2. DEFINICION
La NIC 38 se establece el tratamiento de los activos
intangibles en una empresa aplicando Normas
Internacionales. Un activo intangible es aquel que
puede ser identificable, de carácter no monetario y
sin apariencia física, pero que genera un beneficio
económico futuro para la empresa .
3. OBJETIVOS
El objetivo de esta Norma es prescribir el
tratamiento contable de los activos intangibles que
no estén contemplados específicamente en otra
Norma. Esta Norma requiere que las entidades
reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se
cumplen ciertos criterios
4. COMO SE APLICA
Se aplica al contabilizar activos intangibles, salvo los
siguientes casos: Activos intangibles que estén
tratados en otras normas. Activos financieros
definidos en la NIC 32. El reconocimiento y medición
de activos para exploración y evaluación.
5. COMO SE RECONOCE
En este sentido, dichas normas indican que un
activo intangible solo se reconocerá si cumple los siguientes
requisitos:
1 Es probable que del activo se obtengan flujos futuros de
beneficios.
2 Su costo puede ser medido con fiabilidad.
3 El activo no es el resultado de desembolsos incurridos
internamente para su formación.
6. DONDE SE
PRESENTAN
ALGUNOS ACTIVOS
INTANGIBLES PUEDEN
ESTAR CONTENIDOS EN, O
CONTENER, UN SOPORTE
DE NATURALEZA O
APARIENCIA
FÍSICA, COMO ES EL CASO
DE UN DISCO COMPACTO
(EN EL CASO DE
PROGRAMAS
INFORMÁTICOS), DE
DOCUMENTACIÓN LEGAL
(EN EL CASO DE UNA
LICENCIA O PATENTE)
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PELÍCULA.