tratamiento del ingreso para la persona física que presta un servicio profesional o independiente, denominado como de “honorarios” o Freelancer. Los supuestos contratos nominados así, son riesgos laborales en caso de demandas. Además, su abuso y falta de razonabilidad y soporte, produce inexistencia y son objeto de rechazo por las autoridades fiscales, por lo que en esta nueva normalidad deben erradicarse o ajustarse a una realidad cierta y comprobable.
  • 48. DEFINIR EN ESTA etapa postpandemia (2022- 2023) EL MODELO DE NEGOCIO EN: • OUTSOURCING • INSOURCING • PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDEPENDIENTES • ARRENDAMIENTOS • INTERMEDIACIÓN • SUSTITUCIÓN LABORAL • PLATAFORMAS DIGITALES • COMISIONISTAS • REPSE-SERV ESPECIALIZADOS • RESICO
  • 49. ¿CÓMO ATENDER UNA AUDITORIA O INSPECCIÓN? PROGRAMA VOLUNTARIO QUEJAS DIRECTAS POR AUTORIDADES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS CONDICIONES GENERALES SEGURIDAD E HIGIENE COMISIONES MIXTAS RESPONSABILIDAD SOCIAL
  • 50. CRUCE DE INFORMACIÓN CON SAT, IMSS, STPS, OTRAS PROCEDIMIENTO DE AUDIENCIA UTILIDAD PARA LA AUTORIDAD REFORMA LABORAL 2019 TRANSITORIO DEL DECRETO CONGRUENCIA ENTRE LA BASES DE DATOS DE VARIAS FUENTES RECOMENDACIONES
  • 52. DEDUCCIÓN Y ACREDITAMIENTO NUEVO REQUISITO DE DEDUCCIÓN RIESGOS, PREVENCIÓN Y DEFENSA MATERIALIDAD Y EXISTENCIA RAZÓN DE NEGOCIOS DECRETOS ESPECIALES DE LA STPS
  • 53. VACACIONES 2023 ANÁLISIS EXCLUSIVO DE LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS ( DEL DECRETO PUBLICADO EL 27 DE DICIEMBRE DE 2022 EN EL D.O.F.)
  • 55. A manera de Introducción. Las vacaciones, ahora llamadas dignas, siguen siendo un derecho laboral y humano. México ha modificado su legislación para incrementar más días a los periodos que como mínimo eran de 6 para volverse al doble, y dos días a los subsiguientes. Habrá interpretaciones a muchos casos, pero pretendemos dejar en claro las posiciones de cada protagonista y hacer un esbozo de cómo se sustenta y defendería ante una autoridad la decisión empresarial e instrumentación adoptada para hacer frente a esta nueva obligación patronal y derecho de trabajadores(as). 55
  • 56. Situación actuales 31 de diciembre de 2022 a enero 2023 La respuesta esta en el segundo transitorio. Diferencia entre periodo vacacional, de goce y disfrute.
  • 57. Caso 1 • ANTIGÜEDAD : 1 AÑO QUE SE CUMPLE EN CUALQUIER MES DE 2023. • DÍAS CON REFORMA LFT: 12 (ART. 76) • PERIODO VACACIONAL: COMPRENDIDO DENTRO DE CUALQUIERA DE LOS 6 MESES SIGUIENTES A LA ANUALIDAD. • PERIODO DE DISFRUTE: 12 DÍAS
  • 58. Caso 2 • Ingreso: 26 de diciembre de 2021 • Antigüedad: 1 año al 26 de diciembre 2022. • PERIODO VACACIONAL: 6 meses comprendidos del 27 de diciembre de 2022 al 26 de junio de 2023. • Días por gozar o disfrutar: 6 días
  • 59. Caso 3 • Ingreso: 29 de diciembre de 2022 (ya estaba en vigor el cambio) • Antigüedad: 1 año al 29 de diciembre 2023. • PERIODO VACACIONAL: 6 meses comprendidos del 30 de diciembre de 2023 al 26 de junio de 2024. • Días por gozar: 12 días
  • 60. Actualización necesaria: Contratos laborales o anexos de modificación Reglamento interior de trabajo Integración de comisiones mixtas de ptu, rit, seg e higiene Políticas del art. 3 y 132 de la LFT Soportes de ingreso antes durante y después de la contratación CFDI y nuevos efectos fiscales
  • 62. CONCLUSIONES GENERALES RECOMENDACIONES LEGALES, PRÁCTICAS Y ÉTICAS CON RELACIÓN AL TEMA. UNA ÓPTICA EMPRESARIAL Y DE RESPONSABILIDAD SOCIAL.