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UNIVERSIDAD FERMIN TORO 
VICE-RECTORADO ACADEMICO 
ESCUELA DE DERECHO 
Portada
INTEGRANTE: 
LUISA ROSALES 
ANALISIS 
A continuación se presenta un breve análisis de lo que son: fenómenos cadavéricos, 
levantamiento del cadáver, tipos de muertes, inhumación, exhumación, entre otras cosas más, 
que son de gran importancia en lo que es una parte de la medicina legal, cosas que evidenciamos 
en el día a día y que no está de más nutrirse de esta información para saber ubicarnos, al 
momento de encontrarnos con algo de lo que se especifica más adelante. Para comenzar tenemos 
lo que es la muerte, que no es más que el deceso de una persona, pero no es así tan simple, 
existen varios tipos, los cuales son; 
Existen diversos tipos de muertes:
· MUERTE APARENTE: Es aquel estado patológico del cuerpo que presenta una atenuación 
de las funciones vitales (pérdida de la conciencia, inmovilidad neuro-muscular, ausencia de 
los latidos del corazón, entre otros.). 
Encontramos lo que es 
también; 
· LA MUERTE RELATIVA: Se dice que es la suspensión efectiva de las funciones 
cardiocirculatorias, respiratorias y neurológicas, en el cual no se puede conseguir medidas 
extraordinarias de reanimación. Seguida de ésta; 
· LA MUERTE INTERMEDIA: Es el estado en el cual se extinguen progresivamente las 
actividades biológicas de sobrevivencia y no se consigue con maniobras resucitación de la 
total vitalidad del organismo. Por otra parte, encontramos; 
· LA MUERTE ABSOLUTA: No es más que la desaparición total de los signos vitales. 
Aunado a ello, está;
· LA MUERTE SUBITA: Que es la muerte que sobreviene inesperadamente, fuera de toda 
causa violenta . A diferencia de; 
· LA MUERTE REPENTINA: Que es aquella que se produce en forma rápida en un sujeto que 
sufre de una enfermedad. Muy parecido a; 
· LA MUERTE NATURAL: Que es producida por consecuencia de una patología o 
enfermedad, ya sea infecciosa, tumoral o degenerativa; la cual no es producida por una 
causa violenta. 
De igual manera encontramos lo que es el TANATOCRONODIAGNOSTICO, que es la 
determinación de la data de la muerte, es posible determinarlo a partir de la observación del 
cadáver, el tiempo aproximado en que la muerte tuvo lugar. Estas comprobaciones son 
importantes en los casos de muertes violentas, específicamente en los casos de homicidios en 
que deben compararse las declaraciones testimoniales de los sospechosos con los hechos que 
realmente ocurrieron. Existe un punto relevante para cuando debe fijarse la data de la 
muerte, y es el momento en que comenzó la putrefacción. 
Existen ciertos fenómenos cadavéricos, los cuales se distinguen en tempranos y tardíos. 
Los tempranos son: 
ENFRIAMIENTO: La pérdida de temperatura en el cadáver es constante. Su deceso ocurre entre las 
15 y 20 horas. 
· DESHIDRATACIÓN: Perdida de agua por evaporación. Según el tiempo de la muerte se 
observa en los ojos (hundimiento del glóbulo ocular, perdida de transparencia de la 
corneacórnea, formación de arrugas en la corneacórnea, coloración gris cenisaceniza 
en la corneacórnea, mancha esclerótica, pigmentación de la coroide.). E n el ojo
abierto aparece a los 45 minutos y en el ojo cerrado a las 24 horas. 
· LIVIDECES: Son visibles a partir de las 3 horas de la muerte, éstas en las primeras 12 
horas cambian de posición, mientras que en las 24 horas ya no desaparecen, después 
de esta última ya no se forman más. Su coloración varía con el tiempo, comenzando 
con el color rosado, luego rojo hasta azul oscuro a las 12 o 15 horas. 
· RIGIDEZ: Se inicia a partir de las 3 horas posteriores al fallecimiento, y alcanza su 
mayor rigidez a las 15 horas. 
· ESPASMOS: Es una contracción inmediata y súbita que se produce, son violentas , e l 
cadáver mantiene la actitud en que le sorprendió la muerte. . 
Los tardíos son : 
· TARDIOS DESTRUCTORES:
 AUTOLISIS: Es la disoluci ó n de los tejidos por enzimas o fermentos propios de 
las células, Ej.: En la sangre, la disolución de los glóbulos rojos. 
 PUTREFACCIÓN CADAVERICA: Es la descomposición de la materia orgánica del 
cadáver, por acción de las bacterias, las cuales suelen provenir de los 
intestinos y después de la muerte se propagan por la sangre, es por ello que 
en los lugares donde hayan livideces existe más putrefacción. 
· TARDIOS CONSERVADORES: 
 MOMIFICACIÓN: Se basa en la desecación del cadáver al evaporarse el agua 
de los tejidos, a esto contribuye el ambiente caluroso y el cadáver adelgazado 
o desangrado. Se produce luego de un período mínimo de un año. Su 
importancia médico legal abarca: identificación legal del cadáver, diagnostico 
de causa de muerte y diagnostico post-mortem.
 ADIPOCIRA: Éste requiere que el cadáver posea un buen panículo adiposo 
(tejido adiposo subcutáneo) y se encuentre en un medio húmedo y con 
obstáculos a la circulación del aire. Suele formarse después de 6 meses, el 
cadáver adquiere un aspecto de cera amarilla o pardusca. 
 CORIFICACIÓN: Es el aspecto de cuero recién curtido que adquiere la piel del 
cadáver. Puede aparecer al final del primer año. 
Como complemento cabe señalar lo que es la fauna cadavérica, con el objeto de mostrar 
el efecto que causan los insectos en un cadáver humano, desde el momento que se ha 
producido la muerte hasta la destrucción completa de las partes blandas. 
Los diferentes artrópodos que llegan a un cadáver, pueden clasificarse en: 
· ESPECIES NECRÓFAGAS: Se alimentan del cuerpo. 
· ESPECIES PREDADORAS Y PARÁSITAS DE NECRÓFAGOS: Parásitos de las larvas y pupas 
de dípteros.
· ESPECIES OMNIVORAS: Avispas, hormigas y otros que se alimentan tanto del cuerpo 
como de los artrópodos asociados. 
· ESPECIES ACCIDENTALES: Utilizan el cuerpo como una extensión de su hábitat normal 
(arañas, ciempiés, ácaros que se alimentan del moho y los hongos que crecen en el 
cuerpo.) 
Existen 2 formas de determinar el tiempo transcurrido desde la muerte, apoyándose 
en la entomología forense. 
· Utilizar la edad y tasa de desarrollo de las larva; y, 
· Utilizar la sucesión de insectos en la descomposición del cuerpo. 
Ambos métodos pueden utilizarse por separado o conjuntamente. 
Aunado a la situación, se determina que existen numerosos factores que influyen en la 
putrefacción cadavérica, los que pueden considerarse en 2 grandes grupos: Los factores 
ambientales y los propios del cadáver. Los primeros son relativo a: la temperatura, donde 
a las más elevadas favorecen la putrefacción; la humedad también la favorece; la 
naturaleza del lugar (terreno) de la muerte, donde los suelos secos y porosos son 
conservadores del cadáver, entre otras. Y en los factores propios del cadáver 
encontramos: la edad, siendo la putrefacción menos acentuada en las edades extremas: 
constitución orgánica, produciéndose putrefacciones acentuadas en los pícnicos (personas 
pequeñas con tendencia a la obesidad), no así en los lepsotomáticos (secos), también el 
estado de enflaquecimiento u obesidad influye en igual forma; el tipo o clase de 
enfermedad que produjo la muerte, u otros factores que puedan influir en la putrefacción. 
Finalizando con los supuestos anteriores con respecto a los diversos estados en los 
que se puede encontrar un cadáver, damos continuidad a lo que es el levantamiento del 
mismo y el sitio donde se encuentre. 
El levantamiento del cadáver tiene por objeto en primer término, la evaluación 
externa del cadáver, dejando constancia de las características de las lesiones observadas, 
posible etiología de las mismas, identificación, ubicación y posición del cuerpo, 
vestimenta, estado de conservación (cadáver de data reciente o en descomposición), así 
como la descripción del entorno en que se encuentra (sumergido, al aire libre, enterrado,
en lugar caluroso, expuesto a la acción de animales, materiales adheridos.) que puedan 
influir en las apreciaciones médico-legal. 
Todo levantamiento debe constar de un “Acta de Levantamiento de Cadáver” la 
cual debe contener todos los datos obtenidos por el médico forense durante la práctica de 
la diligencia, a los fines de servir como elemento fundamental para el desarrollo de las 
investigaciones. 
Según lo previsto en el artículo 200 de4l Código Orgánico Procesal Penal, establece 
que para el levantamiento del cadáver, primeramente deberá la policía con el médico 
forense realizar la inspección corporal en la que anteriormente se hizo mención, además 
de ello haciendo los reconocimientos pertinentes y diligencias que le ordene el Ministerio 
Público. 
En caso tal de que el médico no estuviere disponible, la policía procederá a realizar 
el levantamiento del cadáver, trasladándolo a la morgue para practicarle la autopsia y 
entregarlo a sus familiares. En aquellos casos en los que la muerte es causada por 
accidente de tránsito, el levantamiento del cadáver podrá ser realizado por un oficial de 
Servicio de Control y Vigilancia de Tránsito Terrestre de la Policía Nacional Bolivariana, 
auxiliado igualmente por un médico forense, así como su traslado a la morgue. 
Por ejemplo: Un accidente ocurrido en la A.V. Circunvalación, en el que un 
vehículo a exceso de velocidad impacta contra un sujeto que se encontraba fuera de su 
vehículo, por causas desconocidas, causándole la muerte de forma inmediata. Los 
organismos que realizan el levantamiento del cadáver es el Instituto Nacional de Transito 
Terrestre por medio de sus funcionarios policiales encargados para ello. 
El cuerpo técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre, con carácter de policía de 
investigación penal, científica y criminalística para practicar las diligencias conducentes a la 
determinación de los hechos punibles, causas e identificación de los autores, bajo la 
dirección del Ministerio Público.¨ 
La normativa legal que rige a los mismos es el Código Orgánico Procesal Penal, ya 
que todo procedimiento penal que se derive de un accidente de tránsito se regirá por ésta 
norma. 
Sobre las bases de las ideas anteriormente expuestas, se considerará a 
continuación lo que es la inhumación, exhumación, cremación y autopsia por motivos 
judiciales. 
Se dice que la inhumación es la acción de enterrar un cadáver en los sitios 
determinados para tales fines. En Venezuela de conformidad al decreto 115, de fecha 3 de 
noviembre de 1948 se establece el reglamento de Cementerios Inhumaciones y 
Exhumaciones aún vigentes, y se normaliza para proceder al acto de inhumación donde, se 
hace necesario el cumplimiento de una serie de requisitos de carácter sucesivo e 
imprescindible. 
· Certificado de defunción
· Autorizacion civil y sanitaria para el enterramiento. 
· Inscripción en el libro de defunción que se encuentra en los registros civiles. 
· Y posteriormente se genera la llamada “Partida de defunción”. 
El certificado de defunción es el instrumento indispensable para efectuar la 
declaración y promover su inscripción en el registro civil, el cual será expedido por el 
Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Salud y suscrito por personal 
médico, de conformidad con la ley. 
El certificado debe contener: 
· Fecha y numero de certificado de defunción. 
· Nombres, apellidos, número único de identidad y datos del registro sanitario del 
personal médico que lo suscribe. 
· Numero de pasaporte, en el caso de ser extranjero quien certifique la defunción, 
con los correspondientes datos del registro sanitario. 
· Denominación y ubicación de la dependencia de salud. 
· Fecha, hora y lugar del deceso. 
· Identificación completa de la persona fallecida. 
· Causas del fallecimiento. 
· Firma del médico. 
Este instrumento es de expedición gratuita, obligatoria, de carácter individual e 
intransferible, donde se hace constar la causa básica de muerte y las causas asociadas al 
hecho, entre otros. 
La exhumación se lleva a cabo, mediante una orden judicial que puede ser 
solicitada por el querellad o denuncia ante el agente del Ministerio Público, y obedece 
cuando existe la duda sobre la causa de la muerte anotada en el dictamen de necropsia o 
certificado de defunción. Procediendo el Ministerio Público a solicitar la intervención de 
dos peritos Médicos forenses y Técnicos en criminalística. 
El equipo técnico necesario para llevar a cabo esta acción es: 
1 Agente Investigador del Ministerio Público. 
2 Dos Médicos Forenses. 
3 Un Técnico en necropsias. 
4 Criminalistas que está formado por fotógrafo y dactiloscopista. 
5 Técnicos fumigadores de la Secretaría de salud. 
6 Personal del cuerpo de Bomberos. 
Ya reunido el equipo en el panteón y bajo la supervisión del Ministerio Público se 
procede a realizar la diligencia que consiste en ubicar el lugar exacto del sepulcro, tarea
que realizará el Médico Forense. Una vez localizado el sepulcro se traza un croquis que se 
acompañara de fotografías, incluyendo las lápidas vecinas. Posteriormente el cuerpo de 
bomberos procede a cavar para dejar al descubierto el féretro, el cual deberá de ser 
fumigado por los Técnicos sanitarios de la Secretaría de Salud, con sustancias del tipo 
piretroides, en dos ocasiones, una con el féretro cerrado y en el interior de la fosa y otra 
abierto en el exterior. 
Los expertos en Medicina forense, describirán de forma objetiva los signos 
externos del cadáver más importantes como el CRONOTANATODIAGNÓSTICO, describirán 
las lesiones y decidirán el lugar en el que se practique la necropsia. 
La cremación es la práctica de deshacer un cuerpo humano muerto, quemándolo, 
lo que frecuentemente tiene lugar en un sitio denominado crematorio. 
A todo cuerpo de una persona, cuya muerte debe ser investigada por interés 
judicial, debe practicársele la autopsia médico legal. 
Hay interés judicial cuando la muerte de la persona se produjo en circunstancias 
sospechosas, un homicidio, un suicidio o un accidente y la ley ordena que se indaguen los 
pormenores, con el fin de informar a la autoridad judicial correspondiente para completar 
la investigación y juzgar a los responsables de la muerte o resolver asuntos legales que 
interesan a los familiares y a la sociedad. 
Además, en el caso de una muerte natural se deberá hacer una autopsia cuando 
no haya un médico tratante que la certifique. 
Es un examen practicado por especialistas al cuerpo de una persona para conocer 
las causas de la muerte y empieza, incluso, en el propio lugar del deceso. 
Posteriormente se hace un análisis minucioso de la ropa y el cuerpo, se buscan 
lesiones y enfermedades, se toman muestras de tejidos y líquidos para realizarles estudios 
microscópicos y de laboratorio. 
Toda la información recopilada se reúne y se archiva en un documento llamado 
protocolo de autopsia. 
Existen dos tipos de autopsias: 
· Autopsia clínica (realizada por un anatomopatólogo) es el examen realizado sobre el 
cadáver de una persona fallecida a causa de enfermedad y que tiene 
como objetivo final la confirmación de las causas de la muerte y el estudio clínico-patológico 
de la misma. 
· Autopsia médico forense (realizada por un médico-forense) es el estudio de un 
cadáver o restos humanos con el fin de informar a la autoridad judicial de las causas y 
circunstancias de su muerte. 
Los objetivos de la autopsia médico legal son:
· Establecer la causa de la muerte. 
· Ayudar a establecer la manera de la muerte. 
· Establecer la hora de la muerte. Y; 
· Ayudar a establecer la identidad del fallecido. 
Sin más nada que agregar, evidentemente se han destacados los aspectos más importantes y 
relevantes en la medicina legal, que ayudan para una posible practica en el ejercicio de la carrera, 
y que sin ir muy lejos son casos cotidianos de la vida diaria.

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Análisis fenómenos cadavéricos

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE-RECTORADO ACADEMICO ESCUELA DE DERECHO Portada
  • 2. INTEGRANTE: LUISA ROSALES ANALISIS A continuación se presenta un breve análisis de lo que son: fenómenos cadavéricos, levantamiento del cadáver, tipos de muertes, inhumación, exhumación, entre otras cosas más, que son de gran importancia en lo que es una parte de la medicina legal, cosas que evidenciamos en el día a día y que no está de más nutrirse de esta información para saber ubicarnos, al momento de encontrarnos con algo de lo que se especifica más adelante. Para comenzar tenemos lo que es la muerte, que no es más que el deceso de una persona, pero no es así tan simple, existen varios tipos, los cuales son; Existen diversos tipos de muertes:
  • 3. · MUERTE APARENTE: Es aquel estado patológico del cuerpo que presenta una atenuación de las funciones vitales (pérdida de la conciencia, inmovilidad neuro-muscular, ausencia de los latidos del corazón, entre otros.). Encontramos lo que es también; · LA MUERTE RELATIVA: Se dice que es la suspensión efectiva de las funciones cardiocirculatorias, respiratorias y neurológicas, en el cual no se puede conseguir medidas extraordinarias de reanimación. Seguida de ésta; · LA MUERTE INTERMEDIA: Es el estado en el cual se extinguen progresivamente las actividades biológicas de sobrevivencia y no se consigue con maniobras resucitación de la total vitalidad del organismo. Por otra parte, encontramos; · LA MUERTE ABSOLUTA: No es más que la desaparición total de los signos vitales. Aunado a ello, está;
  • 4. · LA MUERTE SUBITA: Que es la muerte que sobreviene inesperadamente, fuera de toda causa violenta . A diferencia de; · LA MUERTE REPENTINA: Que es aquella que se produce en forma rápida en un sujeto que sufre de una enfermedad. Muy parecido a; · LA MUERTE NATURAL: Que es producida por consecuencia de una patología o enfermedad, ya sea infecciosa, tumoral o degenerativa; la cual no es producida por una causa violenta. De igual manera encontramos lo que es el TANATOCRONODIAGNOSTICO, que es la determinación de la data de la muerte, es posible determinarlo a partir de la observación del cadáver, el tiempo aproximado en que la muerte tuvo lugar. Estas comprobaciones son importantes en los casos de muertes violentas, específicamente en los casos de homicidios en que deben compararse las declaraciones testimoniales de los sospechosos con los hechos que realmente ocurrieron. Existe un punto relevante para cuando debe fijarse la data de la muerte, y es el momento en que comenzó la putrefacción. Existen ciertos fenómenos cadavéricos, los cuales se distinguen en tempranos y tardíos. Los tempranos son: ENFRIAMIENTO: La pérdida de temperatura en el cadáver es constante. Su deceso ocurre entre las 15 y 20 horas. · DESHIDRATACIÓN: Perdida de agua por evaporación. Según el tiempo de la muerte se observa en los ojos (hundimiento del glóbulo ocular, perdida de transparencia de la corneacórnea, formación de arrugas en la corneacórnea, coloración gris cenisaceniza en la corneacórnea, mancha esclerótica, pigmentación de la coroide.). E n el ojo
  • 5. abierto aparece a los 45 minutos y en el ojo cerrado a las 24 horas. · LIVIDECES: Son visibles a partir de las 3 horas de la muerte, éstas en las primeras 12 horas cambian de posición, mientras que en las 24 horas ya no desaparecen, después de esta última ya no se forman más. Su coloración varía con el tiempo, comenzando con el color rosado, luego rojo hasta azul oscuro a las 12 o 15 horas. · RIGIDEZ: Se inicia a partir de las 3 horas posteriores al fallecimiento, y alcanza su mayor rigidez a las 15 horas. · ESPASMOS: Es una contracción inmediata y súbita que se produce, son violentas , e l cadáver mantiene la actitud en que le sorprendió la muerte. . Los tardíos son : · TARDIOS DESTRUCTORES:
  • 6.  AUTOLISIS: Es la disoluci ó n de los tejidos por enzimas o fermentos propios de las células, Ej.: En la sangre, la disolución de los glóbulos rojos.  PUTREFACCIÓN CADAVERICA: Es la descomposición de la materia orgánica del cadáver, por acción de las bacterias, las cuales suelen provenir de los intestinos y después de la muerte se propagan por la sangre, es por ello que en los lugares donde hayan livideces existe más putrefacción. · TARDIOS CONSERVADORES:  MOMIFICACIÓN: Se basa en la desecación del cadáver al evaporarse el agua de los tejidos, a esto contribuye el ambiente caluroso y el cadáver adelgazado o desangrado. Se produce luego de un período mínimo de un año. Su importancia médico legal abarca: identificación legal del cadáver, diagnostico de causa de muerte y diagnostico post-mortem.
  • 7.  ADIPOCIRA: Éste requiere que el cadáver posea un buen panículo adiposo (tejido adiposo subcutáneo) y se encuentre en un medio húmedo y con obstáculos a la circulación del aire. Suele formarse después de 6 meses, el cadáver adquiere un aspecto de cera amarilla o pardusca.  CORIFICACIÓN: Es el aspecto de cuero recién curtido que adquiere la piel del cadáver. Puede aparecer al final del primer año. Como complemento cabe señalar lo que es la fauna cadavérica, con el objeto de mostrar el efecto que causan los insectos en un cadáver humano, desde el momento que se ha producido la muerte hasta la destrucción completa de las partes blandas. Los diferentes artrópodos que llegan a un cadáver, pueden clasificarse en: · ESPECIES NECRÓFAGAS: Se alimentan del cuerpo. · ESPECIES PREDADORAS Y PARÁSITAS DE NECRÓFAGOS: Parásitos de las larvas y pupas de dípteros.
  • 8. · ESPECIES OMNIVORAS: Avispas, hormigas y otros que se alimentan tanto del cuerpo como de los artrópodos asociados. · ESPECIES ACCIDENTALES: Utilizan el cuerpo como una extensión de su hábitat normal (arañas, ciempiés, ácaros que se alimentan del moho y los hongos que crecen en el cuerpo.) Existen 2 formas de determinar el tiempo transcurrido desde la muerte, apoyándose en la entomología forense. · Utilizar la edad y tasa de desarrollo de las larva; y, · Utilizar la sucesión de insectos en la descomposición del cuerpo. Ambos métodos pueden utilizarse por separado o conjuntamente. Aunado a la situación, se determina que existen numerosos factores que influyen en la putrefacción cadavérica, los que pueden considerarse en 2 grandes grupos: Los factores ambientales y los propios del cadáver. Los primeros son relativo a: la temperatura, donde a las más elevadas favorecen la putrefacción; la humedad también la favorece; la naturaleza del lugar (terreno) de la muerte, donde los suelos secos y porosos son conservadores del cadáver, entre otras. Y en los factores propios del cadáver encontramos: la edad, siendo la putrefacción menos acentuada en las edades extremas: constitución orgánica, produciéndose putrefacciones acentuadas en los pícnicos (personas pequeñas con tendencia a la obesidad), no así en los lepsotomáticos (secos), también el estado de enflaquecimiento u obesidad influye en igual forma; el tipo o clase de enfermedad que produjo la muerte, u otros factores que puedan influir en la putrefacción. Finalizando con los supuestos anteriores con respecto a los diversos estados en los que se puede encontrar un cadáver, damos continuidad a lo que es el levantamiento del mismo y el sitio donde se encuentre. El levantamiento del cadáver tiene por objeto en primer término, la evaluación externa del cadáver, dejando constancia de las características de las lesiones observadas, posible etiología de las mismas, identificación, ubicación y posición del cuerpo, vestimenta, estado de conservación (cadáver de data reciente o en descomposición), así como la descripción del entorno en que se encuentra (sumergido, al aire libre, enterrado,
  • 9. en lugar caluroso, expuesto a la acción de animales, materiales adheridos.) que puedan influir en las apreciaciones médico-legal. Todo levantamiento debe constar de un “Acta de Levantamiento de Cadáver” la cual debe contener todos los datos obtenidos por el médico forense durante la práctica de la diligencia, a los fines de servir como elemento fundamental para el desarrollo de las investigaciones. Según lo previsto en el artículo 200 de4l Código Orgánico Procesal Penal, establece que para el levantamiento del cadáver, primeramente deberá la policía con el médico forense realizar la inspección corporal en la que anteriormente se hizo mención, además de ello haciendo los reconocimientos pertinentes y diligencias que le ordene el Ministerio Público. En caso tal de que el médico no estuviere disponible, la policía procederá a realizar el levantamiento del cadáver, trasladándolo a la morgue para practicarle la autopsia y entregarlo a sus familiares. En aquellos casos en los que la muerte es causada por accidente de tránsito, el levantamiento del cadáver podrá ser realizado por un oficial de Servicio de Control y Vigilancia de Tránsito Terrestre de la Policía Nacional Bolivariana, auxiliado igualmente por un médico forense, así como su traslado a la morgue. Por ejemplo: Un accidente ocurrido en la A.V. Circunvalación, en el que un vehículo a exceso de velocidad impacta contra un sujeto que se encontraba fuera de su vehículo, por causas desconocidas, causándole la muerte de forma inmediata. Los organismos que realizan el levantamiento del cadáver es el Instituto Nacional de Transito Terrestre por medio de sus funcionarios policiales encargados para ello. El cuerpo técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre, con carácter de policía de investigación penal, científica y criminalística para practicar las diligencias conducentes a la determinación de los hechos punibles, causas e identificación de los autores, bajo la dirección del Ministerio Público.¨ La normativa legal que rige a los mismos es el Código Orgánico Procesal Penal, ya que todo procedimiento penal que se derive de un accidente de tránsito se regirá por ésta norma. Sobre las bases de las ideas anteriormente expuestas, se considerará a continuación lo que es la inhumación, exhumación, cremación y autopsia por motivos judiciales. Se dice que la inhumación es la acción de enterrar un cadáver en los sitios determinados para tales fines. En Venezuela de conformidad al decreto 115, de fecha 3 de noviembre de 1948 se establece el reglamento de Cementerios Inhumaciones y Exhumaciones aún vigentes, y se normaliza para proceder al acto de inhumación donde, se hace necesario el cumplimiento de una serie de requisitos de carácter sucesivo e imprescindible. · Certificado de defunción
  • 10. · Autorizacion civil y sanitaria para el enterramiento. · Inscripción en el libro de defunción que se encuentra en los registros civiles. · Y posteriormente se genera la llamada “Partida de defunción”. El certificado de defunción es el instrumento indispensable para efectuar la declaración y promover su inscripción en el registro civil, el cual será expedido por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Salud y suscrito por personal médico, de conformidad con la ley. El certificado debe contener: · Fecha y numero de certificado de defunción. · Nombres, apellidos, número único de identidad y datos del registro sanitario del personal médico que lo suscribe. · Numero de pasaporte, en el caso de ser extranjero quien certifique la defunción, con los correspondientes datos del registro sanitario. · Denominación y ubicación de la dependencia de salud. · Fecha, hora y lugar del deceso. · Identificación completa de la persona fallecida. · Causas del fallecimiento. · Firma del médico. Este instrumento es de expedición gratuita, obligatoria, de carácter individual e intransferible, donde se hace constar la causa básica de muerte y las causas asociadas al hecho, entre otros. La exhumación se lleva a cabo, mediante una orden judicial que puede ser solicitada por el querellad o denuncia ante el agente del Ministerio Público, y obedece cuando existe la duda sobre la causa de la muerte anotada en el dictamen de necropsia o certificado de defunción. Procediendo el Ministerio Público a solicitar la intervención de dos peritos Médicos forenses y Técnicos en criminalística. El equipo técnico necesario para llevar a cabo esta acción es: 1 Agente Investigador del Ministerio Público. 2 Dos Médicos Forenses. 3 Un Técnico en necropsias. 4 Criminalistas que está formado por fotógrafo y dactiloscopista. 5 Técnicos fumigadores de la Secretaría de salud. 6 Personal del cuerpo de Bomberos. Ya reunido el equipo en el panteón y bajo la supervisión del Ministerio Público se procede a realizar la diligencia que consiste en ubicar el lugar exacto del sepulcro, tarea
  • 11. que realizará el Médico Forense. Una vez localizado el sepulcro se traza un croquis que se acompañara de fotografías, incluyendo las lápidas vecinas. Posteriormente el cuerpo de bomberos procede a cavar para dejar al descubierto el féretro, el cual deberá de ser fumigado por los Técnicos sanitarios de la Secretaría de Salud, con sustancias del tipo piretroides, en dos ocasiones, una con el féretro cerrado y en el interior de la fosa y otra abierto en el exterior. Los expertos en Medicina forense, describirán de forma objetiva los signos externos del cadáver más importantes como el CRONOTANATODIAGNÓSTICO, describirán las lesiones y decidirán el lugar en el que se practique la necropsia. La cremación es la práctica de deshacer un cuerpo humano muerto, quemándolo, lo que frecuentemente tiene lugar en un sitio denominado crematorio. A todo cuerpo de una persona, cuya muerte debe ser investigada por interés judicial, debe practicársele la autopsia médico legal. Hay interés judicial cuando la muerte de la persona se produjo en circunstancias sospechosas, un homicidio, un suicidio o un accidente y la ley ordena que se indaguen los pormenores, con el fin de informar a la autoridad judicial correspondiente para completar la investigación y juzgar a los responsables de la muerte o resolver asuntos legales que interesan a los familiares y a la sociedad. Además, en el caso de una muerte natural se deberá hacer una autopsia cuando no haya un médico tratante que la certifique. Es un examen practicado por especialistas al cuerpo de una persona para conocer las causas de la muerte y empieza, incluso, en el propio lugar del deceso. Posteriormente se hace un análisis minucioso de la ropa y el cuerpo, se buscan lesiones y enfermedades, se toman muestras de tejidos y líquidos para realizarles estudios microscópicos y de laboratorio. Toda la información recopilada se reúne y se archiva en un documento llamado protocolo de autopsia. Existen dos tipos de autopsias: · Autopsia clínica (realizada por un anatomopatólogo) es el examen realizado sobre el cadáver de una persona fallecida a causa de enfermedad y que tiene como objetivo final la confirmación de las causas de la muerte y el estudio clínico-patológico de la misma. · Autopsia médico forense (realizada por un médico-forense) es el estudio de un cadáver o restos humanos con el fin de informar a la autoridad judicial de las causas y circunstancias de su muerte. Los objetivos de la autopsia médico legal son:
  • 12. · Establecer la causa de la muerte. · Ayudar a establecer la manera de la muerte. · Establecer la hora de la muerte. Y; · Ayudar a establecer la identidad del fallecido. Sin más nada que agregar, evidentemente se han destacados los aspectos más importantes y relevantes en la medicina legal, que ayudan para una posible practica en el ejercicio de la carrera, y que sin ir muy lejos son casos cotidianos de la vida diaria.